UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ



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Transcripción:

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ADMINISTRATIVO ACTA RESUMIDA DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA No.02-2011 Inicia la sesión extraordinaria del Consejo a las 9:20 a.m. del día 28 de febrero de 2011, en el Salón de Conferencias del Centro Regional de Panamá Oeste en La Chorrera, con la introducción de la rectora, Ing. Marcela Paredes de Vásquez, dando las palabras de bienvenida y de agradecimiento al Ing. Everardo Ortega, director del Centro Regional de Panamá Oeste y su Equipo de Trabajo, así como a todos los Miembros del Consejo, las Autoridades, el Equipo de Trabajo de la Administración Central que asistieron y quienes han hecho posible la realización de este evento. Expresa además que como parte de las actividades a realizar en el día de hoy, se ha programado una visita a los terrenos que mantiene la Universidad Tecnológica de Panamá en Chame. Que estos terrenos van a desarrollarse en una primera etapa con Fondos de Preinversión y que con estos fondos se incluye la confección de todos los planos y especificaciones de lo que será el Centro de Investigaciones de Chame de la Universidad Tecnológica de Panamá y van a construir también una pequeña infraestructura como parte de este trabajo de preinversión. El Centro de Investigaciones de Chame estará orientado hacia temas propios del lugar, que es el tema marítimo, oceanográfico, biodiversidad en el área de manglares. Será también un sitio de encuentro para toda la Comunidad Universitaria, todos sus estamentos y es muy valioso. Así que hemos venido hasta Panamá Oeste para hacer esta reunión del Consejo Administrativo precisamente porque Panamá Oeste tendrá la responsabilidad del mantenimiento y la administración de la infraestructura que esté establecida en Chame. Esperamos en el día de hoy dar la Orden de Proceder a la empresa que se le asignó el proyecto en su Fase de Preinversión, pero esto no va a ser posible, porque no tenemos todos los requisitos completos, esperábamos tenerlos listos para el día de hoy, pero decidimos mantener la actividad de visita porque creo que es una oportunidad y por eso invitamos a los Decanos y Directores de los Centros de Investigación y a los miembros de este Consejo Administrativo, sobre todo también los de Vida Universitaria para que conozcamos el lugar y vayamos planificando las actividades de investigación, extensión y de convivencia que se pueden llevar acabo en este sitio dentro de la Comunidad Universitaria y para toda la Comunidad que también está alrededor de la Universidad. A continuación, la rectora Ing. Marcela Paredes de Vásquez, solicita a la secretaria encargada del Consejo, Lic. Cesiah Alemán, proceda a pasar la Lista de Asistencia, confirmándose el quórum reglamentario. La rectora, Ing. Marcela Paredes de Vásquez solicitó a la Secretaria Encargada del Consejo, procediera a la lectura del Orden del Día propuesto. ORDEN DEL DÍA PROPUESTO: 1.- Propuesta de Resolución por medio de la cual se asigna la remuneración a las Direcciones Nacionales con jerarquía de Direcciones Generales.

