El Derecho al Aborto



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El Derecho al Aborto Perspectivas sobre la idoneidad o no de un aborto libre Jaime Anguiano Olarra jaime@gnome.org 1. Introducción 2. Las consecuencias de los sistemas pretéritos y actuales 3. Comparación con la legislación 4. Conclusiones 5. Referencias 1. Introducción [Nota preeliminar: Todas estas consideraciones fueron realizadas por un estudiante de primero de la Licenciatura en Derecho. Se debe esperar por tanto las carencias asociadas a la falta de conocimiento profundo del Derecho.] El problema del derecho o no de la mujer a un aborto libre de condicionantes legales es un problema moderno en nuestra legislación 1 y en nuestra sociedad. Se podría pensar que el problema es en realidad antiguo, pero no lo es en absoluto. Sólo recientemente la mujer (principalmente) ha podido reivindicar el acceso a una interrupción voluntaria del embarazo con las máximas garantías sanitarias y legales, siendo además esto un privilegio de una pequeña porción de la población mundial. Pertenece a la letanía el recordar que la transversalidad sigue lejos de haber sido conseguida, quizás fuera conveniente en este punto insistir en que conocer los males que afectan al mundo no es lo mismo que ser consciente de ellos. Como nuestras propias normas manifiestan, los derechos en conflicto son, principalmente, el recogido por el artículo 15 de la Constitución, según el cual todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, que contrasta con otros como el artículo 17, en base al cual: toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. El artículo 15 sería el que marcaría el radio de la esfera que los derechos plenos de la mujer durante el embarazo no podrían cruzar, salvo en los casos excepcionales que eximen de pena, a la mujer y a quienes intervinieran en la interrupción del desarrollo del concebido y no nacido. 2. Las consecuencias de los sistemas pretéritos y actuales Existen tres tipos de mentiras: las pequeñas mentiras, las grandes mentiras y las estadísticas Napoleón Bonaparte 1

Es corriente que el número de hijos sea superior al deseado por la madre Se ha escogido esta cita para avisar al lector, desde ya, que sabemos de las limitaciones que un estudio basado en la estadística, irremediablemente, adolecerá. No podemos resistirnos a recordar al gran físico experimental Lord Rutherford, quién sabiamente afirmaba que: Si su experimento necesita de estadísticas para diferir el resultado, tendrá que diseñar otro experimento, ya que ese no sirve para nada. Con estas premisas en mente y procurando no caer en demasía en el error del sesgo y de la sistematización, trataremos de abordar nuestro problema desde la perspectiva de las estadísticas recogidas a nivel internacional 2. Son nuestra historia pasada y nuestras decisiones actuales las responsables de la situación en la que se encuentra la mujer de hoy frente al aborto. Pero, cómo estamos hoy?. Embarazos no deseados Antes de la interrupción del embarazo, deberíamos dirigir nuestra mirada primero a los embarazos no deseados. Gráfico: Nacimientos no deseados en el mundo 3. En azul claro: no deseados, en oscuro: los que hubieran sido preferidos con posterioridad. Se muestran tantos por cientos de los nacimientos en los últimos 10 años. Pese al riesgo de caer en la simplificación, se puede observar que si bien en los países del subdesarrollados, los nacimientos no deseados eran en su mayoría absolutamente no deseados, en los países más desarrollados los embarazos no deseados son una 2

pequeña porción frente a los que se hubieran deseado más tarde. Podemos decir que si bien las mujeres del Tercer Mundo tienen hijos no deseados, las mujeres del países industrializados se suelen enfrentar sólo a una cuestión temporal. A continuación veremos como esos porcentajes se representan en hijos a lo largo de la vida (gráfico 2). Si bien positivamente se puede comprobar que la mayoría de los hijos suelen ser queridos incluso en países en los que es difícil acceder a métodos de control de natalidad sencillos y efectivos, es corriente que el número de hijos sea superior al deseado por la madre. Gráfico 1: Hijos deseados y no deseados en Países en Desarrollo 4 Ante un panorama como el presentado únicamente cabe esperar que el aborto sea buscado como medio de control de la natalidad. Es curioso encontrar que la probabilidad de que una mujer aborte es prácticamente la misma independientemente de su país de procedencia 5 : Abortos Una de las mayores preocupaciones que se puede plantear el legislador, así como el ciudadano que tuviera que decidir en referendum si apoyar o no una liberalización del aborto sería si no supondría éste un aumento en el número de embarazos no deseados. Como podemos ver, a nivel mundial, haciendo la separación tanto por estado de desarrollo económico del país como por su 3

