1.1. NOMBRAMIENTO DEL CORREDOR DE DERIVADOS Y DE LAS PARTES



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Transcripción:

1. ACUERDO DE CUENTA DEL CLIENTE Este acuerdo se da por hecho el de, del 20 entre Chikara FX como Corredor de Derivados (en lo sucesivo denominada Agente y/o Chikara FX ), y en lo sucesivo denominado CLIENTE 1.1. NOMBRAMIENTO DEL CORREDOR DE DERIVADOS Y DE LAS PARTES Este Acuerdo constituye el Acuerdo en su totalidad y el entendimiento de las partes involucradas, con respecto a su respectivo asunto, y sustituye cualquier previa comunicación verbal y/o escrita, en referencia al mismo. CLIENTE por este medio nombra a Agente como el corredor de CLIENTE, para las compras y ventas de contratos de futuros y opciones en los mercados derivados, por, y a través de una Compañía Internacional de Corretaje, (en lo sucesivo denominada CIC), una compañía regulada bajo las normas y leyes de un país fuera de los Estados Unidos de América, cual está involucrada en el negocio de transacciones de derivados de futuros y opciones. Agente accede a introducir los fondos del CLIENTE para la compra y venta de contratos de futuros y opciones de derivados de manera revelada y confidencial a una CIC que este conforme a los términos y condiciones a seguir. CLIENTE accede a completar todos los documentos respectivos y/o formularios que Chikara FX solicite para que el CLIENTE pueda establecer una cuenta a través de ellos. CLIENTE proveerá cualquier y todas las comunicaciones a las oficinas de Chikara FX. Cualquier y todas las comunicaciones de Chikara FX para el CLIENTE, podrán ser enviadas al CLIENTE a una dirección indicada en la Aplicación de Cuenta del Cliente o a otra dirección que el CLIENTE denote por escrito a continuación. Partes: Usted está en acuerdo que las partes inclusas en este acuerdo consistirán entre usted y nosotros. Si esta es una cuenta conjunta (incluyendo una comunidad de bien ganancial), el término usted referirá a cada uno de los titulares de cuenta. Con excepción de lo informado a nosotros, ningún otra persona tendrá interés para con esta cuenta mas allá de usted. Si esta es una cuenta conjunta, cada titular tiene completa autoridad para actuar representando la cuenta y usted nos autoriza a seguir las instrucciones de cualquier titular tal como si cada uno fuera el único representante de dicha cuenta. Todas las obligaciones que se presenten de aquí en adelante podrán ser ejecutadas por nuestra parte, ya sea a alguno o todos los titulares de cuenta. No obstante lo precedente, podríamos requerir acción colectiva de todos los titulares de cuenta con respecto a cualquier asunto, incluyendo el dar o la cancelación de órdenes y el retiro de los fondos, seguridades u otras propiedades. En el caso de muerte de alguno de los titulares de cuenta, los titulares sobrevivientes deberán informarnos inmediatamente de dicho hecho y podríamos, ya sea después o antes de recibir dicha noticia, tomar tal acción, requerir documentos incluyendo documentos de exoneración fiscal y hereditaria, retener tal monto y/o restringir transacciones en la cuenta conforme se crea conveniente. Los titulares sobrevivientes y el patrimonio del titular fallecido serán colectiva y solidariamente responsables con nosotros por cualquier saldo deudor o pérdidas en la cuenta, que hayan sido resultado de transacciones realizadas antes de haber recibido el comunicado del fallecimiento de dicho y supuesto titular, o

