TRANSPOSICIÓN DE LAS DIRECTIVAS AL DERECHO ESPAÑOL



Documentos relacionados
CONSEJOS PARA CONTRATAR UN VIAJE COMBINADO

GARANTÍA LEGAL *** NOTA EXPLICATIVA SOBRE LAS CONDICIONES PARA EJERCER LOS DERECHOS DERIVADOS DE LA GARANTÍA LEGAL

Cuándo se considera que un bien está entregado conforme al contrato?

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

INTRUCCIONES PARA LA REPRESENTACIÓN Y VOTACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA. FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS

CODIGO DE CONDUCTA ACAVe

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda.

10 APÉNDICE RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO Y A LA NORMATIVA APLICABLE AL SERVICIO DE RECLAMACIONES

De este modo, sería posible considerar que la cesión de los datos resulta necesaria para el adecuado ejercicio de la profesión de abogado

Claves sobre la nueva normativa defensa al consumidor. Comercio electrónico Negocio Digital Contratación Telefónica Servicios de Atención al Cliente

El TJUE establece que la trabajadora que ha tenido un hijo mediante un vientre de alquiler no tiene derecho a al permiso de maternidad

REGISTRO DE MEDIADORES DE LA ASOCIACIÓN ARAGONESA DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN

Contabilidad. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC ICAC: Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO:

En concreto, la Dirección General centra su atención en los siguientes puntos:

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DICTAMEN DE LA COMISIÓN

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009

SECCIÓN AU 730 INFORMACIÓN SUPLEMENTARIA REQUERIDA CONTENIDO

Reglamento de ejecución de la Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

b) Que el tratamiento de datos de carácter personal por parte del subcontratista se ajuste a las instrucciones del responsable del fichero.

Guía práctica. Red Judicial Europea en materia civil y mercantil

RESPONSABILIDAD CIVIL POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS

(BOE, de 15 de febrero de 2008)

AGENCIAS DE VIAJES. Qué características debe cumplir la información que faciliten las agencias?

PRINCIPALES CAMBIOS EN NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE COMERCIO ELECTRONICO. Ley de Servicios de la Sociedad de la Información Y Ley de Consumidores

Garantía legal. Nota explicativa sobre las condiciones para ejercer los derechos derivados de la garantía legal

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR

Informe Jurídico 0494/2008

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

Los intereses moratorios en los préstamos personales con consumidores. El control de la abusividad por desproporción.

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO

Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.)

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Reclamación de cuotas de la Seguridad Social de trabajadores de concesionario servicio público de Centro de Día. Sucesión de empresarial.

Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE)

Unidad 23. Obligaciones Mercantiles

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 29 de junio de 2015

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL

2. Requisitos para la designación como laboratorio para el control oficial

TÉRMINOS Y CONDICIONES

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 118 A,

UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros

LAS VENTAS FUERA DEL ESTABLECIMIENTO MERCANTIL. Cuándo se considera que una venta se ha realizado fuera del establecimiento?

Gabinete Jurídico. Informe 0542/2009

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Aprobación del nuevo Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

EL PAQUETE TURÍSTICO O VIAJE COMBINADO

Art del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio:

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS. (Texto pertinente a efectos del EEE)

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006

1 C/ HUERTAS, MADRID TEL.: FAX:

Directrices. sobre. el examen de las quejas por las. empresas de seguros

CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE VIDA VINCULADOS A PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS (SEGUROS DE AMORTIZACIÓN) (I) Exigibilidad de la práctica y garantías

LEGAL FLASH I ÁREA DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO

2. ANÁLISIS DE LAS CUESTIONES PREJUDICIALES

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES TITULO: PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

I.- ANTECEDENTES. La evaluación de las ofertas se realizará teniendo en cuenta dos tipos de criterios:

Generalitat de Catalunya Departament de Medi Ambient Direcció General de Qualitat Ambiental

Consejería de Industria, Turismo, Empresa e Innovación Dirección General de Industria, Energía y Minas

Junta Consultiva de Contratación Administrativa

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES

Agencias de viajes. Transporte-Viajes. sabias que... ficha pedagógica

Gabinete Jur?dico. Informe 0382/2012

1. Gestión Prevención

Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

(Texto pertinente a efectos del EEE)

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SISTEMA DE VENTA DE ENTRADAS DE LA RED MUNICIPAL DE TEATROS DE VITORIA-GASTEIZ

- Cabrá considerar que la legislación de protección de datos no es aplicable en los supuestos en los que los. Gabinete Jurídico

LOS PLANES DE COMPLIANCE PENAL EN LA EMPRESA

Juan Bataller, Catedrático de Derecho mercantil, CEGEA, UPV

PROPUESTA. A) Dejar sin efecto, en la parte no utilizada, el acuerdo undécimo de la Junta General de Accionistas celebrada el 25 de Junio de 2004.

Lo indicado en los dos párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás supuestos de jubilación voluntaria legalmente previstos.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

RESUMEN. CUALIFICACIONES. Estudios seguridad y salud

De conformidad con el informe formulado por el Consejo de Administración en virtud de lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital

CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS RD 47/2007

La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo

EDJ 2004/92184 SENTENCIA. Tribunal de Justicia (CE) Sala 1ª, S , nº C-70/2003

ADMIRAL MARKETS AS. Normas de Ejecución Óptima. medida en que ha actuado de acuerdo con las correspondientes instrucciones del cliente.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza

Gabinete Jurídico. Informe jurídico 0196/2014

Cuestionario Individual de Responsabilidad Civil de Administradores y Altos Cargos

SHAREFILE. Contrato de socio comercial

GARANTÍAS DE LOS BIENES DE CONSUMO

Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009

II.- Uso del sitio Web, sus servicios y contenidos;

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION

Aprobación de la nueva Ley de Consumidores Novedades destacadas

Transcripción:

TRANSPOSICIÓN DE LAS DIRECTIVAS AL DERECHO ESPAÑOL Francisco Oliva Blázquez Profesor titular de Derecho Civil Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (España)

Problemas Incumplimientos en la transposición. Omisiones. Inclusión de límites no previstos. Defectos de transposición. Retrasos injustificados: responsabilidad patrimonial del Estado.

Incumplimientos: omisiones No se ha realizado la transposición del artículo 4.2 Directiva 93/13/CEE: La apreciación del carácter abusivo de las cláusulas no se referirá a la definición del objeto principal del contrato ni a la adecuación entre precio y retribución, por una parte, ni a los servicios o bienes que hayan de proporcionarse como contrapartida, por otra, siempre que dichas cláusulas se redacten de manera clara y comprensible.

La Comisión parlamentaria eliminó por el procedimiento de urgencia un párrafo del Proyecto de 1997 que contenía una previsión similar. Parece una omisión involuntaria. La doctrina entiende que se aplica el precepto de la Directiva. Recursos generales, libre mercado, etc. STSJ 1 abril 2004.

Ha planteado problemas: SJPI n.º 50 de Madrid de 11 septiembre 2001 (AJA, Ref. 502/28), sobre redondeo al alza préstamos hipotecarios. Modificación legal a través de la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios. STS 19 junio 2008: extensión de hipoteca a nuevas edificaciones en la finca gravada.

El art. 6 (5) Directiva 1999/44/CE no ha sido incorporado al Derecho español: En el caso de que una garantía infringiera los requisitos de los apartados 2, 3 o 4, ello no afectaría en ningún caso a su validez, pudiendo el consumidor en todo caso exigir su cumplimiento.