Las restricciones legales al aborto no afectan a su incidencia. Por ejemplo, la tasa de aborto es de 29 en África, donde el aborto es ilegal en muchos países, mientras que es de 28 en Europa. situación geográfica, hallamos otra vez y de manera distinta, que la incidencia de abortos es prácticamente idéntica en grandes cifras (aunque el orígen sea muy distinto). Este hecho revelador nos indica, tal como apuntan el Instituto Guttmacher y la Organización Mundial de la Salud que: [...] Las restricciones legales al aborto no afectan a su incidencia. Por ejemplo, la tasa de aborto es de 29 (abortos por cada 1000 mujeres de edades comprendidas entre 15 y 44 años) en África, donde el aborto es ilegal en muchos países, mientras que es de 28 en Europa, donde el aborto está generalmente permitido por diversos motivos. Las tasas más pequeñas de aborto se dan en el Oeste y el Norte de Europa, donde el aborto está escasamente restringido. Razones para abortar Si centramos nuestra atención ahora en las razones que llevan a una mujer a abortar son igualmente comunes a lo largo del planeta 6, la mayoría de los casos son para evitar o posponer el cuidado de más niños, así como el impacto socioeconómico que supondría hacerlo, problemas de pareja, consideraciones de la madre acerca de su propia edad y de su salud así como coacción. Consecuencias del aborto Las consecuencias del aborto inseguro 7 son muy diversas. Daremos un breve repaso a las cifras principales 8 : 1. A nivel mundial, uno de cada cinco embarazos (el 22%) termina en aborto y uno de cada diez embarazos acaba en aborto inseguro. 2. Se estima que cada año se realizan 46 millones de abortos, 19 millones de los cuáles se realizan fuera de la legalidad y considerados inseguros en base a las condiciones en que son realizados (ver referencia 7). 3. Se calcula que entorno a 530.000 niñas y mujeres mueren anualmente por causas relacionadas con el embarazo. De estas, 68.000 muertes se atribuyen al aborto inseguro. 4. A escala global, las muertes por causas relacionadas con el aborto alcanza el 13% de las muertes por causas relacionadas con el embarazo, pero ese porcentaje puede aumentar 4

Un tercio (26,5 millones) de los embarazos no deseados se deben a un uso incorrecto o un fallo de los anticonceptivos considerablemente según el país del que se trate. La OMS informa de que en los países del África Subsahariana, los abortos inseguros llegan a suponer el 50% de la muerte de las madres. 5. Dos de cada cinco abortos inseguros ocurren entre mujeres de edad inferior a los 25 y una de cada siete mujeres que usa el aborto inseguro es menor de 20 años. 6. En África, entorno al cuarto de los abortos inseguros se realiza entre adolescentes (de 15 a 19 años), una proporción mucho más alta que en cualquier otra parte del mundo. La cifra más pornográfica podría ser la siguiente: una mujer del África Subsahariana tiene una probabilidad de 1/16 de morir debido a causas relacionadas con el embarazo, comparado con el riesgo de 1/2566 de una mujer en Norte América. El embarazo en adolescentes, pese al concepto principalmente curricular que presenta en los países más avanzados a nivel económico, es no obstante un riesgo de primer orden a nivel sanitario: las adolescentes tienen el doble de probabilidad de morir por complicaciones de parto/embarazo que las jóvenes de 20 años. Las chicas entre 10 y 14 años tienen cinco veces más probabilidades de morir por estas causas que las mujeres entre 20 y 24 años 9. Los anticonceptivos La fiabilidad de los métodos contraceptivos es esencial de cara a una optar por una defensa completa o parcial del derecho libre al aborto. De cualquier manera es interesante recordar los datos más relevantes: 1. No existe el método contraceptivo 100% eficaz. Incluso con un uso perfecto, los contraceptivos fallan. De acuerdo con los estudios realizados con mujeres en EEUU que usaban un único método durante un año, los preservativos masculinos 5

utilizados consistentemente y de forma correcta fallan el 2% de las ocasiones. Con usos más típicos, que no es siempre correcto ni consistente, el error se alza hasta el 15%. 2. La tasa de fallo de los anticonceptivos orales es del 1% con un uso perfecto y de un 8% con un uso distinto del perfecto. 3. El 61% de las mujeres casadas o con pareja estable usan algún tipo de anticonceptivo. 4. El uso de contraceptivos es mínimo en el África Subsahariana, donde el 22% usan algún método anticonceptivo y el 15% usan métodos modernos. También merece la pena resaltar que un tercio (26,5 millones) de los embarazos no deseados se deben a un uso incorrecto o un fallo de los anticonceptivos. En este breve recorrido por algunos de los datos más relevantes entorno al aborto en el mundo hemos recordado que, en este complejo mundo en el que vivimos, pese a todas las diferencias que hallamos parece claro que hay patrones comunes, el más característico el encontrar que las madres tienen generalmente más hijos de los deseados, con independencia sobre preferencias respecto a la fecha en que sí se hubieran deseado. La pregunta que nos aparece ahora no es otra que, qué culpa tiene la mujer?. Trataremos de contestar a esta importante cuestión en los dos apartados siguientes. 3. Comparación con la legislación 10 Tras comprobar que en todas las partes del mundo las mujeres tienen más hijos de los deseados cabría plantearse si las diferencias legislativas de un país a otro han servido para aliviar o agravar esta merma de la libertad, en términos prácticos, de la mujer. Una vez más intentaremos formarnos una idea a partir de los datos recogidos por Naciones Unidas y otros investigadores. El estado legal del aborto es un factor que determina hasta que punto el procedimiento puede ser seguro, asequible y accesible. En los países donde el aborto es legal, es más probable que se lleve a cabo por profesionales sanitarios, en amplia disposición de centros y gratuitamente. En estos países las muertes y lesiones maternales tienden a ser menores. En algunos países, las normas procesales o las políticas sobre interrupción del embarazo no reflejan necesariamente lo que sucede en la realidad. Algunos países pueden tener una ley específica prohibiendo el aborto, pero en la práctica los agentes gubernamentales, los jueces y los sanitarios pueden interpretar la ley con ligereza o de forma imprevisible, haciendo que la aplicación de las leyes pueda variar. Las leyes del aborto generalmente caen en cinco categorías, yendo de las más a las menos restrictivas tenemos: 1. Salvar la vida de la madre. 2. Preservar la integridad física de la madre. 3. Proteger la salud mental de la madre. 4. Por motivos socioeconómicos. 5. No es necesaria razón alguna. Además muchos países consienten el aborto en caso violación, incesto o malformaciones del feto. Algunos países también pueden limitar el tiempo durante el cual es legal abortar, requerir el 6

Más de cincuenta países que representan más del 40% de la población mundial, permiten el aborto por cualquier razón. permiso del padre o del marido, especificar dónde y quién puede realizar el aborto o requerir la celebración de un juicio antes de que se realice el aborto. En muchos casos estos requisitos no tienen más objeto que el de mejorar la calidad los cuidados para la mujer, pero también pueden servir para dificultar el aborto. Las razones sanitarias para que se otorgue el derecho El aborto está, generalmente, más restringido en países en desarrollo (sólo un 16% lo permite a petición) que en los ricos (el 67%). Prácticamente todos los países permiten el aborto, al menos, para salvar la vida de la madre. Esta excepción se codifica positivamente o se infiere mediante lo que se conoce como defensa de la necesidad, que justifica, por ejemplo, que un médico quebrantara la Ley realizando una interrupción del embarazo si con ello se salvó la vida de la mujer. El 25% de los habitantes del mundo viven bajo una legislación como la mencionada. La mayoría de los países también permiten el aborto para preservar la salud física o mental de la madre, si bien la definición de la misma puede variar. El derecho al aborto por violación ya es mucho menos aceptado, roza el 50% el porcentaje de países que da derecho a abortar en caso de violación o incesto además de las anteriores causas excepcionales que citamos arriba. Depende del país que la violación sea demostrada o que valga la declaración de la misma de la madre al médico. La mayoría de los países regulan favorablemente el derecho de la madre a abortar en caso de malformaciones del feto, si bien la especificidad o generalidad es dependiente del Estado concreto. Las razones socioeconómicas Más de un tercio de todos los países permiten el aborto en función de los niveles económicos, edad, estado civil o número de hijos. Libertad ilimitada Más de cincuenta países que representan más del 40% de la población mundial, permiten el aborto por cualquier razón, aunque la mayoría limita el periodo durante el que la mujer puede acceder al él de forma incondicional. Incluso cuando se dan las circunstancias para que el aborto se realice legalmente, la mujer puede no conseguir un aborto seguro por falta de personal o de equipos médicos adecuados, porque los sanitarios temen las dificultades que conllevaría o el stigma social que pudieran recibir, por las restricciones gubernamentales sobre el personal y el equipo permitidos, médicos que temen las penas que les podrían ser impuestas, bien por desconocimiento de la Ley o por la oscuridad de la misma, falta de políticas gubernamentales para interpretar leyes restrictivas o poco concisas, falta de recursos para pagar el aborto seguro, así como el stigma social de la madre o la desaprobación de su familia. Evidentemente muchas de estas circunstancias son aplicables al caso de los abortos inseguros. Analizaremos el derecho en tres países concretos, la República de Cabo Verde, la República de Uganda y España. La Legislación en la República de Cabo Verde 11 La República de Cabo Verde es un país relativamente joven (independizado en los 70) que se 7