2.- Propuesta de Resolución por medio de la cual se modifica la Resolución No. CADM-R-09-2010 en cuanto al tiempo de entrega y la cuantía del ajuste a la orden de compra otorgada a la empresa INVERSIONES METÁLICAS, S.A., para el suministro de un ascensor de 10 pasajeros para el edificio No. 1 de la Universidad Tecnológica de Panamá. 3.- Propuesta de Resolución por medio de la cual se aprueba la Celebración del Contrato No. DPC-239-2011 con la Compañía INDELSA CONSTRUCCIONES, S.A., para la Construcción del Edificio de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Universidad Tecnológica de Panamá. --- Sometido a consideración la propuesta del Orden del Día, éste fue probado sin modificaciones con 15 votos a favor, 0 voto en contra y 0 voto de abstención. Como Primer Punto: Propuesta de Resolución por medio de la cual se asigna la remuneración a las Direcciones Nacionales con jerarquía de Direcciones Generales. La rectora, Ing. Marcela Paredes de Vásquez, introduce el tema, indicando que la Universidad Tecnológica de Panamá recientemente hizo una redefinición, la cual fue aprobada por este Consejo sobre los diferentes niveles jerárquicos dentro del Sector Administrativo. Aprobamos las Direcciones Ejecutivas, las Direcciones Nacionales y las Direcciones Generales. Dentro del concepto de Direcciones Generales incorporamos algunas de las unidades que dentro de la organización de la Universidad tienen una gran responsabilidad, una proyección nacional. La propuesta que traemos es una propuesta donde el nivel salarial de las Direcciones Generales se hace comparable con ese nivel de responsabilidad y con ese nivel jerárquico dentro de la Universidad y es lo que queremos presentarle a los miembros de este Consejo Administrativo, porque es una figura nueva, pero que pondría las Direcciones Generales a nivel de Centros de Investigación en la Universidad, esto es básicamente lo que queremos, en el caso de que la persona que ocupe la posición venga del sector docente o de investigación. Para el caso del Sector Administrativo también se redefine una remuneración distinta para los que ocupen las Direcciones Generales. Quisiera de todas formas señora Vicerrectora que se dejara claro cuáles son las Direcciones Generales. A continuación la vicerrectora administrativa, Ing. Myriam González Boutet, procedió a la lectura de la propuesta de resolución, siendo ésta la siguiente: Resolución CADM-R-01-2011 POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA REMUNERACIÓN DE LAS DIRECCIONES NACIONALES CON JERARQUÍA DE DIRECCIONES GENERALES. CONSIDERANDO: Que el Consejo Administrativo de la Universidad Tecnológica de Panamá, en la Sesión Ordinaria No. 05-2010 de dieciséis (16) de noviembre de dos mil diez (2010) aprobó la clasificación de las Direcciones de la Universidad Tecnológica de Panamá, según la complejidad del trabajo realizado y ámbito de competencia, siendo las Direcciones Generales las de mayor jerarquía, según sus responsabilidades. QUINTO: Que las Direcciones Nacionales con jerarquía de Direcciones Generales son cargos de nivel político-directivo, todas adscritas directamente a la Rectoría. Que las Direcciones Generales de la Universidad Tecnológica de Panamá desarrollan una extensa labor, cuya complejidad y alcance determinan la eficacia y eficiencia de las funciones institucionales en atención a los fines y objetivos señalados por nuestra Ley Orgánica. Que se requiere establecer una remuneración para las Direcciones Generales acordes con sus responsabilidades, que garantice el máximo esfuerzo, dedicación y compromiso de sus responsables. Que la Ley 75 de 2010, que dicta el Presupuesto General del Estado para la vigencia 2011, establece en su artículo 234 que tendrán derecho a gastos de representación los funcionarios que ocupen como titulares, entre otros, los cargos de directores y subdirectores nacionales. FECHA: 28 DE FEBRERO DE 2011 PÁGINA No. 2

