1. Base Legal: 1.1. Constitución de la República del Ecuador. La Constitución de la República en su Art. 47 prescribe que.- El Estado garantizará políticas de prevención de las capacidades especiales y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con capacidades diferentes y su integración social. Se reconoce a las personas con capacidades diferentes, los derechos a: numeral 7 Una educación que desarrolle sus potencialidades y habilidades para su integración y participación en igualdad de condiciones. Se garantizará su educación dentro de la educación regular. Los planteles regulares incorporarán trato diferenciado y los de atención especial la educación especializada. Los establecimientos educativos cumplirán normas de accesibilidad para personas con capacidades diferentes e implementarán un sistema de becas que responda a las condiciones económicas de este grupo. 1.2. Ley Orgánica de Educación Superior Título I Capítulo 2, Fines de la Educación Superior que en su texto dice: Art. 5.- Derechos de las y los estudiantes.- Son derechos de las y los estudiantes los siguientes: i) Obtener de acuerdo con sus méritos académicos becas, créditos y otras formas de apoyo económico que le garantice igualdad de oportunidades en el proceso de formación de educación superior. Título IV, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. Art. 77.- Becas y ayudas económicas.- Las instituciones de educación superior establecerán programas de becas completas o su equivalente en ayudas económicas que apoyen en su escolaridad a por lo menos el 10% del número de estudiantes regulares. Serán beneficiarios quienes no cuenten con recursos económicos suficientes, los estudiantes regulares con alto promedio y distinción académica, los deportistas de alto rendimiento que representen al país en eventos internacionales, a condición de que
acrediten niveles de rendimiento académico regulados por cada institución y los discapacitados. Art. 78.- Definición de becas, créditos educativos y ayudas económicas.- El reglamento que emita la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, definirá lo que debe entenderse por becas, crédito educativo, ayudas económicas y otros mecanismos de integración y equidad social. En ningún caso se podrá devengar la beca o ayuda económica con trabajo. Art. 79.- Becas.- El Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas o la institución correspondiente, podrá otorgar crédito educativo no reembolsable y becas a favor de los estudiantes, docentes e investigadores del sistema de educación superior, con cargo al financiamiento del crédito educativo. Art. 90.- Cobros de aranceles diferenciados en las instituciones de educación superior particulares.- Para el cobro a los y las estudiantes de los aranceles por costos de carrera, las instituciones de educación superior particulares tratarán de establecer un sistema diferenciado de aranceles, que observará de manera principal, la realidad socioeconómica de cada estudiante. 1.3. Estatuto de la Universidad Tecnológica Israel. CAPÍTULO VIII. Del Personal Académico, Estudiantes, Trabajadores, Del Departamento de Bienestar Estudiantil y Sanciones Artículo 28. El Departamento de Bienestar Estudiantil será una unidad administrativa de la Universidad, destinada a promover la orientación vocacional, el manejo de créditos educativos, becas y el ofrecimiento de servicios asistenciales acorde la Ley de Educación Superior, al Reglamento y a la reglamentación interna que se dictará para el efecto. 1.4. Reglamento de la Universidad Tecnológica Israel TÍTULO VII: AYUDAS ECONÓMICAS, BECAS, INCENTIVOS Art. 77. La UISRAEL facilita a sus estudiantes, la obtención de recursos y ayudas necesarias para que alcancen una formación integral, así como para realizar investigaciones, servicios a la comunidad y prácticas o pasantías pre-profesionales, en los campos de su especialidad; a través de becas, ayudas económicas o incentivos.