encuentra situado en el Archipiélago de Cabo Verde (parte de la Macaronesia, al igual que Las Islas Canarias) frente a la costa de Senegal. Sus raíces portuguesas y la forma suave del colonialismo (recordemos antes de la llegada de los portugueses las islas permanecían despobladas) final de las islas, han hecho de su población una nación de fortísima influencia europea, reforzándose su occidentalismo aún más por el hecho de tener la mitad de su población emigrada a la costa Este de Estados Unidos, Italia y Portugal. Su legislación permite el aborto libre, bajo cualquier condición, siempre y cuando se lleve acabo durante las primeras 12 semanas del embarazo. Pasado ese punto se podrá abortar únicamente por alguno de los supuestos médicos citados antes, tales como cuestiones de salud física o mental o malformaciones del feto. Se requiere que el aborto se haga siempre en un hospital con asistencia médica. El contexto reproductivo en el que se elabora esta legislación es el siguiente: Visión del gobierno sobre el nivel de fertilidad: Intervención del gobierno sobre el nivel de fertilidad: Políticas gubernamentales respecto a uso de anticonceptivos: Porcentaje de mujeres casadas usando métodos anticonceptivos modernos (entre 15 49 años, 1998): Muy alto Muy bajo Se proveen directamente Tasa total de fertilidad (1995 2000): 3.6 Tasa de fertilidad específica por edad (1000 muj. 15 19): El Gobierno ha expresado su preocupación por daños, lesiones y muertes causadas por aborto inducido: El Gobierno ha expresado su preocupación por complicaciones de cría de hijos y parto: Razón de mortalidad (por 100.000 nacimientos vivos, 1990): Nacional (1980) Razón de mortalidad (por 100.000 nacimientos vivos, 1990): África Occidental (1990) Esperanza de vida femina al nacimiento (1995 2000): 53 79 Sí Sí 107 1020 71 La Legislación en la República de Uganda 12 Frente a Cabo Verde, Uganda es un país del África Oriental que el colonialismo, la guerra, las dictaduras de los últimos 30 años, intereses económicos internacionales, así como las propias 8

diferencias tribales han castigado duramente, habiendo sido recordado hace muy poco el dolor causado por la dictadura de Idi Amin y el duro gobierno Milton Obote, en la afamada 13 película El Último Rey de Escocia. En un país terriblemente castigado por el VIH/SIDA sería deseable encontrar una política extremadamente laxa respecto al aborto, que facilitara detener su avance aún a costa de los daños que supondría un uso masivo del aborto, sin embargo vemos que no es así. En Uganda el aborto está permitido únicamente por cuestiones médicas. No se puede optar a él libremente pero tampoco se puede ni por malformaciones fetales, razones socioeconómicas, ni, lo que es más grave, por violación. También se requiere que lo haga un médico registrado y aunque no se requiere la aprobación de un comité, sí suele pedirse la aceptación por parte de dos médicos. El contexto reproductivo es (es conveniente notar que los cuadros, si bien muy similares, no son idénticos en todos los conceptos de los campos, revisar con cuidado): Visión del gobierno sobre el nivel de fertilidad: Intervención del gobierno sobre el nivel de fertilidad: Políticas gubernamentales respecto a uso de anticonceptivos: Porcentaje de mujeres casadas usando métodos anticonceptivos modernos (entre 15 49 años, 1998): Muy alto Muy bajo Se proveen directamente Tasa total de fertilidad (1995 2000): 7.1 Tasa de fertilidad específica por edad (1000 muj. 15 19): El Gobierno ha expresado su preocupación por daños, lesiones y muertes causadas por aborto inducido: El Gobierno ha expresado su preocupación por complicaciones de cría de hijos y parto: Razón de mortalidad (por 100.000 nacimientos vivos, 1990): Nacional (1980) Razón de mortalidad (por 100.000 nacimientos vivos, 1990): África Oriental (1990) Esperanza de vida femina al nacimiento (1995 2000): Bajo el Código Penal Ugandes del 15 de Junio de 1950, la práctica del aborto está prohibida en general. Cualquier persona que intente procurar el aborto de la mujer, que ilegalmente administre algún tipo de sustancia nociva u otro método para tal fin, será objeto de prisión durante catorce años. Una mujer embarazada que lleve a cabo tales prácticas o consienta tu aplicación será objeto de prisión durante siete años. Cualquier persona que ilegalmente provea útiles para procurar un 9 8 180 Sí Sí 1200 1060 40.4

Mientras en Uganda la pena llega a 14 años de prisión, en Cabo Verde el aborto es completamente libre. En España, que sigue un modelo basado en excepciones, está cerca de serlo. aborto sabiendo que serán utilizados para tal fin será objeto de prisión durante tres años. En cualquier caso, bajo otras previsiones del Código Penal, un aborto podrá ser efectuado para salvar la vida de una embarazada. Es más, Uganda, como un buen número de países de la Commonwealth, cuyos sistemas legales se basan en la Ley Común Inglesa, sigue la sentencia de 1939 del caso del Rey Inglés versus Bourne en la que se determinaba cuando un aborto realizado por causas de salud es legal. En el caso Bourne, un médico fue acusado de la ofensa de realizar un aborto a una mujer que había sido violada. El tribunal estableció que el aborto era legal porque había sido realizado para evitar que la mujer se hundiera física y mentalmente, creando un precedente para futuros casos de aborto que se ejecutasen bajo fundamentos de preservar la salud mental y física de la madre. La liberalización y legalización del aborto en Uganda ha sido complicada por el uso de la violación como instrumento de guerra y terror por parte de los grupos rebeldes en la región. Los abortos ilegales son habituales en Uganda. Como resultado, hay una tasa alta de mortalidad maternal estimada en 1990 de 1.200 muertes por cada 100.000 nacimientos. En 1986 un estudio encontró que el 35% de las muertes maternales estaban asociadas a las complicaciones del aborto inseguro. El aborto inducido ha sido considerado como la segunda causa de muerte entre madres en el hospital de referencia Ugandés. El aborto ilegal prevalece mayoritariamente entre las mujeres jóvenes. Una encuesta realizada en 1988 entre mujeres de edades comprendidas entre los 15 y los 24 años reveló que el 23% de las mujeres que habían tenido estado embarazadas habían tenido uno o más abortos. El Gobierno ha expresado su gran preocupación por estas tendencias. El alto nivel de abortos inducidos entre mujeres jóvenes en Uganda ha llevado al Gobierno a establecer programas de educación sobre vida familiar en educación primaria y secundaria. Uganda tiene una tasa de fertilidad total muy alta, 7.1 niños por mujer en el periodo 1995 2000. Para el mismo periodo, la población ha crecido un 2.8%. En reconocimiento de las consecuencias negativas del rápido crecimiento de población en la renta per capita y en servicios sociales, el Gobierno ha lanzado un programa de población en 1988 y adoptó la Política de Población Nacional para un Desarrollo Sostenible en 1995. El foco principal de estas políticas es fortalecer la salud de las madres y de los hijos y la planificación familiar y expandir las campañas de educación en la vida familiar y de población. Un objetivo es incrementar el uso de anticonceptivos del 5 al 20% para el año 2000. El uso de anticonceptivos modernos se estimaba en un 8% en el año 1995. Los servicios de anticonceptivos en Uganda están disponibles en las clínicas gubernamentales y en las clínicas gestionadas por la Asociación de Planificación Familiar de Uganda. El uso incrementado de condones a finales de los 90 redujo con éxito 14 la tasa de infección de VIH/SIDA pero no ha reducido de forma significativa el número de embarazos indeseados ni de los consiguientes abortos. La Legislación en España 15 Nuestro país se haya a medio camino entre la situación de libertad absoluta (en las doce primeras semanas) de Cabo Verde y la muy restringida capacidad para abortar que se da en Uganda y sigue la línea de la mayoría de los países de su entorno geográfico y económico. Desde hace algún tiempo se han elaborado propuestas de llevar la libertad del mujer aún más allá de la reconocida por el Estado, pero todavía no han sido aprobadas. 10

En 1998, en España, sólo el 67% de las mujeres con relación estable o casadas, usan métodos anticonceptivos modernos El contexto reproductivo es: Visión del gobierno sobre el nivel de fertilidad: Intervención del gobierno sobre el nivel de fertilidad: Políticas gubernamentales respecto a uso de anticonceptivos: Porcentaje de mujeres casadas usando métodos anticonceptivos modernos (entre 18 49 años, 1998): Muy bajo Ninguna intervención Se proveen directamente Tasa total de fertilidad (1995 2000): 1.2 Tasa de fertilidad específica por edad (1000 muj. 15 19): El Gobierno ha expresado su preocupación por daños, lesiones y muertes causadas por aborto inducido: El Gobierno ha expresado su preocupación por complicaciones de cría de hijos y parto: Razón de mortalidad (por 100.000 nacimientos vivos, 1990): Nacional (1980) Razón de mortalidad (por 100.000 nacimientos vivos, 1990): Países desarrollados (1990) Esperanza de vida femina al nacimiento (1995 2000): 67 * 8 No No 7 27 81.5 * Quienes respondieron que su estado de uso de anticonceptivos es desconocido fueron considerados como no usuarios de métodos contraceptivos. El porcentaje de los mismos en España se estima en un 0.1%. Bajo lo previsto en el Código Penal español, redactado inicialmente en el siglo XIX y en vigencia hasta 1985, no había excepciones a la prohibición de realizar abortos, aunque se podía llevar a cabo bajo los fundamentos de necesidad según los principios generales de la Ley Criminal para salvar la vida de la mujer embarazada. Una persona que realizara un aborto ilegal sería sujeto de prisión, así como la mujer que realizara su propio aborto o consintiera ser sometida a uno. Varios sanitarios que llevaron a cabo interrupciones del embarazo fueron objeto de penas más crueles. En 1983, el Gobierno de España puso en vigor unas modificaciones que permitían realizar abortos en casos de serio peligro para la vida o salud de la madre, de embarazo por violación y de deformaciones fetales serias. Antes de que esta legislación pudiera tener efecto, su validez fue desafiada por los legisladores que se opusieron a su aprobación. En 1985, el Tribunal Constitucional sostuvo que la legislación era inconstitucional porque no protegía adecuadamente la 11

