Se prohíbe la apertura de nuevos establecimientos



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Transcripción:

SECRETARÍA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN REPARTIDO Nº 500 MARZO DE 2011 CARPETA Nº 635 DE 2011 SALAS DE JUEGOS DE AZAR Y CASINOS Se prohíbe la apertura de nuevos establecimientos

- 1 - PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Prohibición de nuevas salas de juegos de azar y casinos y de explotación de juegos de azar, ya sea por sistema de emprendimiento (Mixto) parte del Ministerio de Economía y Finanzas (Dirección General de Casinos), o directamente la Dirección de Casinos, Intendencias u otros organismos relacionados al juego o empresas privadas. El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Finanzas se encargará de no promocionar más el juego y será el responsable de controlar ya que es competencia de la Dirección de Casinos del Estado a través de esta ley y de no autorizar a los interesados en emprendimientos deportivos y hoteles a incluir salas de juegos de azar en los siguientes departamentos. Nómina: Artigas Durazno Rivera Salto Tacuarembó Rivera Río Negro Paysandú Soriano Montevideo Flores Treinta y Tres Cerro Largo San José Florida Lavalleja Canelones Maldonado Artículo 2º.- En los departamentos mencionados en el artículo 1º de esta ley donde ya existen salas de juego no incluirle más salas, no se permite que su parque de máquinas exceda las 60 unidades excepto los departamentos de Maldonado, Rocha por el Casino (La Paloma) y Canelones por el Casino (Atlántida). Artículo 3º.- Bajo ningún concepto se autoriza abrir nuevas salas de juego, quedan promulgadas leyes y decretos que faculten la habilitación, de la apertura de nuevas salas o casinos o ampliación de las existentes.

- 2 - Articulo 4º.- No puede excederse de la cantidad de 80 máquinas por sala y/o casino, con la excepción de los departamentos mencionados en el artículo 2º de esta ley. Artículo 5º.- Será responsabilidad de cada Director de cada organismo competente y del Ministro de Economía y Finanzas el que intentare infringir o violar esta ley será separado del cargo y pagará una multa de $ 500.000 (pesos uruguayos quinientos mil). Montevideo, 16 de febrero de 2011. ALMA MALLO CALVIÑO REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO

- 3 - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Luego de haber recibido con mucho gusto en mi despacho distintas organizaciones sociales movilizadas por diversas iniciativas y que varios legisladores promueven con respecto al juego ilícito en nuestro país. Consideramos que esta inquietud que al respecto hemos recibido, con buena recepción en nuestro despacho como legislador y pensando más profundamente en la economía de las familias, debería extenderse también al juego lícito, esto es a aquellas salas de juego que explota el Estado ya fuera en régimen compartido con particulares o directamente por él mismo. Somos conscientes de que la filosofía que respalda la explotación que realiza el Estado de este vicio social, es la de que el producto de esta explotación sea devuelto a la sociedad a través de respaldo a instituciones sociales y culturales (Comisión de Patrimonio Histórico, INDA, Comité Olímpico, etcétera). Pero esa filosofía parte de la base de la existencia de una conducta desviada de la sociedad que por su arraigo es imposible erradicar en su totalidad. En consecuencia como mal menor el Estado pretende mantener un contralor sobre la misma, ya sea a través de su explotación directa o compartida, pero de tal manera que el control de dicha explotación se mantenga en manos estatales, y el producto se revierta la sociedad en su conjunto. También entendemos que con fines turísticos el Estado explote o abra salas en lugares estratégicos (balnearios, fronteras terrestres, o con fines promocionales de determinadas zonas aletargadas). Pero no entendemos el porqué de la apertura de salas de máquinas tragamonedas en ciudades departamentales del interior del país, que ningún aporte turístico, ni de promoción regional cumplen, sino que advertimos que se abren con un fin exclusivamente recaudador, y que termina perturbando la economía de ciudadanos y vecinos de medianos ingresos, que les resta calidad de vida a sí mismos y a sus familiares a cargo. Digamos por ejemplo: un casino en Pando, departamento de Canelones, otro en Las Piedras, etcétera. Vemos en esas circunstancias que el Estado actúa como promotor del vicio social y no como mero controlador del ya existente e inevitable, entendemos que en esos lugares donde no tenemos masa de turismo externo no deberíamos permitir salas de juegos (máquinas tragamonedas). Frente a ello, nos oponemos con el mismo fervor con que nos hemos sublevado contra la proliferación de máquinas tragamonedas en los barrios. POR QUÉ PROHIBIR LA EXPLOTACIÓN DE SLOTS EN TODO EL PAÍS A juzgar por las opiniones vertidas en el ámbito parlamentario, tanto el Gobierno como las bancadas coinciden en considerar un problema preocupante la expansión del juego de apuestas en tragamonedas instaladas en todos los departamentos por la Dirección General de Casinos del Estado. Ningún parlamentario defiende la economía del que menos tiene, ni se expresan argumentos favorables para que no se permita. Nadie confunde las bondades del juego como actividad lúdica en sí misma, con las consecuencias de la expansión descontrolada

- 4 - de los juegos de azar en los que se apuesta dinero. Todos sabemos lo tentador que puede resultar combinar el juego en las tragamonedas con las aplicaciones tecnológicas disponibles. Nadie ignora el peligro que significa esta modalidad de apuestas, comprobadamente adictiva, la oferta de juego indiscriminado y al alcance de todos, ubicado en forma descentralizada en las zonas más humildes del país y muy a mano de cualquier apostador potencial. Según consigna el primer Informe del Programa de Prevención y Tratamiento del Juego Patológico, que funciona en el Hospital de Clínicas: "En una cifra cercana al 86%, la ludopatía es causada actualmente por las maquinitas o slots. Le sigue la ruleta, con una cifra mucho menor del 10%. ( ) La ludopatía causada por quiniela, tómbola, cinco de oro y otros, es baja, puntea un 1%. ( ) (La proporción de) pacientes que consultan por problemas con las carreras de caballos, hipódromos, es baja, menos del 1%". Según lo dicho en el Parlamento por legisladores y autoridades, hay consenso respecto al daño que puede producir esta actividad así manejada por particulares. Seguramente, si la explotación ilícita de tragamonedas no hubiera adquirido la dimensión actual, habría unanimidad para prohibirlo. Sólo impide este consenso el hecho de considerar el valor económico que tiene para muchos propietarios de pequeños comercios (almacenes, quioscos, bares, cantinas, clubes, etcétera), la explotación de tragamonedas por un porcentaje de las apuestas realizadas en cada máquina. Esta es una de las pocas actividades que no deben promoverse entre los que menos tienen. Los que menos edad tienen, los que menos recursos tienen, los que menos ingreso tienen. Este es un concepto que con otras palabras ha expresado recientemente el actual Presidente de la República. Montevideo, 16 de febrero de 2011. ALMA MALLO CALVIÑO REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO === /