dbtaric Noticias y principales cambios efectuados en el envío 305.1 Codificación Taric 2016 Codificación y nomenclatura Taric aplicable a partir del 01-02-2016. Los datos incluidos son aquellos disponibles a la fecha de cierre de la presente actualización (05-02- 2016). Las correlaciones entre los códigos Taric que causan baja y los que entran en vigor a partir del 01-02- 2016 se pueden consultar en el siguiente enlace: http://www.taric.es/productos-yservicios/utilidades/correlaciones-taric/2016-02-01/. Codificación y nomenclatura Taric aplicable a partir del 12-01-2016. Las correlaciones entre los códigos Taric que causan baja y los que entran en vigor a partir del 12-01- 2016 se pueden consultar en el siguiente enlace: http://www.taric.es/productos-yservicios/utilidades/correlaciones-taric/2016-01-12/. Se conceden los beneficios del SPG+ a Kirguizistán a partir del 27 de enero de 2016 Según lo establecido en el R/UE 2016/79 L-17 (26-01-2016), a partir del 27 de enero de 2016, se modifica el anexo III del R/UE 978/2012 concediéndose a Kirguizistán los beneficios SPG+. Exclusión de varios países del SPG a partir del 01-01-2016 Desde el 1 de enero de 2016 las mercancías originarias de Botswana, Namibia, Colombia, Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Panamá, Perú y Turkmenistán no podrán beneficiarse de las preferencias arancelarias establecidas en el sistema SPG, independientemente de que vengan acompañadas de un Form A, al quedar fuera de dicho régimen. Estos países quedan excluidos del sistema SPG debido a: Turkmenistán por tratarse de un país de renta media-alta en base a la definición del Banco Mundial, en base al R/UE 1015/2014 L-283 (27-09-2014). Colombia, Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Panamá y Perú por tratarse de países con acuerdos de acceso preferencial al mercado según el R/UE 1015/2014 L-283 (27-09-2014). Botswana y Namibia al considerarse países de renta media-alta en base a la definición del Banco Mundial, conforme al R/UE 1016/2014 L-283 (27-09-2014). Modificaciones en IGIC e Impuesto sobre las labores del tabaco Según la Ley 11/2015 de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, se incluyen las siguientes modificaciones: IGIC: se modifican los tipos aplicables a los productos intermedios para la obtención de medicamentos de uso humano, a cosméticos y productos de cuidado personal, a las flores, plantas vivas de carácter ornamental y productos vegetales susceptibles de utilizarse en su obtención, así como de las aguas de perfume. Impuesto sobre las labores del tabaco: se incrementan los tipos aplicables y precios de referencia para los cigarros y cigarrillos, la picadura de liar y las demás labores del tabaco. Modificación del R/CE 669/2009 y R/UE 884/2014 sobre controles sanitarios a la
importación de alimentos de origen no animal R/UE 2016/24 L-8 (13-01-2016), que modifica los anexos de los Reglamentos (CE) no 669/2009 y (UE) no 884/2014 por los que se establecen condiciones específicas para la importación de determinados piensos y alimentos de origen no animal. Modificación del R/UE 649/2012 relativo a la exportación e importación de productos químicos peligrosos aplicable a partir del 01-02-2016 R/UE 2015/2229 L-317 (03-12-2015), que modifica los anexos del Reglamento (UE) no 649/2012 y relativo a la exportación e importación de productos químicos peligrosos (CHMEX). Inclusión de las Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada en dbtaric y NetTaric Desde del 18 de diciembre 2015 las bases de datos arancelarias dbtaric y NetTaric incorporan los textos e imágenes de las Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada (NC) publicadas en la Comunicación de la Comisión Europea 2015/C 076/01 (C-76 04-03-2015) y sus posteriores modificaciones. Las Notas Explicativas de la NC son una herramienta fundamental para determinar qué productos se clasifican bajo un determino código de la NC. Las Notas contienen descripciones e imágenes de productos incluidos o excluidos de determinadas subpartidas. A partir de esta fecha Taric actualizará las bases de datos arancelarias incluyendo las modificaciones de las Notas Explicativas de la NC que la Comisión Europea realice. Las Notas Explicativas de la NC se incorporan a las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (Diario Oficial de Méjico 02-07-2007) y que, junto con el acceso directo desde las partidas del arancel a la base de datos de Informaciones Arancelarias Vinculantes (IAVs) de la Comisión Europea son instrumentos esenciales para la correcta identificación y clasificación arancelaria de las mercancías. Nuevas funcionalidades incluidas en la versión 8.6 dbtaric: cuadro de origen preferencial Dentro de la sección "Notas" del Menú principal se ha incluido un nuevo epígrafe llamado "Origen Preferencial" que contiene un resumen de las disposiciones aplicables al origen preferencial de las mercancías. El contenido de la nueva sección es el siguiente: Información sobre origen contenida en el Código Aduanero y su Reglamento de aplicación. (SPG, Kosovo, Moldavia y Ucrania). Información sobre los Acuerdos de origen estructurada de la siguiente manera: País/Grupo de países Referencia legal del Acuerdo Tipo: Bilateral/Unilateral Documento de origen Esta mejora se añade a las mejoras de funcionalidad incorporadas en la versión 8.1 de la base de datos: Acceso a Informaciones Arancelarias Vinculantes (IAVS) referidas a un determinado código arancelario.