Art. 78. Se entiende como beca la exoneración parcial o total, del pago del valor de matrículas y créditos de las asignaturas, en razón de la excelencia o distinción académica, meritos culturales o deportivos relevantes, capacidades especiales, y de la insuficiencia de recursos económicos. Art. 79. Se entiende por ayuda económica, cualquier tipo descuento o beneficio a favor del estudiante, sin relación con las condiciones necesarias para el otorgamiento de una beca. Se incluyen los descuentos por pronto - pago, crédito directo de la UISRAEL para pago fraccionado, sin pago de intereses; descuentos por esposos, o hermanos que estudien en la UISRAEL; familiares de docentes y trabajadores de la Institución hasta el tercer grado de consanguinidad; así como, beneficios similares para los familiares de profesores y profesoras y trabajadores y trabajadoras de los colegios menores relacionados con la UISRAEL. Art. 80. Se entiende por incentivo, cualquier apoyo que realice la UISRAEL a favor de sus estudiantes, por temas puntuales; entre los que se incluyen: ayudas para participación en eventos nacionales o internacionales, apoyo a la realización de proyectos especiales, participación en proyectos internos o externos de investigación y vinculación con la colectividad; premios por concursos internos. También se considera un incentivo, las facilidades de horarios que se conceden a los y las estudiantes que laboran como trabajadores y trabajadoras de la UISRAEL, en condiciones similares a los otros trabajadores. Art. 81. Para la concesión de becas por excelencia académica, se considerarán los siguientes factores: a) Abanderados del Pabellón Nacional, de la Ciudad y del Colegio. b) Promedio total de rendimiento académico en la UISRAEL, de 9,0 o superior; aplicable desde el segundo periodo académico de cada carrera. Con fundamento en estos criterios, la Dirección Financiera de la UISRAEL propondrá al Consejo Superior Universitario, la aprobación de una tabla que detalle los diferentes niveles de becas parciales o totales. Art. 82. La insuficiencia de recursos económicos de los y las estudiantes o sus familias, será establecida en base a la documentación que requiera la Dirección de Bienestar Estudiantil.
Art. 83. Para efectos del otorgamiento de becas, ayudas económicas e incentivos, la decisión será tomada por una comisión conformada, por un representante de la Dirección de Bienestar Universitario, un representante de la Dirección Financiera, y un representante del Rectorado, designado de una terna presentada por las Direcciones de Carreras. Art. 84. La UISRAEL en cumplimiento de las disposiciones de la legislación sobre Educación Superior, procurará establecer un sistema de costo diferenciado del periodo académico, fundamentado en las disponibilidades presupuestarias de cada período académico. Para lo cual, se dispondrá de los siguientes mecanismos: a) Elaboración de un estudio socioeconómico sobre las capacidades reales de los distintos segmentos de estudiantes, para financiar los costos de un periodo académico y de la carrera en general. b) La Dirección de Bienestar Universitario, establecerá una distribución de los estudiantes de la UISRAEL, tomando como base el estudio señalado en el literal anterior. c) Los estudiantes que deseen acogerse al sistema de costos diferenciados del periodo académico, podrán hacerlo a partir del segundo período académico de cada carrera; presentando una solicitud, junto con la documentación de soporte, requerida por la Dirección de Bienestar Universitario y la Dirección Financiera. d) La decisión respecto de la asignación de un segmento dentro del sistema de costos diferenciados, se realizará conforme a lo establecido en el artículo 83 de este reglamento. 2. Definición. El Programa de Becas a estudiantes, docentes y personal administrativo de la Universidad Tecnológica Israel, es el instrumento mediante el cual la institución pretende favorecer la formación académica a nivel superior de estudiantes con alto rendimiento académico y con limitaciones económicas y otros que prevé la Ley Orgánica de Educación de Educación Superior, el Estatuto y el Reglamento de la Universidad Tecnológica Israel. 3. Objetivos. 3.1. Objetivo General. Regular la organización, procedimientos, normas y actividades que deben aplicarse al programa de Becas e Incentivos de la Universidad Tecnológica Israel para así desarrollar, promover y fortalecer la actividad académica y docente en modalidades presencial, distancia y semipresencial.
3.2. Objetivo Específico. Proceso de becas e incentivos 1. Promover mayores niveles de exigencia, tanto de parte de los beneficiarios como del programa, en aras de la excelencia académica y el mejoramiento de la calidad de vida estudiantil. 2. Buscar mayores niveles de justicia equidad y eficiencia. 3. Promover y garantizar el acceso a la educación superior a los estudiantes que por su condición socioeconómica así lo requieran y velar por su permanencia en la institución. 4. Sensibilizar al beneficiario acerca de sus derechos y deberes estudiantiles, en particular su obligación de aprovechar al máximo los beneficios del programa, así como la necesidad de hacer uso racional de los recursos institucionales. 5. Estimular la participación de los alumnos en actividades culturales, deportivas, artísticas o en organizaciones estudiantiles. 6. Promover la participación estudiantil en los diferentes campos de la vida institucional. 7. Coadyuvar en la formación integral del becado. 4. Alcance Dentro del ámbito institucional se busca y de acuerdo con las leyes, estatutos y reglamentos, se beneficiará a la comunidad universitaria que deberá ser para estudios de Pre-Grado, Pos-Grado y Continuos por el periodo académico semestral, anual y también en incentivos y ayudas económicas para su formación e investigación.