RESUELVE: APROBAR los siguientes sueldos, sobresueldos y gastos de representación para las Direcciones Generales de la institución: Dirección de Ingeniería y Arquitectura, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Planificación Universitaria, Secretaria de Vida Universitaria, Dirección de Asesoría Legal y Dirección de Tecnología de Información y Comunicación, así: 1. Si el designado en el cargo es un docente o investigador regular, el salario total será igual al que percibe un Director de Centro de Investigación, compuesto por el sueldo, sobresueldo y gasto de representación. 2. Si el designado no es un docente o investigador o si aún siéndolo su sueldo es menor de tres mil balboas con 00/100 (B/3,000.00) mensuales, entonces el sueldo del cargo será de tres mil balboas con 00/100 (B/3,000.00) mensuales, más la antigüedad correspondiente, más el correspondiente sobresueldo y gasto de representación de un Director de Centro de Investigación. Esta Resolución tiene vigencia a partir del uno (1) de febrero de dos mil once (2011), en virtud de la implementación del Acuerdo del Consejo Administrativo en su sesión No. 05-2010 de 16 de noviembre de 2010, que aprobó la clasificación de las Direcciones de la Universidad Tecnológica de Panamá. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Evaluada la propuesta de Resolución, el Consejo aprobó 13 votos a favor, 0 voto en contra y 0 voto de abstención, la Resolución CADM-R-01-2011, por medio de la cual se establece la remuneración de las Direcciones Nacionales con Jerarquía de Direcciones Generales. En cuanto al Punto No.2: se presentó la Propuesta de Resolución por medio de la cual se modifica la Resolución No. CADM-R-09-2010 en cuanto al tiempo de entrega y la cuantía del ajuste a la orden de compra otorgada a la empresa INVERSIONES METÁLICAS, S.A., para el suministro de un ascensor de 10 pasajeros para el edificio No. 1 de la Universidad Tecnológica de Panamá. Manifiesta la vicerrectora Administrativa, Ing. Myriam González Boutet, que en este caso tenemos que indicar que en el año 2009 se celebró un contrato para instalar un elevador en el edificio No.1, sin embargo hubo algunos contratiempos en el camino en el diseño de la caja, que no era parte de este proyecto y se suponía que estaba listo el lugar donde iba el elevador. Además de esto, se había cotizado un elevador para seis (6) personas. En el camino surge la necesidad de adecuar el espacio para el nuevo elevador y además de eso se aumenta la capacidad del mismo para diez personas, ya que para seis (6) no iba a haber una solución real al problema para por ejemplo, discapacitados y tercera edad también. Entonces, nosotros lo que traemos aquí es solicitar una autorización del Consejo para poder hacer la autorización a la Orden de Compra original. Seguidamente se procede a la lectura correspondiente. RESOLUCIÓN No. CADM-R-02-2011 Por medio de la cual se modifica la Resolución No. CADM-R-09-2010, en cuanto al tiempo de entrega y la cuantía del ajuste a la orden de compra, otorgada a la empresa INVERSIONES METÁLICAS, S.A. para el Suministro de un Ascensor de 10 pasajeros para el Edificio No.1 de la Universidad Tecnológica de Panamá EL CONSEJO ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PANAMA EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LA LEY, EL ESTATUTO Y LOS REGLAMENTOS UNIVERSITARIOS CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 20 de la Ley 17 de 1984, modificada por la Ley 57 de 1996, el Consejo Administrativo es la autoridad superior universitaria en asuntos administrativos, económicos y patrimoniales de la Universidad Tecnológica de Panamá. Que el artículo 22, literal f, de la precitada Ley, establece: FECHA: 28 DE FEBRERO DE 2011 PÁGINA No. 3

Artículo 22: Son atribuciones del Consejo Administrativo, además de las que señalan el Estatuto y los Reglamentos de la Universidad Tecnológica de Panamá, las siguientes: a. Establecer las directrices y las medidas necesarias para el buen funcionamiento administrativo y económico de la Universidad Tecnológica de Panamá.... f. Aprobar los empréstitos, contrataciones y compra de equipos y bienes según la ley, el Estatuto y los Reglamentos;... Que la Universidad Tecnológica de Panamá, dando cumplimiento a todas las disposiciones legales, celebró el Acto Público de Selección de Contratista No.2009-1-95-0-08-LP-002795, para el Suministro e Instalación de Ascensor para el Edificio No. 1, el cual fue adjudicado a la empresa INVERSIONES