incurridos en la liquidación de la cuenta o el ajuste de intereses de las respectivas partes. Las leyes que regulan las cuentas con comunidad de bien ganancial varían de jurisdicción a jurisdicción. Generalmente, sin embargo, para titulares con derecho de supervivencia, en el caso de fallecimiento de alguno de los titulares, el interés total de la cuenta será distribuido a los titulares restantes bajo los mismos términos y condiciones. A los copropietarios en común, el interés del contrato será igual al menos que sea especificado de diferente manera y/o en el evento de un fallecimiento, el interés en su parte será otorgado al representante legal del difunto. 1.2. DESCRIPCION DE PRODUCTOS El CLIENTE compra las opciones de derivados o contratos futuros por un monto de dinero especificado o un margen de depósito, con CHIKARA FX. Dicha suma se determina basada en tazas preexistentes con CIC o en el mercado internacional de derivados al comprar opciones, cual es conocido como la prima además de los honorarios, comisiones y otros cargos a seguir especificados en la sección ( Divulgación honorarios de opciones ). La prima es considerada totalmente cobrada por el Agente al momento del pago y por consecuente no es reembolsable. El CLIENTE puede, a partir de ahí, vender las opciones de vuelta al Agente en cualquier momento ya sea previo a la expiración al precio que la CIC o Agente coticen, basado en las tazas preexistentes. Si el día de expiración la preexistente taza del mercado no excede el precio de ejercicio de la opción de compra (o en caso de opción de venta, que sea menor al precio de ejercicio), CLIENTE perderá la prima, mas los honorarios y comisiones. Sin embargo, CLIENTE no será responsable por ningún honorario, cargos o comisiones extras, al menos que el cliente decida ejercer el contrato de opciones o recibir entrega del producto, en dicho caso honorarios extras serán cargados a la cuenta. Consulte con su agente antes de ejecutar lo anterior. El agente proveerá explicaciones escritas para los contratos de futuros y opciones incluyendo el derivado, el monto, el precio de comercio, precio de ejercicio y las fechas de expiración del producto. En cuanto a comercio de futuros, un documento adicional de Divulgación de Riesgo deberá ser proporcionado al cliente para ser autorizado por el mismo. 1.3. CUENTA NO DISCRECIONAL El CLIENTE es responsable de transmitir cualquier y todas las órdenes para la compra, venta o el ejercicio de las opciones o contratos futuros del CLIENTE, ya sea verbalmente o por escrito al Agente. Bajo ninguna circunstancia podrá el Agente o cualquiera de sus oficiales, gerentes, agentes, empleados, o representantes, ejercer ninguna forma de discreción o control sobre la cuenta del CLIENTE, ni el Agente aceptará alguna orden sobre la cuenta del CLIENTE, más allá de la del firmante autorizado cuyo nombre aparece en las primeras líneas de esta página, al menos que el cliente proporcione a CHIKARA FX una autorización verbal para negociar a su discreción o

un documento de Autorización de Negociación Discreta firmado por el cliente, en cuyo momento el cliente dará autorización de negociación completa a CHIKARA FX. CLIENTE reconoce que las negociaciones en la cuenta de CLIENTE, serán bajo la discreción e instrucción de CLIENTE. CLIENTE también reconoce su responsabilidad a monitorear y controlar la negociación en la cuenta de CLIENTE. CLIENTE accede y reconoce que al entrar las opciones de derivados y transacciones de futuros, CLIENTE contará con su propio criterio. CHIKARA FX, ni sus oficiales, gerentes, agentes, empleados, o representantes tendrán algún tipo de responsabilidad con respecto a cualquier opinión o punto de vista proveídos al CLIENTE por el Agente en relación a los derivados y negociación de opciones. CLIENTE reconoce que la información del mercado y/o las opiniones proporcionadas por el Agente pueden estar basadas en información incompleta y no verificada, y el Agente no hace ninguna representación, garantía, o promesa de precisión en referencia a la presunta información. Además, CLIENTE reconoce que cualquier información o consejo proporcionado al CLIENTE por el Agente puede que no resulte en ganancias en las negociaciones de la cuenta del CLIENTE. 1.4. PERMISO PARA GRABAR Para protección mutua, y como vía de corrección para cualquier malentendido o colocación de órdenes, usted nos autoriza, bajo nuestra discreción y sin previo aviso, a monitorear y/o grabar (con o sin dispositivos de advertencia) cualquier y todas las llamadas telefónicas entre usted y cualquiera de nuestros empleados y agentes. 