5. Procesos 5.1. Becas 5.1.1. Becas por excelencia académica estudiantes de la UISRAEL. Valores asignados: De acuerdo con la tabla aprobada por el H. Consejo Superior Universitario. Los estudiantes que obtengan un promedio a partir de 9.25 / 10 se les asignará la beca por excelencia académica, para lo cual deberán firmar un contrato académico antes de iniciar el nuevo periodo académico. Para hacer uso de la beca debe el estudiante estar legalmente matriculado en el periodo de matrículas ordinarias. Desde Hasta % Beca en Créditos 9.25 9.60 8% 9.61 9.70 12% 9.71 9.80 16% 9.81 10.00 20% FICHA DE PROCESO Proceso: Aprobación de becas por excelencia académica Procesos anteriores: Ninguno Procesos posteriores: Matrícula Propietario: Bienestar Universitario Procesos relacionados: Ninguno Objetivo del proceso: Recibir, analizar y aprobar las solicitudes de becas por excelencia académica Inicio: Estudiante, solicitud de becas por excelencia Final: Aprobación de becas por excelencia académica Entradas: BE-SO-01 Solicitud de beca por excelencia académica Resultados: BE-AC-01 Acta de aprobación de becas Controles a las entradas: Récord académico en el caso de ser estudiante de la UISRAEL. Certificado de Abanderado, Escolta Controles internos: Verificación de los documentos en las instituciones respectivas Controles a los resultados: Acta de Aprobación firmadas y solicitudes con sellos de aprobación o negación. Documentación relacionada: Acta de Aprobación Registros generados: Solicitudes aprobadas por periodo académico, carrera, nivel, promedio, porcentaje, género.
5.1.2. Becas por excelencia académica - Abanderados. Valores asignados: De acuerdo con la tabla aprobada por el H. Consejo Superior Universitario. Generalidad: Los estudiantes que demuestren haber sido abanderados de los diferentes pabellones se les asignará la beca por excelencia académica, para lo cual deberán firmar un contrato académico antes de iniciar el nuevo periodo académico. Para hacer uso de la beca debe el estudiante estar legalmente matriculado en el periodo de matrículas ordinarias. 1. Estudiantes de Colegios Menores *: Pabellón Hasta % Beca en Créditos Nacional 50% 5 años Ciudad 50% 3 años Colegio 50% 3 años Para todos los estudiantes de los colegios menores el descuento del 50% en el arancel de la primera matrícula en base al cupón de descuento. 2. Estudiantes de Colegios en general: Pabellón Hasta % Beca en Créditos Nacional 50% 3 años Ciudad 40% 2 años Colegio 40% 1 años FICHA DE PROCESO Proceso: Aprobación de becas por excelencia académica Procesos anteriores: Ninguno Procesos posteriores: Matrícula Propietario: Bienestar Universitario Procesos relacionados: Ninguno Objetivo del proceso: Recibir, analizar y aprobar las solicitudes de becas por excelencia académica Inicio: Estudiante, solicitud de becas por excelencia Entradas: BE-SO-01 Solicitud de beca por excelencia académica. BE-CE-01 Certificado de Abanderado Final: Aprobación de becas por excelencia académica Resultados: BE-AC-01 Acta de aprobación de becas Controles a las entradas: Récord académico en el caso de ser estudiante de la UISRAEL. Certificado de Abanderado, Escolta Controles internos: Verificación de los documentos en las instituciones respectivas Controles a los resultados: Acta de Aprobación firmadas y solicitudes con sellos de aprobación o negación Documentación relacionada: Acta de Aprobación Registros generados: Solicitudes aprobadas por periodo académico, carrera, colegio de origen, tipo de colegio, género y porcentaje.
