BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS



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Transcripción:

2015 PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS COMPONENTE DE TALENTO HUMANO ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DEL GUAVIARE

PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 1. INTRODUCCIÓN La Administración Municipal desde una óptica holística, donde se concibe al Servidor Público como un ser integral, en la cual se tiene en cuenta las distintas esferas en las cuales se mueve el ser humano: laboral, familiar, social y personal; acoge las políticas de humanización y modernización del estado. Igualmente, dando aplicabilidad a lo establecido en el Decreto Ley 1567 de 1998, el cual regula el Sistema de Capacitación y de Estímulos, y dentro de éste último, los Programas de Bienestar Social y los Planes de Incentivos, pretende mediante la implementación del programa de Bienestar Social, el fortalecimiento de su recurso humano y su desarrollo integral. Siguiendo este orden de ideas, la Administración Municipal reconoce en el talento humano el recurso más valioso y esencial de toda organización, de ahí que plantee un plan general de bienestar que propicie la promoción y ejecución de acciones tendientes a la optimización del clima laboral y una adecuada cultura organizacional; facilitando de este modo, el desarrollo del potencial individual y colectivo, o retomando lo enmarcado en la Ley No. 909 de 2004 y reglamentado en el Decreto Ley No.1567 de 1998 y Decreto No.1227 de 2005 se persigue: mejorar el nivel de vida del funcionario y de su familia, así como elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con el servicio de la entidad en la cual labora. Los programas, áreas de intervención y actividades contempladas aquí se encuentran planificadas en un cronograma de actividades para su debida ejecución, las cuales; deberán ser revisadas anualmente con el fin de ajustarlos a las necesidades objetivas y reales, detectadas mediante el estudio de necesidades y expectativas en materia de bienestar social laboral, la medición del clima organizacional, evaluación de desempeño y demás mecanismos y/o instrumentos que la gestión del Talento Humano en acuerdo con el Jefe de la Entidad establezcan. 2. MARCO NORMATIVO Las normas que se encuentran vigentes y que reglamentan y dan orientaciones respecto del Sistema de Estímulos son el Decreto-Ley 1567 de 1998, la Ley 909 de 2004, el Decreto 1227 de 2005 reglamentario de la Ley 909 de 2004 y el Decreto 4661 de 2005.

El Decreto Ley 1567 de 1998, en el Título II establece el Sistema de Estímulos para los empleados del Estado, el cual está integrado por dos grandes programas: Bienestar Social, Estímulos e Incentivos: El primero comprende, así mismo, dos grandes áreas, que son la de Calidad de Vida Laboral y la de Protección y Servicios Sociales. El segundo programa está dirigido a otorgar los Estímulos e Incentivos tanto pecuniarios como no pecuniarios y tiene como objetivo crear un ambiente laboral propicio al interior de las entidades, así como reconocer el desempeño de los servidores públicos en niveles de excelencia y de los equipos de trabajo. La Ley 909 de 2004, en su parágrafo del Artículo 36, establece que con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que la desarrollen. A través del citado Decreto se definen como responsables del Sistema de Estímulos: a. Al DAFP, quien debe ejercer la dirección del sistema mediante la formulación de la política, la asesoría a las entidades sobre la materia y la coordinación interinstitucional para el diseño y la ejecución de los programas; b. A las entidades públicas de protección y servicios sociales quienes deben facilitar, mediante convenios, sus servicios para el desarrollo de los programas de bienestar social, estímulos e incentivos que diseñen las entidades públicas; c. A las entidades públicas del orden nacional y territorial, quienes con autonomía administrativa deberán poner en marcha, en coordinación con otras entidades de los sectores administrativos nacionales y territoriales, sus respectivos programas de bienestar social, estímulos e incentivos; y, por último d. A los comités institucionales e interinstitucionales de empleados del Estado, quienes deberán participar en el diseño y la ejecución de los programas del Sistema de Estímulos. El Decreto 1227 de 2005 que reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004, explicita los ejes centrales propuestos por el Decreto Ley 1567 de 1998 así: 2.1. Bienestar Social, que comprende: a. Protección y Servicios Sociales, a través de los siguientes programas: Deportivos, recreativos y vacacionales.

Artísticos y culturales. Promoción y prevención de la salud. Capacitación informal en artes y artesanías u otras modalidades que conlleven la recreación y el bienestar del empleado y que puedan ser gestionadas en convenio con Cajas de Compensación u otros organismos que faciliten subsidios o ayudas económicas. Promoción de programas de vivienda ofrecidos por el Fondo Nacional del Ahorro, los Fondos de Cesantías, las Cajas de Compensación Familiar u otras entidades que hagan sus veces, facilitando los trámites, la información pertinente y presentando ante dichos organismos las necesidades de vivienda de los empleados. b. Calidad de Vida Laboral, a través de los programas de: Medición del clima laboral. Evaluación de la adaptación al cambio. Preparación de los pre-pensionados para el retiro del servicio. Identificación e intervención de la cultura organizacional. Fortalecimiento del trabajo en equipo. Programas de incentivos. 2.2. Incentivos y Estímulos Que se otorgan a los mejores empleados y a los mejores equipos de trabajo, para lo cual el Decreto define con precisión los requisitos a tener en cuenta en uno y otro caso. El Decreto 4661 de 2005 modificó el parágrafo primero del artículo 70 del decreto 1227 de 2005, el cual quedó así: Parágrafo 1. Los programas de educación no formal y de educación formal básica primaria, secundaria y media, o de educación superior, estarán dirigidos a los empleados públicos. También se podrán beneficiar de estos programas las familias de los empleados públicos, cuando la entidad cuente con recursos apropiados en sus respectivos presupuestos para el efecto Finalmente, la Ley 734 de 2002 en los numerales 4 y 5 del Artículo 33 dispone que es un derecho de los servidores públicos y sus familias participar en todos los programas de bienestar social que establezca el Estado, tales como los de vivienda, educación, recreación, cultura, deporte y

vacacionales, así como disfrutar de estímulos e incentivos conforme a las disposiciones legales, que no son otras diferentes a las mencionadas anteriormente. 3. DESCRIPCIÓN DE LOS COMPONENTES A INTERVENIR Las diferentes estrategias y actividades del presente programa de Bienestar Social se enmarcan dentro de dos grandes componentes, como lo establecen las directrices y lineamientos del Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP en la Guía para la implementación de programas de Bienestar Social Laboral: Protección y Servicios Sociales y el componente Calidad de Vida Laboral, que a continuación se describirá en detalle: 3.1. Componente de Protección y Servicios Sociales En el desarrollo de este componente la Alcaldía de Valledupar se ceñirá a los lineamientos del Decreto 1567/98, el cual establece que: En este componente se deben estructurar programas mediante los cuales se atiendan las necesidades de protección, ocio, identidad y aprendizaje del empleado y su familia, para mejorar sus niveles de salud, vivienda, recreación, cultura y educación. Para tal fin, en este componente se incluye el desarrollo de los siguientes programas: a. Programas deportivos, recreativos y vacacionales Las actividades diseñadas para este programa busca promocionar el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre como elemento facilitador de armonía y equilibrio para la vida de los empleados, favoreciendo el reconocimiento de habilidades creativas, de expresión e imaginación. En este sentido, el presente programa contempla actividades enmarcadas en los campos deportivos, recreativos y vacacionales. Con esto se busca que el empleado disponga de variedad de actividades congruentes con sus necesidades de integración, esparcimiento, identidad institucional y pertenencia. De acuerdo a las necesidades detectadas se incluirán las siguientes actividades: Ciclo paseo Salida ecológica Actividades físicas y deportivas b. Artístico culturales