1.5. TRANSFERENCIAS DE CONTRATOS En este momento, todos los contratos abiertos de futuros y opciones con CHIKARA FX no serán transferibles a otras compañías de Corretaje. CHIKARA FX o CIC permanecerá siendo el corredor en cuanto a la compra/venta/compensación de cualquier contrato de futuros u opciones. 1.6. CONFIRMACIONES Y ESTADOS MENSUALES Los reportes de ejecución de órdenes o estados mensuales que le enviaremos serán vinculantes y conclusivos al menos que, en caso de un reporte verbal, usted objete en el momento que el reporte sea recibido por un error de emisión en tal confirmación, y en el caso de un reporte escrito, usted objete por escrito antes de de la apertura de negociaciones el día laboral después de el día en que se recibió el reporte. Además, si después de haber puesto una orden con nosotros no ha recibido confirmación verbal y/o escrita como de acuerdo con nuestra práctica, usted nos notificará dentro de 24 horas. Si falla en notificarnos como se ha estipulado en esta sección, usted está de acuerdo que se considerará falto de objeción y renuncia a la objeción de nuestra ejecución o fallo de ejecutar cualquier transacción. Nada en esta sección sin embargo, nos vinculará con respecto a transacciones o precios reportados (ya sean verbal o escritos) erróneamente, o impedirnos, si se descubriese de algún error u omisión, de corregir el error u omisión y poner la cuenta en la misma posición en que hubiese estado si dicho error no hubiera ocurrido. El cliente suscrito consiente a recibir confirmación de negociaciones tales como compras y ventas de contratos de futuros y opciones, tanto como estados mensuales relacionados a la cuenta(s) del

Acuerdo de Cuenta del Cliente suscrito con CHIKARA FX, a través de medios electrónicos a diferencia de correo tradicional o paquetería, y se solicita que CHIKARA FX transmita al cliente dichos reportes solamente de manera electrónica. Por consecuente se solicita que el Cliente provea un correo electrónico al Agente. Cliente también entiende que el consentimiento otorgado puede ser revocable por el cliente en cualquier momento siempre y cuando el cliente así lo solicite por escrito a la Oficina de Cumplimiento Normativo de CHIKARA FX. 1.7. DEPOSITOS Todos los depósitos deberán ser hechos en la divisa de Estados Unidos. Previo a la compra de cualquier contrato de futuros u opciones, CLIENTE deberá pagar al Agente en fondos disponibles el monto total de las transacciones. Dichos fondos serán retenidos por CHIKARA FX en una cuenta de cliente segregada. CLIENTE autoriza a CHIKARA FX a pagar de dicha cuenta todas las sumas debidas a CHIKARA FX, incluyendo pero no limitado a: depósitos de margen en contratos de futuros, prima de opciones, honorarios de corredor y comisiones. Sin limitar la obligación del CLIENTE de pagar depósitos, CHIKARA FX no tendrá obligación de asegurar que los requisitos de los depósitos han sido cumplidos por el CLIENTE antes de poner una orden con CHIKARA FX a nombre del CLIENTE y las obligaciones del CLIENTE con respecto a (todos) un contrato de futuros u opciones no serán disminuidas por algún fallo de CHIKARA FX en cuanto a requerir el balance de depósitos previo a entrar en negociaciones de contratos futuros u opciones. CLIENTE reconoce que CHIKARA FX puede depositar cualquier fondos del CLIENTE, conjunto a fondos de otros clientes, en bancos u otras instituciones financieras dentro de cuentas de CHIKARA FX, o sus afiliados y dichos fondos pueden generas intereses. CHIKARA FX no será responsable de pagar intereses a CLIENTE con respecto a fondos retenidos por el mismo en nombre del CLIENTE, independientemente de si estos generasen intereses. 1.8. RESERVACION DE DERECHO A ACCION POR EL AGENTE EN CASO DE DISPUTA O INCULPIMIENTO; LEYES APLICABLES, JURISDICCION Y CEDE Sin en cualquier momento una disputa ocurriese entre el Agente y el CLIENTE en relación a la existencia o los términos de cualquier contrato, o si el CLIENTE incumple con pagos requeridos a continuación, fallece, o se declare bancarrota, en cese comercial o insolvencia, el Agente podría, con completa discreción y sin previa comunicación o necesidad autoritaria del CLIENTE, tomar cualquier medida con la cuenta del CLIENTE que considere pertinente en relación a la disputa del contrato. CHIKARA FX notificará al CLIENTE, verbalmente o de manera escrita, en cuanto sea práctico posterior a cualquier medida tomada. Sin embargo, cualquier fallo por parte del Agente en dicha notificación, no afectará la validez de la acción tomada. La responsabilidad de la Parte

