DECLARACIÓN DE CARACAS SOBRE EL DERECHO HUMANO A LA PAZ



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Transcripción:

1 DECLARACIÓN DE CARACAS SOBRE EL DERECHO HUMANO A LA PAZ Reunidos en el Centro por la Paz y los Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela en Caracas, con el apoyo de PROPAZ, con motivo de la presentación pública del libro colectivo titulado Contribuciones regionales para una declaración universal del derecho humano a la paz (Luarca, AEDIDH, julio de 2010, 640 p.), Conscientes de que, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, es la voluntad de la Nación y de los estados que la integran garantizar la convivencia democrática regida por los principios de la paz y el respeto a los derechos humanos, la consecución de un orden económico y social justo, asegurar a todos una digna calidad de vida, establecer una sociedad democrática avanzada y colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra; Habida cuenta de que la sociedad venezolana está inmersa en una profunda crisis política y social, caracterizada por una preocupante polarización social y política, lo que genera una creciente inseguridad ciudadana; por lo que es necesario reafirmar las vías pacíficas de solución de los conflictos que nos aquejan, que se deben construir sobre la base de la erradicación de la violencia política de todo signo, el respeto a los principios democráticos, el diálogo y la tolerancia entre todas las personas, así como la defensa de los derechos humanos de todas las personas, puesto que son universales, indivisibles, interdependientes e inalienables; Teniendo en cuenta que el 21 de julio de 2010 el Senado español aprobó una moción por la que insta al Gobierno a que comprometa los esfuerzos necesarios para respaldar el impulso de las administraciones autonómicas, insulares y locales, para hacer realidad el proyecto de creación en la Comunidad Autónoma de Canarias de una Zona Internacional para la Cultura de Paz y Derechos Humanos, de manera que se constituya y se introduzca en el ámbito de la UNESCO y de las Naciones Unidas, así como en el Consejo de Europa, la figura de Zona Internacional para la Cultura de Paz y Derechos Humanos; Inspirándonos en los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, así como en la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos suscritos por Venezuela, en los que encuentra su fundamento el emergente derecho humano a la paz; Teniendo presentes los trabajos de codificación del derecho humano a la paz avanzados en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en la década de los noventa, en particular la Declaración sobre el Derecho Humano a la Paz del entonces Director General Federico Mayor Zaragoza, de enero de 1997; Reconociendo la importante contribución que la sociedad civil española realiza desde 2005 al debate mundial sobre la definición de la paz como derecho humano; Encomiando el papel pionero de la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH), cristalizado en la Declaración de Luarca sobre el Derecho Humano a la Paz, aprobada el 30 de octubre de 2006 por un Comité de personas expertas e independientes;

2 Celebrando la Campaña Mundial a favor del derecho humano a la paz conducida con éxito por la AEDIDH (2007-2010), por medio de la cual la Declaración de Luarca ha sido compartida y debatida por personas expertas e independientes en veinte reuniones celebradas en las cinco regiones del mundo; Celebrando las aportaciones regionales internacionales a la Declaración de Luarca que se recogen en las Declaraciones sobre el derecho humano a la paz aprobadas por personas expertas de la sociedad civil en La Plata (Argentina), el 5 de noviembre de 2008; Yaoundé (Camerún), el 2 de febrero de 2009; Johannesburgo (Sudáfrica), el 17 de abril de 2009; Bangkok (Tailandia), el 24 de abril de 2009; Sarajevo (Bosnia y Herzegovina), el 30 de octubre de 2009; Alejandría (Egipto), el 7 de diciembre de 2009; y La Habana (Cuba), el 6 de enero de 2010; Encomiando la Declaración de Bilbao sobre el Derecho Humano a la Paz aprobada el 24 de febrero de 2010 por un Comité técnico de redacción compuesto de personas expertas españolas, en la que se incorporaron las aportaciones procedentes de las sensibilidades culturales de todas las regiones del mundo; Encomiando a la AEDIDH por haber organizado en el Parlamento de Cataluña, junto a otras entidades, la reunión del Comité Internacional de Redacción (diez personas expertas procedentes de las cinco regiones del mundo), que revisó la Declaración de Bilbao y aprobó el 2 de junio de 2010 la Declaración de Barcelona sobre el Derecho Humano a la Paz, con la que se legitimó internacionalmente el proceso de codificación privada representada por las Declaraciones de Luarca y de Bilbao; Celebrando la resolución 406/VIII del Parlamento de Cataluña, aprobada por la Comisión de Cooperación y Solidaridad el 26 de febrero de 2009; la Declaración Institucional del Pleno de la Junta General del Principado de Asturias 13/VII, de 9 de octubre de 2009; el Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Federación Asturiana de Concejos de 10 de julio de 2009; y el Acuerdo del Pleno del Cabildo de Gran Canaria, de 26 de marzo de 2010; por los que estas instituciones manifiestan su adhesión por consenso de todas las fuerzas políticas en ellas representadas al texto de la Declaración de Luarca de 2006 y solicitan al Gobierno de la Nación que apoye en la esfera internacional el proceso de codificación del derecho humano a la paz; Celebrando la declaración de la Asamblea de Defensores del Pueblo de la República Argentina de 11 de agosto de 2010, por la que se adhirió a la Alianza mundial a favor del derecho humano a la paz; instó a otras Asociaciones similares del Continente a mostrar su solidaridad y adhesión a tan valiosa y necesaria iniciativa de la sociedad civil internacional; y pidió al Gobierno argentino que se incorpore al Grupo de Estados Amigos a favor del proceso de codificación internacional del derecho humano a la paz. Celebrando igualmente la Declaración de Morphou sobre el Derecho Humano a la Paz, aprobada el 7 de octubre de 2010 por la Asamblea de la Asociación Internacional de Ciudades Mensajeras de la Paz reunida en Limassol (Chipre), en la que se manifestó total apoyo a las Declaraciones de Luarca, Bilbao y Barcelona sobre el Derecho Humano a la Paz; pidió a todos los actores internacionales que se adhirieran a la Alianza Mundial a favor del Derecho Humano a la Paz; e invitó a todas las Ciudades miembros a enviar representantes al Congreso Internacional sobre el Derecho Humano a la Paz, que se celebrará en Santiago de Compostela los días 9-10 de diciembre de 2010. Celebrando la aprobación de la Declaración de Lanzarote sobre el Derecho Humano a la Paz, de 29 de octubre de 2010, por la que se constituye en Canarias la Zona Internacional de Cultura y de Paz y Derechos Humanos; y pide al Gobierno español, inter alia, que apoye resueltamente la

3 codificación oficial del derecho de los pueblos a la paz iniciada en las Naciones Unidas, con el fin de que se incluya igualmente el derecho de las personas a la paz, dando así paso a la codificación y desarrollo progresivo del derecho humano a la paz; Celebrando además la Declaración de Berriz (País Vasco) sobre el Derecho Humano a la Paz, de 12 de noviembre de 2010, en la que las personas reunidas en las Jornadas sobre la aportación municipal al respeto de los derechos humanos, la democracia y el derecho humano a la paz, mostraron su solidaridad y adhesión a la Campaña Mundial de la AEDIDH a favor de la codificación internacional del derecho humano a la paz; e invitaron a las instituciones del País Vasco, así como a los órganos de gobierno municipales vascos, a pronunciarse a favor del derecho humano a la paz y a enviar representantes al Congreso Internacional sobre el Derecho Humano a la Paz, que se celebrará en Santiago de Compostela los días 9 y 10 de diciembre de 2010; Acogiendo con agrado la campaña de sensibilización que ha desarrollado la AEDIDH desde 2007 ante el Consejo de Derechos Humanos y otros órganos pertinentes de las Naciones Unidas a favor del derecho humano a la paz, reconociendo en particular la importancia de las catorce declaraciones conjuntas, escritas y orales, sobre aspectos concretos del contenido del derecho humano a la paz, que han sido suscritas por más de 800 organizaciones no gubernamentales de todo el mundo, y que forman parte de los documentos oficiales del Consejo de Derechos Humanos y de su Comité Asesor; Felicitando a la AEDIDH por haber propuesto la constitución en Ginebra (noviembre de 2007) del Grupo de Estados Amigos del proceso de codificación del derecho humano a la paz; Encomiando a la AEDIDH por haber convocado el 21 de septiembre de 2008, con ocasión del Día Internacional de la Paz, a todos los actores internacionales en torno a la Alianza Mundial a favor del proceso de codificación del derecho humano a la paz; Celebrando que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos haya organizado en Ginebra, los días 15 y 16 de diciembre de 2009, el taller de personas expertas sobre el derecho de los pueblos a la paz, así como su principal recomendación dirigida al Consejo de Derechos Humanos de que establezca un grupo de trabajo que inicie la codificación oficial del derecho humano a la paz en el seno de las Naciones Unidas 1 ; Celebrando también que el Consejo de Derechos Humanos haya adoptado la resolución 14/3, de 17 de junio de 2010, en la que reconoce explícitamente la "... importante labor que realizan las organizaciones de la sociedad civil para promover el derecho de los pueblos a la paz y para codificar ese derecho"; por lo que apoya la necesidad de continuar promoviendo la efectividad del derecho de los pueblos a la paz ; y a esos efectos pide al Comité Asesor que, en consulta con los Estados Miembros, la sociedad civil, el mundo académico y todos los interesados pertinentes, prepare un proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz e informe de los progresos realizados al respecto al Consejo en su 17.º período de sesiones»; Celebrando igualmente la recomendación 5/2 del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos, de 6 de agosto de 2010, por la que estableció un grupo de redacción de cuatro miembros que redactará para enero de 2011 un primer proyecto de declaración sobre el 1 A/HRC/14/38, de 17 de marzo de 2010, 16 p.: Informe de la Oficina del Alto Comisionado sobre los resultados del taller de personas expertas sobre el derecho de los pueblos a la paz.

