REGLAMENTO INTERNO COLEGIO SANTO DOMINGO PADRES DOMINICOS



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Transcripción:

REGLAMENTO INTERNO COLEGIO SANTO DOMINGO PADRES DOMINICOS Santiago, Agosto 2013

2 REGLAMENTO INTERNO COLEGIO SANTO DOMINGO 1.- INTRODUCCION 1.1.- El Colegio Santo Domingo, en adelante CSD, ha elaborado este Reglamento Interno en ejercicio del derecho que le reconoce el N 11 del artículo 19 de la Constitución Política de Chile, y el artículo 46, letra f) de la Ley General de Educación. El N 11 del artículo 19 de la Constitución reconoce a la Orden de Predicadores el derecho a organizar y mantener el CSD. El artículo 46, letra f) de la Ley General de Educación dice que, todo establecimiento educacional debe contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. Dicho reglamento, en materia de convivencia escolar, deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar, graduándolas de acuerdo a su mayor o menor gravedad. De igual forma establecerá las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar establecido en el reglamento. 1.2.- Las normas de este reglamento interno se fundamentan en los valores que inspiran la labor educativa de la Orden de Predicadores, y constituyen un instrumento para establecer un ambiente educativo basado en el respeto mutuo, para que las actividades se desarrollen en forma armónica, y para que se fortalezca la relación entre el colegio y las familias que le confían la educación de sus hijos. Estos valores, que deben ser cuidados y desarrollados en el proceso de enseñanza y aprendizaje de cada estudiante, son los siguientes: A.- Veracidad: Actuar con sinceridad al enfrentar todo tipo de situaciones. Y por sobre todo, reconocer y aceptar a Jesucristo como la Verdad que nos hará libres. B. Respeto: El respeto a la dignidad de toda persona, creada y amada por Dios, y la fraternidad, se hacen vida en la forma en que nos relacionamos, por ello promovemos un trato respetuoso entre los alumnos y alumnas, y con todas las personas, pertenezcan o no a la comunidad del colegio, evitando formas ofensivas o humillantes, buscando la amabilidad y el vocabulario adecuado. Es nuestra intención que ello sea una actitud permanente con toda persona dentro y fuera del colegio. C. Responsabilidad: Es necesario comprender los actos propios como una elección, cumplir de manera adecuada y oportuna las obligaciones y compromisos, y estar dispuesto a responder por las consecuencias de ello para sí y los otros. D. Compasión: Es fundamental responder personalmente a las necesidades, expresadas o no, de otro ser humano. Resonar con ello y sentirlo como parte de la existencia. Vivir en comunión, dar de nosotros mismos, salir al encuentro del otro y de Dios, pues en esta salida es donde hallamos plenitud y felicidad. E. Sentido de comunidad: Practicar los valores que nos convocan y unificar en un solo pensamiento y un solo corazón. Lograr que nuestro encuentro sea personal cuando cada uno se siente responsable de todos y se tiene algo en común capaz de crear un sentimiento de nosotros".

3 F. Espíritu crítico Acompañar a los alumnos y alumnas en la formación de un sano sentido crítico basado, por una parte, en una firme fidelidad a la verdad de Dios, de la que nuestra propia verdad es un reflejo; y por otra, en la actitud de abierta comprensión dialógica del parecer de los otros. Evitar las actitudes fundamentalistas, que cierran a la persona en sí misma, y el relativismo frívolo, que diluye las exigencias de la verdad objetiva. Educar para discernir cómo debemos y queremos actuar. En la tradición de la Orden, esto se conoce como formar el juicio crítico de las personas. 1.3.- La disciplina es parte fundamental en el proceso educativo de todo ser humano. Permite adquirir el dominio de sí mismo, fomentando la madurez, y logrando un equilibrio en el diario vivir. 1.4.- El CSD exige una disciplina que promueve el adecuado uso de la verdad para lograr la libertad personal de cada estudiante en función de su propio bien y el de la sociedad. Cada alumno debe ser capaz de comprender y aceptar las normas de este reglamento, las cuales contribuyen a su desarrollo personal y a una convivencia ordenada. 2.- RELACIONES DEL CSD CON LOS DISTINTOS ACTORES DE LA COMUNIDAD ESCOLAR. 2.1.- El CSD reconoce el derecho de cada integrante a participar en la comunidad escolar, de acuerdo al rol específico que cada uno tiene en ella, y conforme a lo establecido en este reglamento interno, y en el reglamento interno laboral y de higiene y seguridad. 2.2.- La relación con los padres y apoderados se encuentra regulada por la solicitud de matrícula que se celebra anualmente con cada familia que confía a nuestros colegios la educación de sus hijos. El CSD tiene como objetivo coordinar la educación familiar de cada uno de sus estudiantes con la educación escolar que él les proporciona, cuidando que ninguna de estas educaciones invada el campo propio de la otra. 2.3.- La relación con los integrantes del personal se rige por lo establecido en sus contratos de trabajo, y en los reglamentos internos del colegio. 2.4.- La relación con los alumnos se encuentra regulada por este Reglamento, sus Anexos, y por las instrucciones de la Dirección del CSD. 3.- TRABAJO CONJUNTO ENTRE EL CSD Y LAS FAMILIAS. 3.1.- Para tener una comunicación efectiva entre el colegio y las familias se cuenta con las siguientes instancias: A.- Agenda Escolar. B.- Informes a las familias C.- Entrevistas personales con el apoderado. D.- Reuniones de curso y/o colegio. E.- Circulares impresas o enviadas vía web.

4 3.2.- Con el uso de la agenda escolar por parte de los alumnos, se busca formar en ellos el sentido de responsabilidad y fomentar habilidades de planificación y organización. Será responsabilidad del alumno anotar sus tareas, pruebas y trabajos, así como portarla diariamente. 3.3.- La agenda es, por otra parte, el medio de comunicación oficial entre el colegio y cada familia. Los padres y apoderados deberán revisar si hay alguna nota del profesor, y firmarla diariamente hasta 4 básico. Será responsabilidad del alumno conservar la agenda en buen estado y adquirir una nueva si hay pérdida o deterioro. 3.4.- La agenda debe tener la foto oficial del alumno durante todo el periodo escolar, además de los datos que permitan individualizar al alumno(a). Además, debe estar firmada por ambos padres o apoderado. 3.5.- Los informes a las familias son el medio ordinario que tiene el colegio para comunicar a las familias sobre el rendimiento académico y la formación humana de los alumnos. El alumno deberá devolver el informe firmado por los padres de familia, dentro de dos días hábiles posteriores a su entrega. Si las familias necesitan alguna aclaración respecto de los informes, podrán solicitarla por escrito. Se responderá de la misma forma a menos que se estime conveniente citarlos a una entrevista. 3.6.- De segundo a sexto básico se hará llegar las evaluaciones escritas de los alumnos para ser revisadas por las familias. Para todo el proceso de evaluación nos regiremos por el Manual de evaluación y sus actualizaciones, publicado en la página web del colegio. 4.- EL PROCESO DE MATRÍCULA. 4.1.- El proceso de matrícula en el CSD para alumnos nuevos y antiguos se actualiza todos los años en la fecha establecida por el colegio. 4.2.- La matrícula de un alumno en el CSD estará sujeta a las siguientes condiciones: A.- La matrícula debe ser solicitada dentro de los plazos indicados por el CSD. B.- El alumno que se quiere matricular debe aprobar las pruebas de evaluación, y cumplir con las condiciones de admisión establecidas por el CSD en la circular del proceso de matrícula anual. C.- Los padres del alumno que se quiere matricular, deben aceptar y obligarse a respetar y a hacer respetar a su hijo o pupilo, el Proyecto Educativo y el Reglamento Interno del CSD, y deben comprometerse a una integración positiva en la comunidad escolar. D.- Los padres y apoderados del alumno nuevo deben pagar lo que corresponda por concepto de ingreso, y aceptar el sistema de colegiatura del CSD. 4.3.- La renovación de matrícula en el CSD estará sujeta a las siguientes condiciones: A.- Que la matrícula se renueve dentro de los plazos indicados por el CSD. B.- Que el alumno cuya matrícula se quiere renovar haya cumplido con los requisitos académicos y de disciplina para ser alumno del CSD. C.- Que el alumno y sus padres hayan tenido una integración positiva en la comunidad escolar. D.- Que el alumno haya cumplido con una asistencia igual o superior al 85%, salvo casos excepcionales dispensados por el Rector del CSD. E.- Que el padre y apoderado del alumno no tenga deudas económicas con el CSD y esté al día en el pago de las colegiaturas.

5 Los alumnos que hayan repetido de curso deberán presentar una solicitud especial para poder continuar sus estudios en el CSD, la que será resuelta por el Consejo de Profesores. De la decisión de este consejo podrá apelarse al rector del CSD, quien tomará la decisión definitiva. No podrán matricularse o renovar su matrícula los alumnos que hayan repetido curso dos veces en el mismo ciclo de aprendizaje. 5.- CONDUCTAS QUE EL CSD QUIERE INCENTIVAR EN SUS ALUMNOS. El CSD quiere que cada uno de sus alumnos cultive y desarrolle las siguientes conductas: 01.- Respetar y adherir al Proyecto Educativo y a los valores dominicos. 02.- Valorar el estudio y asumirlo como su primer deber como estudiante. 03.- Esforzarse por desarrollar sus capacidades académicas. 04.- Tener una capacidad de auto-cuidado y responsabilidad personal. 05.- Ser respetuoso, amable y tolerante con todas las personas. 06.- Colaborar en el funcionamiento del curso al que pertenece. 07.- Manifestar sus críticas y discrepancias en forma honesta, abierta y respetuosa. 08.- Ser honesto en todas sus actividades. 09.- Comprender la importancia de las formas y cuidar la presentación personal. 10.- Reconocer los errores y aprender de ellos. 11.- Ser capaz de esforzarse por superar las dificultades. 12.- Rendir oportunamente las evaluaciones que corresponden. 13.- Usar los medios tecnológicos en forma sensata, útil y productiva. 14.- Reflexionar sobre el sentido de la vida y el sentido de su vida. 15.- Estar abierto a la experiencia de fe en Jesucristo. El progreso en el desarrollo de estas conductas será reconocido y estimulado con anotaciones positivas y reconocimientos. 6.- CONDUCTAS QUE EN EL CSD CONSTITUYEN FALTAS A LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR. 6.1.- Las buenas relaciones interpersonales entre los alumnos y entre el profesorado evidentemente favorecen la comunicación y la confianza necesaria para poder expresar las dificultades que se están viviendo, por ello favorecer la cordialidad y deferencia, la responsabilidad de unos hacia otros y la expresión libre e incluso crítica de un marco apropiado promueve climas más inclusivos y positivos donde las agresiones o el mal trato aparecen discordantes e inapropiados. Todo ello implica trabajar para la promoción de la cooperación en lugar de la competitividad como medio de alcanzar los objetivos en los formatos del aula y crear ambientes respetuosos con la diferencia y el error. Sin embargo, más allá de la preocupación activa por lo formativo-preventivo, todo colegio debe contar con procedimientos por todos conocidos y transparentes para afrontar casos de conductas negativas que afectan los procesos de enseñanza y aprendizaje. 6.2.- La disciplina es responsabilidad de todos y cada uno de los funcionarios del colegio. Estos seguirán los procedimientos estipulados en este reglamento para formar a cualquier alumno, estén o no directamente a su cargo y en cualquier actividad escolar, dentro o fuera del colegio.

6 6.3.- Faltas leves: Son aquellas faltas menores que, en algunos casos se deben a descuidos de los infractores. 6.3.01.- Faltas al uniforme o presentación personal. 6.3.02.- Atraso al llegar al colegio o durante la jornada 6.3.03.- Salir de la sala de clases en los cambios de hora. 6.3.04.- Ingresar a lugares no habilitados o en horario no estipulado. 6.3.05.- No traer colillas, comunicaciones o circulares firmadas. 6.3.06.- No traer la agenda escolar 6.3.07.- No presentar justificativo cuando corresponde. 6.3.08.- No cuidar la limpieza del establecimiento. 6.3.09.- Faltas constantes de atención en clase. 6.3.10.- Tirar papeles. 6.3.11.- Usar juegos, revistas que distraigan las clases. 6.3.12.- Falta de disposición para trabajar en clases. 6.3.13.- Atraso en la entrada después de los recreos. 6.3.14.- Comer o beber en clases. 6.3.15.- Lenguaje, gestos de carácter grosero o despectivo. 6.3.16.- Utilización de aparatos electrónicos dentro de la clase. 6.3.17.- Desobediencia intencionada y constante a instrucciones. 6.4.- Faltas graves: Son aquellas que dañan a una persona o cosa, o alteran el funcionamiento normal del colegio 6.4.01.- Reiteración consecutiva de faltas leves. 6.4.02.- Uso de aparatos tecnológicos para fines no educativos en horas de clases. 6.4.03.- Expresión de lenguaje vulgar, grosero o despectivo. 6.4.04.- Intimidar a cualquier persona que se encuentre dentro del establecimiento. 6.4.05.- Salir de la sala de clases sin autorización del profesor. 6.4.06.- Quitar comida o objetos a otros 6.4.07.- Ser expulsado de la sala de clases o actividad académica. 6.4.08.- Faltar a la verdad. 6.4.09.- Maltrato al mobiliario, infraestructura o equipamiento. 6.4.10.- Realizar juegos violentos, golpes, zancadillas, empujones u otros. 6.4.11.- Protagonizar juegos violentos dentro del colegio. 6.4.12.- Manifestar descontento en forma poco adecuada. 6.5.- Faltas muy graves: Son aquellas que afectan seria y directamente los valores del proyecto educativo del CSD. 6.5.01.- Reiteración de faltas graves. 6.5.02.- Acciones de maltrato o bullying. 6.5.03.- Conductas hostiles y agresivas en forma presencial o física. 6.5.04.- Conductas hostiles y agresivas por medios electrónicos en internet. 6.5.05.- Grabar o filmar a otra persona sin su autorización. 6.5.06.- Enviar mensajes ofensivos o amenazantes. 6.5.07.- Copias o engaños en pruebas o trabajos en todas sus formas. 6.5.08.- Alterar y/o adulterar calificaciones y documentos de todo tipo. 6.5.09.- Esconder, destruir o hurtar libros de clase. 6.5.10 - Actos de hurto o robo.

