ANEXO I. Primero.- Características de la actividad Taller de inmersión lingüística con comedor de verano.



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Transcripción:

Folio 3/50 ANEXO I CALENDARIO, MODELO DE SOLICITUD E INSTRUCCIONES DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ACTIVIDAD TALLER DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA CON COMEDOR DE VERANO DURANTE LOS MESES DE JULIO Y AGOSTO DE 2014. Primero.- Características de la actividad Taller de inmersión lingüística con comedor de verano. Con esta medida se pretende mejorar la competencia en lengua extranjera del alumnado de centros docentes públicos de educación infantil y primaria, contribuyendo a uno de los objetivos fundamentales del Gobierno de Canarias, que es la mejora del éxito escolar. Además, se favorece la convivencia de alumnado de diferentes centros, se promociona la competencia social y ciudadana y se ofertan alternativas que enriquecen los espacios vacacionales, permitiendo la conciliación familiar y laboral y garantizando la cobertura de necesidades básicas y de compensación de desigualdades. Para ello durante los meses de julio y agosto en los centros educativos seleccionados, denominados de cabecera, se organizarán talleres lúdicos destinados a mejorar la competencia del alumnado en lengua extranjera, ofreciéndose además el servicio de comedor. La asistencia al taller y al comedor es gratuita para el alumnado seleccionado de conformidad con los requisitos del apartado siguiente. Los talleres se desarrollarán en determinados centros que se seleccionarán por zonas dentro de cada isla, de lunes a viernes, del 1 de julio al 29 de agosto de 2014, no contemplando los días festivos nacionales, regionales o locales, y en horario de 11:00 a 13:00 horas. Los grupos se conformarán con una ratio máxima de 30 alumnos y alumnas por taller. El alumnado que asista al taller por el procedimiento descrito en esta resolución, asistirá también al comedor de verano para almorzar, desde las 13:00 a las 14:00 horas, siendo los monitores de los talleres los que lleven al alumnado de su grupo al comedor. A las 14:00 horas, como hora límite, el personal del catering entregará al alumnado a la persona autorizada para su recogida. Es indispensable asistir al taller para hacer uso del comedor escolar. El padre, la madre o representante legal del alumnado, en la solicitud indicará los meses en que asistirá comprometiéndose, al formalizar la matrícula, a la asistencia continuada del alumno o la alumna a la actividad así como a justificar debidamente aquellas ausencias que pudieran producirse.

Folio 4/50 El personal que impartirá los talleres será seleccionado a través del Servicio Canario de Empleo, quedando acreditado en el proceso de selección la competencia lingüística y pedagógica necesaria para realizar las actividades de inmersión en el idioma inglés de forma lúdica y atractiva para el alumnado. En el comedor el alumnado será atendido por el personal de la empresa de catering. Se podrán utilizar las canchas del centro, el aula Medusa, el aula de inglés o en su defecto, cualquier aula con televisión y pizarra, así como cualquier otro material de carácter específico, propios del centro educativo, como material deportivo, televisores, ordenadores, etc. Las actividades están cubiertas por los mismos seguros que cubren las actividades realizadas en los centros durante el curso, tanto la atención médica al alumnado como la responsabilidad civil y patrimonial que pudiera derivarse de su realización. Segundo.- Destinatarios y Requisitos. El destinatario es el alumnado matriculado en un Centro público de Educación Infantil y Primaria de Canarias cuya familia se encuentra en una situación desfavorecida, entendiéndose que se da esta condición cuando los ingresos familiares no excedan del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) establecidos en la disposición adicional octogésima de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, (BOE nº 309 de 26/12/13), cuyo importe es de 6.390,13 (12 pagas) ó 7.455,14 (14 pagas) para familias de 2 a 4 miembros y de 12.780,26 (12 pagas) ó 14.910,28 (14 pagas) para familias de más de 4 miembros. Tercero.- Solicitudes y documentación. Los centros docentes, dentro de los procedimientos habituales de información a las familias, comunicarán conjuntamente con el resto de enseñanzas, servicios, etc., la oferta de la actividad Taller de Inmersión Lingüística con comedor de verano, publicando en el centro antes del 3 de abril de 2014 la relación de centros cabecera y centros adscritos; destinatarios y requisitos de admisión y plazo de solicitud y matrícula y las características de la actividad. La persona representante del alumno o de la alumna presentará la solicitud de participación de acuerdo con el modelo del Apéndice I, la Fotocopia compulsada del Libro de familia y al menos uno de los siguientes certificados: a) Certificado y/o Informe de los Servicios Sociales municipales, en el que se refleje la situación socioeconómica de la unidad familiar.