España es el único país que no ha implementado el art. 4.1 a) Directiva 90/314/CEE: viajes combinados El organizador y/o el detallista facilitarán al consumidor, por escrito o en cualquier otra forma adecuada y antes de la celebración del contrato, la información de índole general sobre las condiciones aplicables a los nacionales del Estado miembro o de los Estados miembros de que se trate en materia de pasaportes y de visados y en particular en lo que se refiere a los plazos de obtención de los mismos, así como la información relativa a las formalidades sanitarias necesarias para el viaje y la estancia.

Se hace referencia en el artículo 3.1(e) (actual art. 152 e) TRDCU): este precepto se refiere a la información que se da en el folleto (art. 3. e) Directiva), pero no al deber de información precontractual del empresario.

Incorporación artículo 5.1 Directiva 97/7/CE contratos a distancia: El consumidor deberá recibir confirmación por escrito o mediante cualquier otro soporte duradero a su disposición de la información mencionada en las letras a) a f) del apartado 1 del artículo 4, a su debido tiempo durante la ejecución del contrato y, a más tardar, en el momento de la entrega cuando se trate de bienes, a menos que se haya facilitado ya la información al consumidor antes de la celebración del contrato, bien sea por escrito o sobre cualquier otro soporte duradero disponible que sea accesible para él. El artículo 47 LOCM no preveía la confirmación escrita de la información, pero se ha acabado subsanando con el artículo 98 TRLDCU.

Inclusión de límites no previstos Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo Artículo 6 g): El consumidor no podrá exigir la sustitución en el caso de bienes no fungibles. El artículo 3 de la Directiva 1999/44/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, sobre determinados aspectos de la venta y garantía de los bienes de consumo, no contiene tal restricción.

Directiva 85/577/CEE del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, referente a la protección de los consumidores en el caso de contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales. Ley 26/1991, de 21 de noviembre, de contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles Exclusión art. 2. 5º: Contratos documentados notarialmente. Se mantiene en el art. 108 TRLDCU 1/2007.

Directiva 93/13/CEE, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores. Incorporada mediante Ley 7/1998, sobre Condiciones Generales de la Contratación. El control de contenido se refiere únicamente a B2C y se limita a las cláusulas no negociadas individualmente.

Defectos de transposición Directiva 93/13/CEE, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores. Incorporada mediante Ley 7/1998, sobre Condiciones Generales de la Contratación. STSJ de 9 septiembre de 2004, Asunto C- 70/2003: declaró que el Reino de España había incumplido sus obligaciones al no adaptar correctamente su Derecho interno a los artículos 5 y 6, apartado 2, de la Directiva 93/13 CEE.

Se subsana mediante la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios. Art. 80.2 TRLDCU: Cuando se ejerciten acciones individuales, en caso de duda sobre el sentido de una cláusula prevalecerá la interpretación mas favorable al consumidor.

Directiva 1999/44/CE: Artículo 5 (1) La falta de conformidad que resulte de una incorrecta instalación del bien de consumo se presumirá equiparable a la falta de conformidad del bien cuando la instalación esté incluida en el contrato de compraventa del bien y haya sido realizada por el vendedor o bajo su responsabilidad. Esta disposición también será aplicable cuando se trate de un bien cuya instalación esté previsto que sea realizada por el consumidor, sea éste quien lo instale y la instalación defectuosa se deba a un error en las instrucciones de instalación. Arts. 3.2 Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo y 116.2 TRDCU.

Retrasos Ninguna Directiva fue incorporada a tiempo: Desde 9 meses (Directiva 98/6) a 40 meses (Directiva 93/13): 26 meses de media. Responsabilidad patrimonial del Estado frente a terceros: SAN 7 mayo 2002 (RJCA 2002, 634). Caso Francovich: 19 noviembre 1991 (TJCE 1991, 296)].

Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sala Tercera), 28 noviembre 2002 (TJCE 2002\354) Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 97/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de octubre de 1997, por la que se modifica la Directiva 84/450/CEE sobre publicidad engañosa, a fin de incluir en la misma la publicidad comparativa, al no haber adoptado, en el plazo señalado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva.