Cus N 507/2013 S Losd, Antonio Migu s/ recurso csción Cámr Ferl Csción Pl REGISTRO N 1934/13 /// ciudd Buos Aires, 15 dís l mes octubre l ño dos mil trece, se reúne S III Cámr Ferl Csción Pl integrd doctores Lilin El Ctucci, Edurdo Rf Riggi y Mrino Hernán Borinsky, bjo presinci primer nombrdos, sistidos Secretri Cámr, doctor Mrí s Merces López Aldundin, efectos resolver recurso csción interpuesto tr cisión fs. 97 y vt. preste cus nº 507/2013 l registro est S, crtud: Losd, Antonio Migu s/recurso csción. Represt l Ministerio Público Fiscl señor Fiscl Gerl, doctor Rúl Omr Pleé, quer, Hild Ester Grcí, doctor Sntigo Duc, y siste fs Antonio Migu Losd, doctor Mtís Morán. Efectudo sorteo pr que señores jueces emitn su voto, resultó que bí observrse siguite orn: Mrino Hernán Borinsky, Lilin El Ctucci y Edurdo Rf Riggi. VISTOS Y CONSIDERANDO: El señor juez doctor Mrino Hernán Borinsky dijo: PRIMERO: I. L S IV Cámr Ncionl Apeciones lo Criminl y Correccionl Cpitl Ferl, cus nº 82/13 su registro, fech 7 mrzo 2013, resolvió firmr resolución fs. 76/9 que cró extinguid prescripción cción pl seguid tr Antonio Migu Losd y, secutemte, sobreseerlo lito frudción dministrción frudult que fuer indgdo. II. Contr dich resolución, quer dujo recurso csción (fs. 102/109 vt.), que fue cedido fs. 112, y mntido fs. 133/6. III. L quer, su prestción fs. 102/109 1
vt., invocó mbos incisos l rtículo 456 l Código Procesl Pl Nción pr cuzr sus grvios. En este stido expresó que S IV Cámr Ncionl Apeciones lo Criminl y Correccionl Cpitl Ferl relizó un erróne interpretción ley sustntiv l sirr que estos ctudos, pzo prescripción bí trse s versión monetri prcticd diciones svtjoss pr quer -mrzo 2002, no hber sido dinero dministrdo resctdo, posterioridd, prte l inversor-, tod vez que quer si solicitó distints otunids totlidd fondos invertidos, que Grupo HSBC se negó reintegrr. Sostuvo que lito investigdo sub lite es frudción dministrción frudult, respecto fondos que tinuron bjo órbit disposición l Grupo HSBC hst 15 diciembre 2010. Resltó que se investig un lito tinudo que no se remite un hecho isdo tiempo, sino que llev obligción tr s prticurids que hc l quiebre finz y período tiempo trnscurrido s ese momto hst que lesiondo recuper dominio o dministrción fondos que fuer sustrídos o ml dministrdos. Citó precte Pomps (Fl: 325:3255) Corte Suprem Justici Nción. Formuló reserv l cso ferl. IV. Durnte término oficin previsto rts. 465, curto párrfo, y 466 l Código Procesl Pl Nción, quer mplió fundmtos. V. A fs. 149 se jó bid stnci hberse cumplido s previsiones l rtículo 468 l Código Procesl Pl Nción, hcido uso quer, l recho que le fiere citdo rtículo compñr breves nots. SEGUNDO: Que s stncis cus surge que Edurdo José Migu Grosso mes mrzo 1995 proximdmte, se stituyó s oficins Rofin Finnce Trust Co.,
Cus N 507/2013 S Losd, Antonio Migu s/ recurso csción Cámr Ferl Csción Pl compñí frnces que integrb Bnco Roberts y que se dicb hcer pósitos exterior, intción relizr un pósito U$$ 100.000 Uruguy. Tod vez que empres cuestión no tí sucursles dicho pís Grosso ccedió relizr un pósito Grnd Cymn, bjo modlidd pzo fijo. En dich otunidd no se firmó documtción lgun, sino que simplemte le dieron un recibo firmdo y sdo que se jb stnci sum positd U$S 100.000- y número cut. Des mes myo 1999, extrctos comzron ser emitidos HSBC Privte Bnking Grnd Cymn rzón que HSBC hbí comprdo grupo Roberts. Durnte trnscurso ño 2000 Edurdo Grosso currió s oficins l HSBC Republic hber sido previmte citdo un person que dijo ser su oficil cuts y lmrse Estebn Mrtín y Herrer, qui le explicó que tín que cerrr sucursl Grnd Cymn y que escso monto su pzo fijo, éste sólo podí ser trnsferido l HSBC Bnk Uruguy, propuest que ceptó, firmndo ese cto unos formurios pr cretr operción. El 4 mrzo 2002, trs terrse un migo que lgunos bncos estbn mndndo dinero Uruguy Argtin, se prestó su mujer HSBC Bnk Uruguy sito clle 1389 Ciudd Montevio- don fueron tdidos Leon Luppo, segund utoridd l bnco, qui les informó que su dinero estb Argtin s hcí tiempo. Posteriormte Grosso fue l bnco un tdor y un escribno don se bró un ct notril que se jó stnci lo mnifestdo Luppo. Al documtción requerirle reciond Luppo exhibición trnsferci l dinero hci Argtin, éste le dijo que no podí dr ningún tipo explicción, informándole solo que su dinero estb custodi Uruguy y que dicho fondo er un fondo inversión que tí diverss vrintes y que él tí Roble horro Dóres. En es otunidd Luppo les tregó un extrcto 3
su cut l 4 mrzo 2002, diferte que recibió spués su domicilio 28 febrero 2002, y que este último se signb imte su dinero pesificdo y vertido nuevo dóres, tnto que que le dieron Uruguy estb dóres y un imte myor, crndo que su pzo fijo hbí llegdo U$S 138.800, tnto luego pesificción sólo le quedron U$S 51.887 proximdmte. En nunci efectud, Edurdo José Migu Grosso explicó que no sbí don loclizr su dinero y que Uruguy fondos le cín que su dinero estb un cut común Roble Argtin, y su domicilio seguín llegndo extrctos su cut Montevio; crndo que pesr hber recmdo volución su dinero trvés l ct notril y mciond y medinte tegrms copi certificd, no hbí obtido respuest lgun. A fs. 24 represtnte l Ministerio Público Fiscl dictminó que se bí crr extinción cción pl prescripción y, secuci, sobreseer Antonio Migu Losd, sirr que s fech que querntes tuvieron notici pesificción plicd sus fondos, l recibir resum cut emitido 8 mrzo 2002, hst primer lmdo prestr crción indgtori Losd hbí trnscurrido máximo p previst pr lito frudción dministrción frudult, sin que pzo se hubier visto interrumpido o suspdido cusl lgun. El Juzgdo Ncionl lo Criminl Instrucción nº 18 cró extinguid cción pl prescripción, resolución que fue firmd S IV Cámr Ncionl Apeciones lo Criminl y Correccionl. Pr sí cidir, Cámr quo señló que pzo prescripción bí trse prtir l último episodio que se reputr frudulto, cul hbrí cecido 31 mrzo 2002 diciones versión svtjoss pr monetri prcticd quer; y que permnci l dinero dministrdo l bnco, tnto no fue objeto rescte, er imputble l inversor. Que s ese tonces hst lmdo indgtori Antonio Migu Losd 25 julio 2008, hbí trnscurrido pzo máximo prescripción lito
Cus N 507/2013 S Losd, Antonio Migu s/ recurso csción Cámr Ferl Csción Pl dministrción frudult. TERCERO: De cuerdo lo estblecido Corte Suprem Justici Nción precte Pomps (Fl 325:3255), remisión s sirciones formuds Procurdor Gerl Nción su dictm, tipo pl dministrción frudult..lo que interes es resultdo gestión términos globles, no cd operción. Por lo, En este lito se tie mirs totl gestión l mndtrio mnejo un ptrimonio, lo que perjuicio surge liquidción dich gestión (cápites 3) b y c. l dictm cit). Corretivmte, s distints cciones infilidd o buso son stitutivs un hecho único y globl dministrción frudult, rzón cul hy un único signio, y un so rdición cuts finl, sin perjuicio s prciles que se pct (cápite 4 l dictm referido). De formidd dichos prámetros y s prticures circunstncis l cso utos, se dvierte que Grupo HSBC no gotó su gestión un vez que querntes tuvieron notici pesificción, l recibir resum cut emitido 8 mrzo 2002, sino que tinuó sus tres dministrdor hst ño 2010. Así s coss, fech comisiv sostid quo como gotmito duct que se le dilg Antonio Migu Losd result rbitrri tod vez que jueces instnci nterior no logrron mostrr que gestión l nombrdo y su secute obligción rdir cuts se hubier gotdo l cierre dicho ejercicio, ni scrtron funddmte existci otros ctos posteriores dministrción. En virtud lo expuesto, l nálisis s stncis utos y l estándr dministrción globl fijdo Máximo Tribunl Repúblic in re Pomps citdo prectemte, se spr que jueces instnci precte no scrtron funddmte que mndto dministrción fondos fectdos no hubier permnecido l nuncido hst ño 2010. De este modo, tod vez que Antonio Migu Losd se 5
cutr imputdo lito frudción dministrción frudult (rt. 173 inc. 7 l C.P., p máxim: 6 ños prisión), fech su primer lmdo prestr crción indgtori (rt. 67 inc. b l C.P.), esto es 25 julio 2008, cción pl no se trb extinguid prescripción (rt. 62, inc. 2 l C.P., trrio ssu). Lo expresdo precte es coincinte lo señdo suscripto voto S IV est C.F.C.P. in re Stocker, Silvi Betriz s/ recurso csción Registro nº 839/13, rt. 30/5/2013, cuyos fundmtos, lo pertinte y plicble, me remito rzones brevedd. En tción s rzones prectemte expuests, propicio l cuerdo: Hcer lugr l recurso csción impetrdo quer y, secuci, revocr trrio imperio resolución fs. 97 y vt. y que ést firm fs. 76/9, bido tinur s prestes ctuciones según su estdo. Sin costs est instnci (C.P.P.N., rts. 530 y 531). L señor juez doctor Lilin El Ctucci dijo: Entido que s prticures crcterístics l hecho investigdo impon pr su bid dilucidción evlución precis extremos fácticos que, ejemplo, involucrrín trsdo dinero tre diversos píses y posible plicción normtiv emergci eómic tre otrs circunstncis cuy necesri ponrción exce mrco nálisis cotdo l instituto liberdor escogido s judicturs ctuntes, circunstnci que muestr vcío rgumtl l resolutorio crisis e impone crr su invliz, como sí tmbién su ntecte necesrio, lo que sí voto. El señor juez doctor Edurdo Rf Riggi dijo: Sd como se cutr cuestión tríd ocimito este tribunl votos currtes distinguidos colegs que me prec orn votción, sólo rest exhortr intervinites, órgnos prosecución l jurisdiccionles trámite s ctuciones. Tl es nuestro voto. Por lo, mérito l resultdo hbido
Cámr Ferl Csción Pl Cus N 507/2013 S Losd, Antonio Migu s/ recurso csción votción que ntece, S III Cámr Ferl Csción Pl, RESUELVE: HACER LUGAR l recurso csción impetrdo quer y, secuci, REVOCAR trrio imperio resolución fs. 97 y vt. y que ést firm fs. 76/9, bido tinur s prestes ctuciones según su estdo. Sin costs est instnci (C.P.P.N., rts. 530 y 531). Regístrese, notifíquese, comuníquese Dirección Comunicción Públic Corte Suprem Justici Nción (Acordd CSJN nº 15/13) y remítse l órgno procci, sirvido preste tt not vío. FDO.: Lilin E. Ctucci- Edurdo R. Riggi- Mrino H. Borinsky Ante mi: Mrí s Merces López Alduncin Secretri Cámr. 7