MANUAL DE USO / PASO A PASO. No quiero ser una carga para nadie



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Transcripción:

MANUAL DE USO / PASO A PASO No quiero ser una carga para nadie

INTRODUCCIÓN Al llegar a la edad de jubilar, querrás mantener un nivel de vida similar al actual, por lo que es recomendable contar con un presupuesto claro y con tus productos financieros ordenados. Mantener la autonomía económica es una preocupación importante para la gran mayoría de las personas. Para lograrlo, la situación ideal es que te prepares y planifiques con tiempo. Siempre hay estrategias y soluciones disponibles. Revísalas y toma acción cuanto antes!

1 LA FORMA TRADICIONAL PARA AHORRAR PARA LA JUBILACIÓN ES MEDIANTE LAS AFP LAS AFP SON UN MUNDO Y TIENEN SU PROPIO IDIOMA, PRIMERO CONÓCELO! AFP En Chile, desde 1980, existe un sistema de capitalización individual. Esto significa que cada persona tiene una cuenta individual para su pensión de vejez. AFP PENSIÓN

AFP significa Administradoras de Fondos de Pensiones, y su objetivo es administrar los fondos y los ahorros de pensiones de las personas afiliadas, los que invierten con el fin de aumentarlos. Se financian a través del cobro de comisiones a sus afiliados. Entrar a una AFP es obligatorio para todos los trabajadores dependientes (con contrato individual de trabajo). FONDO INICIAL FONDO FINAL

PARA LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES, SE ESTABLECIÓ LA OBLIGACIÓN DE COTIZAR A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2012 DE MANERA GRADUAL SEGÚN EL SIGUIENTE CALENDARIO: A partir del 1 de enero de 2012, los trabajadores independientes estarán obligados a cotizar respecto del 40% de su renta imponible, salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario. A partir del 1 de enero de 2013, estarán obligados a cotizar respecto del 70% de su renta imponible, salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario. A partir del 1 de enero de 2014, estarán obligados a cotizar respecto del 100% de su renta imponible, salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario. A partir del 1 de enero de 2015 en adelante se establece la obligación de cotizar sobre el 100% de la renta imponible sin excepciones.

CÓMO FUNCIONA EL SISTEMA Mes a mes, debes pagar a la AFP en la que estás afiliado una suma de dinero. Ésta se va acumulando en tu Cuenta de Capitalización Individual, cuyo saldo total recibirás en pagos mensuales al momento de jubilar. No puedes retirar los fondos de tu cuenta individual anticipadamente, ya que la ley impide que sean utilizados para otro fin que no sea la pensión de vejez o para retiros de excedente de libre disposición una ves que estés pensionado. AFP

HAY COTIZACIONES OBLIGATORIAS Y VOLUNTARIAS. EN EL CASO DE LAS COTIZACIONES OBLIGATORIAS: Si eres trabajador dependiente este pago lo realiza directamente tu empleador. TU PAGO MENSUAL CORRESPONDE A UN 10% DE TU RENTA IMPONIBLE, CON TOPE DE 70,3 UF MENSUAL, + COMISIÓN DE LA AFP. AFP La comisión es EL COBRO DE LA AFP POR ADMINISTRAR TUS FONDOS, y varían según la AFP. Al afiliarte, recuerda PREGUNTAR Y COMPARAR LAS COMISIONES antes de elegir. Se considera sueldo imponible todo ingreso que constituya remuneración, por ejemplo, tu sueldo base, bonos, comisiones, aguinaldos de Fiestas Patrias, Navidad y Año Nuevo, asignaciones de antigüedad, asistencia, puntualidad, matrimonio, natalidad, escolaridad o vacaciones, etc. No imponibles son ingresos que no constituyen remuneración, como la asignación de movilización, de colación, asignación familiar legal, gastos de representación.

Adicionalmente, tu empleador paga mensualmente un SEGURO DE INVALIDEZ Y SOBREVIVENCIA. AFP Éste protege en caso de pérdida de la capacidad de trabajar o muerte del afiliado al sistema de pensiones. Si esto ocurre, la Compañía de Seguros pone la diferencia entre lo que el afiliado haya alcanzado a ahorrar y el monto necesario para pagar las pensiones que correspondan. Si es primera vez que cotizas en una AFP, serás asignado automáticamente a una AFP previamente establecida por Ley, pudiendo cambiarte recién transcurridos dos años en la medida que mantengas tu calidad de trabajador dependiente.

SI ERES TRABAJADOR INDEPENDIENTE, DEBES HACERTE CARGO DEL PAGO DE TUS COTIZACIONES: La renta imponible anual la determinará el SII como el 80% DE LA SUMA DE LOS HONORARIOS BRUTOS percibidos en un año calendario, sin considerar ningún descuento. Ésta no podrá ser inferior a un ingreso mínimo mensual, ni superior a 843,6 UF anuales (70,3 UF mensuales). Si tu renta imponible anual es menor al ingreso mínimo mensual vigente definido por Ley, estás exento de cotizar. AFP Puedes simular aquí cuánto tienes que cotizar mensualmente: HTTP://WWW.PREVISIONSOCIAL. GOB.CL/COTIZACION-HONORARIOS/ SIMULADOR-HONORARIOS/

EN EL CASO DE LAS COTIZACIONES VOLUNTARIAS (COMPLEMENTARIAS AL AHORRO OBLIGATORIO), LAS AFP PONEN A TU DISPOSICIÓN DIFERENTES PRODUCTOS: DEPÓSITO DE AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO (DAPV): Es un monto de ahorro mensual que complementa el ahorro obligatorio, con un tope de hasta UF 50 mensual o UF 600 anual para acceder a beneficios tributarios. Puedes hacerlo en cualquier institución financiera o AFP sin la necesidad de que sea la misma AFP donde realizas tu cotización obligatoria (En AFP se denomina cotización voluntaria). Su principal objetivo es mejorar o anticipar tu pensión. Adicionalmente, puedes obtener beneficios tributarios, ya que la parte de tu renta que destinas a DAPV no se considera parte de tu renta imponible. Sin embargo, si la sacas antes de tu jubilación, aplican el impuesto a la renta y un castigo de retiro anticipado que varía entre el 3% y 7%. DEPÓSITOS CONVENIDOS: Cuando recibes un bono, al ser considerado una remuneración, forma parte de tu sueldo imponible, es decir, pagas el impuesto a la renta correspondiente. Los depósitos convenidos consisten en que convienes con tu empleador el pago de tus bonos en tu AFP u otra institución financiera, con el único objetivo de incrementar tu pensión o pensionarte anticipadamente. De esta manera, no se consideran renta para efectos tributarios en la parte que no exceda de un monto máximo anual de 900 UF, por cada trabajador. El monto que excede 900 UF se grava con el impuesto a la renta que corresponda.

CUENTA 2: Es una cuenta de ahorro para fines no previsionales, distinta a tu Cuenta de Capitalización Individual, que puedes abrir voluntariamente en tu AFP o en otra, para ahorrar para los fines que tú quieras. A partir de 2013, puedes efectuar hasta 24 giros por cuenta en cada año calendario. Puedes efectuar los depósitos directamente o a través de tu empleador, autorizándolo a que te lo descuente mensualmente por planilla. Para tus fondos de la Cuenta 2, al igual que con tus fondos obligatorios, puedes escoger entre los fondos A, B, C, D o E y de acuerdo a esto, la rentabilidad que corresponda al fondo, aunque no asegurada. También esta cuenta permite ciertos beneficios tributarios que dependen del horizonte de tiempo para mantener el ahorro, es decir, de corto, mediano o largo plazo, donde puedes elegir el régimen general o del 57 bis., por lo que es bueno informarse bien.

LOS MULTIFONDOS AFP Las AFP invierten bajo un sistema de Multifondos, que corresponde a las 5 alternativas de inversión (Fondos de Pensiones) que ofrecen las AFP a sus afiliados para invertir sus ahorros obligatorios y/o voluntarios. Se denominan Fondos de Pensiones Tipos A, B, C, D y E. Estos fondos se diferencian por la proporción de los recursos invertidos en instrumentos financieros de renta variable (que tienen mayor riesgo y mayor rentabilidad esperada) y renta fija (que tienen menor riesgo y menor rentabilidad esperada). La idea es que el afiliado pueda elegir el tipo de inversión y nivel de riesgo en que se usarán sus fondos. El Fondo A tiene una proporción mayor de sus inversiones en renta variable, la que va disminuyendo progresivamente en los Fondos B, C y D. Por su parte, el Fondo Tipo E principalmente invierte en instrumentos de renta fija. RIESGO

En el caso de tu ahorro voluntario en la AFP, puedes elegir libremente el fondo que deseas. APV

En el caso del ahorro obligatorio, hay ciertas restricciones para la elección de los fondos: los afiliados no pensionados, hombres hasta 55 años de edad y mujeres hasta 50 años de edad, pueden elegir, con sus cotizaciones obligatorias, cualquiera de los cinco tipos de Fondos. Sin embargo, los afiliados hombres desde 56 años y mujeres desde 51 años de edad, no pensionados, podrán optar por cualquiera de los fondos B, C, D y E. Los afiliados pensionados, podrán optar por cualquiera de los Fondos C, D y E. Esto es porque su fecha de jubilación está más cerca y como el Fondo A es más riesgoso, tienen mayor riesgo de que frente a una caída de los mercados pierdan parte importante de sus ahorros sin tener tiempo de recuperarlos con una futura alza de los mercados. En caso de que no elijas un tipo de fondo, se te asigna en forma parcial el tipo de fondo por tramo etáreo. PARA REALIZAR CAMBIO DE FONDOS, PUEDES ACERCARTE A UNA SUCURSAL DE LA AFP A LA QUE ESTÁS AFILIADO O POR INTERNET.

CÓMO AFILIARSE Acercándote a una sucursal de la AFP, mediante un representante o su sitio web. La afiliación se formaliza con el primer pago de las cotizaciones, momento en el cual la AFP crea una cuenta personal a tu nombre y un registro en su archivo de afiliados. AFP

DÓNDE Y CÓMO PAGAR LAS COTIZACIONES Si eres trabajador dependiente, tu empleador debe preocuparse de hacer el pago de las cotizaciones. Tu responsabilidad es que mes a mes, en tu liquidación de remuneraciones, debes asegurarte que tu empleador te las está descontando. Adicionalmente, debes asegurarte con tu AFP que efectivamente dichas cotizaciones fueron efectivamente pagadas. AFP Tu AFP enviará a tu domicilio tres veces en el año (Marzo, Julio, Noviembre) un documento denominado Cartola Cuatrimestral Resumida. La Cartola es un resumen de las entradas y salidas de dinero de tu Cuenta de Capitalización Individual, la rentabilidad de los cuatro últimos meses y el saldo total acumulado.

SI ERES TRABAJADOR INDEPENDIENTE, debes llenar una planilla de pago disponible en tu AFP y cancelar en caja, o bien llenar una planilla electrónica en el sitio WWW.PREVIRED.CL y pagar online. AFP Las cotizaciones deben pagarse los 10 primeros días del mes siguiente al que se recibió la remuneración. Si el empleador se atrasa en el pago, se le aplican reajustes, intereses y una multa por cada trabajador cuyas cotizaciones no se han pagado. Si eres independiente y olvidaste pagar tu cotización, tienes que esperar al mes siguiente, ya que la ley impide a las AFP recibir cotizaciones fuera de plazo.

