PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HABRA DE REGIR PARA LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SUMINISTRO DE CONTENEDORES Y LA GESTIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO DE RECOGIDA SELECTIVA DE ACEITE VEGETAL USADO DE ORIGEN DOMÉSTICO EN LA PROVINCIA DE CUENCA Í N D I C E D E L D O C U M E N T O : 1 OBJETO DEL CONTRATO...2 2 SITUACIÓN ACTUAL Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN...3 3 DESCRIPCIÓN DE LAS CONDICIONES DEL SERVICIO...13 3.1 Adquisición e instalación de los contenedores... 13 3.2 Plazos de instalación... 17 3.3 Medios y personal... 17 3.4 Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores... 19 3.5 Recogida de aceite doméstico usado. Frecuencia y condiciones... 19 3.6 Gestión ambiental de los residuos... 22 3.7 Seguros de Responsabilidad Civil y Medioambiental... 24 3.8 Campañas de información y sensibilización al ciudadano... 25 4 PRECIO DEL CONTRATO...25 5 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO...26 6 RESPONSABILIDAD...26 JULIO 2010 Página 1 de 26
1 OBJETO DEL CONTRATO El presente Pliego tiene por objeto regir la contratación del suministro de contenedores y la gestión integral del servicio de recogida selectiva de aceite vegetal usado de origen doméstico en la provincia de Cuenca. Comprenderá además el diseño, ejecución y evaluación de campañas de comunicación, destinadas a proporcionar la máxima información del servicio a la provincia de Cuenca y las ventajas para el medio ambiente derivadas de su utilización. El ámbito territorial de la prestación del servicio es la totalidad de los municipios de la provincia de Cuenca, a excepción de Cuenca capital. El alcance del Servicio objeto de la presente contratación, incluye los siguientes conceptos: o o o o o o Suministro e instalación de 225 contenedores al Consorcio Provincial de Medio Ambiente, de los cuales 59 unidades serán de 1.000 litros y 166 unidades con al menos 240 litros de capacidad. Adquisición de los contenedores que sean necesarios para la prestación del Servicio como reserva de los mismos. Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores. Mantenimiento de los vehículos adecuados para realizar el servicio de recogida. Gestión integral del servicio de recogida, asumiendo en esta gestión todos los costes derivados de la misma. Realización campañas de información y sensibilización al ciudadano JULIO 2010 Página 2 de 26
2 SITUACIÓN ACTUAL Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN El campo de actuación del presente contrato son los municipios que integran el Consorcio Provincial de Medio Ambiente, a excepción de Cuenca capital cuya gestión la realiza el Excmo. Ayuntamiento de Cuenca. El estudio se centra en los productores particulares y tiene como objetivo implementar un sistema eficaz de recogida de aceite usado generado en los domicilios particulares. Los datos de partida para la realización del estudio son: Habitantes población municipios (según INE 2008): 160.674 habitantes. Capacidad estimada de generación de residuo: 4 litros/año/habitante Generación estimada de residuo anual : 642.696 litros / año Contaminación de agua (1 litro contamina 1.000 litros de agua): 642.696.000 litros /anuales. Gasto de agua en vertido al fregadero (5 litros agua por cada 1litro de aceite): 3.213.480 litros agua anuales. Coste estimado de depuración (1,45 /Litro de aceite): 931.909 euros/año 1 litro de aceite usado evita lanzar 1,32 Kg de CO2 a la atmósfera: 848.359 kg de CO2/año. JULIO 2010 Página 3 de 26
