UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO LICITACIÓN PÚBLICA Nº DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES CUDAP: EXP-REC: 0017116/2014 03/15



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CONTRATACIÓN SERVICIO DE TELEFONÍA MOVIL Los elementos adjudicados deberán ser entregados e instalados, libres de fletes y gastos de envío, en el lugar que el CENTRO DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO determine a tal fin. MENDOZA, 14 de Agosto del 2015 SEÑOR: Sírvase cotizar precio por los artículos Y servicios que se indican a continuación, de acuerdo con las especificaciones que se detallan en el Pliego de bases y Condiciones Particulares que se anexan. Las ofertas deberán ser entregadas, ÚNICAMENTE, en la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES - RECTORADO (Frente a Facultad de Ciencias Médicas) Centro Universitario Mendoza, de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas y hasta las 10:00 horas del día 07 de SEPTIEMBRE del 2015 APERTURA DE LAS OFERTAS: 07 de SEPTIEMBRE de 2015-10:00 Horas LUGAR DE APERTURA: DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES. RECTORADO ANEXO Planta Baja (Frente a Facultad de Ciencias Médicas) Centro Universitario - Capital - C.P. 5500 Mendoza DETALLES Y CONDICIONES N Cant. (Indicar: marca, medida, calidad, etc.) 1 1 La prestación del servicio de telefonía móvil celular para la Universidad Nacional de Cuyo para todas las llamadas en el ámbito PROVINCIAL, NACIONAL e INTERNACIONAL, con comunicaciones sin costo entre los teléfonos de la flota. IVA % P. UNIT. TOTAL La prestación de Servicios de Integración de Mensajería en paquetes necesarios para brindar una comunicación mediante el uso de mensajes de texto enviado desde los celulares objeto de la presente contratación. La prestación de Servicios de Datos en paquetes de montos fijos, con cantidad mensual de 500 Mb Provisión de 300 (Trescientos) líneas de Servicio de telefonía móvil digital con tecnología GSM o superior. CON LA POSIBILIDAD DE PODER AMPLIARSE DURANTE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE LICITACION. Provisión de 300 (trescientos) teléfonos móviles. CON LA POSIBILIDAD DE AMPLIARSE DURANTE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE LICITACION. EL PRECIO A ABONAR POR LOS TELÉFONOS INCLUIDOS EN LA AMPLIACIÓN COMO ASI Firma Proponente: 1 de 10

TAMBIEN AQUELLOS QUE SE SOLICITEN PARA LA REPOSICIÓN DE UNO YA EXISTENTE, SERÁ EL MAS BAJO QUE FIGURE PARA UN MODELO DETERMINADO EN LA WEB DEL OFERENTE Y DEBERÁ SER CARGADO SU COSTO EN LA FACTURACIÓN DEL SERVICIO MENSUAL) Al respecto de este ítem deberán ofertarse: 50 (Cincuenta) Teléfonos Smartphone de primera marca con tecnología 3G o superior con WIFI de Gama Premium con las siguientes características como mínimo: Procesador: Quad-Core de 1,4 ghz o superior Memoria RAM: 1GB Almacenamiento Interno: 8GB o superior Almacenamiento Externo: 64GB o superior Frecuencia de Operación: Red 2G: GSM 850/1800/1900 Mhz Red 3G: HSDPA 850/900/1900/2100 Mhz Red 4G: LTE700/1700/2100Mhz, (LTE Banda 4 o LTE Banda 17) Sistema operativo: Android v4.1.2 o superior. 250 (Doscientos cincuenta) Teléfonos Smartphone de primera marca con tecnología 3G o superior con WiFi de Gama Media con las siguientes características como mínimo: Procesador: Dual Core de 1 Ghz o superior Memoria RAM: 1GB Almacenamiento Interno: 4GB o superior Almacenamiento Externo: 16GB o superior Frecuencia de Operación: Red 2G: GSM 850/1800/1900 Mhz Red 3G: HSDPA 850/900/1900/2100 Mhz Red 4G:LTE 700/1700/2100 Mhz,( LTE Banda 4 o LTE Banda 17) Sistema operativo: Android v4.1.2 o superior. Abonos que incluyan 300 minutos COMO MINIMO de llamadas por líneas, a destinos celulares y/o fijos nacionales e Internacionales, que estén fuera de la flota. Las llamadas entre las líneas de la flota deberán ser sin cargo y no consumirá los minutos del abono. Llamadas sin cargo a destinos celulares que pertenezcan a la misma empresa. Clearing de llamadas entre las unidades del grupo. Red Privada entre usuarios de la flota sin costo de comunicación entre ellos, que permita asignar perfiles en forma On-Line a través de Interfaces Firma Proponente: 2 de 10