Las actividades diseñadas para este programa buscan desarrollar las expresiones artísticas y culturales que permitan a los funcionarios expresar libremente sus ideas y sentimientos con el fin de aislar el estrés generado por el trabajo y fortalecer su identidad cultural. Las actividades programadas son: Celebración del cumpleaños del municipio Novenas navideñas Actividades artísticas y culturales c. Promoción y prevención de salud Con la ejecución de este programa se pretende velar por la protección y mantenimiento de la salud física, mental y social de los empleados, en el lugar o con ocasión del trabajo. Exámenes médicos ocupacionales de audiometría y visiometría 3.2. Componente de Calidad de Vida Laboral Con la promoción de ésta área se busca propiciar, mantener y optimizar en el contexto laboral las condiciones que coadyuven en el desarrollo integral del servidor público, desde una perspectiva humanística; facilitando desarrollar sus niveles de participación, sentido de pertenencia e identificación con su trabajo y las metas institucionales de la Administración Municipal. a. Desvinculación asistida Con la ejecución de esta estrategia se pretende brindar asistencia técnica oportuna a los servidores para su desvinculación, procurando que ésta sea lo menos traumática posible para ellos y para los que permanezcan en la entidad, en aras de mantener y favorecer el buen clima laboral. De acuerdo a las necesidades detectadas se incluyó la siguiente actividad. Charla por el área de psicología sobre preparación para el retiro. b. Trabajo en equipo Uno de los aspectos que influyen en el clima organizacional y que contribuye al mejoramiento de las relaciones interpersonales entre los servidores es el trabajo en equipo; este es un elemento

fundamental de desarrollo en las dependencias, que facilita no solo el logro de los objetivos, sino que además tiene directa relación con la motivación y la autorrealización de las personas. 4. OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL 4.1. Objetivo General Propiciar condiciones para el mejoramiento de la calidad de vida de los funcionarios públicos de la Alcaldía y su desempeño laboral, generando espacios de conocimiento, esparcimiento e integración familiar, a través de programas que fomenten el desarrollo integral del trabajador. El Programa de Bienestar Social de la Alcaldía de San José del Guaviare, propenderá por generar un clima organizacional que manifieste en sus funcionarios, motivación y calidez humana en la prestación de los servicios al interior de la Entidad, y se refleje en el cumplimiento de la Misión Institucional, aumentando los niveles de satisfacción en la prestación de los servicios a la comunidad. 4.2. Objetivos Específicos Propiciar condiciones en el ambiente de trabajo que favorezcan el desarrollo de la creatividad, la identidad, la participación de los servidores públicos de la entidad, así como la eficiencia y la efectividad en su desempeño. Desarrollar valores organizacionales en función de una cultura de servicio público que haga énfasis en la responsabilidad social y la ética administrativa, de tal forma que se genere el compromiso institucional y el sentido de pertenencia e identidad. Contribuir, a través de acciones participativas basadas en la promoción y la prevención, a la construcción de una mejor calidad de vida, en los aspectos educativo, recreativo, deportivo y cultural de los funcionarios y su grupo familiar. 5. COBERTURA DEL PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL Tendrá derecho a beneficiarse de los programas de bienestar social todos los empleados de la Alcaldía Municipal de San José del Guaviare.

6. PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE BIENESTAR SOCIAL AÑO 2015 ACTIVIDAD DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD FECHA LUGAR CICLOPASEO SALIDA ECOLÓGICA ADMINISTRATIVA Y DESARROLLO SOCIAL Salida ecológica parque y zonas de reserva forestal con la que contamos y que no sabemos aprovechar. En esta actividad podremos incrementar el espíritu de apoyo, compañerismo y poder identificar cómo nos encontramos física y mentalmente. SEPTIEMBRE DE 2015 ZONA RURAL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DEL GUAVIARE ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS Es de vital importancia a retomar dichas actividades realizadas durante la vigencia 2014, las cuales tienen como propósito fomentar mediante la recreación y espacios de libre esparcimiento la conciencia de nuestra vocación de servicio con sentido de identidad y respeto a los valores humanos. Promover la participación en festivales, reuniones y otros eventos de carácter artístico o cultural que adelante la administración municipal durante el año 2015. La Cultura Física se practica tomando en cuenta la actividad física, la recreación y el deporte a través de programas permanentes y sistemáticos que apoyen la formación de los servidores públicos para que sean más sanos, competentes y competitivos, con un amplio potencial de trabajo en equipo que se refleje en un mayor desarrollo social y ULTIMO VIERNES DE CADA MES/ RESPONSABLE DE CADA ACTIVIDAD FECHA RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD 6 DE AGOSTO DE 2015 DESPACHO IMDES OBRAS PÚBLICAS AGOSTO 28 DE 2015 EDUCACIÓN, CULTURA Y FAMILIAS EN ACCIÓN SEPTIEMBRE 18 DE 2015 PLANEACIÓN - TRANSITO LUGAR EL LUGAR LO DEFINIRÁN LOS ENCARGADOS