7 6.5.11.- Adulterar las firmas de los padres u apoderados. 6.5.12.- Ingresar, vender, suministrar y/o consumir, fumar drogas o cigarrillos en el local del colegio, en sus alrededores y en actividades extra-programáticas organizadas por el colegio. 6.5.13.- Ingresar, vender, suministrar y/o consumir alcohol en el local del colegio, en sus alrededores y en actividades extra-programáticas organizadas por el colegio. 6.5.14.- Agresión o amenaza, física o psicológica hacia cualquier persona. 6.5.15.- Autoagresiones, maltratos físicos o psicológicos. 6.5.17.- Provocar daño al establecimiento y su mobiliario 6.5.17.- No asistir al CSD sin conocimiento de los padres. 6.5.18.- Abandonar el colegio sin autorización. 6.5.19.- Comportamientos inmorales de índole sexual. 6.5.20.- Posesión o uso de material pornográfico. 6.5.21.- Acciones que paralicen o alteren el normal funcionamiento del CSD. 6.5.22.- Cualquier acción que sea delito en la legislación chilena. 6.5.23.- Acciones contrarias al carácter confesional del colegio. 7.- SANCIONES Y PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACIÓN. 7.1.- En caso de infracciones a las normas de este reglamento, y especialmente a las establecidas en el artículo precedente, el CSD podrá aplicar las siguientes sanciones: A.- Anotación negativa y comunicación al padre o apoderado. B.- Citación al apoderado. C.- Carta de compromiso por un mejor desempeño escolar D.- Suspensión de clases E.- Amonestación de matrícula. F.- Condicionalidad de la matrícula. G.- No renovación de matrícula. H.- Expulsión inmediata del establecimiento. 7.2.- Las medidas de la letra A del N 7.1 precedente podrá ser aplicada por el docente a cargo del alumno en el momento en que se cometa la falta. Las medidas de las Letras A y B podrán ser aplicadas por el profesor jefe. Las medidas de las letras C, y D solo podrán ser aplicadas por el Inspector General, y contra esta decisión se podrá pedir reconsideración ante el mismo directivo que adoptó la medida. 7.3.- Las medidas de las letras E, F, G y H del N 7.1 precedente solamente podrán ser adoptadas por el Consejo de Coordinación del Colegio previa consulta al Consejo de Profesores del CSD, y se comunicarán al estudiante afectado y a sus padres y apoderados de manera personal o mediante carta certificada. 7.4.- En contra de la decisión que adoptare cualquiera de las 3 medidas establecidas en las letras F,G y H del N 7.1 precedente, se podrá apelar ante el Rector del CSD. Esta apelación deberá interponerse dentro de los 5 días siguientes al día en que se comunicó la decisión. El rector del CSD deberá adoptar la decisión definitiva dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la apelación.

8 7.5.- La no renovación de matrícula se aplicará a estudiantes que se encuentren con su matrícula condicional y vuelvan a cometer faltas o infracciones a las normas de este reglamento. También se aplicará a alumnos/as con matrícula condicional por más de un año sin mejorar o cambiar las conductas por las cuales fueron puestos en esa situación. 7.6.- La expulsión inmediata del establecimiento es una medida excepcional. Solamente se aplicará en caso de que la falta cometida por el afectado constituya un delito conforme a la legislación chilena, o lesione gravemente los derechos o la integridad física o sicológica de otro integrante de la comunidad escolar o a sí mismo, o altere seriamente el normal funcionamiento del establecimiento. 7.7.- Para la aplicación de cualquier medida disciplinaria deberá escucharse previamente al alumno/a afectado/a por la misma, y en el caso de la aplicación de alguna de las medidas establecidas en las letras E, F, G y H del número 7.1 precedente, también deberá haberse escuchado previamente a los padres y apoderados del alumno/a afectado/a por la medida, y haber considerado los antecedentes que éstos hayan aportado. Todo acto relacionado con la aplicación de una medida deberá quedar registrado en la hoja de vida del alumno del mismo libro de clases o en el anexo a éste. 7.8.- Ante cualquier falta a la disciplina escolar, todo profesor debe hacer la amonestación y la anotación correspondiente en el libro de clases, indagar sobre los motivos o hechos que pueden explicar esa conducta, e intentar cambiarla a través de conversaciones. 7.9.- En el libro de clases de cada curso se deben registrar las observaciones tanto positivas como negativas de cada alumno. 7.10.- Si un profesor jefe lo estima necesario, solicitará a los psicólogos del colegio que observen clases y/o se entrevisten con alguno o algunos alumnos. 7.11.- Si la actitud de un alumno afecta negativamente su desenvolvimiento personal o en el desarrollo de la clase, se citará a los apoderados para informar y conversar la situación. 8.- EL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, EL COMITÉ DE BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR, Y EL PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR. 8.1.- Existirá un Comité de Buena Convivencia Escolar, compuesto por cinco integrantes que serán designados anualmente por la Dirección del colegio. Este Comité tendrá como objetivos estimular la participación de los integrantes de la comunidad escolar en la puesta en práctica del proyecto educativo, promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o sicológica, agresiones u hostigamientos. 8.2.- El Rector del CSD nombrará anualmente un encargado de convivencia escolar, el cual velará por la vigencia efectiva de las normas de este reglamento, intervendrá en la aplicación de sanciones por infracciones a éstas, y coordinará el trabajo del Comité de Buena Convivencia Escolar. 8.3.- En encargado de Convivencia Escolar será responsable, en conjunto con el Comité, de confeccionar un Plan de Acción específico de sugerencias o iniciativas del Comité, tendientes a fortalecer la convivencia escolar e incorporar mecanismos de resolución constructiva de conflictos.

9 8.4.- Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como acoso escolar, las que serán castigadas mediante el sistema de sanciones de este reglamento. 8.5.- Se entenderá por acoso escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: a.- Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; b.- Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o c.- Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. 8.6.- Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso. 8.7.- Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. 8.8.- Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente. 8.9.- Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento. 8.10.- El Rector, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. 8.11.- Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad de establecimiento, la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso.

10 9.- PROTOCOLO DE ACCION FRENTE A DENUNCIAS DE ABUSO SEXUAL. 9.1.- Las normas de este protocolo se aplican ante denuncias de sospecha o evidencia de abuso sexual contra miembros de nuestra comunidad educativa. 9.2.- Entendemos por abuso sexual toda conducta que implique atentar contra la libertad y la integridad sexual de una persona, y que haga que esta se sienta, o sea efectivamente violentada, perjudicada, menoscabada, humillada o inhibida, especialmente mediante aquellas conductas que, conforme al Código Penal de Chile son delitos. 9.3.- Toda denuncia de abuso sexual contra un integrante del personal del colegio deberá ser presentada por escrito, o deberá ser escriturada por el funcionario o directivo que la reciba, conforme a lo establecido en el artículo 17 del Estatuto Docente. 9.4.- La denuncia deberá ser puesta en conocimiento del trabajador afectado, al cual deberá dársele un breve plazo para que haga sus descargos y acompañe los antecedentes que considere necesarios. 9.5.- Los argumentos y antecedentes reunidos serán analizados por un consejo, el cual estará integrado por el Rector del Colegio, el Coordinador de Ciclo, el Inspector General y un sicólogo. Este consejo podrá requerir toda asesoría específica que considere necesaria. 9.6.- Si de los argumentos y antecedentes reunidos aparece evidencia de abuso sexual, la dirección del colegio, para dar cumplimiento a lo establecido en la letra e) del artículo 175 del Código Procesal Penal, hará de inmediato una denuncia al Ministerio Público, entregándole todos los antecedentes disponibles. 9.7.- El docente o trabajador denunciado será separado de sus funciones. Si la investigación penal concluye con la acusación del imputado, se suspenderá el pago de sus remuneraciones, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Estatuto Docente. Si la investigación es cerrada por las causales establecidas en las letras a), b), c), y d) del artículo 250 del Código Procesal Penal, el denunciado será reintegrado a sus labores. Si el denunciado termina siendo condenado, se pondrá término a su contrato de trabajo. 9.8.- Si de los argumentos y antecedentes reunidos aparece una sospecha de abuso sexual, se deberá iniciar una indagación, a cargo de un directivo designado por el Consejo Directivo. 9.9.- Si la indagación concluye con una estimación de que hay evidencia de abuso sexual, el rector del colegio hará la denuncia al Ministerio Público, de lo que se informará al denunciante y al o los denunciados. 9.10.- Si concluida la indagación se estima que los antecedentes no constituyen hechos denunciables, se guardarán los antecedentes, y se informará a denunciante y denunciado.

11 9.11.- En todo procedimiento se adoptarán las siguientes medidas de protección a las víctimas: a.- Se resguardará que no tengan contacto con el sospechoso. b.- Se resguardará su identidad. c.- Con autorización de los padres, un psicólogo del colegio realizará un primer momento de acogida que tiene por objeto recabar información y observar posibles indicadores. d.- Cuando sea necesario, se desarrollará una intervención en crisis, y se hará la derivación que corresponda, solicitando a los padres una terapia de reparación del daño sufrido. e.- Se generarán condiciones que le permitan asistir de manera segura al colegio. 9.12.- El colegio siempre tratará de proceder en coordinación con los padres y apoderados de la víctima. 9.13.- En caso de que la denuncia sea contra un estudiante del colegio, se adoptarán las siguientes medidas: A.- La denuncia será analizada y tramitada por el consejo establecido en el artículo 3 precedente, conforme a las normas establecidas en los artículos 4 y siguientes precedentes, en lo que sean aplicables. B.- Si el consejo decide que la denuncia tiene fundamentos verosímiles, y el denunciado es mayor de 14 años, su primera acción será comunicarle a la familia del niño denunciado, señalándole la obligación legal que le asiste de deducir la denuncia ante el Ministerio Público. C.- Según la gravedad de los hechos, al estudiante denunciado se le impedirá acercarse al afectado, o será inmediatamente suspendido de clases. D.- En el procedimiento se escuchará al estudiante denunciado, y a sus padres, y se tendrán en consideración los antecedentes que estos aporten. La negativa del denunciado y sus padres a no ejercer este derecho no impedirá la continuación del procedimiento que corresponda. E.- Se intentará, cuando sea posible, en conjunto con sus padres, proporcionar un apoyo sicológico y pedagógico al estudiante agresor. 9.14.- En todo caso, sea el hecho denunciado un delito o no, el colegio se reserva el derecho de aplicar a los involucrados las normas y sanciones establecidas en su reglamento interno. 9.15.- En todo caso se instruirá a los denunciantes sobre su derecho a presentar su denuncia directamente en el Ministerio Público.

12 10.- NORMAS ADMINISTRATIVAS. 10.1.- La administración se ocupara de colaborar con los padres y apoderados a través del proceso de Colegiatura que incluye: a.- Escolaridad. b.- Casino. c.- Seguro. 10.2.- Por todo alumno, su padre o apoderado deberá cancelar matrícula del año, y las colegiaturas mensuales correspondientes. 10.3.- Por todo alumno nuevo, su padre o apoderado deberá cancelar una cuota de incorporación, la cual una vez cancelada no será devuelta por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia. Sólo tendrá derecho a solicitar la devolución del 50% de la cuota de incorporación si se retira durante el primer año de ingreso al colegio y por motivos personales, habiendo cancelado la totalidad de las colegiaturas del año. 10.4.- La administración y el personal no se responsabilizan de objetos perdidos u olvidados por el alumno, ya sea materiales escolares o uniforme especialmente aparatos tecnológicos que no tienen uso autorizado en el colegio. 10.5.- Será responsabilidad de cada familia el velar que el transporte escolar reúna las condiciones de seguridad para transportar a sus hijos. El CSD no tiene ni asume ninguna responsabilidad por este concepto. El transporte escolar podrá utilizar los espacios autorizados por el colegio. 10.6.- Todo artículo que no corresponda o que no esté permitido, y que el alumno o alumna persista en traer o usarlo, le será retirado y devuelto a fines de semestre a su padre o apoderado. Es de exclusiva responsabilidad del alumno(a) y Apoderado, si insiste en traerlo y se extravía en el colegio. La reiteración se considerara falta grave. 11.- NORMAS DE SEGURIDAD. 11.1.- Esta limitado el transito en las instalaciones del colegió de cualquier persona que no sea funcionario o alumno de la institución durante el horario escolar, y incluso en horario de actividades extra programáticas, con la excepción del edificio institucional de rectoría. 11.2.- Durante la llegada y el retiro de los alumnos los vehículos deberán detenerse solo el tiempo necesario para que bajen o suban los alumnos, evitando estacionarse en segunda fila en la calle de acceso. 11.3.- Los conductores y alumnos deben respetar las indicaciones del personal del colegio que rectoría haya designado para apoyar la mejor circulación de los vehículos y la seguridad de los alumnos en la hora de entrada y salida de los alumnos. 11.4.- Coordinación solicitara mediante ficha médica los datos de salud del alumno. Esta solicitud busca asegurar que el alumno reciba por parte del colegio el apoyo y cuidado que requiera. Se entiende que si los padres no presentan dicha ficha médica estarán faltando a esta normativa por lo tanto se asumirá que el alumno no requiere ningún cuidado especial y que ellos serán los que asuman la responsabilidad en este sentido.

13 11.5.- En caso de malestar físico persistente por parte del alumno el protocolo a seguir será: A.- El alumno deberá informar al profesor o funcionario más cercano el cuál derivará al Inspector más cercano o a la Secretaria Académica. B.- Dicho funcionario realizara la contención del alumno, y de considerarse necesario se le enviará a la enfermería. C.- Una vez evaluado (a) por la profesional y de considerar que el alumno debe ser retirado por el apoderado, ésta dará aviso a la Secretaria Académica, los cuales coordinarán con recepción para que se comuniquen a sus padres y se proceda al retiro. D.- El CSD no está autorizado a administrar medicamentos a los alumnos, salvo indicación médica la cual los padres deberán presentar formalmente al colegio mediante certificado médico. 11.6.- En caso de accidente, el protocolo a seguir será el siguiente: A.- Si la lesión es menor, sólo se notificara a algunos de los padres a través de un llamado telefónico o en su agenda. B.- Si la sesión fuera de gravedad y no se pudiera contactar a sus padres, se entenderá que estos han conferido por poder irrevocable expresado en la ficha médica, para que el alumno sea llevado al centro de asistencia en que tenga seguro o el más cercano si la lesión lo amerita. 11.7.- Plan de seguridad.- El colegio publicará en cada sala de clases y edificio el manual de la operación Francisca Cooper, para el conocimiento de todos los alumnos, y se implementarán ensayos de dicha operación en forma periódica. 12.- DEL CENTRO DE ALUMNOS. 12.1.- El colegio contará con un Centro de Alumnos conformado por alumnos regulares del establecimiento. El centro de alumnos deberá contar con estatutos y reglamento propio. El Centro de Alumnos estará bajo la tutela de un asesor designado por el colegio y se someterá a la supervisión y evaluación del Rector y coordinación de enseñanza media. 13.- ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD. 13.1.- Los alumnos se encuentran en la obligatoriedad de participar en la totalidad de actividades programadas en la jornada escolar. 13.2.- La promoción de curso y la renovación de matrícula están sujetas al 85% de la asistencia a clases. 13.3.- Se considera inasistencia justificada solo aquellas que sean causadas por una enfermedad, accidente o muerte de algún familiar.