que fuese encontrada cometiendo el fallo con respecto a cualquier contrato, no excederá el monto de la perdida de la otra Parte. Los costos y gastos razonables de la colecta de dicho endeudamiento y obligación, incluyendo honorarios legales razonables incurridos por el Agente en dicha disputa, serán pagables al Agente. Tasa de interés de dos por ciento (2%) por encima de lo que en ese momento fuese la tasa prevaleciente en Lloyds Bank, PLC, o cualquier otro banco o institución financiera designada por el Agente, también serán aplicados. Las leyes aplicables serán las del país en el cual CHIKARA FX se encuentre inscrito, serán las que rijan sobre este Acuerdo, y su interpretación, operación y construcción. CLIENTE IRREVOCABLEMENTE ACEPTA QUE CUALQUIER JURISDICCION ESCOGIDA POR CHIKARA FX, TENDRA JURISDICCION EXCLUSIVA SOBRE CUALQUIER DISPUTA QUE PUEDA OCURRIR POR O EN CONEXION A ESTE ACUERDO, Y QUE CUALQUIER PROCEDIMIENTO ( PROCEDIMIENTOS COLLECTIVOS) QUE SURGA POR O EN CONEXION A ESTE ACUERDO, SERA PRESENTADOS A TALES CORTES. CLIENTE irrevocablemente descarta cualquier objeción, que pueda tener ahora o a continuación del inicio o el lugar de cualquiera de los procedimientos a los cuales se puedan hacer referencia en algún foro aquí, y a cualquier reclamo que haya sido originado en dicho procedimiento en cualquier foro inconveniente. Cliente también acepta, irrevocablemente, que el resultado en cualquier foro será conclusivo y vinculante. Si el CLIENTE iniciara algún procedimiento en contra de CHIKARA FX, CHIKARA FX puede en cualquier momento previo a la conclusión de dicho procedimiento, hacer una oferta de asentamiento o arreglo por escrito al CLIENTE. Si el CLIENTE rechaza dicha oferta y el monto adjudicado es igual o menor que el ofrecido por el Agente, CLIENTE será responsable para con el Agente por cualquier honorarios legales y costos incurridos por el Agente después que dicha oferta haya sido propuesta. Más aun, si tal oferta no fue hecha y CLIENTE no es otorgado ninguna suma, el cliente será responsable por todos los costos. 1.9. EFECTUAR ENTREGA; INSTRUCCIONES DE LIQUIDACION Usted está de acuerdo a avisarnos con 7 días de anticipación si existiera la intención de hacer o recibir entrega bajo un contrato o ejercer cualquier contrato de opciones. En tal caso, y si solicitásemos, tendrá que cumplir con todas las obligaciones de hacer o recibir entrega y deberá proveernos con los resultados de los bienes bajo cualquier contrato tal como estipulado en nuestras direcciones. No tendremos ninguna obligación de ejercer ningún contrato de opciones de largo plazo si usted no nos ha proveído las instrucciones con suficiente tiempo, así como ya mencionado anteriormente, y también suficiente margen inicial para cada contrato subyacente. Si vendemos cualquier propiedad bajo su dirección y usted falla por cualquier razón en proveernos dicha propiedad, podremos (pero no estaremos obligados a) tomar prestado o comprar para usted cualquier propiedad necesaria para hacer tal entrega. Bajo ninguna circunstancia nos veremos obligados a hacer ningún pago o entrega a usted excepto en contra recibo de pago o entrega de sus fondos o alguna otra propiedad que podamos solicitar. Usted será responsable de proveer cobertura de seguro para cualquier entrega hecha o aceptada por usted. Nosotros no proveemos ningún tipo de cobertura de seguro. Si usted no provee cobertura de seguro, acepta a tomar el riesgo de pérdida.