web o ejecutivo de cuenta o similar Identificación de llamada sin cargo. Contestador Telefónico sin cargo. Llamadas en espera sin cargo. Indicar el costo del minuto excedente según bandas horarias. Indicar el Costo de minutos a llamadas internacionales. Desde la Argentina y desde el país visitado, discriminando por zona geográfica mundiales. Indicar el costo de uso de la Red de telefonía Pública. Paquetes de mensajes de texto: indicar el costo individual de cada mensaje o indicar el costo por paquetes. Paquete de datos de 500Mb por línea como mínimo ESPECIFICAR TIPO DE GARANTIA Y PLAZO DE DURACION PARA LOS EQUIPOS SOLICITADO, O GARANTIA EXTENDIADA PARA LOS EQUIPOS, con discriminación de franquicia y cantidad de eventos por período de tiempo. Este ULTIMO (GARANTIA EXTENDIDA) ítem será de adopción optativa para el Organismo. Indicar gastos administrativos y cargas impositivas a considerar al momento de la facturación. En un todo de acuerdo a características y especificaciones que se detallan en Anexo I, el cual es parte integrante de este pliego. TOTAL SON PESOS: DEBERA PRESENTAR CERTIFICADO DE INSCRIPCION EN LA A.F.I.P. y D.G.R. DEBERA INDICAR EN LA COLUMNA CORRESPONDIENTE LA ALICUOTA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO APLICADA A ESTOS BIENES. Firma Proponente: 3 de 10

ANEXO I CONDICIONES GENERALES 1. DURACIÓN DEL CONTRATO La duración del contrato por los servicios requeridos será de VEINTICUATRO (24) meses, con opción a prórroga por DOCE (12) meses más, previa revisiones de precios y acuerdos entre las partes con un mes de anticipación. Esta opción de prórroga solo lo podrá ofrecer la UNCuyo. El plazo comenzará a regir a partir del primer día de la efectiva prestación del servicio. 2. NORMAS APLICABLES: Respecto del marco legal para los servicios de Telefonía Móvil, los mismos deberán contemplar las normas emitidas en las Resoluciones de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación, Nº. 490/97 y 1714/97, sus modificatorias y aclaraciones, referidas al Reglamento General de Clientes de los Servicios de Comunicaciones móviles. 3. USUARIO DEL SERVICIO: El usuario de los servicios de telecomunicaciones objeto del presente procedimiento de contratación es la Universidad Nacional de Cuyo. 4. DISCRECIONALIDAD DEL ESTADO La Universidad Nacional de Cuyo se reserva el derecho de dejar sin efecto la presente Licitación, pudiendo decidirlo en cualquier momento incluso antes de la adjudicación y sin que ello le traiga aparejada responsabilidad alguna frente a los proponentes. 5. CONSULTAS PREVIAS Si cualquier oferente considerase que existen discrepancias, contradicciones u omisiones en los Documentos de la Licitación o en la restante información suministrada, o hallare ambigüedades o tuviere dudas en cuanto a los requerimientos de la Licitación, deberá plantearlas por escrito, a la Dirección General de Contrataciones del Rectorado Anexo, Ciudad Universitaria, indicando Domicilio, Casilla de Correo Electrónico y Teléfono a los efectos de las notificaciones y solicitando concretamente la aclaración que estime necesaria, lo que podrá hacerse hasta 5 (cinco) días hábiles antes del acto de apertura de los sobres. El Licitante dará respuesta sólo a aquellas consultas que a su exclusivo juicio sean imprescindibles a los efectos de una correcta interpretación de los referidos documentos o de las que surja la necesidad de introducir rectificaciones en los alcances de los mismos. Las respuestas se darán en el tiempo máximo de 2 (dos) días hábiles antes de la apertura, en forma de circulares aclaratorias, siendo responsabilidad del oferente retirarlas y notificarse formalmente en la Dirección General de Contrataciones del Rectorado Anexo. Firma Proponente: 4 de 10

6. ALCANCE DE LAS CIRCULARES En caso de existir circulares aclaratorias o modificatorias del pliego antes de la apertura, las mismas serán comunicadas a los oferentes en forma fehaciente. Estas serán numeradas en forma correlativa y ordenadas cronológicamente, y tendrán carácter de obligatorias, siendo causal de rechazo de oferta el incumplimiento de las mismas. Es responsabilidad exclusiva de los interesados el informarse periódicamente sobre su existencia y retirarlas. Se tendrán por suficiente conocidas el día hábil siguiente al de su emisión aunque no hubiese mediado su retiro. 7. OBLIGACIONES El adjudicatario deberá prestar un servicio acorde a los caracteres propios de un servicio público, respetando las pautas de regularidad, continuidad, eficiencia y transparencia, a cuyo efecto empleará todos los recursos humanos y tecnológicos que la prestación requiera. Asimismo deberá cumplir con los deberes impuestos en las normas vigentes que regulan la prestación del servicio, respetando en especial los derechos que le corresponden a la Universidad Nacional de Cuyo en su calidad de usuario, según las normas de la ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240 y sus modificaciones. Los oferentes deberán ajustarse al REGLAMENTO GENERAL DE CLIENTES DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES MOVILES, SUS ACLARATORIAS Y MODIFICACION, aprobadas por Resoluciones 490/97 y modificatorias de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación. La inclusión de estas reglamentaciones no implica que el oferente este eximido de ajustarse a lo especificado en los distintos artículos del presente pliego, en lo referido a Facturación (Artículo 14º) y Sanciones, Multas y Rescisión del contrato (Artículo 15º) 8. CAPACIDAD JURIDICA DE LOS OFERENTES: Sólo pueden ser oferentes de los servicios enumerados en el objeto de la presente licitación aquellas empresas que de acuerdo a las normas legales vigentes tengan otorgada a la fecha de apertura, la licencia correspondiente emanada de la autoridad competente Nacional, la cual podrá ser la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia de la Nación y/o Comisión Nacional de Comunicaciones, para la prestación del Servicio de Telefonía Móvil y el/los servicio/s de valor agregado. A tal efecto, los oferentes deberán acreditar fehacientemente la titularidad de la licencia respectiva, mediante copia certificada del Decreto o Resolución que así lo disponga, bajo pena de ser rechazada la oferta realizada respecto al o los renglones cotizados. 9. CONDICIONES Y FORMA DE COTIZAR LA OFERTA BASICA: Las ofertas deberán realizarse en PESOS, con el valor del IVA y todos los impuestos incluidos. Sin perjuicio de ello, deberán considerar: Que no se aceptarán ofertas que condicionen el valor de las tarifas a un determinado consumo del servicio ofrecido. Que podrán cotizar alternativas solamente relacionadas con los cargos fijos tales como los referidos al abono mensual por los minutos de llamadas, paquetes de mensajes y paquetes de datos. Firma Proponente: 5 de 10

10. ALTERNATIVA: La presentación de alternativas a la oferta básica serán aceptadas únicamente en los casos en que el oferente haya realizado la presentación de la oferta básica, y los criterios de adjudicación serán los mismos que se enuncian para la oferta básica. 11. CRITERIO DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará todo lo requerido a la empresa que presente la oferta más conveniente a criterio de la Universidad Nacional de Cuyo. El precio cotizado será uno de los elementos o variables que considerará la autoridad competente a los efectos de la adjudicación, pudiendo también valorar otros aspectos que redunden en beneficio de la calidad del servicio. Asimismo se tendrá en cuenta al momento de la adjudicación la situación de los oferentes frente a la Universidad en conceptos de deudas no canceladas, incumplimientos contractuales, litigios o controversias no regularizadas, tanto en cuestiones de alquiler o arrendamientos de sitios usados para la colocación de antenas para la prestación del servicio de telecomunicaciones, como de cualquier otra índole. No se considerarán (y será causal de rechazo de las mismas) aquellas ofertas que condicionen su aplicación a cualquier tipo de parámetros de uso, comerciales, etc. que no permitan tener una oferta definida en el tiempo. Se priorizara las ofertas de las empresas que permitan dar de baja a servicios tales como: paquetes y/o mensajes de textos SMS, en aquellas líneas en las cuales la Universidad no necesite de dichos servicios. Se tendrá en cuenta para la adjudicación el plan de cobertura de señal dentro del predio universitario que presente en su oferta. Deberá especificar ubicación de la/s celda/s cercana/s o dentro del predio universitario; y capacidad de cada una de ella/s, tanto para comunicaciones de voz como así también de datos. Se tendrá en cuenta la interface de comunicación que la prestadora entregue a la Universidad para la configuración de los servicios de cada una de las líneas, y el detalle y granularidad de cada uno de los servicios a configurar. Deberá el oferente detallar la interface ofrecida a la UNCuyo. 12. ALTA DE NUEVAS LINEAS O SERVICIOS La Universidad Nacional de Cuyo podrá, durante la vigencia del contrato, requerir nuevas líneas móviles no especificadas a la fecha de apertura de la presente licitación. Las nuevas líneas se regirán por los mismos valores de abono y tarifas presentadas para los renglones de la Oferta Básica. Para dar el Alta correspondiente a una nueva línea o servicio, emitirá una nota en la cual se especifique el detalle del requerimiento. El oferente deberá dar curso a lo solicitado dentro de los 15 (QUINCE) días corridos de emitido el pedido correspondiente. La Universidad Nacional de Cuyo sólo requerirá acuerdo del Adjudicatario, y éste podrá aceptar o negarse, para la instalación de una nueva línea o servicio, cuando el pedido se realice dentro de los 3 (tres) meses anteriores a la finalización del contrato inicial o cualquier renovación convenida. 13. BAJA DE LINEAS Y SERVICIOS Firma Proponente: 6 de 10

La Universidad Nacional de Cuyo podrá solicitar la baja de cualquier línea o servicio. Para ello emitirá el correspondiente requerimiento al Adjudicatario, quien a partir de la fecha de notificación tendrá un plazo máximo de 2 días corridos para la cancelación del servicio. La Universidad Nacional de Cuyo se compromete a mantener hasta la finalización del período inicial o de cada renovación una cantidad de líneas o servicios no inferior al 50% de lo adjudicado. El Licitante podrá, al momento de la renegociación de un período adicional al Contrato, solicitar la baja de todos los servicios que considere necesario. 14. FACTURACION DEL SERVICIO A los efectos que la Universidad Nacional de Cuyo pueda realizar un estricto control de la facturación resultante del servicio prestado, la facturación a presentar por la o las adjudicatarias deberá contemplar como mínimo los siguientes parámetros: Detalle de facturación línea con información de: Cargos Fijos en concepto de Abono y Servicios de Valor Agregado Cargos por llamadas del período. Cargos adicionales a las llamadas. Cargos por sms del período. Cargos adicionales a los sms Cargos por paquete de Datos del período. Cargos adicionales a los paquetes de Datos. Impuestos asociados al servicio. Se deberá tener acceso autorizado vía Internet, a la totalidad de los estados de cuentas de las líneas afectadas al servicio. 15. SANCIONES, MULTAS Y RESCISIÓN DEL CONTRATO Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones propias del Pliego de Condiciones Generales de este proceso licitatorio, la aplicación de las sanciones especificadas en los correspondientes Reglamentos Generales de Servicio de Telefonía Móvil, el incumplimiento de las obligaciones específicas a cargo del adjudicatario dará derecho a la Universidad Nacional de Cuyo a imponer las siguientes sanciones según la gravedad de la falta: a) Apercibimiento en caso de interrupción temporaria o deficiente prestación no regularizada dentro de las 24 hs. de notificada la deficiencia. b) Multa equivalente al promedio de facturación de los últimos tres meses que corresponda a las líneas en las que el servicio se haya suspendido injustificadamente y no se rehabilitare dentro de las 24 hs. de conocida la suspensión por parte de la prestadora. c) Rescisión en caso de sobrefacturación o facturación errónea reiterada, incumplimiento en forma reiterada por parte de la adjudicataria de cortes del servicio sin respuesta dentro de 2 horas de transcurrido el mismo. Firma Proponente: 7 de 10