METÁLICAS, S.A., según Orden de Compra No.27191 de 3 de agosto de 2009, por la suma de CIENTO VEINTITRES MIL SEISCIENTOS BALBOAS CON 00/100 (B/123,600.00). Que mediante Resolución No. CADM-R-09-2010 de 11 de mayo de 2010, este Consejo aprobó la propuesta presentada por la empresa INVERSIONES METÁLICAS S.A., para la adecuación del sitio en que debe instalarse el Ascensor para el Edifico No. 1, por la suma adicional de QUINCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN BALBOAS CON 74/100 (B/.15,891.74), lo que haría un total para este proyecto de CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN BALBOAS CON 74/100 (B/139,491.74) y el cambio del ascensor de 6 pasajeros a 10 pasajeros, con un plazo para la realización del proyecto de 200 días calendario contados a partir de la nueva orden de proceder, por considerarla beneficiosa para la institución. QUINTO: Que la Universidad Tecnológica de Panamá, procedió a formalizar la suma adicional aprobada por este Consejo mediante una nueva orden de compra, sin embargo al ser enviada a la Contraloría General de la República, se nos recomienda emitir un ajuste a la orden de compra existente, para el incremento del monto de la contratación y el cambio en la capacidad del ascensor. SEXTO: Que en virtud de lo antes expuesto se hace necesario aprobar un nuevo tiempo de entrega, desde el inicio de la contratación y no desde la emisión de una nueva orden de proceder, e igualmente modificar la cuantía del incremento aprobada en la Resolución anterior, en virtud del aumento del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS), establecido por ley con posterioridad a la aprobación de la Resolución antes citada, por lo que la cuantía del ajuste de la Orden de Compra No. 27191, debe ser por la suma de DIECISEIS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO BALBOAS CON 44/100 (B/16,194.44), lo que hace un total para esta contratación de CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO BALBOAS CON 73/100 (B/.142,148.73). SÉPTIMO: Que según nota IMSA-P-2011046, la Dirección General de Ingeniería y Arquitectura de esta institución nos informa que el tiempo total otorgado a la empresa para la realización de este suministro e instalación debe ser de 596 días calendario, lo cual es acorde con la realidad en sitio de la obra, tomando en consideración todas las situaciones que han retrasado la entrega del proyecto y que no son imputables al contratista, quedando como fecha de entrega final el 31 de mayo de 2011. RESUELVE: APROBAR el ajuste a la Orden de Compra No. 27191, por la suma de DIECISEIS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO BALBOAS CON 44/100 (B/16,194.44), lo que hace un total para esta contratación de CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO BALBOAS CON 73/100 (B/.142,148.73). APROBAR la modificación a la Resolución No. CADM-R-09-2010 de 11 de mayo de 2010, para que se le otorgue a la empresa INVERSIONES METÁLICAS, S.A., un tiempo de entrega de 596 días calendario, los cuales van del 13 de octubre de 2009 hasta el 31 de mayo de 2011, para la correcta realización del Suministro e Instalación de Ascensor para el Edificio No. 1. AUTORIZAR, a la Ingeniera MARCELA PAREDES DE VÁSQUEZ, con cédula de identidad personal No. 8-230-451, Rectora y Representante Legal de la Universidad Tecnológica de Panamá, para que realice todas las gestiones necesarias, para el perfeccionamiento del trámite antes descrito. Esta Resolución entrará a regir a partir de su aprobación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE --- Al no presentarse observaciones, ni otras intervenciones, el Consejo aprobó con 13 votos a favor, 0 voto en contra y 0 voto de abstención, la Resolución No. CADM-R-02-2011, por medio de la cual se modifica la Resolución No. CADM-R-09-2010, en cuanto al tiempo de entrega y la cuantía del ajuste a la orden de compra, otorgada a la empresa INVERSIONES METÁLICAS, S.A. para el Suministro de un Ascensor de 10 pasajeros para el Edificio No.1 de la Universidad Tecnológica de Panamá. FECHA: 28 DE FEBRERO DE 2011 PÁGINA No. 4