1.10. REPRESENTACION DEL CLIENTE, RECONOCIMIENTO DE RIESGOS Y GARANTIAS Usted nos representa que toda la información provista por usted en relación a la apertura de su cuenta, incluyendo el Acuerdo de Cuenta del Cliente, es precisa y completa, y que estamos legalmente en nuestro derecho de contar con dicha información y acepta reportarnos de manera inmediata cualquier cambio material en dicha información. Usted nos representa que ha leído y ha entendido la información de divulgación de riesgos que hemos proveído y que entiende que todas las transacciones en su cuenta son bajo su propio riesgo y que usted es, por ende exclusivamente responsable bajo todas las circunstancias. El Cliente reconoce que el cliente desea y financieramente es capaz de lidiar con las perdidas y que el comercio de derivados futuros y contratos de opciones, es un vehículo de inversión adecuado para el cliente. EL Cliente está de acuerdo y reconoce que al entrar en futuros y contratos de opción, el cliente cuenta exclusivamente con su criterio. El Cliente además representa que el cliente no ha recibido o ha existido alguna declaración, verbal o escrita, tendiendo a minimizar los riesgos inherentes al comerciar futuros y opciones de contrato ó, de otra manera garantizando o asegurando que tales transacciones serían rentables al abrir una cuenta con CHIKARA FX, y a participar en futuros derivados y opciones de contrato. Usted acepta a informarnos inmediatamente si cesa de desear o ser financieramente capaz de mantener dichas pérdidas 1.11. RETRASOS EN COMUNICACION CHIKARA FX no es responsable por las obligaciones de las personas o entidades para con quien las transacciones del CLIENTE son efectuadas, ni tampoco es el Agente y/p la CIC responsable por retrasos en comunicación u otra causa más allá de la anticipación o control razonable del Agente o la CIC. 1.12. APLICANTES Las regulaciones internacionales de Los Estados Unidos de América y de Costa Rica prohíben a los residentes de Estados Unidos de América y Costa Rica a aplicar. Usted está de acuerdo que CHIKARA FX mantenga toda su información personal y la actividad de comercio de su cuenta de manera confidencial, al menos que algún tribunal de justicia lo ordene bajo jurisdicción de la compañía. 1.13. RESTRICCIONES Y TERMINACION Usted entiende que podemos restringir o prohibir el comercio o cerrar su cuenta. Este acuerdo continuará teniendo efecto y podría ser terminado por el cliente en cualquier momento una vez que el cliente no tenga posiciones o ya no tenga responsabilidades para con o debidas a CHIKARA FX; provisto, sin embargo, que dicha terminación no excluirá a cada parte de las obligaciones relaciones a cualquier balance de debito o crédito o cualquier responsabilidad u obligación incurrida previa a dicha terminación.

1.14. RETIROS DE FONDOS En cualquier momento el CLIENTE tendrá el derecho de retirar cualquier fondos de su cuenta siempre y cuando el CLIENTE este exento de todas las obligaciones relacionadas a balance de debito o alguna otra responsabilidad u obligación incurrida con la cuenta del CLIENTE. CHIKARA FX solo enviara fondos de manera de transferencia electrónica. Tarifas bancarias por dicha transferencia aplicaran, y dichas tarifas serán cubiertas por el CLIENTE. 1.15. RETENCION DE IMPUESTOS Tanto las cuentas institucionales y de comercio con plusvalía o con inversiones extranjeras, estarán exentas de impuestos sobre ingresos fiscales. Sin embargo, la tributación y otras consecuencias fiscales para el inversionista individual o cliente, serán reguladas por las regulaciones fiscales del domicilio o la oficina registrada del CLIENTE. 1.16. LIMITACION DE RESPONSABILIDAD Usted no tendrá ningún reclamo contra nosotros o nuestros afiliados por cualquier pérdida, daño, responsabilidad, costo, gasto, penalidad, multa o impuesto causado directa o indirectamente por: (a) cualquier ley, tratado, regulación, regla u orden, (b) fallo o retraso por cualquier razón del corredor, banco, depositante o el guardián a completar sus obligaciones o pagar en completo cualquier momento debido a nosotros, (c) fallo o retraso por cualquier entidad cual, en consistencia con regulaciones aplicables, este reteniendo fondos segregados, seguridades o alguna otra propiedad, para pagar o entregarnos, (d) suspensión, o terminación de comercio, (e) guerras, disturbios civiles o laborales, (f) cualquier retraso o falta de precisión en la transmisión o el reporte de ordenes u otra información relacionada a averías o fallos de cualquier transmisión o instalaciones de comunicación por cualquier razón; (g) cualquier otra razón mas allá de nuestro control. 