ACOFESAL Formación Juan Ángel Carrillo Piñero Coordinador Murcia
Índice Introducción Objetivos del Protocolo Documentos Órganos del protocolo Certificación de las Empresas Homologación de los Cursos Características del Plan de Formación Características de la Organización del Curso Programa de Auditorías Uso de la Marca ACOFESAL Formación
Introducción El Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios, establece en su capítulo XII que los operadores de la empresa alimentaria deberán garantizar la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria, de acuerdo con su actividad laboral. Dicha formación puede ser impartida por la propia empresa alimentaria o por una entidad externa
La Asociación de Consultores y Formadores de España en Seguridad Alimentaria (ACOFESAL) considera indispensable que cualquier manipulador de alimentos reciba una formación continua en higiene alimentaria vinculada a su sector, incluida en el programa de formación de cada empresa alimentaria. Mediante la emisión de este Protocolo, se pretende otorgar a las entidades un valor añadido, reconociendo unos criterios mínimos de actuación en materia de formación de manipuladores para que puedan servir de referencia para las empresas que demandan la formación continua externa para sus empleados.
Objetivos del Protocolo 1. Establecer unos requisitos mínimos indispensables para las entidades y programas formativos (contenidos, la organización y seguimiento de los cursos, etc.), actuando como referente para la formación no reglada de los manipuladores de alimentos. 2. Otorgar a las empresas interesadas un reconocimiento de su capacidad para impartir la formación en las condiciones previas establecidas en este Protocolo, así como acreditar su cumplimiento.
Documentos Reglamento General: compuesto por las directrices básicas del Protocolo. Reglamento Técnico: compuesto por la descripción detallada de los aspectos a valorar para la concesión del reconocimiento a los solicitantes. Contiene información estructurada de todas los requisitos y sus valoraciones globales para que tanto la entidad sea certificada como sus cursos sean homologados.
Órganos del Protocolo 1. Comisión de Formación: Es el órgano responsable de la gestión del reconocimiento de ACOFESAL Formación. Gestiona además, la creación del Comité de Certificación. 2. Comité de Certificación: Es el responsable de evaluar a las entidades solicitantes, emitir el veredicto sobre su certificación y homologación del programa formativo, y autorizar el uso de la Marca ACOFESAL Formación. ACOFESAL fomentará la participación en el Comité de Certificación de profesionales vinculados al sector pero ajenos a la Asociación, empresas privadas del sector alimentario, otras Asociaciones profesionales, de la Administración pública, etc.
3. Equipo de Evaluación: Es el conjunto de personas designadas por el Comité de Certificación para el desarrollo del trabajo correspondiente a la Certificación de las entidades y Homologación de los cursos según el Protocolo ACOFESAL Formación.
Reglamento Técnico Requisitos de la certificación 1. Responsabilidad de la dirección 1.1 Situación Societaria 1.2 Situación del profesional autónomo 1.3 Organización administrativa y laboral 2. Realización de la formación 2.1 Organización e impartición del curso 2.2 Equipo de trabajo 2.3 Control de los cursos 2.4 Recursos y medios subcontratados 2.5 Gestión de la calidad
Reglamento Técnico Homologación de los cursos La Homologación se realiza junto al proceso de Certificación de la empresa Requisitos: Realización de la formación Organización e impartición del curso Control de los cursos Gestión de la calidad Formación Interna Nº 0350
Homologación de los cursos Envío de listado de alumnos aprobados Comité de Certificación Preaviso de los cursos (7 días) Empresa Certificada Emisión del logotipo para el certificado Nº serie Marca ACOFESAL Formación Nº Serie Exclusivo para cada curso preavisado Nº 0350
MARCA ACOFESAL Formación Concedida únicamente a los cursos que sean preavisados al Comité de Certificación y que hayan sido homologados previamente en el proceso de certificación
Gestión del Protocolo Página Web de Acofesal Base de datos de empresas Certificadas Listado de cursos homologados y número de serie asignado a cada uno Comprobación de participación de los alumnos en cursos homologados Acceso privado a empresas certificadas
Características del Plan de Formación Profesorado Titulación universitaria en: Veterinaria, Farmacia, Química, Biología, Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Dietética y Nutrición, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agrónoma, Medicina y Enfermería, o en su defecto capacitación profesional equivalente en materias relacionadas con la Seguridad Alimentaria. Deberá tener 1 año de experiencia profesional en materia de seguridad alimentaria. Experiencia docente demostrable de 40 horas y/o haber realizado Curso de Formación de Formadores de 40 horas o Máster en formación de profesorado.
Contenidos 1. Modulo Básico 2. Módulo específico Industria Alimentaria Agricultura Comercio Hostelería y Restauración
1. Módulo Genérico El módulo genérico es la formación de base para todos los manipuladores de alimentos, que incluye conceptos generales de manipulación, seguridad alimentaria y controles a aplicar en las tareas diarias de los trabajadores. Este módulo tendrá obligatoriamente la siguiente característica: Formación presencial de 4 horas con la realización al final de un examen teórico sobre los contenidos impartidos.
2. Módulo Específico Es la formación dirigida a los trabajadores en función de su sector de actividad, en el cual se les facilitará la formación en las prácticas seguras y los riesgos de orden microbiológica, física y química de los productos que manipulan. Características: 1. Formación presencial y/o a distancia con la realización de un examen teórico sobre los contenidos impartidos. Duración mínima de 6 horas. 2. La entidad tendrá un tutor responsable de la atención al alumno a distancia, con un horario establecido y medios definidos. 3. La entidad facilitará a los alumnos un cuaderno de actividades de la formación a distancia, que será enviado a la entidad para corrección y solución de dudas.
Características de la Organización n del Curso 1 Selección n de los alumnos La empresa deberá presentar el procedimiento por escrito que será utilizado para seleccionar a los alumnos que realizarán los cursos de formación y/o la organización de los cursos. 2 Aulas de formación Contarán con un espacio mínimo de 2 m 2 por alumnos, tendrán unas condiciones adecuada para la impartición de los cursos. La empresa debe contar con un procedimiento de evaluación de las aulas en los casos que los cursos sean impartidos en el propio local del cliente. El máximo de alumnos por curso será de 25.
3. Material facilitado a los alumnos La empresa deberá presentar al Comité de Certificación copia del material de estudios que será facilitado a los alumnos, en sus distintos niveles y módulos. La empresa podrá utilizar el material común, desarrollado por Acofesal. En este caso, acreditará su uso mediante su solicitud ante la Asociación. 4. Aprovechamiento del curso La empresa deberá contar con controles de aprovechamiento del curso, mensurables, para facilitar el certificado de formación del curso impartido.
5. Forma de acreditación n del curso impartido La empresa debe contar con una forma de acreditar la condición de aprobado al alumno del curso. Esta acreditación será por medio de certificado de aprovechamiento, documento expedido por la empresa y que tendrá las características y formatos facilitados por este Protocolo. 6. Evaluación n de la calidad de la acción n formativa La empresa deberá contar con indicadores de calidad y satisfacción de: Profesorado, Materiales, Temario, Forma de Impartición y Aula/local de realización del curso
Programa de Auditorías Las entidades certificadas y los cursos homologados según el Protocolo ACOFESAL Formación están sujetos al programa de auditorias detallado en el Reglamento General. El programa de auditorias incluye la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Técnico y que han sido revisados durante la concesión de la certificación y reconocimiento de los cursos.
Las empresas o entidades pueden ser auditadas a lo largo de los 2 años que dura su certificación, en sus instalaciones, por un evaluador técnico especialista en el Protocolo. Las auditorias podrán ser notificadas o no a la empresa certificada antes de ser realizadas. El número de auditorias será el determinado por la Comisión de Formación. Los cursos homologados igualmente podrán sufrir auditorias por parte de un auditor, que se encargará de verificar el cumplimiento de los requisitos detallados en el Reglamento Técnico de este Protocolo.
Uso de la Marca ACOFESAL Formación La marca deberá ser aplicada única y exclusivamente a los cursos de formación en higiene alimentaria para manipuladores de alimentos, que imparta la empresa certificada, de acuerdo a lo establecido en el Protocolo. La empresa podrá utilizar el logotipo en los siguientes términos: Certificados o acreditaciones entregados a los alumnos del curso que esté autorizado para su uso. No está permitido su uso en ningún otro término sin la autorización expresa de ACOFESAL.
El valor de certificarse PARA LA EMPRESA O ENTIDAD DE FORMACIÓN: Agrega valor a las entidades que realizan la formación correcta y adaptada a los requisitos del Protocolo. La formación está sujeta a auditoria por el Protocolo, lo que le otorga mayor fiabilidad. PARA EL SECTOR ALIMENTARIO: Ofrece a las empresas alimentarias una garantía de la formación demandada a sus empleados. Incrementa la fiabilidad en su proveedor de formación.
PARA TODOS LOS AGENTES IMPLICADOS: Referencia en el sector de la formación continua de los manipuladores de alimentos. Aplicación de los requisitos exigidos por el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales en sus Certificados de Profesionalidad.
GRACIAS POR SU ATENCIÓN Coordinador Murcia Juan Ángel Carrillo Piñero