4 derecho de los pueblos a la paz; Encomiando a la AEDIDH y ONG asociadas por su intención de presentar la Declaración de Barcelona al Congreso Internacional sobre el Derecho Humano a la Paz, que se celebrará los días 9-10 de diciembre de 2010 en Santiago de Compostela con ocasión del Foro Social Mundial sobre la Educación para la Paz ( Foro 2010 ); Congreso de la sociedad civil internacional que será invitado a aprobar un texto definitivo de Declaración universal del derecho humano a la paz, así como los Estatutos del Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Paz, que se constituirá en el seno de la AEDIDH; Notando que la Declaración de Santiago del Derecho Humano a la Paz, que se espera sea aprobada el 10 de diciembre de 2010, será presentada por la AEDIDH y las ONG asociadas en 2011 ante el Consejo de Derechos Humanos y su Comité Asesor, con la intención de instar a los Estados miembros a proseguir el proceso de codificación oficial del derecho humano a la paz, iniciado con la resolución 14/3 del Consejo de Derechos Humanos; Decidimos: 1. Felicitar a la AEDIDH y a las 800 organizaciones no gubernamentales asociadas por su Campaña Mundial a favor del derecho humano a la paz, cuyos hitos más sobresalientes son la Declaración de Luarca de 30 de octubre de 2006, la Declaración de Bilbao de 24 de febrero de 2010 y la Declaración de Barcelona de 2 de junio de 2010. 2. Agradecer a todas las instituciones de España y de otros países que se han adherido a la Declaración de Luarca sobre el Derecho Humano a la Paz y mostrar nuestra solidaridad y adhesión a tan valiosa y necesaria iniciativa legislativa conducida por la sociedad civil española. 3. Felicitar a Canarias por haber constituido su territorio el 29 de octubre de 2010 como Zona Internacional para la Cultura de Paz y Derechos Humanos e invitar al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, así como a sus estados miembros, a sumarse a esta loable iniciativa y declarar igualmente a Venezuela como Zona Internacional para la Cultura de Paz y Derechos Humanos. 4. Instar al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a: a) Prestar un apoyo decidido en su actuación exterior a las iniciativas de la sociedad civil internacional a favor de la codificación del derecho humano a la paz. b) Apoyar resueltamente la codificación oficial del derecho de los pueblos a la paz que se ha iniciado en el Consejo de Derechos Humanos y su Comité Asesor (Grupo de redacción), con el fin de que se incluya igualmente el derecho de las personas a la paz, dando así paso a la codificación y desarrollo progresivo del derecho humano a la paz. c) Incorporarse al Grupo de Estados Amigos a favor del proceso de codificación internacional del derecho humano a la paz. 5. Invitar a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela a pronunciarse a favor del derecho humano a la paz y a enviar representantes al Congreso Internacional sobre el Derecho Humano a la Paz, que se celebrará en Santiago de Compostela los días 9 y 10 de diciembre de 2010, en el marco del Foro 2010 o Foro Social Mundial sobre Educación para la Paz. 5. Dar traslado de esta Declaración a la Organización de Estados Americanos, a las asambleas

5 parlamentarias del Hemisferio y a la Unión Interparlamentaria, con el fin de invitarles a adherirse al proceso de codificación internacional del derecho humano a la paz. 6. Dar traslado igualmente de esta Declaración al Secretario General de las Naciones Unidas y a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, instando a la Organización de las Naciones Unidas a contribuir activamente al proceso de codificación internacional y desarrollo progresivo del derecho humano a la paz, en el marco de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. Caracas, 18 de noviembre de 2010