1.17. LEGALMENTE VINCULANTE Este Acuerdo será vinculante entre las partes aquí representadas y sus respectivos sucesores y asignados, y se sobrepone a cualquier previo arreglo entre las partes en relación al tema en discusión. Usted también reconoce que todas las compras y ventas serán exclusivamente para su cuenta con conformidad a instrucciones verbales o escritas por su parte. Usted renuncia a cualquier y toda defensa que dichas instrucciones no fueron dadas por escrito como puede ser requerido por el estatuto de fraudes o cualquier ley, regla, o regulación similar. 1.18. ENMIENDA Usted reconoce que podremos modificar los términos de este Acuerdo en cualquier momento después de notificarle por escrito. Al continuar aceptando nuestros servicios, usted nos estará indicando su aceptación a dichas modificaciones. Si no acepta dichas modificaciones, nos deberá hacer conocer por escrito y en dicho momento su cuenta puede ser terminada, pero usted continuará siendo responsable ante nosotros por cualquier responsabilidad y

obligaciones pendientes. De lo contrario, este Acuerdo no puede ser renunciado o modificado si no existe notificación escrita por nosotros o un representante autorizado por nosotros. No acuerdos o intenciones verbales para la enmienda de este Acuerdo serán reconocidos como validos. 1.19. DIVISIBILIDAD Si cualquier disposición o suministro aquí presente es o será considerado inconsistente por cualquier ley, regla, o regulación, presente o futura, de cualquier tribunal, cuerpo arbitrario, gobierno soberano o entidad reguladora que tenga jurisdicción sobre el tema en discusión de este Acuerdo, dicha disposición o suministro será revocado o modificado conforme a dicha ley, regla, o regulación. En todos los demás aspectos, este Acuerdo continuará con su fuerza y efecto. 1.20. DERECHOS Y REMEDIOS ADICIONALES Los derechos y remedios aquí explícitos, son además de los derechos y remedios que nos otorgo en cualquier previo acuerdo que pudiese tener con nosotros, y así mismo nos autoriza como su agente a tomar las acciones necesarias para perfeccionarnos con respecto a la seguridad del interés que se nos otorga en este Acuerdo. 1.21. GENERAL Este Acuerdo constituye el Acuerdo en su totalidad y el entendimiento de las partes con respecto al tema en discusión y se sobrepone a cualquier comunicación previa ya sea verbal o escrita. Donde sí más de una persona es nombrada el CLIENTE, las obligaciones del CLIENTE bajo este Acuerdo vincularan a cada uno de ellos, de manera conjunta y solidaria. El CLIENTE representa y garantiza que todos los montos en la manera de depósitos son y continuarán siendo, sin trabas no complicaciones, propiedad del CLIENTE. Yo/Nosotros reconocemos que este es un acuerdo contractual y que Yo/Nosotros hemos solicitado de CHIKARA FX, todos sus documentos, consultoría, y activación de cuenta para el comercio de Derivados. Yo/Nosotros hemos leído el Acuerdo de manera cuidadosa y al firmar, Yo/Nosotros estamos vinculados por cada término y condición. Yo/Nosotros confirmamos que Yo/Nosotros hemos bajado un conjunto completo de documentos, con un total de siete páginas de su página electrónica y que Yo/Nosotros no hemos hecho alteraciones ni supresiones a este acuerdo o cualquiera de los dichos documentos de su versión original. En el caso de que existiesen alteraciones o supresiones a este acuerdo o a los dichos documentos, tales alteraciones y supresiones no serán vinculantes y los documentos originales serán los que rijan nuestra relación para con usted.

4. RIESGO DE OPCIONES Y DIVULGACION DE COSTOS Al firmar este Acuerdo el CLIENTE da por reconocido el entendimiento del CLIENTE que las transacciones en opciones derivadas, (a continuación opciones ) están sujetas a factores materiales de alto riesgo y que el CLIENTE CONSCIENTE Y VOLUNTARIAMENTE ASUME TODOS DICHOS RIESGOS. A luz de estos riesgos, debería participar en dichas transacciones solo si entiende la naturaleza de dichos contratos (y relaciones contractuales) a los cuales se está adentrando y la exposición al riesgo. El comercio de opciones no es necesariamente apropiado para muchos miembros del público. Los fondos añadidos a su cuenta deberían ser capital discrecional que han sido destinados para propósitos especulativos. Todos los fondos utilizados para especulación deberían ser ingreso disponible de tal manera que una pérdida parcial o total de dichas sumas, no afecte su estilo de vida. Debería considerar cautelosamente si dicho comercio es apropiado para usted en base a su experiencia, objetivos, recursos