El criterio que se ha adoptado a la hora de decidir el modelo de contenedor es el siguiente: Población 500 habitantes... Capacidad 1.000 litros Población < 500 habitantes... Capacidad 240 litros En la siguiente tabla se muestran los municipios de la provincia de Cuenca, así como el número de contenedores adecuado para cada municipio en base a los criterios de población establecidos: Municipio Población 1.000 l 240 l Abia de la Obispalía 77-1 Acebrón (El) 268-1 Alarcón 181-1 Albaladejo del Cuende 360-1 Albalate de las Nogueras 300-1 Albendea 161-1 Alberca de Záncara (La) 1.930 1 - Alcalá de la Vega 158-1 Alcantud 96-1 Alcázar del Rey 217-1 Alcohujate 34-1 Alconchel de la Estrella 147-1 Algarra 27-1 Aliaguilla 797 1 - Almarcha (La) 586 1 - Almendros 272-1 Almodóvar del Pinar 460-1 Almonacid del Marquesado 505 1 - Altarejos 277-1 Arandilla del Arroyo 27-1 Arcas del Villar 1.165 1 - JULIO 2010 Página 4 de 26
Municipio Población 1.000 l 240 l Arcos de la Sierra 103-1 Arguisuelas 144-1 Arrancacepas 41-1 Atalaya del Cañavate 109-1 Barajas de Melo 974 1 - Barchín del Hoyo 98-1 Bascuñana de San Pedro 28-1 Beamud 77-1 Belinchón 355-1 Belmonte 2.274 1 - Belmontejo 217-1 Beteta 370-1 Boniches 168-1 Buciegas 55-1 Buenache de Alarcón 650 1 - Buenache de la Sierra 120-1 Buendía 531 1 - Campillo de Altobuey 1.717 1 - Campillos-Paravientos 127-1 Campillos-Sierra 65-1 Campos del Paraíso 869 1 - Canalejas del Arroyo 354-1 Cañada del Hoyo 302-1 Cañada Juncosa 327-1 Cañamares 533 1 - Cañavate (El) 171-1 Cañaveras 383-1 Cañaveruelas 183-1 Cañete 922 1 - Cañizares 544 1 - Carboneras de Guadazaón 855 1 - JULIO 2010 Página 5 de 26
Municipio Población 1.000 l 240 l Cardenete 632 1 - Carrascosa 113-1 Carrascosa de Haro 135-1 Casas de Benítez 1.039 1 - Casas de Fernando Alonso 1.433 1 - Casas de Garcimolina 31-1 Casas de Guijarro 141-1 Casas de Haro 904 1 - Casas de los Pinos 523 1 - Casasimarro 3.206 2 - Castejón 222-1 Castillejo de Iniesta 192-1 Castillejo-Sierra 44-1 Castillo de Garcimuñoz 177-1 Castillo-Albaráñez 22-1 Cervera del Llano 278-1 Chillarón de Cuenca 439-1 Chumillas 73-1 Cierva (La) 43-1 Cueva del Hierro 40-1 Enguídanos 429-1 Fresneda de Altarejos 73-1 Fresneda de la Sierra 62-1 Frontera (La) 187-1 Fuente de Pedro Naharro 1.290 1 - Fuentelespino de Haro 298-1 Fuentelespino de Moya 153-1 Fuentenava de Jábaga 533 1 - Fuentes 507 1 - Fuertescusa 102-1 Gabaldón 190-1 JULIO 2010 Página 6 de 26
Municipio Población 1.000 l 240 l Garaballa 117-1 Gascueña 205-1 Graja de Campalbo 116-1 Graja de Iniesta 448-1 Henarejos 221-1 Herrumblar (El) 752 1 - Hinojosa (La) 276-1 Hinojosos (Los) 1.044 1 - Hito (El) 184-1 Honrubia 1.768 1 - Hontanaya 374-1 Hontecillas 86-1 Horcajo de Santiago 4.215 2 - Huélamo 127-1 Huelves 93-1 Huérguina 74-1 Huerta de la Obispalía 135-1 Huerta del Marquesado 216-1 Huete 2.054 1 Iniesta 4.694 2 - Laguna del Marquesado 58-1 Lagunaseca 103-1 Landete 1.366 1 - Ledaña 1.914 1 - Leganiel 241-1 Majadas (Las) 337-1 Mariana 288-1 Masegosa 116-1 Mesas (Las) 2.526 1 Minglanilla 2.581 1 - Mira 935 1 - JULIO 2010 Página 7 de 26
Municipio Población 1.000 l 240 l Monreal del Llano 84-1 Montalbanejo 149-1 Montalbo 776 1 - Monteagudo de las Salinas 147-1 Mota de Altarejos 47-1 Mota del Cuervo 6.262 2 - Motilla del Palancar 5.983 2 - Moya 209-1 Narboneta 64-1 Olivares de Júcar 434-1 Olmeda de la Cuesta 34-1 Olmeda del Rey 192-1 Olmedilla de Alarcón 153-1 Olmedilla de Eliz 23-1 Osa de la Vega 641 1 - Pajarón 109-1 Pajaroncillo 81-1 Palomares del Campo 795 1 - Palomera 190-1 Paracuellos 142-1 Paredes 100-1 Parra de las Vegas (La) 40-1 Pedernoso (El) 1.262 1 - Pedroñeras (Las) 7.109 3 - Peral (El) 781 1 - Peraleja (La) 134-1 Pesquera (La) 254-1 Picazo (El) 816 1 - Pinarejo 345-1 Pineda de Gigüela 98-1 Piqueras del Castillo 72-1 JULIO 2010 Página 8 de 26
Municipio Población 1.000 l 240 l Portalrubio de Guadamejud 49-1 Portilla 84-1 Poyatos 107-1 Pozoamargo 375-1 Pozorrubielos de la Mancha 316-1 Pozorrubio 405-1 Pozuelo (El) 100-1 Priego 1.171 1 - Provencio (El) 2.743 1 Puebla de Almenara 494-1 Puebla de Don Francisco 321-1 Puebla del Salvador 261-1 Quintanar del Rey 7.845 3 - Rada de Haro 63-1 Reíllo 126-1 Rozalén del Monte 78-1 Saceda-Trasierra 95-1 Saelices 669 1 - Salinas del Manzano 108-1 Salmeroncillos 170-1 Salvacañete 292-1 San Clemente 7.058 3 - San Lorenzo de la Parrilla 1.306 1 - San Martín de Boniches 82-1 San Pedro Palmiches 100-1 Santa Cruz de Moya 316-1 Santa María de los Llanos 777 1 - Santa María del Campo Rus 735 1 - Santa María del Val 96-1 Sisante 1.920 1 - Solera de Gabaldón 35-1 JULIO 2010 Página 9 de 26