5.1.3. Becas deportivas, social, cultural Valores asignados: De acuerdo con la tabla aprobada por el H. Consejo Superior Universitario. Los clubes que actualmente mantiene la universidad son el Coro, Danza se tiene el 30% de descuento siempre que los estudiantes tengan el promedio académico de 8 / 10. FICHA DE PROCESO Proceso: Aprobación de becas deportiva, social, cultural Procesos anteriores: Ninguno Procesos posteriores: Matrícula Propietario: Bienestar Universitario Procesos relacionados: Académico y financiero Objetivo del proceso: Recibir, analizar y aprobar las solicitudes de becas deportiva, social, cultural Inicio: Estudiante, solicitud de becas deportiva, social, cultural Entradas: Solicitud de beca por deportiva, social, cultural. BE-SO-002 Documentos probatorios. Final: Aprobación de becas deportiva, social, cultural Resultados: Acta de aprobación de becas Controles a las entradas: Récord académico de la UISRAEL. Documento de la relevancia deportiva, social y/o pertinencia algún club de la UISRAEL Controles internos: Verificación de los documentos en las instancias respectivas Controles a los resultados: Acta de Aprobación firmadas y solicitudes con sellos de aprobación o negación. Tiempo de aprobación. Documentación relacionada: Acta de Aprobación Cambiar Registros generados: Solicitudes aprobadas por periodo académico, carrera, nivel, promedio, porcentaje, género, club.
5.1.4. Becas por insuficiencia de recursos económicos. Valores asignados: De acuerdo con la tabla aprobada por el H. Consejo Superior Universitario. Las becas por insuficiencia de recursos económicos se dan por un máximo del 50% en los créditos y estos duran solo el periodo académico vigente y debe renovar en cada uno. FICHA DE PROCESO Proceso: Aprobación de becas por insuficiencia de recursos Propietario: Bienestar Universitario económicos Procesos anteriores: Ninguno Procesos posteriores: Matrícula Procesos relacionados: Ninguno Objetivo del proceso: Recibir, analizar y aprobar las solicitudes de becas por insuficiencia de recursos económicos Inicio: Estudiante, solicitud de becas por insuficiencia de recursos económicos Final: Aprobación de becas por insuficiencia de recursos económicos Entradas: Solicitud de beca por insuficiencia de recursos económicos BE-SO-003 Formulario Socio Económico lleno Documentos: Pagos Servicios Básicos, Contrato de Arriendo, Mecanizado del IESS, Otros pertinentes si es el caso. Controles a las entradas: Récord académico de la UISRAEL. Formulario socio económico, documentos de soporte, IESS,. Resultados: Acta de aprobación de becas Controles internos: Verificación de los documentos en las instancias respectivas Controles a los resultados: Acta de Aprobación firmadas y solicitudes con sellos de aprobación o negación Documentación relacionada: Acta de Aprobación Registros generados: Solicitudes aprobadas por carrera, tipo de beca, género y periodo académico, duración
5.1.5. Ayuda económica Pago fraccionado. Valores asignados: De acuerdo con la tabla aprobada por el H. Consejo Superior Universitario FICHA DE PROCESO Proceso: Ayuda económica - pago fraccionado Propietario: Bienestar Universitario Procesos anteriores: Ninguno Procesos posteriores: Matrícula Procesos relacionados: Financiero Objetivo del proceso: Recibir, analizar y aprobar las solicitudes ayuda económica por pago fraccionado Inicio: Estudiante, solicitud de becas por insuficiencia de recursos económicos Entradas: Solicitud de pago fraccionado. Recibo de pago en el banco. Registro de créditos del periodo académico. Final: Aprobación de becas por insuficiencia de recursos económicos Resultados: Contrato de pago fraccionado Controles a las entradas: Solicitud de pago fraccionado. Recibo de pago en el banco. Registro de créditos del periodo académico. Controles internos: Verificación de los documentos en las instancias respectivas Controles a los resultados: Contrato de pago fraccionado firmado Documentación relacionada: Matrícula y factura de pago Registros generados: Contrato de pago fraccionado
ANEXOS Formulario BE-SO-01-A