14 13.4.- El justificativo sólo será válido si es presentado con la firma de su apoderado el día siguiente en que se presente al colegio en caso de enfermedad el certificado médico debe ser presentado al profesor jefe al reintegrarse al colegio, quien se preocupará de informar a las coordinaciones. 13.5.- El alumno deberá ingresar a la sala antes de las 7:55 a.m.; pasada esa hora se considerará atraso. 13.6.- Si llega a la puerta del colegio después de las 07:55 a.m. deberá presentarse en inspectoría con su agenda. Si llega después de las 08:15 a.m. deberá presentarse con su apoderado; de lo contrario no podrá ingresar a clases. 13.7.- El retiro de los alumnos antes del término de jornada escolar, sólo se podrá realizar en presencia del apoderado, previa comunicación. El apoderado está en la obligación de firmar el libro de retiro ubicado en recepción del colegio. Los retiros programados sólo podrán ser efectuados después de las 11:05 a.m. de lo contrario el criterio será que el alumno no asista a clase; todo esto con el fin resguardar el desarrollo normal de las clases. 14.- HORARIO. 14.1.- Horario de clases: I.-Jardín Infantil: Lunes a jueves 07:55 a 15:35 horas Viernes 07:55 a 14:10 horas (Alumnos almuerzan en el colegio todos los días). II.- Pre kínder a IV de Enseñanza Media: Lunes a jueves 07:55 a 15:35 horas Viernes 07:55 a 14:10 horas (Alumnos almuerzan en el colegio todos los días). 14.2.- Horario de actividades extra programáticas: Lunes a jueves Viernes - Sábado - 15:45 a 17:20 horas. 14:30 horas a 16:20 horas. 09:00 a 13:00 horas y de 13:00 a 16:30 horas los días de eucaristía comunitaria. 15.- UNIFORME ESCOLAR. 15.1.- La presentación personal es reflejo de la interioridad y expresión de respeto por el cuerpo, junto con significar la pertenencia al CSD. Por lo tanto, los padres y apoderados velarán por que sus hijos e hijas se preocupen de andar bien presentados.

15 15.2.- Uniforme para alumnos de Pre básica hasta 4 año Básico. A.- Buzo azul-rojo, dispuesto por el colegio. B.- Polera roja lisa o beatle del mismo color. C.- Zapatillas blancas. D.- Mujeres: Delantal cuadrillé azul. E.- Varones: Cotona Beige. Se usará el delantal o cotona durante toda la jornada diaria de clases. Se permitirá usar abrigos, chaquetones y/o parka, cuellos de polar, bufandas, guantes y gorros de color azul marino. El suéter deberá ser azul marino, con la insignia del colegio, escote en V y ribetes gris y Blanco. Las alumnas podrán usar Colette, pinches y cintillos de color azul marino. 15.3.- Uniforme para alumnos de 5 a IV medio. A.- Mujeres: A1.- Polera oficial del colegio de piqué blanca con cuellos ribeteado gris, manga corta en Marzo- Abril y Octubre a Diciembre con manga larga de Mayo a Septiembre. A2.- No se aceptarán beatles o camisetas con figuras de cualquier tipo. Bajo la polera, sólo podrá usar camiseta blanca de cuello redondo. Las prendas deberán ser de Talla adecuada (no recortadas). A3.- Falda casimir gris con Tablas, a la cintura. (máximo 5 centímetros sobre borde superior de la rodilla). A4.- Zapatos negros de colegio, limpios y lustrados. No se aceptan botines (bototos), ni zapatos con plataforma. Tampoco se aceptan zapatillas negras. A5.- Suéter azul marino, escote en V y ribetes gris y blanco con la insignia del colegio. No se aceptan polerones con gorros de ningún tipo. A6.- Pantalón para invierno para ser usado de mayo a septiembre: azul marino de tela y corte tradicional, a la cintura (no modelo Jeans, ni ajustados). A7.- Calcetines largos o panty azul marino (no polainas). A8.- Delantal cuadrillé (5 a 7 básico). A9.- Se permite el uso de aros pequeños solo en las orejas, de colores tradicionales y sencillos, y un anillo de tamaño discreto en cada mano. A10.- El pelo deberá estar peinado y tomado. Podrán usar pinches y cintillos de color azul marino.

16 B.- Varones. B1.- Polera oficial del colegio de piqué blanca, con cuello ribeteado gris, manga corta en Marzo Abril y en Octubre a Diciembre y con manga larga de Mayo a Septiembre. No se aceptarán beatles o camisetas con figuras de cualquier tipo, bajo la polera. Sólo se podrá usar camiseta blanca de cuello redondo. Las prendas deberán ser de talla adecuada (no recortadas). B2.- Zapatos negros de colegio, limpios y lustrados. No se aceptan botines (bototos) ni zapatos con plataforma. No se aceptan zapatillas negras. B3.- No se aceptan polerones con gorros de ningún tipo. Suéter azul marino, escote en V y ribetes gris y blanco con la insignia del colegio. B4.- Pantalón gris de colegio, corte tradicional, a la cintura, con talla adecuada y cinturón negro. B5.- Calcetines Azules. B6.- Cotona beige (5 a 7 básico). B7.- Pelo con corte tradicional escolar, corto, limpio y peinado (sobre las orejas y sobre el cuello de la polera). B8.- No se admitirá ningún tipo de adornos ni teñidos en el pelo. B9.- Para alumnos que corresponda deben presentarse diariamente afeitados. B10.- No se permiten aros de ninguna clase. C.- Uniforme de Educación Física de 5 Básico a IV Medio: C1.- Buzo azul del colegio y polera blanca del colegio, cuello redondo. C2.- Zapatillas Blancas (sólo para Educación Físico y deportes). C3.- Varones Short Azul, calcetas deportivas Blancas. C4.- Mujeres short algodón azul Marino tipo sport. D.- Indicaciones generales. D1.- El uniforme de educación física deberá ser usado SÓLO para la clase y tarde deportiva. D2.- No se aceptarán modas en la presentación personal y vestuario (cabello, falda, pantalones, etc.). D3.- No se permitirán ningún tipo de zapatillas en los recreos. D4.- No se permitirá el uso de: piercing, pulseras, teñidos de pelo, maquillaje ni pintura de uñas.

17 15.4.- La falta total o parcial en el uso del uniforme deberá ser justificada por el padreo apoderado en la agenda. 15.5.- Toda la ropa deberá estar marcada, limpia y con sus costuras en buenas condiciones. Esto, además facilitará la recuperación ante posibles pérdidas. El vestuario no retirado oportunamente será entregado a la pastoral del colegio para uso de beneficencia, luego de un plazo prudente. 16.- SALIDAS FORMATIVAS. 16.1.- Existen diferentes tipos de salidas culturales, retiros, campamentos, deportivas, etc. Es obligatoria la participación en todas las actividades planificadas por el colegio. 16.2.- Los encargados del curso, quienes representan a la Rectoría del colegio, están facultados para orientar a los alumnos y hacer cumplir las normas que regulan las salidas, así como para dar cualquier otra indicación que la circunstancia requiera. 16.3.- Por ser actividades escolares, cualquier observación acerca de la conducta del alumno, tanto positiva como negativa, tendrá el mismo valor y efecto que aquellas efectuadas en el colegio. 16.4.- Por indicación del Ministerio de Educación, los alumnos deben contar con la autorización escrita de sus padres para cualquier salida del colegio; de lo contrario deberán ser retirados por los padres o no asistir al colegio. De no ser así permanecerán en la biblioteca del colegio en actividades de aprendizaje. 17.- EL DEPORTE COMO INSTANCIA DE FORMACION Y DE DESARROLLO DE HABILIDADES SOCIALES. 17.1.- Es responsabilidad del apoderado realizar chequeos médicos periódicos a sus hijos, dado que la práctica deportiva y la clase de educación física requieren de un esfuerzo adecuado solo para alumnos en buen estado de salud. 17.2.- De existir alguna patología, es responsabilidad del PADRE O apoderado darla a conocer de manera formal al colegio mediante la entrega de copia de la ficha médica o de un certificado médico. 17.3.- El colegio fomenta el deporte en la comunidad a través de: A.- Clases de ed. Física. B.- Talleres deportivos. C.- Selecciones deportivas.

18 17.- 4.- Para que el deporte sea un verdadero medio de formación, se espera de los alumnos. A.- Entusiasmo e iniciativa en las actividades propuestas. B.- Respeto al pedir perdón cuando sea necesario, evitando la pasión incontrolada, las quejas en las distintas situaciones deportivas. C.- Que demuestren honestidad en todo momento, sin permitirse nunca las trampas. D.- Que sean capaces de poder controlar sus reacciones y emociones especialmente cuando pierdan. 18.- NORMA SUPLETORIA. 18.1.- Cualquier situación no prevista expresamente en este reglamento, será resuelta por el rector del colegio, previa consulta al consejo directivo, en el marco de las leyes vigentes. David A. López González Director Académico Colegio Santo Domingo Padres Dominicos Luis M. Sánchez Pintor Rector Colegio Santo Domingo Padres Dominicos Santiago, Agosto 2013