humano, en una integración comunitaria, que estimule un mejoramiento de las condiciones de vida y que genere compañeros y funcionarios más productivos. OCTUBRE 23 DE 2015 HACIENDA - UMATA - SALUD NOVIEMBRE 13 DE 2015 SINTRAMUNICIPAL- PASEO TURISTICO FUERA ALCALDIA DE LA CIUDAD DE LA ACTIVIDAD DICIEMBRE DE 2015 JURIDICA ADMINISTRATIVA Nota 1: Las actividades a desarrollar cada mes, serán lideradas por cada una de las Secretarias y Unidades Administrativas responsables de la misma, teniendo la posibilidad de elegir las diferentes disciplinas deportivas, manifestaciones artísticas y culturales para dicha jornada. Se hace necesario que para el desarrollo de dichas actividades, los jefes de cada dependencia coordinen con sus equipos de trabajo para que los funcionarios puedan participar en estos eventos. Nota 2: a. Refrigerios: Cada Secretaría o Dependencia, debe informar con anticipación a la Secretaría Administrativa, el tipo de actividad que va a desarrollar para la entrega de refrigerios. b. Materiales para la actividad: Entregar a la Secretaría Administrativa y Desarrollo Social, el listado de los materiales que se requieren, con el fin de solicitarlos al contratista para que sean entregados por lo menos con dos (2) días de anticipación. Nota 3: Lugar: Con el fin de garantizar la asistencia y puntualidad, se solicita informar el lugar donde realizaran la actividad, para informar a cada una de las dependencias de la Administración Municipal.

7. PLAN DE INCENTIVOS Los planes de incentivos para los servidores públicos de la Alcaldía Municipal de San José del Guaviare se orientan a otorgar reconocimientos por el buen desempeño individual de los mejores empleados de la Administración Municipal y de cada uno de los niveles jerárquicos que la conforman, así como el de los equipos de trabajo que alcancen niveles de excelencia, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las entidades. 8. JURADO DE SELECCIÓN Estará integrado por el representante de los empleados, el señor Alcalde y el Secretario de Despacho de la Secretaría Administrativa y de Desarrollo Social de la entidad, el cual, procederá a seleccionar a los mejores servidores públicos y equipos de trabajo, de conformidad con lo previsto en este documento. 9. OBJETIVOS DEL PLAN DE INCENTIVOS Crear condiciones favorables al desarrollo del trabajo para que el desempeño laboral cumpla con los objetivos previstos, los cuales deberán implementarse a través de proyectos del plan de incentivos. Reconocer o premiar los resultados de desempeño en nivel de excelencia, los cuales deberán implementarse a través del plan de incentivos. 10. COBERTURA DEL PLAN DE INCENTIVOS Tendrán derechos a incentivos pecuniarios y no pecuniarios todos los empleados de carrera, así como los de libre nombramiento y remoción de los niveles asesor, ejecutivo, profesional, técnico, administrativo y operativo (art. 31 D.L. 1567 de 1998). 11. INCENTIVOS Y RECURSOS Los incentivos a reconocer a los servidores públicos de la Alcaldía de San José del Guaviare, atendiendo los objetivos planteados, serán pecuniarios y no pecuniarios, dirigidos a reconocer individuos o equipos de trabajo por su desempeño productivo en niveles de excelencia. Estos no modifican el régimen salarial y prestacional de los servidores públicos de la entidad. Los incentivos pecuniarios se al mejor grupo de trabajo atendiendo la disponibilidad presupuestal que para la fecha que se tenga, previa presentación del proyecto y los no