Nombre: Solicitud de Beca por excelencia académica. Usa: Bienestar Universitario BE-SO-01 SOLICITUD DE BECA POR EXCELENCIA ACADÉMICA Quito D.M., a los días del mes del 2011 Señor Doctor Marco Tulio Cordero Rector de la Universidad Israel Presente. De mi consideración: Yo,, con la C.C.: por medio de la presente solicito a usted se digne autorizar a quién corresponda se me otorgue la beca por "Excelencia Académica", previsto en el Programa de Becas e Incentivos, para lo que adjunto los documentos siguientes: Certificado de Abanderado del Pabellón Nacional Certificado de Pabellón de la Ciudad Certificado de Pabellón del Colegio Copia de la Cédula de Ciudadanía Atentamente C.C.: Formulario: BE-AC-01
Nombre: Acta de Reunión y aprobación de becas Usa: Comisión de becas Comisión de Aprobación de Becas Acta Fecha: Hora: REUNIÓN CONVOCADA POR TIPO DE REUNIÓN ORGANIZADOR ASISTENTES Temas del orden del día [Tiempo asignado] [Tema del orden del día] [Moderador] DISCUSIÓN CONCLUSIONES PERSONAS DE CONTACTO NOTAS ESPECIALES Firman:
Formulario: BE-SO-02: Nombre: Solicitud de Beca por Mérito deportivo, social, cultural. Usa: Bienestar Universitario. BE-SO-01 SOLICITUD DE BECA POR MÉRITO DEPORTIVO - SOCIAL CULTURAL Quito D.M., a los días del mes del 2011 Señor Doctor Marco Tulio Cordero Rector de la Universidad Israel Presente. De mi consideración: Yo,, con la C.C.: estudiante regular de la Carrera de, por medio de la presente solicito a usted se digne autorizar a quién corresponda se me otorgue la beca por "Mérito deportivo, social, cultural, previsto en el Programa de Becas e Incentivos, para lo que adjunto los documentos de soporte que avalan la solicitud. Atentamente C.C.:
Formulario: BE-SO-03: Nombre: Solicitud de Beca por Insuficiencia de recursos económicos. Usa: Bienestar Universitario. BE-SO-03 SOLICITUD DE BECA POR INSUFICIENCIA DE RECURSOS ECONÓMICOS Quito D.M., a los días del mes del 2011 Señor Doctor Marco Tulio Cordero Rector de la Universidad Israel Presente. De mi consideración: Yo,, con la C.C.: por medio de la presente solicito a usted se digne autorizar a quién corresponda se me otorgue la beca por "Insuficiencia de recursos económicos", previsto en el Programa de Becas e Incentivos, para lo que adjunto los documentos de soporte que avalan la solicitud. Atentamente C.C.:
CONTRATO DE CRÉDITO DIRECTO Comparecen a la celebración del presente contrato de crédito directo, por una parte la Universidad Tecnológica Israel, a través del Coordinador (a) de Admisiones, y por otra parte el/la estudiante identificado/a con cédula N, quienes de mutuo acuerdo, libre y voluntariamente convienen el fiel cumplimiento de las siguientes cláusulas: PRIMERA.- DECLARACIÓN: El estudiante declara por sus propios y personales derechos que desea matricularse en la Universidad Tecnológica Israel, Institución de Educación legalmente reconocida, mediante ley de creación N 9942, publicada en el R.O. del 16/11/1999. SEGUNDO.- DOCUMENTACIÓN ENTREGADA: El Estudiante declara que todos los documentos entregados son auténticos y que la información contenida en ellos es verdadera. La UISRAEL, se reserva el derecho de verificación de datos, previa admisión del estudiante. TERCERO.- COSTOS DEL PERIODO ACADEMICO: El estudiante acepta cancelar los valores que la UISRAEL establezca por concepto de matrículas, créditos, seminarios obligatorios por Periodo Academico, seguro médico y otros servicios estudiantiles que estarán a disposición de los estudiantes. CUARTO.- CREDITO DIRECTO: El Estudiante, acuerda a través del presente documento, que pagará dichos valores, por medio de crédito directo con la Universidad Israel. El crédito conferido al estudiante, es de, el cual deberá pagarlo en cuotas mensuales hasta los primeros 5 días de cada mes. Las cuotas de pago no podrán exceder de cinco meses. QUINTO.- EXONERACIÓN DE INTERESES: Esta modalidad de pago exonera al estudiante del pago de intereses, lo cual es considerado como asistencia financiera para él mismo. En el supuesto que, el estudiante no realice los pagos de las cuotas del crédito, se generarán automáticamente los correspondientes intereses legales; y la UISRAEL, se reservará el derecho de registrar las notas en la tarjeta individual de notas del estudiante, cuando sean posteriores a la fecha de vencimiento de pago.