Municipio Población 1.000 l 240 l Sotorribas 871 1 - Talayuelas 1.071 1 - Tarancón 14.962 4 - Tébar 364-1 Tejadillos 146-1 Tinajas 360-1 Torralba 167-1 Torrejoncillo del Rey 607 1 - Torrubia del Campo 338-1 Torrubia del Castillo 41-1 Tragacete 366-1 Tresjuncos 425-1 Tribaldos 113-1 Uclés 259-1 Uña 117-1 Valdecolmenas (Los) 108-1 Valdemeca 124-1 Valdemorillo de la Sierra 85-1 Valdemoro-Sierra 148-1 Valdeolivas 259-1 Valdetórtola 175-1 Valeras (Las) 1.653 1 - Valhermoso de la Fuente 63-1 Valsalobre 70-1 Valverde de Júcar 1.194 1 - Valverdejo 121-1 Vara de Rey 628 1 - Vega del Codorno 186-1 Vellisca 158-1 Villaconejos de Trabaque 441-1 Villaescusa de Haro 521 1 - JULIO 2010 Página 10 de 26
Municipio Población 1.000 l 240 l Villagarcía del Llano 880 1 - Villalba de la Sierra 572 1 - Villalba del Rey 619 1 - Villalgordo del Marquesado 104-1 Villalpardo 1.162 1 - Villamayor de Santiago 3.005 2 - Villanueva de Guadamejud 114-1 Villanueva de la Jara 2.029 1 - Villar de Cañas 461-1 Villar de Domingo García 236-1 Villar de la Encina 186-1 Villar de Olalla 1.137 1 - Villar del Humo 324-1 Villar del Infantado 47-1 Villar y Velasco 117-1 Villarejo de Fuentes 681 1 - Villarejo de la Peñuela 24-1 Villarejo-Periesteban 460-1 Villares del Saz 646 1 - Villarrubio 223-1 Villarta 923 1 - Villas de la Ventosa 327-1 Villaverde y Pasaconsol 383-1 Víllora 219-1 Vindel 20-1 Yémeda 28-1 Zafra de Záncara 155-1 Zafrilla 100-1 Zarza de Tajo 405-1 Zarzuela 237-1 TOTAL 160.674 86 166 JULIO 2010 Página 11 de 26
Del estudio realizado se desprende que, para dar servicio a la totalidad de los municipios de la provincia de Cuenca, resultan necesarios un total de 86 contenedores de 1.000 litros y de 166 contenedores de 240 litros de capacidad. No obstante hay que considerar que actualmente la provincia de Cuenca cuenta con 27 contenedores de 1.000 litros de capacidad, que serán incorporados al contrato, instalados en los siguientes municipios: Municipio Nº Contenedores instalados ALBALATE DE LAS NOGUERAS 1 CUENCA (C.C. ALCAMPO) 1 ALIAGUILLA 1 ARCAS 1 CAÑAMARES 1 CAÑETE 1 CARDENETE 1 CHILLARÓN 1 LA ALMARCHA 1 LANDETE 1 LAS MAJADAS 1 LAS VALERAS 1 MARIANA 1 MIRA 1 OLIVARES DE JÚCAR 1 PRIEGO 1 SAN LORENZO DE LA PARRILLA 1 SOTORRIBAS 1 TALAYUELAS 1 TORRALBA 1 UÑA 1 JULIO 2010 Página 12 de 26
Municipio Nº Contenedores instalados VALVERDE DE JÚCAR 1 VILLACONEJOS DE TRABAQUE 1 VILLALBA DE LA SIERRA 1 VILLAR DE DOMINGO GARCÍA 1 VILLAR DE OLALLA 1 VILLARES DEL SAZ 1 TOTAL 27 uds Por tanto, las necesidades de suministro resultan ser las siguientes: Contenedores 1000 litros = 86 27 = 59 uds Contenedores 240 litros = 166 uds Con esta previsión de contenedores se dará servicio al 100% de los municipios de la provincia de Cuenca, cumpliendo los objetivos descritos en el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha 2009-2019. 3 DESCRIPCIÓN DE LAS CONDICIONES DEL SERVICIO 3.1 Adquisición e instalación de los contenedores En el servicio de recogida se tendrá en cuenta la distribución actual de contenedores y las previsiones de suministro, debiendo cumplirse los siguientes requisitos: El Adjudicatario deberá comprometerse a instalar como mínimo 59 contenedores de 1000 litros y 166 unidades con una capacidad de 240 litros, con las siguientes características: Los contenedores para los municipios con una población inferior a los 500 habitantes tendrán una capacidad mínima real de 240 litros, aunque podrán emplearse contenedores de menor capacidad si ello está suficientemente justificado. JULIO 2010 Página 13 de 26
En cambio, para los municipios con una población mayor o igual a 500 habitantes se dispondrán contenedores con una capacidad mínima de 1000 litros. Los contenedores estarán fabricadas en cualquier material (acero galvanizado, PEAD o cualquier tipo de polímero) que garantice su total estanqueidad. Los contenedores dispondrán de identificación clara del tipo de residuos a introducir, tanto literal como gráfica, no pudiendo hacer mención comercial o publicitaria, con excepción de la empresa que resulte adjudicataria. En los contenedores figurará el logotipo de la Diputación de Cuenca, del Consorcio de Medio Ambiente y el de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Deberán disponer de un cubeto inferior para la recogida de las posibles fugas o derrames del residuo en caso de rotura o llenado y desbordamiento de los laterales. Además, los contenedores de 1000 litros deberán contar con doble pared. La boca de vertido estará adaptada a todo tipo de botellas y garrafas con tapa de caucho para evitar la salida de olores y accidentes de atrapamiento durante las operaciones de vertido. Dispondrán de cierre de seguridad para evitar la manipulación del interior por personal no autorizado. Además, en cada contenedor se dispondrá una placa identificativa con las principales características, normas e instrucciones de uso, etc. Serán de un diseño tal que impidan su fácil traslado o movilidad, así como la introducción de otros residuos no permitidos de cierto volumen o su manipulación desde el exterior. JULIO 2010 Página 14 de 26
El método de recogida de los contenedores será el más simple posible para evitar conflictos en la vía pública durante esta operación. La colocación, manipulación o retirada de estos contenedores no producirá daños, ni suciedad en el pavimento, mobiliario urbano o en otros elementos públicos o privados. En cualquier caso, si esto ocurriera su reparación o limpieza correrá a cargo del adjudicatario. Para cumplir lo anteriormente indicado, los contenedores serán de la tipología y diseño adecuados, de modo que el material en que estén diseñados sea suficientemente resistente al fuego. Además, deberán cumplir la normativa de seguridad en vigor sobre el transporte, almacenamiento y manipulación de aceites en condiciones de resistencia, limpieza y seguridad. Para efectuar la colocación de los contenedores el Adjudicatario deberá aportar los medios económicos, materiales y humanos necesarios para instalarlos en los emplazamientos designados por el Consorcio Provincial de Medio Ambiente, y en caso necesario, para su posterior traslado, retirada, reparación y mantenimiento sin coste alguno para el Consorcio Provincial de Medio Ambiente. Si por alguna causa, estos contenedores no pudiesen permanecer en los lugares que se hayan establecido inicialmente, el Consorcio Provincial de Medio Ambiente determinará otras posibles ubicaciones de similares características, siendo obligación del Adjudicatario la realización de los traslados correspondientes sin coste alguno para el Consorcio Provincial de Medio Ambiente. Los contenedores deberán ubicarse de forma que no causen molestias o dificultades al tránsito peatonal o rodado, evitándose la reducción o pérdida de visibilidad en éste último caso. Asimismo, se cumplirán las JULIO 2010 Página 15 de 26
disposiciones vigentes en materia de accesibilidad de personas con movilidad reducida. Los contenedores de aceite domestico usado se instalaran en los lugares establecidos por cada uno de los Ayuntamientos, situándose de forma separada y con formato diferenciado del resto de los contenedores municipales, tanto de los de recogida selectiva, como de los de fracción resto. Igualmente, se dispondrán separados de elementos susceptibles de ignicionar o de transmitir el fuego. Los contenedores deberán ser trasladados temporalmente cuando por parte de alguno de los Ayuntamientos se indique por motivos de fiestas u otros eventos. La empresa adjudicataria llevará a cabo la adquisición de los contenedores necesarios para la reposición de contenedores deteriorados y para la atención a las nuevas necesidades. Por parte de cada Ayuntamiento se comunicará al Consorcio la concreta ubicación del contenedor, que deberá respetar en todo caso que no se pongan en peligro la salud humana, la seguridad e higiene públicas y la protección del medio ambiente. No obstante, la empresa adjudicataria propondrá los ajustes de contenerización necesarios para obtener la optimización de las rutas. La empresa adjudicataria deberá llevar a cabo, según las indicaciones del Consorcio de Medio Ambiente los movimientos o traslados, temporales o permanentes, de los contenedores. Esta prescripción deberá ser cumplida por el contratista en la forma y plazo que se le indique desde el Consorcio de Medio Ambiente, cualesquiera que sea el motivo que origine el traslado de los contenedores. JULIO 2010 Página 16 de 26
La propiedad de los contenedores una vez adquiridos será del Consorcio de Medio Ambiente siendo, no obstante el contratista el que asuma la responsabilidad en el caso de producirse cualquier incidencia asociada a los contenedores durante las operaciones desarrolladas. En el caso de que la duración del contrato no coincida con la vida útil de los contenedores y, por ello, no sea posible una amortización completa a lo largo del mismo, se deberá considerar la compensación por el valor residual de los mismos e incorporarlo en el contrato que sustituya al existente. 3.2 Plazos de instalación Los contenedores deberán ser instalados por el adjudicatario en un plazo máximo de 60 días naturales desde la formalización del contrato, una vez sean definidos los emplazamientos por parte del Consorcio Provincial de Medio Ambiente y los Ayuntamientos. 3.3 Medios y personal El Adjudicatario contará con los medios y personal necesario para la ejecución del contrato. Por ello, los licitadores junto a su oferta, presentarán un proyecto de actuación donde se detallará una descripción de los medios materiales puestos a disposición del contrato y el organigrama del personal necesarios para la ejecución de los trabajos. Asimismo, dentro del proyecto de actuación se describirán la tipología de los contenedores, las condiciones de seguridad, las frecuencias de recogida, el servicio de mantenimiento y limpieza de los contenedores y procedimiento de gestión medioambiental de residuos en cuanto al almacenamiento, así como, su posterior valorización o regeneración por gestor autorizado para ello. JULIO 2010 Página 17 de 26
El Adjudicatario cumplirá las disposiciones laborales, sociales y de seguridad y salud en el trabajo vigentes en cada momento. El personal contratado por el Adjudicatario del contrato no adquirirá ningún vínculo laboral con respecto al Consorcio Provincial de Medio Ambiente. JULIO 2010 Página 18 de 26
3.4 Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores El adjudicatario deberá mantener en perfecto estado de conservación y limpieza los contenedores de aceite domestico usado y su entorno, para lo cual efectuará el mantenimiento y las reparaciones que fuesen precisas, siendo de su responsabilidad la recogida del aceite que haya sido depositado fuera de ellos y la limpieza de las posibles manchas o derrames en el pavimento. Los contenedores de aceite domestico usado deberán reponerse por cuenta del adjudicatario, cuando sean sustraídos, sufran desperfectos, queden fuera de uso por cualquier razón o el Consorcio Provincial de Medio Ambiente inste a su reparación o reposición motivadamente. El plazo máximo de reposición y/o reparación de dichos contenedores será de DOS DIAS desde que se tenga constancia de cualquier daño o defecto que los inutilice. Para reducir las reparaciones y maximizar la vida útil de los contenedores el adjudicatario deberá instar a sus conductores y operarios para que efectúen un trato correcto a las unidades de contenerización que manejen a diario. 3.5 Recogida de aceite doméstico usado. Frecuencia y condiciones Los licitadores adjuntarán a la oferta los planos detallados de los itinerarios a realizar. Las rutas diseñadas estarán sujetas a variaciones o actualizaciones en función de las necesidades del servicio y deberán adaptarse a todo tipo de incidencias, imprevistos o variaciones que afecten a la naturaleza o lugar de la prestación del servicio (acontecimientos sociales, obras en las vías públicas, modificaciones en las infraestructuras viarias ). JULIO 2010 Página 19 de 26
La frecuencia de recogida establecida como criterio para la definición inicial del servicio se determinará en función de la dotación de contenedores y la aportación esperada, no pudiendo ser inferior, en todo caso, a los siguientes valores mínimos: Poblaciones 500 habitantes: trimestral Poblaciones < 500 habitantes: semestral La empresa adjudicataria deberá revisar la frecuencia inicial definida en base a la información sobre el grado de llenado de los contenedores y por tanto podrá proponer el Consorcio de Medio Ambiente modificaciones al alza o a la baja, para evitar desbordamientos y optimizar la eficiencia de las rutas. A modo de referencia para el ajuste de las rutas, se considera un llenado promedio de los contenedores en el momento de la descarga del 80% de la capacidad. Si no se hubieran cumplido los plazos anteriormente referenciados y los contenedores presentaran un llenado del 80% de su capacidad, el adjudicatario deberá proceder a su recogida. El plazo para la recogida de un contenedor lleno será de 48 horas. Deberá existir una persona encargada en cada Ayuntamiento que se responsabilice de que la recogida se hace correctamente y de avisar a la empresa en caso de producirse desbordamiento o cualquier otra incidencia. Para ello, el adjudicatario dispondrá de un teléfono de contacto disponible en horario de 9:00-14:00 horas para solucionar las posibles incidencias que pudieran surgir en el servicio de recogida y mantenimiento de contenedores. Los tiempos de respuesta media serán de 24 horas y los máximos de 48 horas desde la recepción de la comunicación. Este plazo se reducirá a una hora en caso de surgir una situación de derrame o similar que JULIO 2010 Página 20 de 26
pueda resultar conflictiva o peligrosa. El coste de la instalación, mantenimiento y personal asignado a este servicio telefónico será por cuenta del Adjudicatario. Se podrán imponer sanciones (euros/contenedor/día) por cada día de retraso en la recogida de los contenedores. De cualquier forma, la recogida se efectuará de forma inmediata cuando se dé esta instrucción por parte del Consorcio Provincial de Medio Ambiente, a través del teléfono referido en los apartados anteriores, el cual estará debidamente expuesto en la placa identificativa del contenedor. Tanto este proceso como el de transporte y almacenamiento de aceite se efectuará cumpliéndose las normativas medioambientales y de seguridad vigentes en cada momento. Excepcionalmente, y en particular en fechas señaladas, la periodicidad de recogida podrá ser aumentada en aquellos contenedores que por su ubicación así lo requieran, en razón al incremento de su ritmo de llenado habitual; en estos casos se analizará la conveniencia de aumentar el número de contenedores en puntos concretos. La recogida se llevará a cabo preferentemente durante el día y en los horarios que mejor se adapten a las condiciones urbanísticas y viarias de las zonas a recoger, de forma que no se produzcan molestias o ruidos al vecindario. La empresa que resulte adjudicataria del contrato deberá recoger, en el momento del vaciado de los contenedores, aquellos residuos de estas características depositados en la contigüidad de los contenedores. El adjudicatario del contrato deberá completar partes de rutas en los que figure la fecha de recogida, los datos de los contenedores, incidencias en el servicio, matrícula del camión que efectúa la recogida y el nombre del JULIO 2010 Página 21 de 26