pecuniarios al mejor servidor público de la entidad de cada nivel jerárquico, escogiendo entre aquellos que pertenezcan a los niveles Directivo, Profesional, Técnico y Asistencial. 12. TIPOS DE INCENTIVOS La Alcaldía de San osé del Guaviare, podrá reconocer los siguientes incentivos a los servidores públicos escogidos: 12.1. Becas para Educación Formal Este incentivo que va dirigido a los empleados de libre nombramiento y remoción y de carrera se podrá aplicar en cualquier modalidad y nivel académico, al interior del país, a elección del funcionario seleccionado, siempre que corresponda a este tipo de formación y el plan de educación esté debidamente aprobado y reconocido por las autoridades competentes. Para su otorgamiento, el empleado deberá cumplir las siguientes condiciones: Llevar por lo menos un año de servicio continuo en la entidad. Acreditar nivel sobresaliente en la calificación de servicios correspondiente al último año de servicio. 12.2. Participación en Proyectos Especiales Este incentivo está dirigido a fomentar y apoyar económicamente la participación del funcionario seleccionado que elija este incentivo, para el desarrollo de trabajos individuales o colectivos que tengan como propósito proyectar, desarrollar e implementar este tipo de proyectos institucionales que establezca la Alcaldía de San José del Guaviare, o que a juicio del Comité de Capacitación, Bienestar Social e Incentivos puedan ser otorgados cuando no sean de carácter institucional. 12.3. Reconocimientos Públicos a la Labor Meritoria Hace referencia a la publicación en los diferentes medios de comunicación de divulgación externa como la prensa e internos como los boletines existentes en la Alcaldía, con el propósito de dar a conocer en las diferentes instancias a los mejores funcionarios y a los equipos de trabajo que hayan alcanzado niveles de excelencia que opten por este tipo de incentivo.

12.4. Encargos, Comisiones y Traslados Estos se regirán por las disposiciones vigentes sobre la materia y por aquellas que las reglamenten, modifiquen o sustituyan. 12.5. Pecuniarios Estarán constituidos por reconocimiento económico que serán asignados al mejor equipo de trabajo de la Alcaldía de San José del Guaviare. El valor del Incentivo pecuniario deberá pagarse por la entidad en su totalidad y por partes iguales, en efectivo al equipo de trabajo seleccionado. 12.6. No Pecuniarios: Descanso laboral remunerado. 13. CONSIDERACIONES PARA ASIGNAR LOS INCENTIVOS Para la asignación de estos incentivos se observarán las siguientes consideraciones: La selección y la asignación de incentivos se basarán en registros e instrumentos objetivos para medir el desempeño meritorio. Los criterios de selección considerarán los resultados del trabajo de equipo como medidas objetivas de valoración. Cada empleado seleccionado tendrá derecho a escoger un reconocimiento acorde con los recursos que para el caso disponga la entidad. Siempre debe hacerse efectivo el reconocimiento que se haya asignado. El mejor funcionario público debe tener reconocimiento por parte del superior inmediato. Dicho reconocimiento se efectuará por escrito y se anexará a la hoja de vida. 14. REQUISITOS PARA LA SELECCIÓN 14.1. Mejor servidor público a. Se seleccionará al mejor funcionario después de escogido y aplicado el instrumento a utilizar. b. Haber obtenido la mayor puntuación según el instrumento aplicado.

c. No haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación. En el evento que un servidor público seleccionado como mejor funcionario, sea sancionado disciplinariamente en cualquier estado del proceso de la selección, se constituye en causal de exclusión del mismo, en cuyo caso su lugar será ocupado por el servidor público que le siga en puntaje. En el caso que el mejor funcionario se encuentre disfrutando del incentivo, sea sancionado disciplinariamente, o no haga uso debido de este, perderá automáticamente el derecho a su disfrute. 14.2. Mejor equipo de trabajo Se seleccionará el equipo de trabajo teniendo en cuanta los requisitos que se describen a continuación: a. Los equipos de trabajo deben estar conformados como mínimo por dos (2) participantes y uno de ellos debe estar inscrito en carrera administrativa. b. Haber realizado un trabajo que haya generado impacto a nivel interno y/o externo. En el evento que uno de los miembros del equipo de trabajo seleccionado, sea sancionado disciplinariamente en cualquier estado del proceso de selección, se constituye en causal de exclusión del mismo. De esta manera se tendrán en cuenta los equipos de trabajo tanto misionales como de apoyo, para dar una mayor cobertura a la población, los equipos que deseen participar deben inscribirse dentro del plazo establecido por el Comité de Selección. Equipo de trabajo que no se haya inscrito será inhabilitado automáticamente. 15. PROCESO DE SELECCIÓN 15.1. Mejor servidor público Para seleccionar a los mejores servidores públicos de los niveles jerárquicos de la Entidad, se procederá de la siguiente manera: a. El jefe inmediato aplicará el instrumento.

b. Se entregarán los resultados a la Secretaría Administrativa y de Desarrollo Social como responsable de la administración del talento humano de la Alcaldía. c. La Secretaría Administrativa y de Desarrollo Social presentará al Comité creado para tal fin, el listado de los servidores públicos de la entidad, que hayan cumplido con los requisitos contemplados en esta reglamentación. d. El comité de reunirá y revisará la información y procederá a seleccionar a los mejores funcionarios de cada nivel, entre quienes hayan obtenido los más altos puntajes, de los cuales se levantará un acta, la cual servirá de sustente, para que mediante acto administrativo motivado suscrito por el Alcalde Municipal, se formalice la selección. e. El mejor servidor público de la entidad, será escogido por el Comité de Selección, de entre los que hayan obtenido el mayor puntaje de cada nivel jerárquico. f. El Alcalde Municipal, en acto público, proclamará los servidores públicos seleccionados. En el evento de presentarse empate en el puntaje obtenido por dos o más servidores públicos y que corresponda al primer lugar de la selección del mejor funcionario de cada nivel jerárquico, de la entidad, el Comité llevará a cabo una evaluación en la que se tendrá en cuenta los aportes destacados que hubiesen realizado a la Alcaldía de San José del Guaviare. El Comité, de acuerdo con los recursos que disponga la entidad, definirá los incentivos que se asignen al mejor funcionario de cada nivel jerárquico de la Alcaldía de San José del Guaviare. 15.2. Mejor equipo de trabajo Para seleccionar el mejor equipo de trabajo de la entidad, se procederá de la siguiente manera: a. El jefe de cada dependencia aplicará el instrumento de calificación y de acuerdo a esto escogerá el equipo de trabajo a inscribir. b. El jefe de cada dependencia entregará los resultados a la Secretaría Administrativa y de Desarrollo Social, como dependencia encargada de la administración del talento humano de la Alcaldía. c. La Secretaría Administrativa y de Desarrollo Social presentará al Comité creado para tal fin, el listado de los equipos de trabajo, que cumplan con los requisitos contemplados en esta reglamentación

g. El Comité se reunirá, revisará la información y procederá a seleccionar el mejor equipo de trabajo, entre quienes hayan obtenido las más altas calificaciones, de los cual se levantará un acta, la cual servirá de sustente, para que mediante acto administrativo motivado suscrito por el Alcalde Municipal, se formalice la selección. d. El mejor equipo de trabajo de la entidad, será escogido por el Comité de Selección, de entre los que hayan obtenido el mayor puntaje en la calificación. e. El Alcalde Municipal, en acto público, proclamará el mejor equipo de trabajo seleccionado. En el evento de presentarse empate en el puntaje obtenido por dos o más equipos de trabajo y que corresponda al primer lugar de la selección, el Comité llevará a cabo una evaluación en la que se tendrá en cuenta los aportes destacados que hubiesen realizado a la Alcaldía de San José del Guaviare. El Comité, de acuerdo con los recursos que disponga la entidad, definirá los incentivos que se asignen al mejor equipo de trabajo de la Alcaldía de San José del Guaviare. 16. PRESUPUESTO PARA EL PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS El municipio de San José del Guaviare, asignará el presupuesto necesario dentro de los límites de austeridad del gasto, para el cumplimiento del Programa de Bienestar Social e Incentivos de sus servidores públicos. Actividades Presupuesto Actividades culturales, deportivas y ciclo paseo sitio turístico $ 7.569.000 Paseo turístico fuera del municipio de San José del Guaviare $ 5.500.000 Exámenes médicos ocupacionales de audiometría y visiometría $ 5.000.000 Plan de Capacitación $ 6.958.200 Incentivos $ 2.200.000 Total $ 27.227.200 17. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN Anualmente el Programa de Bienestar Social e Incentivos de la Administración Municipal, se le hará seguimiento y evaluación mediante la medición del impacto y el grado de ejecución del mismo. En ésta fase del programa, se levantará el estudio diagnóstico de necesidades a fin de actualizar las expectativas y requerimientos de los funcionarios en lo que corresponde

a Bienestar Social Laboral, siguiendo las directrices y lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Además, garantizando la participación activa de los Servidores Públicos de la Entidad en la construcción y formulación del Programa.