Se establece que el periodo máximo para cancelar las deudas con la Universidad será hasta la finalización del periodo de matrículas ordinarias al siguiente semestre. Pasada esta fecha, las correspondientes materias serán reprobadas. SEXTO.- VALORES NO REEMBOLSABLES: El estudiante acepta que una vez firmado el presente contrato y cancelados los valores correspondientes, la UISRAEL, no reembolsará ninguno de esos valores aunque el estudiante se retire de la institución. SEPTIMO.- COMPROMISO: El estudiante se compromete a cumplir en forma puntual con sus compromisos económicos, contraídos por crédito conferido por la UISRAEL. Para constancia se firma en Quito, a los del mes de del 201 f) El Estudiante Apellidos y Nombres - Dirección Periodo Académico Coordinador (a) de Admisiones C.C f) Teléfonos PAGARÉ A LA ORDEN Deudor/a Fecha de suscripción: Vencimiento Lugar de suscripción: Quito Por valor recibido: Lugar de pago. Quito Persona a quien debe efectuarse el pago: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA ISRAEL (también referido
como el Deudor/a), declara que debe y pagará en el plazo de meses, en la ciudad de Quito o en el lugar que se me reconvenga, a la orden de la UNIVERSIDAD TENCOLÓGICA ISRAEL o de la persona que la ACREEDORA determine expresamente, la cantidad de dólares de los Estados Unidos de América USD. ($ ). En cada caso, todos los pagos se realizarán libres y sin deducción alguna por cualquier tipo de impuestos, tasas, derechos, deducciones, retenciones, condiciones o compensaciones de cualquier naturaleza, presentes o futuros, vigentes en la República de Ecuador a la fecha de pago. Si el Deudor es obligado por la ley a deducir tales impuestos, tasas o efectuar cualquier deducción, pagará la suma adicional que sea necesaria a fin de que el pago neto después de dichas deducciones sea igual al importe establecido en el presente pagaré. El Deudor/a se obliga a pagar esta cantidad al vencimiento, conforme la tabla indicada en el presente pagaré. De igual manera se obliga a pagar los gastos judiciales y extrajudiciales, inclusive costas y honorarios profesionales que ocasione el cobro de esta obligación, siendo suficiente prueba para establecer el monto de tales gastos, la sola aseveración del Acreedor. Para el fiel cumplimiento de lo convenido, el Deudor/a se obliga con sus bienes presentes y futuros. Renuncia a toda ley o excepción que pudiera favorecerle en juicio, y de hecho respecto a las providencias y sentencias que se expidieren en el juicio o juicios que en relación al presente documento se iniciaren. Las partes acuerdan que, en caso de que cualquier cantidad pagadera bajo el presente Pagaré no sea pagada a su vencimiento, de conformidad con los Art. 488 y 441 del Código de Comercio, el Acreedor podrá declarar vencidos anticipadamente todos los vencimientos posteriores y por tanto dar por vencida la totalidad de la obligación, pudiendo requerir el pago de la totalidad del capital e intereses adeudados, por la vía legal aquí establecida. Para los efectos legales correspondientes, este pagaré tendrá vencimientos sucesivos, según la siguiente tabla: No. Fecha de vencimiento Valor a pagarse Valor Capital Saldo capital
1 2 3 4 5 TOTAL El Deudor/a. renuncia a fuero, domicilio y se somete a los jueces competentes de la ciudad de Quito. El Deudor/a. deja constancia expresa que el plazo de vista general corre desde la fecha del visto bueno que firma al suscribir este pagaré. Este documento será totalmente negociable y transferible. Sin protesto. Exímase de presentación para el pago así como de avisos por falta del mismo. Se renuncia a beneficio de orden o excusión. Anticipación del vencimiento: se faculta al Deudor/a el que pueda hacer abonos extraordinarios a la deuda en cualquier momento, sin penalizaciones de ninguna clase. Para constancia se firma en la ciudad de Quito, República del Ecuador, hoy Firma: Nombre Deudor/a: Cedula: Dirección: