CONSEJO DE LA MAGISTRATURA RESOLUCIÓN N /14 En Buenos Aires, a los 25 días del mes septiembre de 2014, esta, con la Presidencia del Dr. Mario Silvio Fera, VISTO: El expediente n 13-01278/14, caratulado "Necesidad de servicio de Ascensores s/mantenimiento período/2015/16 - Córdoba"; y USO OFICIAL CONSIDERANDO: 1 ) Que vienen las presentes actuaciones a esta Comisión, a efectos de someter a consideración un proyecto de acto administrativo cuyo objeto es: (i) autorizar a la Dirección General de Administración Financiera a convocar a Licitación Pública "in situ", a fin de contratar el servicio de mantenimiento integral, preventivo y correctivo de los 8 (ocho) ascensores, y de la plataforma elevadora hidráulica, con la inclusión de una guardia permanente, ubicados en el edificio sito en la Av. Concepción Arenal 690 -Ciudad de Córdoba- sede de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, y servicio de mantenimiento integral, preventivo y correctivo de un (1) ascensor instalado en el edificio sito en Hipólito Irigoyen 670, sede del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Córdoba, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 o de la fecha efectiva de la recepción de la
Orden de Compra si esta fuera posterior, y el 31 de diciembre de 2016, con opción por parte de este Poder Judicial de prorrogar el servicio -en las mismas condiciones y precios pactados- durante un plazo de hasta seis (6) meses contados desde la finalización del contrato, encuadrando dicho procedimiento en lo previsto por el art. 4 del Manual de Compras vigente, aprobado por Resolución N 191/08 (modificada por Resolución N 167/10) del Consejo de la Magistratura, y en concordancia con las disposiciones del Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto N 5720/72, ordenamiento incorporado a la normativa propia del Poder Judicial de la Nación por la Resolución C.S.J.N. 1562/00; (ii) Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante a fs. 48/62; (iii) Afectar el gasto resultante estimado en la suma de PESOS DOS MILLONES CURENTA Y SEIS MIL ($2.046.000.-), conforme la imputación contable provisional de fojas 47; (iv) Disponer que en caso de resultar desierta la convocatoria por falta de ofertas, la Dirección General de Administración y Financiera queda autorizada a efectuar un nuevo llamado y (v) Ordenar las publicaciones de ley en el Boletín Oficial de la Nación y órgano análogo de la Pcia. de Córdoba, por dos (2) días, con cuatro (4) de anticipación a la fecha de apertura. Asimismo, disponer su respectivo anuncio en un diario de amplia circulación nacional, por un (1) día y en el sitio (página web) de este Poder Judicial (v. fs. 63/64). 2 ) Que la intervención de esta Comisión de Administración y Financiera encuentra sustento en lo previsto por el artículo 41 in fine del Reglamento General del Consejo de la Magistratura -aprobado por Resolución CM 97/07-.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA -roolver 'N <C;j4 3 ) Que en orden a los antecedentes y justificación de los trabajos que se pretenden contratar, cabe resaltar que fs. 3 obra agregada la Orden de Compra N 278/2013, mediante la cual se contrató el servicio de mantenimiento de los ocho ascensores instalados en el edificio sede de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, por un período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014 (v. fs. 3/4). A su vez, mediante la Orden de Compra N 24/2014 se contrató el servicio de mantenimiento integral de la plataforma elevadora hidráulica instalada en el edificio sito USO OFIC IAL en Av. Concepción Arenal 690, sede de la Cámara Federal de Córdoba, por el período comprendido entre el 1 de marzo y 31 de diciembre de 2014 (v. fs. 16). 4 ) Que la Dirección General de Infraestructura Judicial adjuntó las nuevas especificaciones técnicas. Asimismo, agrega que con el propósito de posibilitar la correspondiente afectación contable, se adjuntan las planillas de cómputos y presupuestos elaboradas por el área Electromecánica Ascensores de la "Coordinación de Especialidades Complementarias", tomando el valor del mantenimiento, con guardia con personal permanente de los ascensores, plataforma elevadora en conjunto siendo el valor global para el Renglón 1 - Item A (mantenimiento y guardia permanente): la suma de $1.894.000,00.- y para el Renglón 2 - Item A (mantenimiento): $152.000,00.-. Agrega que los montos propuestos se tomaron de acuerdo a valores de mercado y a la planilla propuesta por la Comisión de Preadjudicaciones para la proyección de costos.