financieros y otras circunstancias relevantes. Estos riesgos incluyen, pero no son limitados a los siguientes: A. DIVERSIFICACION LIMITADA La cuenta del cliente tomará posiciones únicamente en la compra de contratos de opciones derivadas. Al menos que el cliente solicite comerciar futuros o escribir contratos de opciones, en cuyo caso un documento de divulgación de riesgos sobre futuros será proveído y autorizado. Estos tipos de transacciones de opciones incluyen pero no están limitados a: opciones de compra, opciones de venta, straddles, strangles, contratos de opciones cubiertas de compra y venta. B. OPCIONES, GRADOS VARIABLES DE RIESGOS Transacciones de opciones conllevan un alto grado de riesgo. Los compradores y vendedores de opciones deberían familiarizarse con el tipo de opción (compra o venta) que están contemplando comerciar y sus riesgos asociados. Debería calcular la medida con la cual el valor de su opción debe incrementar para llegar a ser rentable, tomando en consideración la prima y todos los costos de la transacción. El comprador de opciones puede compensar o ejercer las opciones o dejar expirar las opciones. Al ejercer una opción los resultados pueden ser una compensación en efectivo o en la adquisición o la entrega del interés a nombre del comprador. Si la opción está en un contrato futuro, el comprador adquirirá posiciones futuras que están asociadas a márgenes de solvencia (referirse a información adicional sobre riesgos de futuros antes de contemplar su comercio). SI las opciones compradas expiran sin valor, sufrirá una pérdida total de su inversión consistiendo en la suma de la prima y todos los costos de la transacción. Si está contemplando comprar una opción de venta que está profundamente fuera del dinero,

debería saber que las probabilidades de que dicha inversión sea rentable, son remotas. Ciertos intercambios en algunas jurisdicciones permiten pagos aplazados en la prima de una opción, exponiendo al comprador a pagos de margen de solvencia sin exceder el monto de la prima. El comprador todavía estaría sujeto a la pérdida de la prima y los costos de la transacción. Cuando la opción es ejercida o expira, el comprador seguirá siendo responsable por cualquier balance de la prima que no haya sido pagado. C. HONORARIOS Y COSTOS SUBSTANCIALES El comercio de contratos de opciones puede involucrar la frecuente compra y venta de dichos contratos, resultando en comisiones y honorarios significantes. Para lograr alcanzar beneficio neto de cualquier transacción de opciones en la cuenta del cliente, el precio recibido por el cliente al momento de la venta de la opción tendrá que exceder el monto de la compra del cliente y/o la prima más las comisiones más cualquier otro honorario y/o comisión, si tal. No hay ninguna garantía que ningún comercio resultara en ganancias para el cliente y el cliente puede de hecho incurrir una pérdida parcial o total de su inversión. D. ESTRATREGIAS U ORDENES DE REDUCCION DE RIESGO La puesta de ciertas ordenes (ejemplo stop- loss, o stop- limit ordenes) cuya intención es limitar perdidas a ciertos montos, pueden no resultar efectivas porque las condiciones del mercado hacen imposible ejecutar dichas ordenes. Estrategias cuales utilizan combinación de posiciones, tales como spread (opción de compra y/o venta simultánea al mismo plazo de un subyacente) y straddle (opción de compra y/o venta de un activo a diferentes plazos) pueden ser tan riesgosas como posiciones largas y cortas. E. RIEGSO DE LIQUIDEZ Los contratos de opciones son ejecutados con varias firmas terceras de corretaje. A pesar de que el mercado es generalmente un mercado líquido, las condiciones del mercado (ejemplo iliquidez) y/o la operación de las reglas de ciertos mercados (ejemplo la suspensión de comercio de ciertos contratos o de cierto mes(s) contractuales por limites de precio o (disyuntores) pueden incrementar el riesgo de pérdida al hacer difícil o imposible efectuar transacciones o liquidar/compensar posiciones al precio deseado, cual puede resultar en perdida de ganancias no realizadas o una perdida en sí en las posiciones. Si usted ha vendido opciones, esto puede incrementar el riesgo de pérdida. Además, las relaciones de precios entre el interés subyacente y el futuro, y el interés subyacente y las opciones puede no existir. Esto puede ocurrir cuando, por ejemplo, cuando los contratos de futuros subyacente a la opción, está sujeta a límites de precio mientras que la opción en sí no. La carencia de un precio de referencia subyacente puede complicar tener un criterio justo del valor.