vida prenatal. Objetó, en particular, la falta de procedimientos de salvaguarda para proteger esa vida y sugirió previstos que pudieran ser incluidos en la legislación futura para establecer dichas salvaguardas. En Julio de 1985, una nueva legislación fue adoptada (Ley Orgánica N.9. de 1985), conteniendo más procedimientos extensivos de salvaguarda que la legislación antigua. Bajo la nueva, el aborto podía ser efectuado por o bajo la dirección de un médico en un centro de salud aprobado, público o privado, siempre que la mujer exprese su consentimiento al procedimiento y que se de una de las siguientes condiciones: a) El aborto es necesario para evitar un riesgo serio para la salud mental o física de la madre, de acuerdo con la opinión expresada, con anterioridad al aborto, por un médico distinto del que el que realiza la operación o bajo cuya dirección el aborto se realiza y que posee una cualificación especializada apropiada. b) El embarazo es resultado de una violación, siempre y cuando la violación haya sido denunciada a la policía y se realice en las primeras 12 semanas del embarazo. c) El feto, si se desarrollara completamente, sufriría de defectos físicos o mentales severos, siempre que el aborto se efectúe en las primeras 22 semanas de embarazo y que la opinión médica, comunicada previamente al aborto, sea expresada por dos especialistas de un centro sanitario aprovado, público o privado, ninguno de los cuales sea el médico que efectuará, o bajo cuya supervisión se realizará, la operación. En estas circunstancias, una mujer embarazada será penalizada si el aborto no se realiza en un centro público o privado aprovado o si las opiniones médicas preescritas no han sido expresadas. En caso de emergencia que implique un riesgo a la vida la mujer embarazada, el aborto podrá ser realizado sin la opinión expresa de otro médico o sin el consentimiento de la mujer. Más requisitos procedimentales se establecieron en la Orden del 31 de Julio de 1985. Todos estos serían de carácter púramente técnico a efectos de garantizar una mejor calidad en los tratamientos, cuidados y registros y no afectarían a la accesibilidad al aborto. Igualmente en la Orden del Ministerio de Salud del 16 de Junio 1986, todas las interrupciones voluntarias del embarazo serían informadas a las autoridades nacionales de salud por las Comunidades Autónomas mediante un formulario. Este formulario no requeriría que la madre grabara su nombre y más aún, ningún dato obtenido de forma individual en los formularios podría ser hecho público. Las autoridades nacionales de salud son requeridas para proveer a las autoridades locales de salud de información concertiente a los abortos, especificando las características de las mujeres a las que les son realizados abortos. El Decreto Real Núm. 2409/1986 de Noviembre de 1986 revocó la Orden del 31 de Julio de 1985 y estableció nuevos previstos para la práctica de abortos en centros de salud acreditados. La única variación que cabe destacar, todas las demás siguen en la línea de reforzar las garantías, es la siguiente: una mujer será inmediatamente notificada si los abortos no serán llevados a cabo en el centro al que acude habitualmente, de manera que pueda disponer de tiempo suficiente para consultar a otro médico. La confidencialidad de las consultas está garantizada en todos los casos. En Enero de 1991, el Tribunal Supremo de España sancionó el aborto por primera vez en 12

fundamentos sociales. El Tribunal desestimó un caso criminal llevado contro un matrimonio y un amigo que les ayudó, concluyendo que si la mujer hubiera sido forzada a dar a luz, su derecho a la libertad hubiera sido violado. El Tribunal apuntó el hecho de que el matrimonio no podía mantener otro hijo y que la mujer estaba sufriendo tanto física como mentalmente. Esta decisión, de todos modos, no significa que la normativa española haya cambiado, ya que el Tribunal defendió la opinión del médico. Indica, no obstante, que en algunos casos, si el tribunal así lo estima oportuno, puede exonerar a una mujer embarazada de la culpabilidad basándose en razones socio económicas. Desde 1991 se han llevado a cabo varios intentos de poner en vigor una legislación que llevara la Ley del Aborto más allá, incluyendo la publicación de un borrador del Código Penal que permitiría el aborto por motivos socio económicos y la presentación ante el Parlamento de un Proyecto de Ley que permitiera el aborto libre tras un periodo obligado de deliberación personal de tres días. Ninguno de ellos recibió la aprobación final del Parlamento. No hay clínicas públicas que oferten servicios de planificación familiar y de interrupción del embarazo; como resultado, la mayor parte de los abortos se realizan en clínicas privadas. En 1988, se estimaba que el 94% de todos los abortos se llevaban a cabo en este tipo de clínicas. Aproximadamente el 85% de los abortos realizados en clínicas privadas se realizaron bajo el precepto de evitar el daño severo a la salud física o mental (especialmente mental) de la madre, de forma que podrían ser por motivos prohibidos por la ley. La relativamente gran proporción de los hospitales en los que se practicaron abortos refleja la tendencia general en esas instituciones a llevarlos a cabo únicamente bajo indicaciones médicas. La tasa de aborto en 1996 se estimaba en 5.7 abortos por cada 1000 mujeres de edades comprendidas entre los 15 y los 44 años. El Gobierno de España considera la fertilidad como un asunto privado y no tiene ninguna política especial de intervención respecto al crecimiento de la población y a la fertilidad, aunque está concienciado de que algunas políticas económicas y sociales diseñadas para mejorar la situación de las familias con niños y madres trabajadoras pueden tener un impacto en las tendencias demográficas. La tasa total de fertilidad durante el periodo de 1995 al 2000 fue de 1.2 hijos por mujer, como se puede ver en la tabla de contexto reproductivo. El Gobierno desea conseguir niveles menores de mortalidad materna e infantil a través de mejoras del sistema de salud, incluyendo cuidados sanitarios para la madre durante el embarazo. Las actividades de promoción de salud están conectadas con educación sexual y planificación familiar. De hecho, las prioridades del Gobierno están dirigidas a mejorar la situación de la salud en el país mediante una red de centros de planificación familiar. El Gobierno cree que la instrucción, información y asistencia debería ser accesible a toda la población de forma que las parejas puedan decidir el número y el tiempo de separación entre hijos. La contracepción fue legalizada en España en 1978 y la estirilización ha sido permitida desde 1983. La tasa de uso de métodos anticonceptivos modernos se estimaba en un 67 por ciento en 1995. 4. Conclusiones La política es el arte de buscar un problema, encontrarlo y diagnosticarlo erróneamente para luego aplicar de forma incorrecta los remedios equivocados. Groucho Marx En las páginas anteriores hemos expuesto diversas series de datos recogidos de estudios realizados por entidades gubernamentales e intergubernamentales así como de institutos 13

En España un aborto libre sería, seguramente, positivo. Abogar por una universalización (en términos literales) de éste debería ser una directriz y no una exigencia objetiva a las naciones. independientes. Sin embargo antes de lanzarnos a presentar las conclusiones a las que llega el autor, queremos una vez más hacer hincapié en el recordatorio de la falibilidad de estos datos. Estamos en un mundo lleno de intereses 16. La pregunta más importante que se planteaba este trabajo era si la legalización del aborto libre (aunque siga atado a unos plazos, hasta cierto punto arbitrarios, como el de las 12 semanas), supondría reforzar la posibilidad de llevar a cabo una conducta puramente irresponsable que llevara al aborto en sustitución de un uso de anticonceptivos modernos. Tras la revisión presentada parece claro que tras una legalización del aborto libre, no parece haber aumentado el número total de embarazos no deseados terminados en aborto. El mayor temor aquí presentado resulta infundado. El autor quiere mojarse y dejar clara su opinión: si tuviera que llegar a un reduccionismo en el que la decisión se limitara a apoyarlo o negarlo, el autor lo sustentaría. Con esto en mente desearía que no se perdiese el punto de vista local de los afectados. Los Estados se encuentran formados por gentes muy diferentes y afrontan dificultades que no pueden ser resueltas de igual manera. En España la legalización de un aborto libre seguramente no traerá más que una mejora de la ya de por sí buena situación que en la que nos hallamos en nuestra sociedad. Abogar por una universalización (en términos literales) de éste probablemente no sea ya una feliz idea y si fuera a ser contemplada como alguno de los Objetivos del Milenio de Naciones Unidas, esperemos que aparezca como una dirección a seguir y no como una exigencia para las naciones sin sopesar las circunstancias de esos pueblos, por el bien de todos. 5. Referencias y notas 1. Luis Díez Picazo y Antonio Gullón Sistema de Derecho Civil: Volumen 1, 2005, Ed. Tecnos, Página 217, 4º Párrafo. 2. Conocemos ya unos cuantos casos, cada vez más frecuentes, en los que la politización de la Ciencia ha llevado a la aceptación prácticamente universal de teorías pseudocientíficas (o científicas pero poco desarrolladas como para que fueran aplicables) que han causado grandes agravios a la sociedad. Concretamente la Eugenesia, la capacidad cancerígena del DDT o más recientemente El Cambio Climático o La Gripe Aviar, cuyo impacto aún está por evaluar. Sobre la Eugenesia: War Against The Weak: Eugenics and America's Campaign to Create a Master Race, Edwin Black. Sobre gran variedad de temas, incluidos el DDT, o el Cambio Climático: El Ecologista Escéptico, Bjørn Lomborg. 3. Gráfico extraído del informe Sharing Responsability: Women, Society and Abortion Worldwide publicado por el Alan Guttmacher Institute, datos obtenidos de los cálculos de la División de Salud Reproductiva, WHO, 1998. Disponible en Internet. 4. Gráfico extraído del informe Sharing Responsability: Women, Society and Abortion Worldwide, ver ref. 3, datos obtenidos de Kamal H et al., Utilization of Reproductive Health Care Services in Dhaka City, Dhaka: Bangladesh Association for the Prevention of Septic Abortion (BAPSA), 1994, Table 5.11, p.39; Begum SF, Kamal H and Kamal GM, Evaluation of MR Services in Bangladesh, Dhaka: BAPSA, 1987; and Kamal GM and Begum SF, Study on Intervention Necessary for Preventing Rejection of MR Clients, Dhaka: 14

BAPSA, 1990. 5. Personal Communication, Costa SH, Ford Foundation, Rio de Janeiro, Brazil, Aug. 6, 1998. 6. UN World Population Prospects: The 1996 Revision, UN 1996. 7. La Organización Mundial de la Salud define el aborto inseguro como: un procedimiento para terminar un embarazo no deseado, bien por personas que carecen de los necesarios conocimientos o en un ambiente que carece de las mínimas condiciones estándar, o ambos, World Health Organization, World Health Report 2005, 2005. 8. WHO, WHO, Unsafe Abortion: Global and Regional Estimates of the Incidence of Unsafe Abortion and Associated Mortality in 2000, 4th ed, 2004. 9. WHO, UNICEF y UNFPA, WHO, UNICEF, and UNFPA, Maternal Mortality in 2000: Estimates Developed by WHO, UNICEF and UNFPA (2004), Population Reference Bureau, Women of Our World 2005, WHO, World Health Report 2005, UNFPA, State of World Population 2005, Save the Children, State of the World s Mothers 2004. 10. Todas las cifras aportadas fueron extraídas del Abortion Policies: A Global Review, United Nations Population Division, 2002 y del World s Abortion Laws, Center for Reproductive Rights, 2004. 11. The Population Policy Data Bank, the Population Division of the Department of Economic and Social Affairs of the United Nations Secretariat. Obtenido de la clasificación legal por países de la OMS. 12. Ver ref. 11. 13. El autor quisiera resaltar lo peligroso de tomar por cierto aquello que se recoge en los documentales y menos aún en las películas. Incluso cuando no se toma parte en defender una facción en lugar de otra de forma intencionada (cuando sucede), las imprecisiones habituales entre los divulgadores, suelen ser tan grandes que cabe cuestionarse su labor positiva. Un ejemplo reciente nos lo brindaría la comparación entre el conocido: Una verdad incómoda, frente al menos visionado El Gran Timo del Calentamiento Global, que pese a su escasa popularidad posee una calidad muy superior. 14. Si bien la estrategia, patrocinada por Estados Unidos, basada exclusivamente en la abstinencia pareció tener gran éxito en reducir el auge del VIH/SIDA en Uganda, el hecho de que se centrara únicamente en la abstinencia como método de profilaxis ha causado grandes críticas. Está siendo además muy cuestionada la efectividad real de la campaña y se está investigando si el gobierno falsificó las cifras reales de incidencia de VIH/SIDA con la pretensión de obtener un mayor reconocimiento tanto a nivel internacional como interno. 15. Ver ref. 11. 16. Un interesantísimo texto de referencia sobre temas sociales y económicos a escala global que 15

debería estar en toda biblioteca de los interesados en el tema es: The Elusive Quest for Growth de William Easterly. Recientemente publicó otro libro complementario al primero titulado: The White Man's Burden. Otros documentos empleados en la elaboración de este trabajo pero no referidos de forma directa fueron: 1. Sharing Responsability: Women, Society and Abortion, The Guttmacher Institute, 2000. 2. Legal Abortion Worldwide: Incidence and Recent Trends, Gilda Sedgh, Stanley K. Henshaw, Susheela Singh, Akinrinola Bankole and Joanna Drescher. The Guttmacher Institute, 2007. 3. Abortion and Family Planning in Tanzania, Ross E. J. Kinemo, Mzumbe University, 2002. 4. (Un)Safe Abortion, Siegrid Tautz, Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit GmbH, comisionado por el Ministerio Federal Alemán de Cooperación Económica y Desarrollo. Nov, 2004. 5. Entre Nous 59: The European Magazine for Sexual and Reproductive Health, UNFPA & WHO Europe, Reproductive Health and Research Programme, WHO Regional Office for Europe. 2005. 6. Facts on Induced Abortion Worldwide, The Guttmacher Institute, 2007. 7. Unsafe Abortion: research findings for development policymakers and practitioners. The high cost of unsafe abortion, Institute of Development Studies, Ago 2007. 8. Age at First Birth, Fertility and Contraception in Tanzania, Disertación para la Obtención del Grado Académico del Doctor en Filosofía de Innocent Ngalinda, Der Philosophischen Fakultät III, Der Humbold Universität zu Berlin. 9. Leyes sobre el Aborto en el Mundo, Center for Reproductive Rights, May 2007. 10. Unsafe Abortion: Facts & Figures, Population Reference Bureau, 2006. 11. Igualdad Sustancial y Derechos Fundamentales: una reflexión de género para la defensa de un derecho de la mujer al aborto, presentación de Cristina Monereo, Universidad de Málaga, Mar, 2008. La ilustración de la mujer de la portada fue realizada por Greg Berger, Greg Berger Design, Inc. Aparece como portada en el documento Unsafe Abortion: Facts & Figures, de la Population Reference Bureau, 2006. Este documento se puede descargar libremente en: http://monoevo.sf.net/jaime/docs/ Redactado en Mayo de 2008 2008, Jaime Anguiano Olarra 16