- Situados en la ventana de textos, pulsando el botón derecho del ratón sobre el código arancelario a consultar, aparece un menú en el que se presenta la nueva opción "IAVs". Seleccionándola, la aplicación accederá a la base de IAVs de la Comisión Europea. Enlaces útiles en Internet.- Dentro de la sección "Notas" del Menú principal se ha incluido un
nuevo epígrafe llamado "Enlaces" que permite el acceso a recursos útiles en Internet (contingentes, suspensiones, clasificación de productos químicos, aranceles aplicables en otros países,...). Aviso sobre las importaciones de Israel El Aviso a los importadores sobre las importaciones de Israel a la UE (C-232 03/08/2012) recuerda a los agentes que los productos fabricados en los asentamientos israelíes situados en territorios palestinos no pueden beneficiarse del Acuerdo preferencial UE-Israel. Para poder comprobar el lugar de producción existe la obligación de que todos los EUR-1 y las declaraciones en factura expedidas o cumplimentadas en Israel incluyan el código postal y el nombre de la ciudad, pueblo o zona industrial de producción en la que se ha llevado a cabo la fabricación que confiere al producto su carácter originario. Esta obligación se hace, también, extensiva a todos los EUR-MED y declaraciones en factura EUR-MED. El sitio web de la Comisión donde se puede consultar la lista actualizada de los lugares de Israel (con sus códigos postales) que no pueden acogerse a trato preferencial es: http://ec.europa.eu/taxation_customs/resources/documents/customs/customs_duties/rules_origin/preferential/israel_ta/technicalarrangement_postal-codes.pdf. Prohibición de importación de mercancías originarias de Crimea y Sebastopol De acuerdo con el R/UE 692/2014 L-183 (24-06-2014) queda prohibido importar en la UE mercancías originarias de Crimea o Sebastopol. Esta prohibición no se aplicará a: a) la ejecución, hasta el 26-09-2014, de los contratos comerciales celebrados antes del 25-06-2014 o los contratos complementarios necesarios para la ejecución de los mismos, a condición de que las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que deseen aplicar dicho contrato hayan notificado con al menos diez días laborables de antelación, la correspondiente actividad o transacción a las autoridades competentes del Estado miembro en el que estén radicados; b) las mercancías originarias de Crimea y Sebastopol que hayan sido puestas a disposición de las autoridades ucranianas para su examen, para las que el cumplimiento de las condiciones para que les hubiera sido conferido el origen preferencial haya sido verificado de conformidad con los R/UE 978/2012 L-303 (31-10-2012) y R/UE 374/2014 L-118 (22-04-2014) o de conformidad con el Acuerdo de Asociación UE-Ucrania. Condiciones especiales para importar piensos y alimentos originarios o procedentes de Japón El R/UE 2006/6 L-3 (06-01-2016), impone condiciones especiales a la importación de piensos y alimentos originarios o procedentes de Japón a raíz del accidente en la central nuclear de Fukushima. Este reglamento establece, entre otras condiciones, que los piensos y alimentos que hayan salido de Japón a partir del 28 de marzo de 2011, deben ir acompañados de una declaración conforme a lo dispuesto en dicha norma y para su despacho a libre práctica, la presentación, ante las autoridades aduaneras, de un Documento Común de Entrada (DCE) o un Documento Veterinario Común de Entrada (DVCE). LegisTaric. Acceso automático al contenido completo de las normas citadas en dbtaric Las referencias normativas en el arancel dbtaric están vinculadas a la base de datos online LegisTaric, lo que permite el acceso directo al contenido completo y actualizado de dichas normas. Para utilizar esta funcionalidad, es necesario estar dado de alta en LegisTaric. Para ello pueden contactar con el Dpto. Comercial de Taric para contratar el acceso, que les permitirá consultar las normas, jurisprudencia asociada, artículos comentados y consultas de la DGT incluidas en esta nueva herramienta de trabajo. LegisTaric (www.legistaric.es), fruto de la colaboración entre Taric y Grupo Wolters-Kluwer, es la