conductor del mismo. Dichos partes estarán a disposición del Consorcio de Medio Ambiente y podrán incluir datos tales como porcentajes de llenado de los contenedores, calidad aparente del material, condiciones del entorno, etc., que sirvan para realizar un seguimiento y mejora en la prestación del servicio. La empresa adjudicataria aceptará las modificaciones, ajustes del servicio y controles que sean necesarios, etc. Además deberá colaborar en la identificación de problemas en la calidad del material recogido en relación a la presencia de material no solicitado, proponiendo mejoras y colaborando en la implantación de las mismas. Para ello indicará en los partes diarios de incidencias el uso indebido de los contenedores o a la presencia de material extraño. 3.6 Gestión ambiental de los residuos La instalación de contenedores, la recogida, transporte y almacenamiento de residuos establecida en este pliego deberá ser en todo momento respetuosa con el medio ambiente y cumplir lo establecido en la normativa de esta materia. Específicamente, todos los residuos una vez depositados en los contenedores serán propiedad del Adjudicatario que será responsable de su depósito en condiciones de seguridad, así como, de la adecuada gestión ambiental en cuanto, a su recogida, transporte, almacenamiento. Igualmente, será responsable de su recuperación, valorización o regeneración por gestor autorizado que evite su eliminación directa. Se valorizará todo el residuo recogido: tanto el aceite usado como los envases que lo contienen. El destino preferente será la fabricación de biodiesel. En un segundo orden de prioridades el aceite recogido se dedicará a valorización energética. En cuanto a los envases, éstos deberán reciclarse JULIO 2010 Página 22 de 26
de forma adecuada, ya sea por la propia empresa que presta el servicio de recogida o bien mediante la entrega por parte de esa empresa a gestor autorizado. Para ello, el adjudicatario deberá aportar justificación documental del destino de dichos residuos, identificando el gestor autorizado encargado del tratamiento, a efectos de su trazabilidad. El almacenamiento se realizará en los lugares autorizados que tenga establecidos la empresa que preste el servicio de recogida, debiendo tenerse en cuenta el criterio de proximidad. Los licitadores deberán comprometerse a efectuar las operaciones de recogida, transporte y almacenamiento del aceite doméstico usado estando para ello en posesión de la autorización como gestor de residuos no peligrosos. Igualmente se comprometerán a que el tratamiento de los residuos en cuestión va a ser realizado por gestores de residuos debidamente autorizados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Sobre la base de lo anteriormente indicado, los licitadores deberán encontrarse en posesión de la correspondiente autorización como gestor de residuos, a la presentación de las ofertas, siendo esta documentación requisito mínimo de solvencia del contratista. El adjudicatario facilitará mensualmente al Consorcio Provincial de Medio Ambiente, una relación de las pesadas de los residuos recogidos en cada punto de depósito, así como, otros datos que resulten de interés sobre la prestación de este servicio (frecuencias, daños, etc) o aquellos que puedan ser solicitados. Así, el adjudicatario presentará anualmente al Consorcio Provincial de Medio Ambiente, antes del 31 de enero de cada año, un informe donde figure la siguiente información: JULIO 2010 Página 23 de 26