Por lo demás, destaca que la contratación del servicio de mantenimiento que se propone es obligatorio en función de las exigencias establecidas en la ordenanza municipal, en la cual se expresa "que el ascensor que no posea inspección mensual rubricada a través de un matriculado debidamente habilitado, no podrá ser librado al uso público y consecuentemente deberá permanecer fuera de servicio" (v. Nota CEC 171/2014 obrante a fs. 42). 5 ) Que a fs. 43 tomó intervención la Comisión de Infraestructura Judicial, en los términos de lo establecido por Resolución CM 482/2010, señalando que "en atención al monto del presupuesto estimado en el renglón 1, esta Comisión considera que debería analizarse la necesidad de contar con el servicio de guardia permanente, toda vez que esta condición torna más onerosa la contratación". Finalmente, presta conformidad a lo actuado, en los aspectos que hacen a su competencia específica, sin perjuicio de lo señalado precedentemente. 6 ) Que a fs. 44 se agregó el Expte. N 13-05715/14, mediante el cual tramitó el pedido efectuado por el Departamento de Compras de la Dirección General de Administración Financiera, al Intendente de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, a fin de que justifique la necesidad de contratar la prosecución del servicio, indicando las modificaciones a las especificaciones técnicas e informando el costo estimado de la contratación requiriendo dos presupuestos (teniendo en cuenta al actual adjudicatario).
/15-77\ /7 (,\0.04,r, <," \ \I CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Así las cosas, en a fs. 14/15 del folio único 44, pise acompañan dos presupuestos. c-rz i El primero de ellos correspondiente a la firma MALDATEC S.A. cotizando por los ocho ascensores ubicados en la calle Concepción Arenal 690, la suma de $50.100,00.- (mensual) y por el ascensor ubicado en Hipólito Irigoyen 670 la suma de $4.500,00.- (mensual). Por su parte, la firma BOGAMAC ASCENSORES S.R.L. cotizó por los ocho ascensores de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, la suma de $1.292.352,00.- (precio total por 24 meses) y por el renglón 2, la suma de $110.688,00.- (precio total por 24 meses). USO OFICIAL Asimismo, el Intendente informó a fs. 16 (FU 44) que no corresponde modificar el pliego y a fs. 18 (FU 44) obra la opinión favorable del Presidente de la Cámara Federal de Córdoba. 7 ) Que mediante nota CEC N 171/2014 se enviaron las nuevas exigencias establecidas en los pliegos correspondientes a los servicios de mantenimiento y, asimismo, con el propósito de posibilitar la correspondiente afectación contable, se adjuntaron las planillas de cómputos y presupuestos, estimando: para el ITEM A por mantenimiento y guardia permanente, RENGLON 1 $1.894.00,00 y para el ITEM A por mantenimiento RENGLON 2 $152.000, montos estos tomados de acuerdo a valores de mercado y a la planilla propuesta por la Comisión de Preadjudicaciones para la proyección de costos (v. F.U. 24).
8 ) Que a fs. 45 obra agregado el cuadro de precios relativo a los servicios a contratar mediante la licitación bajo análisis, por un monto total de $2.046.000,00.- 9 ) Que a fs. 48/62 se acompañó el Pliego de Bases y Condiciones que regirá la presente contratación y que contiene cláusulas de inclusión usual y habitual por el Poder Judicial de la Nación. 10 ) Que a fs. 63/64 obra agregado el proyecto de resolución por el cual la Administración General del Poder Judicial de la Nación autoriza a convocar la Licitación Pública "in situ", con el objeto detallado en el considerando 1. 11 ) Que a fs. 67/69 tomó intervención la Secretaría de Asuntos Jurídicos -Dictamen SAJ 1368/2014- estimando que "de acuerdo a lo expuesto en los acápites I, II y III del presente dictamen y en especial los informes y opinión de las áreas técnicas intervinientes, desde la perspectiva estrictamente jurídica el proyecto de resolución y las cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones se adecuan al marco jurídico aplicable". 12 ) Que en relación con el marco normativo aplicable, es dable recordar que la presente contratación "in situ" encuadra en el artículo 4 del Manual de Compras vigente, aprobado por la Resolución N 191/08 (modificada por Resolución N 167/10) del Consejo de la Magistratura, en concordancia con el Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto 5720/72, ordenamiento incorporado a la normativa del Poder Judicial de la Nación mediante la Resolución CSJN 1562/00.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA 13 ) Que, por último, resta señalar que el proyecto,pub examine emana de autoridad competente, el objeto ha sido _ jci 5especificado, los antecedentes de hecho y derecho obran glosados en las presentes actuaciones, la elección del procedimiento de contratación - Licitación Pública "in situ"- resulta normativa y jurídicamente correcta y se han expedido los organismos de asesoría técnica y jurídica pertinentes. Por ello, SE RESUELVE: Prestar expresa conformidad con el proyecto de acto USO OFICIAL administrativo de fs. 63/64. Regístrese y hágase saber. Firmado por ante mí, que doy fe. MARIO FERA PRESIDENTE COMISIbIldeAdmInktración y Rancios --.111 do liaglitrain di Podado:II de ida* Firmado p r ante!ni Art. 8 del Anexo - ROS lucián N' 513/09 CUBRIA 0r. JUAN Secretario de Administración y FInartelln da Cose0 de te liagistratuta