primera base de datos on-line capaz de organizar, actualizar y gestionar eficazmente la gran cantidad de documentación legislativa que incide en el Sector Aduanero y el Comercio Exterior. Por sus contenidos específicos y su desarrollo tecnológico, esta herramienta ha sido concebida como la evolución de la conocida obra de normativa: 'Código Aduanero y Legislación'. Valores Unitarios El 19-05-2006 los valores unitarios fijados para ciertas mercancías perecederas dejaron de ser publicados por Reglamento. Actualmente la información con la cuantía fijada en concepto de Valor Unitario está disponible en dbtaric. Según el R/CE 215/06 L-38 (09-02-2006) la validez de las cuantías para los valores unitarios es de 14 días, dicha información siempre se encuentra incluida en la Nota de Información Adicional. Este envío contiene los valores unitarios correspondientes al período del 29-01-2016 al 11-02-2016. Para consultar esta información en dbtaric se debe pulsar las teclas "Ctrl A" o bien hacer click con el ratón sobre el icono de Información Adicional. Para más información contactar con el Dpto. Normativa Aduanera y Comercio Internacional de Taric, S.A. Actualización de dbtaric "on-line" Les recordamos que ya está disponible la opción para la actualización de los datos arancelarios a través de Internet de forma automática. En cualquier momento, desde la propia aplicación y de forma transparente, se puede actualizar dbtaric con los datos disponibles en nuestros servidores web. Este sistema "on-line" permite que el número y la frecuencia de las actualizaciones aumente de forma sustancial, ya que siempre estará disponible la última versión de los datos arancelarios. Para ejecutar esta opción en dbtaric se debe acceder al menú principal, seleccionando "Archivo / Actualizar / Web". Asimismo, nuestras aplicaciones de gestión aduanera TDua, itrans y TDepo tambien incorporan esta opción de actualización "on-line" de los datos arancelarios, para ello bastará con acceder desde su menu principal a la opción "Aplicación / Datos / Actualización". Para garantizar la eficacia de este sistema enviaremos un AVISO por correo electrónico, alertando de la existencia de una nueva actualización disponible, así como otras informaciones relevantes. Les rogamos nos faciliten sus direcciones de e-mail para recibir los mencionados avisos en el correo comercial@taric.es. Derechos antidumping publicados hasta el 05-02-2016 Derechos provisionales R/UE 2016/113 L-23 (29-01-2016), por el que se establece un derecho antidumping provisional a las importaciones de barras de acero de refuerzo del hormigón muy resistentes a la fatiga originarias de la República Popular China. Derechos definitivos R/UE 2016/32 L-10 (15-01-2016), que amplía el derecho antidumping definitivo establecido mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/82 sobre las importaciones de ácido cítrico originario de la República Popular China a las importaciones de ácido cítrico procedente de Malasia, haya sido o no declarado originario de Malasia. Modificación de medidas R/UE 2016/90 L-19 (27-01-2016), que modifica el Reglamento (UE) no 102/2012 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de cables de acero originarios, entre otros países, de Ucrania, tras una reconsideración provisional parcial en virtud del artículo 11, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1225/2009 del Consejo. Compromisos
Compromisos R/UE 2016/115, L-23 (29-01-2016), por el que se denuncia la aceptación del compromiso de un productor exportador con arreglo a la Decisión de Ejecución 2013/707/UE, que confirma la aceptación de un compromiso propuesto en relación con los procedimientos antidumping y antisubvenciones relativos a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células) originarios o procedentes de la República Popular China durante el período de aplicación de las medidas definitivas. Anuncio relativo al derecho antidumping definitivo establecido sobre las importaciones de ácido cítrico originario de la República Popular China. Cambio de dirección de una empresa. 2016/C44/05 (05-02-2016). Reconsideración de medidas Anuncio de inicio de una reconsideración por expiración de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de madera contrachapada de ocume originaria de la República Popular China. (2016/C 34/06 de 29-01-2016) R/UE 2016/12 L-4 (07-01-2016), por el que se da por concluida la reconsideración provisional parcial de las medidas antidumping y compensatorias aplicables a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células) originarios o procedentes de la República Popular China. Próxima expiración Anuncio de expiración inminente de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de transpaletas manuales y sus partes esenciales originarias de China y Tailandia (2016/C 34/07 de 29-01-2016). Estas medidas antidumping expirarán el 14-10-2016, si no se inicia una reconsideración por expiración.