F. RIESGO DE INSOLVENCIA No hay Comisión que asegure rendimiento dentro de posiciones abiertas, ni la cuenta del CIENTE está asegurada. CLIENTE puede tener riesgo de pérdida de ganancias no realizadas y los fondos del CLIENTE dado el riesgo de fracaso, la inhabilidad o rechazo de operar con respecto a opciones, o la bancarrota o liquidación de la contraparte o las firmas terceras de corretaje. El grado al cual puede recuperar sus fondos o propiedad puede ser gobernado por una legislación específica o reglas domésticas. En algunas jurisdicciones, propiedad que haya podido ser identificada como suya sería prorrateada de la misma manera que dinero en efectivo para distribuciones en caso de un déficit. G. FALTA DE REGULACION Por el momento, ninguna entidad bancaria o autoridad internacional regula las opciones de derivados o el mercado internacional. Además, el comercio ocurre en mercados extranjeros en los cuales puede haber o no regulaciones gubernamentales de dichos mercados. Tanto CHIKARA FX como sus colaboradores no están registrados como corredores con ninguna agencia gubernamental ni las opciones han sido suscritas con las autoridades locales. Sin embargo, CHIKARA FX, compra contrato de opciones de derivados a través de firmas de corretaje terciarias, las cuales estipulan ser entidades reguladas y por ende tener regulaciones gubernamentales. La rentabilidad sobre las opciones de derivados para el CLIENTE depende de la fluctuación en los precios mundiales de estos productos y del mercado de opciones, pero no en los esfuerzos de CHIKARA FX, y que individualmente cada CLIENTE es dueño del contrato(s) de opciones, de tal manera removiendo estos vehículos de la definición de valores. Los CLIENTES están sujetos a que el negocio de CHIKARA FX no está regulado por ninguna agencia reguladora y de tal manera, no gozan de las protecciones inherentes en un negocio regulado. Más aún, CHIKARA FX pudiese convertirse en el sujeto de adversas acciones regulatorias o determinaciones por una o más agencias gubernamentales o cotes. En cualquier momento, oficiales, gerentes o agentes de la compañía pueden haber tenido sanciones regulatorias por agencias gubernamentales. Ni la compañía ni sus oficiales, gerentes o agentes están licenciados con una agencia gubernamental. Finalmente, hay riesgo de que una agencia gubernamental pueda asumir autoridad reguladora sobre CHIKARA FX o de las opciones de derivados y que CHIKARA FX no pueda cumplir con el esquema regulatorio resultante y que pueda dejar de operar por ende. H. OTROS TERMINOS Y CONDICIONES DE CONTRATOS Deberia consultar con la firma con la cual usted trabaja, sobre términos y condiciones específicos de los futuros y u opciones que usted comercia y las obligaciones asociadas (ejemplo la circunstancia por la cual usted se ve obligado a hacer o recibir entrega del interés subyacente de un contrato de futuros y, con respecto a opciones, fechas de expiración y restricciones del tiempo para ejecución). Bajos ciertas circunstancias las especificaciones sobre contratos sobresalientes incluyendo el precio de ejercicio de una

opción puede ser notificado por una empresa de cambio o cámara de compensación para reflejar cambios sobre el interés subyacente. I. COMISIONES Y HONORARIOS DE CORRETAJE Los cargos y costos a seguir serán cobrados a la cuenta del CLIENTE en relación a la compra y venta de contratos de opciones: Una comisión de $100 por contrato de opción TODAS LAS COMISIONES Y HONORARIOS SON COBRADOS EN EL MOMENTO DE INICIACION DEL CONTRATO O CONTRATOS DE OPCIONES. CHIKARA FX MANEJARA LA CUENTA DEL CLIENTE A TRAVES DE LO LARGO DE LAS POSICIONES. NO SE INCURRIRAN NINGUN OTRA COMIISION O PORCENTAJE RE GANANCIAS. Yo/Nosotros entendemos y aceptamos las comisiones y honorarios de corretaje que serán cargados a mi cuenta por cada contrato de opción que sea comprado. No todos los factores de riesgo a seguir son inclusivos. Yo/Nosotros hemos leído, entendido y considerado todos los riesgos y decidido asumirlos. Yo/Nosotros hemos bajado un conjunto completo de documentos, con un total de siete páginas de su página electrónica y que Yo/Nosotros no hemos hecho alteraciones ni supresiones a este acuerdo o cualquiera de los dichos documentos de su versión original. En el caso de que existiesen alteraciones o supresiones a este acuerdo o a los dichos documentos, tales alteraciones y supresiones no serán vinculantes y los documentos originales serán los que rijan nuestra relación para con usted.