Folio 5/50 b) Certificado y/o Informe de alguna Organización No Gubernamental legalmente reconocida, en el que se haga constar si la unidad familiar recibe ayudas básicas. c) Certificado del Servicio Canario de Empleo en el que se hará constar la situación administrativa y laboral actual (ocupado o desempleado) y de ser o no beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo y, en su caso, su cuantía, de los sustentadores principales. d) Certificación de la empresa de las retribuciones percibidas actualmente, de los sustentadores principales. Cuarto.- Lugar, plazo de presentación de la solicitud y procedimiento de admisión. Las personas interesadas presentarán una única solicitud, junto con la documentación requerida, en el centro donde el alumno o la alumna se encuentre cursando sus estudios, del 3 al 30 de abril de 2014. El Consejo Escolar de cada centro examinará las solicitudes recibidas y garantizará que el procedimiento de admisión es ajustado a la norma. Analizadas las solicitudes, elaborará una relación provisional de admitidos y no admitidos con los motivos de no admisión, que serán publicadas en el tablón de anuncios como fecha límite el 9 de mayo de 2014. En ese mismo periodo cada centro introducirá en la página web de Alisios, Servicios Complementarios (datos de centros), http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/4/alisios/alisiosweb/code/portalweb.aspx, a efectos de planificación de la medida, los siguientes datos: a) número total de alumnado admitido provisionalmente. b) número de alumnado admitido provisionalmente que necesita de auxiliar educativo. c) número de alumnado admitido provisionalmente que no necesita de auxiliar educativo Hasta el 14 de mayo podrán formularse reclamaciones y renuncias y el centro educativo publicará la lista definitiva de admitidos y no admitidos con los motivos de la no admisión el 16 de mayo. El padre, la madre o la persona que legalmente represente al alumnado admitido formalizará la matrícula del 19 al 23 de mayo, ambos inclusive, según modelo Apéndice II, al que acompañará una fotocopia de la tarjeta sanitaria. Transcurrido el plazo de matrícula, el centro cumplimentará el Apéndice III, que será enviado como fecha límite el 27 de mayo al centro cabecera al que esté adscrito, acompañado de una fotocopia del impreso de formalización de matrícula (Apéndice II) y de la tarjeta sanitaria entregada en la matrícula.

Folio 6/50 El centro cabecera, recibido el Apéndice III del alumnado matriculado enviado por los centros adscritos y que irá acompañado de la documentación mencionada en el párrafo anterior, unificará los datos en el documento que figura como Apéndice IV. Una copia del mismo deberá ser remitida a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa a través de la página web de Alisios, Servicios gescentros http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/4/alisios/alisiosweb/code/portalweb.aspx#2ne XybYH0On0Zupd9UojKg==, antes del 2 de junio. El director o la directora del centro cabecera o miembro del equipo directivo en quien delegue recibirá a los monitores a las 9:00 horas del día 1 de julio, día de comienzo de los talleres, para trasladarles la siguiente documentación del alumnado: fotocopia del apéndice II y del apéndice IV y la fotocopia de la tarjeta sanitaria. Asimismo mostrará a los monitores las dependencias y el material específico (audiovisual, deportivo, etc.) que se vaya a utilizar del centro para la realización de la actividad, y los lugares de ubicación del botiquín y la fotocopiadora; además les hará entrega del material fungible que para el desarrollo del taller se haya hecho llegar al centro. La misma documentación descrita en el apartado anterior (fotocopia del apéndice II y del apéndice IV y la fotocopia de la tarjeta sanitaria) será entregada por el director o la directora del centro cabecera o miembro del equipo directivo en quien delegue, a la persona que coordine al personal del catering el día 27 de junio, que se desplazará al centro a la hora previamente concertada con el equipo directivo. Tanto los monitores como el personal del catering deben contar en el centro con un espacio habilitado para depositar toda la documentación recibida correspondiente al alumnado. Las solicitudes originales del alumnado y la documentación necesaria para tener derecho a la actividad Taller de Inmersión Lingüística con comedor de verano, quedarán custodiadas en los archivos del centro de procedencia del alumnado. Si para un alumno o una alumna se solicitase en el Apéndice II la realización de los talleres en un centro de cabecera diferente en julio y agosto, el centro dará a ambos centros cabecera en julio o en agosto, copia de dicho Apéndice II y de la tarjeta sanitaria. Si se solicita el traslado de un alumno o una alumna de centro cabecera en julio o en agosto, no previsto en la matrícula (Apéndice II), deberá ser solicitado motivadamente a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa por el representante legal del alumno o la alumna con cinco días hábiles de antelación a la fecha en que se quiera que se produzca el

Folio 7/50 mismo, entregando la solicitud al coordinador del taller. La Dirección General aprobará en su caso el traslado y enviará la documentación pertinente al nuevo centro cabecera. Quinto.- Centros cabecera y centros adscritos La relación inicial de centros cabecera que cuentan con comedor escolar en cada zona, y en los que se impartirán las dos horas diarias de taller, y al que acudirá el alumnado seleccionado del propio centro y de los centros de su área de influencia o adscritos, es la que figura en el Anexo II de la presente resolución. La Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, antes de la apertura del periodo de solicitud de plazas, comunicará la relación definitiva por correo electrónico o a través de la página web http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/5/webdgoie/scripts/default.asp Sexto.- Servicio de comedor El comedor se organizará a través de un servicio de catering que aportará el menú diario. Desde el punto de vista de las condiciones higiénico sanitarias las empresas deberán tener en cuenta la amplia normativa aplicable, y especialmente lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DOUE nº L 266, de 25.6.04), el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas, y el Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, de 2003, sobre seguridad general de los productos (BOE de 10.1.04), y lo contemplado en la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición (BOE nº 160, de 6 de julio de 2011), y la legislación y normativa vigente en materia de manipulación de alimentos, productos alimenticios, comedores colectivos, o cualquier otra que le sea de aplicación o pudiera serlo durante la prestación de los servicios. Los equipos directivos de los centros cabecera facilitarán la utilización de las instalaciones y el uso del menaje, utensilios y/o enseres necesarios para el buen funcionamiento del servicio del comedor. Séptimo.- Asignación económica al centro y justificación del gasto. La Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa asignará fondos de carácter ordinario y finalista a los centros educativos seleccionados atendiendo al alumnado beneficiario para realizar el pago a la correspondiente empresa de catering.

Folio 8/50 Antes del 31 de diciembre de 2014, los centros que reciban dotación económica remitirán a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, certificación del Consejo Escolar acreditativa de la correcta aplicación de los libramientos, con expresa indicación de las cantidades abonadas a la empresa de catering, según el modelo del Apéndice V de esta Resolución.