Prosiguiendo con el Punto No.3, se presentó la Propuesta de Resolución por medio de la cual se aprueba la Celebración del Contrato No. DPC-239-2011 con la Compañía INDELSA CONSTRUCCIONES, S.A., para la Construcción del Edificio de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Universidad Tecnológica de Panamá. Expresa la vicerrectora Administrativa, Ing. Myriam González Boutet, que se trata de la construcción de un nuevo edificio que albergará la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones. Ya a la empresa se le otorgó, ya hizo el concurso según la Ley 22, pero como se trata de un monto de Dos Millones de Balboas necesitamos traerlo a este Consejo para que le dé la autorización a la rectora para un cumplimiento de un requisito normal que se sigue para celebrar este tipo de contrato. Añade la rectora, Ing. Marcela Paredes de Vásquez, quería hacer la observación que se trata de una obra que continúa el proceso de desarrollo del Campus Central, que libre los espacios que actualmente está ocupando DITIC, tanto en Orillac como en el edificio de Postgrado, generando mayores espacios para la Academia y permitiendo ampliar las facilidades que van a incluir un Centro de Datos para todo el sistema. Viene acompañado de un fortalecimiento de la red de Internet que opera dentro del Campus. Es un proyecto paralelo, pero requiere de un mayor espacio físico. Realmente, dentro del Campus Central espacio físico es ahora una de las limitantes más grandes que tenemos. La ubicación de este edificio es en el área donde estaba la caseta de construcción que se habilitó para el edificio No.3. En esa área va a estar Tecnologías de la Información y Comunicaciones y esperamos tener un espacio adicional para desocupar otras áreas administrativas que estamos ocupando. Puesto que no va a estar solamente DITIC probablemente. Es un edificio de tamaño relativamente medio, de dos plantas y que tiene un estimado de costo de Dos Millones de balboas, ya se abrió a licitación, pero por el monto tiene que ser aprobado la adjudicación por el Consejo Administrativo. A continuación la vicerrectora Administrativa, Ing. Myriam González Boutet, procede a la lectura de la propuesta de resolución. RESOLUCIÓN No. CADM-R-03-2011 Por medio de la cual se aprueba la celebración del Contrato No. DPC-239-2011 con la empresa Indelsa Construcciones, S.A. para la Construcción del Edificio de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Universidad Tecnológica de Panamá EL CONSEJO ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PANAMA EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LA LEY, EL ESTATUTO Y LOS REGLAMENTOS UNIVERSITARIOS CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 20 de la Ley 17 de 1984, modificada por la Ley 57 de 1996, el Consejo Administrativo es la autoridad superior universitaria en asuntos administrativos, económicos y patrimoniales de la Universidad Tecnológica de Panamá. Que el artículo 22, literal f, de la precitada Ley, establece: Artículo 22: Son atribuciones del Consejo Administrativo, además de las que señalan el Estatuto y los Reglamentos de la Universidad Tecnológica de Panamá, las siguientes:... f. Aprobar los empréstitos, contrataciones y compra de equipos y bienes según la ley, el Estatuto y los Reglamentos;... Que el Consejo Administrativo de la Universidad Tecnológica de Panamá, en su Reunión No. 03-95 estableció que para los efectos del ordinal f, del Artículo 22 el Consejo Administrativo aprobará las contrataciones y compras de equipos y bienes, siempre y cuando sobrepasen la cantidad de B/.150,000.00 (ciento cincuenta mil balboas) en un mismo renglón de compra y de gasto. Además en la Reunión Extraordinaria No. 08-95 se consideró que se FECHA: 28 DE FEBRERO DE 2011 PÁGINA No. 5