Puntos de recogida: número de contenedores y ubicación. Horarios, en su caso. Cantidad total, en peso, de residuos aceites recogidos, por entidad. Destino final de los aceites recogidos y de los envases que los contienen. Acciones, iniciativas o acuerdos llevados a cabo para la disminuir la generación de aceites vegetales usados, así como para la implantación de la recogida selectiva de estos residuos. Acciones puestas en marcha o proyectadas para evitar la generación de residuos. Cada vez que se inicie el servicio de recogida en un nuevo punto deberá comunicarlo en un plazo máximo de 7 días. El contratista deberá llevar un control interno mediante un registro adecuado sobre la trazabilidad de los residuos que contendrá como mínimo: Origen y destino intermedio o final, cantidad, frecuencia de recogida, recorrido, etc. Los datos de este registro deberán conservarse a disposición del Consorcio Provincial de Medio Ambiente. 3.7 Seguros de Responsabilidad Civil y Medioambiental Correrán a cargo del adjudicatario todos los daños producidos en el desarrollo de los trabajos cualquiera que sea su naturaleza y volumen. Con independencia de las precauciones y limitaciones de ejecución contractuales, en garantía de riesgos, el adjudicatario contratará para todo el periodo que duren los trabajos un contrato de seguro de responsabilidad civil y medio ambiental que garantice las responsabilidades que se puedan derivar por daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de la JULIO 2010 Página 24 de 26
ejecución de os trabajos, tanto los imputables al Contratista como a subcontratistas, y en general, a toda persona que participe en los trabajos. 3.8 Campañas de información y sensibilización al ciudadano El adjudicatario promoverá la información y concienciación de los ciudadanos, así como de los responsables municipales (Ayuntamientos), con objeto de fomentar la recogida selectiva del aceite usado doméstico. Para ello realizará al menos una campaña de publicidad con la edición de material como cartelería, dípticos, etc. 4 PRECIO DEL CONTRATO Teniendo en cuenta que el aceite domestico es un residuo económicamente rentable, el Adjudicatario recibirá como beneficio por el servicio prestado el residuo en sí para su gestión. Por tanto, el servicio será totalmente gratuito en lo que respecta a la recogida. Por lo tanto, el coste económico para el Consorcio Provincial de Medio Ambiente será el derivado de la adquisición de los contenedores y campañas de sensibilización e información a los ciudadanos, habiéndose realizado la siguiente valoración: Categoría Concepto Unidades Coste TOTAL Contenedor 1000 litros 59 1.000,00 59.000,00 Contenedores Contenedor 240 litros 166 500,00 83.000,00 Estudio de ubicación e instalación 1 9.661,02 9.661,02 Campañas Carteles 1.000 1,00 1.000,00 publicidad Dípticos 40.000 0,05 2.000,00 TOTAL 154.661,02 18% IVA 27.838,98 TOTAL INVERSIÓN 182.500,00 JULIO 2010 Página 25 de 26
Con los cálculos aquí expuestos podemos determinar que el importe máximo estimado del presente contrato es de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON DOS CÉNTIMOS, sin incluir el impuesto sobre el valor añadido. 5 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Los licitadores se comprometerán a la aceptación y al obligado cumplimiento de todas las cláusulas y condiciones establecidas en el presente Pliego, en caso de resultar adjudicatarios. 6 RESPONSABILIDAD El adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. También será responsable de los daños causados por la alteración, manipulación, contaminación, incendios y demás hechos que se puedan producir como consecuencia de los contenedores colocados por el adjudicatario. El adjudicatario será responsable de la entrega del residuos a gestor autorizado para su valorización o tratamiento, según lo establecido en el presente pliego. El adjudicatario será responsable de cualquier incumplimiento de la normativa En Cuenca, Julio de 2010 Fdo.: Alfonso Plaza Plaza Vicepresidente del Consorcio JULIO 2010 Página 26 de 26