CÓMO JUBILAR? EXISTEN DIFERENTES MODALIDADES DE PENSIÓN, CONÓCELAS Y EVALÚA LA QUE MÁS TE CONVIENE Una vez que jubiles, deberás elegir una modalidad para recibir tu pensión. Las diferentes alternativas son: RETIRO PROGRAMADO: Es la modalidad de pensión que paga la AFP con cargo a tu Cuenta de Capitalización Individual. El monto de la pensión se calcula y actualiza cada año en función del saldo de tu cuenta, la rentabilidad de los fondos, la expectativa de vida y/o la de tus beneficiarios y la tasa vigente de cálculo de los retiros programados. Esta alternativa implica que EL MONTO DE TU PENSIÓN VARÍA CADA AÑO, Y POR LO GENERAL DISMINUYE EN EL TIEMPO. En el retiro programado MANTIENES LA PROPIEDAD DE TUS FONDOS y puedes cambiarte de AFP y de modalidad de pensión. En caso de fallecimiento, con el saldo remanente la AFP continuará pagando pensiones de sobrevivencia a tus beneficiarios. Si estos no existen, los fondos que eventualmente quedaran se pagan como herencia.

RENTA VITALICIA INMEDIATA: es la modalidad de pensión que puedes contratar con una Compañía de Seguros de Vida, en la cual se obliga al pago de una renta mensual fija en UF, para toda tu vida y en caso de fallecimiento, a tus beneficiarios de pensión. La AFP traspasa a la Compañía de Seguros de Vida tus fondos previsionales para financiar la pensión contratada. Por lo tanto, al seleccionar una renta vitalicia, DEJAS DE TENER LA PROPIEDAD DE TUS FONDOS. Una vez contratada, la renta vitalicia es IRREVOCABLE, por lo que no puedes cambiarte de Compañía de Seguros ni de modalidad de pensión. Puedes optar por esta modalidad sólo si tu pensión es mayor o igual al monto de la pensión mínima vigente. Si no hay beneficiarios de pensión, los fondos no constituyen herencia.

RENTA TEMPORAL CON RENTA VITALICIA DIFERIDA: En esta modalidad, contratas con una Compañía de Seguros de Vida el pago de una renta vitalicia mensual, fija en UF a partir de una fecha futura, dejando en tu cuenta individual de la AFP un saldo para una renta temporal, por el periodo que va entre la selección de esta modalidad y el inicio del pago de la renta vitalicia diferida. RENTA VITALICIA INMEDIATA CON RETIRO PROGRAMADO: En esta modalidad se dividen los fondos que tienes en tu cuenta individual de la AFP y contratas con ellos simultáneamente una renta vitalicia inmediata y una pensión por Retiro Programado. Cuando tomes la decisión de jubilar, debes acercarte a tu AFP y solicitar un Certificado de Saldo, el que contendrá toda la información de tus ahorros previsionales y una simulación de tu pensión a través de la modalidad que escojas para tu jubilación a través de la AFP. Con ese Certificado podrás conocer las diferentes alternativas que el mercado ofrece para tus planes de pensión. Una vez que tomes la decisión de con quién pensionarte, es la misma institución escogida la que se preocupará de reunir todos tus fondos desde la AFP, compañías de seguros o instrumentos de inversión en los que hayas invertido para tu jubilación, consolidando así el capital que se te empezará a entregar a modo de pensión.

2 ANALIZA TU SITUACIÓN ACTUAL: CUÁNTO TIENES AHORRADO PARA LA JUBILACIÓN? Te recomendamos acercarte a una sucursal de tu AFP o entrar a su página web y revisar cuánto ahorro has acumulado para tu pensión, tanto en tus cotizaciones obligatorias como en las voluntarias. AFP

3 ANALIZA TU SITUACIÓN DESEADA: CUÁNTO QUIERES RECIBIR MENSUALMENTE CUANDO TE JUBILES? Tus ahorros actuales y los proyectados a futuro te van a entregar una cifra muy importante: cuánto se espera que recibas mensualmente cuando jubiles, lo que puedes consultar en tu AFP. COMPARA ESTA PROYECCIÓN CON EL MONTO QUE LLEVAS AHORRADO: La diferencia es lo que te falta para llegar a tu pensión deseada. FONDO INICIAL FONDO FINAL QUE NO TE PILLE DESPREVENIDO! Mientras antes tomes conciencia mejor, ya que podrás tomar acciones que te permitirán mejorar tu situación a futuro.

TEN EN CUENTA QUE PARA ALCANZAR LA PENSIÓN DESEADA ES CLAVE: Comenzar a cotizar a temprana edad. Sobre el 40% del ahorro total, se define en los 10 primeros años laborales. Si eres independiente y aún no estás cotizando, empieza a hacerlo ahora! DEBES TENER UN PLAN DE AHORRO VOLUNTARIO A LARGO PLAZO. COMPLEMENTAR TU COTIZACIÓN MENSUAL CON EXCEDENTES QUE PUEDAS IR GENERANDO Y AHORRANDO EN TU CUENTA PREVISIONAL. AFP

4 HAZ TU PLAN DE ACCIÓN PARA ALCANZAR TU SITUACIÓN DESEADA SI TU PENSIÓN PROYECTADA ES MENOR A LO QUE QUIERES, LLEGÓ EL MOMENTO DE DETERMINAR UN PLAN DE AHORRO. Lo primero que tienes que generar es un excedente, es decir, un monto mensual que puedas destinar a ahorrar. Si no lo tienes, te recomendamos recortar los gastos prescindibles y destinar ese monto al ahorro.

Para hacerlo, puedes ayudarte analizando y ajustando tu presupuesto mensual. Si aún no tienes uno, puedes hacerlo fácilmente utilizando nuestra herramienta PRESUPUESTO MENSUAL, que además te sugerirá los gastos prescindibles que puedes considerar recortar. También puedes hacer una estrategia para mantenerte laboralmente activo incluso después de la jubilación, capitalizando toda la experiencia de tus años de trabajo. Esto puede significar independizarte, emprender un negocio o capacitarte para mantenerte vigente.

EN CASO DE QUE HAYAS JUBILADO Y NO TE ALCANCE: CON RESPECTO A TU PRESUPUESTO, APLICA LA MISMA CONSIDERACIÓN: es momento de hacer el presupuesto y recortar. EVALÚA LA ALTERNATIVA DE GENERAR INGRESOS ADICIONALES: Posiblemente trabajaste toda tu vida y tienes experiencia que puedes aprovechar! También puedes trabajar part time o empezar un negocio propio, no es tan difícil como crees. En nuestro Capítulo COMO EMPEZAR MI PROPIO NEGOCIO puedes encontrar los aspectos básicos necesarios para emprender. POR ÚLTIMO, INFÓRMATE DE TODOS LOS BENEFICIOS A LOS QUE PUEDES ACCEDER: existen descuentos y beneficios por pertenecer a la tercera edad.

5 EVALÚA TODAS LAS ALTERNATIVAS DE AHORRO DISPONIBLES Además de la AFP, existen muchas alternativas de ahorro e inversión disponibles. Además de estas alternativas, no olvides CONSIDERAR LA COMPRA DE UNA PROPIEDAD. En el capítulo ME ESTÁ YENDO BIEN puedes encontrar una descripción detallada de todos los instrumentos de ahorro e inversión. Te invitamos a revisarlo para que puedas elegir la alternativa correcta según tu disposición a tomar riesgos y al plazo para el cual pretendas ahorrar.

RECUERDA QUE GUARDAR LA PLATA BAJO EL COLCHÓN NO ES ALTERNATIVA! CON LA INFLACIÓN, LOS PRECIOS VAN SUBIENDO Y TU DINERO SIGUE VALIENDO LO MISMO, POR LO QUE CON EL TIEMPO PIERDE PODER DE COMPRA. SI NO QUIERES TOMAR NINGÚN RIESGO, TE RECOMENDAMOS AHORRAR EN UN INSTRUMENTO QUE AL MENOS REAJUSTE TU DINERO SEGÚN LA INFLACIÓN.

Prepararse para la jubilación está en tus manos! Con organización y planificación, podrás definir una estrategia que te permita disfrutar esta etapa de tu vida con autonomía y salud financiera.