encuentra implícita en la anterior disposición la facultad del Rector para ordenar y aprobar pagos en cantidades menores a B/.150,000.00. Que en la Reunión Extraordinaria No. 07-2008 se propuso modificar las cantidades, aprobándose con 14 votos a favor, 0 voto en contra y 0 voto en abstención, autorizar a la Señora Rectora, Ing. Marcela Paredes de Vásquez para que realice contrataciones, compras de equipos y bienes hasta la cantidad de B/.500,000.00 (Quinientos Mil Balboas). Entendiéndose que corresponde al Consejo Administrativo aprobar las contrataciones y compras de equipos y bienes, superiores a B/.500,000.00. QUINTO: Que la Universidad Tecnológica de Panamá, dando cumplimiento a todas las disposiciones legales, celebró la Licitación Pública No. 2010-1-95-0-08-LP-001411, para la Construcción del Edificio de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Universidad Tecnológica de Panamá, por la suma de DOS MILLONES SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE BALBOAS CON 49/100 (B/.2,078,367.49). Que las erogaciones que dicha contratación ocasione se cubrirán de la siguiente manera: DOS MILLONES SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE BALBOAS CON 49/100 (B/.2,078,367.49), o la suma a que hubiera lugar a través de la addenda al presente contrato, con cargo a la Partida Presupuestaria No.1.95.1.1.704.01.02.512 para la vigencia del 2011. RESUELVE: APROBAR la celebración del Contrato No. DPC-239-2011 con la empresa Indelsa Construcciones, S.A., sociedad constituida de acuerdo a las leyes de la República de Panamá e inscrita en el Registro Público a la Ficha 387480, Doc. 159391, de la Sección de Micropelícula Mercantil, para la Construcción del Edificio de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Universidad Tecnológica de Panamá, por la suma de DOS MILLONES SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE BALBOAS CON 49/100 (B/.2,078,367.49). AUTORIZAR, a la Ingeniera MARCELA PAREDES DE VÁSQUEZ, con cédula de identidad personal No. 8-230- 451, Rectora y Representante Legal de la Universidad Tecnológica de Panamá, para que realice todas las gestiones necesarias, para el perfeccionamiento del trámite antes descrito. Esta Resolución entrará a regir a partir de su aprobación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE --- Interviene el asesor legal, Lic. Luis Cedeño Merel para hacer la observación que la Ing. Ninfa Caballero, directora de Compras y el Lic. David Branca, director de Programación y Control Presupuestario, le informaron que el pago se hará en dos partes, una parte a la Vigencia Fiscal 2011 y otra parte, a la Vigencia Fiscal 2012, para que conste en Acta y se entienda que la resolución tiene la flexibilidad de esos dos pagos. Agrega la rectora, Ing. Marcela Paredes de Vásquez, que es correcto. Es importante la aclaración y vale para hacerle la aclaración a los señores Miembros del Consejo Administrativo que para hacer efectiva la ejecución presupuestaria, sobre todo en Inversiones, nos hemos esforzado mucho por determinar cuánto lleva en realidad el proceso de hacer cada una de estas obras que muchas veces nos las aprueban para un año, pero mientras se hace la licitación pública, se hace un contrato, el contrato va para Contraloría, regresa de Contraloría y se puede dar inicio efectivo a la obra, ya estamos a más de medio período, un año y por lo tanto, la obra siempre pasa hasta el siguiente año para su terminación. Aunque sean obras programadas para hacer en más de diez (10) meses, los procesos difícilmente permiten que eso se cubra en un primer año en el que está presupuestado. Así que lo que le estamos pidiendo a la Dirección General de Ingeniería y Arquitectura, a la Dirección de Presupuesto, a la Dirección de Planificación y a Compras, que ahora también es Dirección, que verifiquen paso por paso cada uno de estos proyectos de forma tal que, tengamos un cronograma de actividades y de erogaciones más cónsono con la realidad y podamos entonces ser más efectivos y eficientes en la ejecución de nuestro presupuesto de Inversiones. Destinando solo lo que corresponde a un año fiscal a la parte de la obra que se va a ejecutar en ese año y aplicando lo que se tenía presupuestado a otros proyectos, que a lo mejor tienen presupuesto insuficiente. De esa manera, logramos el año pasado una ejecución de inversiones que alcanzó el 95% y creo que es el mecanismo por el cual la Universidad puede mantener esos niveles de eficiencia en la ejecución de sus proyectos de inversión. Vale la aclaración y probablemente este es el caso en esta obra que se va a hacer tanto en el año 2011, la parte final, a inicios del año 2012. FECHA: 28 DE FEBRERO DE 2011 PÁGINA No. 6

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