C O N D I C I O N E S P A R T I C U L A R E S 1. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: Cuarenta y Cinco (45) días corridos. 2. PLAZO DE PROVISIÓN DEL SERVICIO: El plazo máximo de activación de líneas y provisión del equipamiento será de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de notificación de la adjudicación 3. CONDICIÓN DE PAGO GENERAL: Contado: por mes calendario vencido o fracción del mismo, de la efectiva prestación del servicio, dentro de los 10 (diez) días corridos de presentación factura. 4. PLAZO DE CONFORMIDAD DEFINITIVA: Dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la recepción definitiva de los bienes funcionando correctamente y del comprobante de inicio de trámite de autorización ante la CNC (Art. 115, Anexo, Decreto Nº 893/2012). 5. Será obligatorio, por parte del oferente, mencionar la marca de los productos que oferta. Debiendo ser los mismos: nuevos, sin uso y de primera calidad. 6. COTIZACIÓN: La cotización se realizará en pesos con IVA incluido. 7. Las ofertas deberán presentarse por duplicado. 8. La presente Licitación Pública se rige por las disposiciones del Decreto Delegado Nº 1023/01 y del Decreto Nacional Nº 893/12. No rigen el presente concurso las siguientes disposiciones: Decreto 893/12: ARTÍCULO Nº 5, 43, 77, 84 g), 124 inc. b) apartado 3 y 5, TÍTULO VIII; TÍTULO IX y TÍTULO X. Disposición Nº 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones. 9. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR: En caso de que la oferta sea superior a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) deberá: Al momento de la apertura de ofertas: Poseer el Certificado Fiscal para Contratar VIGENTE emitido por la A.F.I.P. (Res. 1814/05), o en su defecto presentar constancia de su solicitud ante ese Ente Administrador. En el caso de haber presentado constancia de solicitud: dentro de los quince (15) días corridos posteriores a la fecha de apertura se deberá necesariamente poseer el Certificado Fiscal para Contratar vigente o presentar constancia de cumplimiento de obligaciones tributarias y previsionales, emitido por Contador Público Nacional, debidamente certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Si con posterioridad al perfeccionamiento del Contrato se verificara el incumplimiento por parte del co-contratante de obligaciones tributarias o previsionales, éste será causal de aplicación de una sanción de apercibimiento, según lo establecido en Decreto Nº 893/2012, ARTÍCULO Nº 83, inc. b), ap. 2. Firma Proponente: 8 de 10

El incumplimiento en la presentación en tiempo y forma- de la documentación exigida en este ítem, será causal de desestimación de la oferta. Tener en cuenta, a los efectos de la facturación, que se encuentra vigente la Resolución General 2853/10 y sus modificatorias de la AFIP (Factura Electrónica). 10. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. En caso de cotizar con alternativas, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto. Constituir Garantía de acuerdo a lo indicado en artículo 101 del Decreto Anexo 893/2012: a) Cuando el monto de la garantía no supere los PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) no será necesario presentar garantía de mantenimiento de oferta. b) Cuando el monto de la garantía no supere los PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00) en cualquiera de las formas previstas en los incisos a) al g) Art. 101 Decreto Anexo 893/2012. c) Cuando el monto de la garantía supere los PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00) no podrá presentar el pagaré a la vista previsto en el inciso g) Art. 101 Decreto Anexo 893/2012. d) Para el caso de que la Garantía se constituya mediante póliza de seguro de caución, el asegurador deberá constituirse en deudor solidario, liso, llano, y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 1584 del Código Civil y Comercial, así como al beneficio de interpelación judicial previa. Deberá incluirse también expresamente la aceptación de la jurisdicción de los Tribunales Federales con asiento en la Provincia de Mendoza y la renuncia a cualquier otro que pudiera corresponderle. El incumplimiento de la presentación de la garantía junto con su oferta será causal de desestimación de la oferta, según lo establecido en Art. 70 Decreto Anexo 893/2012. 11. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: el Adjudicatario deberá presentar Garantía de Cumplimiento de Contrato, dentro de los ocho (08) días hábiles de recibida la Orden de Compra, por un monto equivalente al DIEZ PORCIENTO (10%) del valor de la misma. A los efectos de la devolución, la Adjudicataria deberá considerar que la Garantía de Cumplimiento de Contrato será mantenida también, por el plazo de la Garantía Técnica. Y que un incumplimiento en las condiciones establecidas en la Garantía Técnica y /o en el Servicio Técnico, será considerado como un incumplimiento en la ejecución del contrato. 12. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN: el oferente deberá conformarla en caso de impugnar el dictamen de evaluación, según Art. 100 inciso d) del Decreto Nacional Nº 893/12: Firma Proponente: 9 de 10

[...] el importe de la garantía será equivalente al TRES PORCIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiera aconsejado adjudicar el contrato. Si el dictamen de evaluación para el renglón o los renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. Firma Proponente: 10 de 10