Esta Especialidad estará dirigida a Cirujanos Dentistas, Estomatólogos.

Documentos relacionados
REGLAMENTO DE FACULTADES Y ESCUELAS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO TÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

NORMATIVIDAD ACADÉMICA DE LA UNAM REGLAMENTO DEL ESTATUTO DEL SISTEMA UNIVERSIDAD ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

REGLAMENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN

REGLAMENTO ESCOLAR DEL PLAN RÍGIDO

REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ

Reglamento Interno de la Escuela de Obstetricia y Enfermería de la Universidad Autónoma del Estado de México

NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES. I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA

FACULTAD DE CIENCIAS FÍSICO- MATEMÁTICAS

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

Reglamento Interno de la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma del Estado de México

C O N S I D E R A N D O

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento de la Escuela Preparatoria de la Universidad Autónoma del Estado de México.

SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES

MODIFICACIONES A LA LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA APROBADAS POR EL CONSEJO UNIVERSITARIO EN SU SESIÓN ORDINARIA DEL 26 DE JUNIO DE 2013

CONVOCATORIA MAESTRÍA EN EDUCACIÓN GENERACIÓN

Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS EDUCATIVOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE OCCIDENTE

REGLAMENTO ESCOLAR DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SINALOA

ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO

REGLAMENTO DE INGRESO, PERMANENCIA Y EGRESO DE LA UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO DEL ESTADO DE PUEBLA, TITULO PRIMERO Disposiciones Generales

Maestría en Ciencias para el Desarrollo Sustentabilidad y Turismo

MAESTRÍA Y DOCTORADO EN ESTUDIOS TURÍSTICOS

REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN

REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS

REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES Y EXÁMENES

UNIVERSIDAD DEGUADALAJARA

PROCESO DE ADMISIÓN ESPECIALIZACIÓN EN ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN EN PROMOCIÓN DE LA SALUD INFORMACIÓN GENERAL:

LA SECRETARÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO

Reglamento de Educación a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR LINEAMIENTOS PARA EL DISEÑO Y ACTUALIZACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM. TITULO I De las Normas Generales

Reglamento de los Estudios Avanzados de la Universidad Autónoma del Estado de México

TÍTULO PRIMERO DE LOS ESTUDIOS CAPÍTULO ÚNICO DE LA FINALIDAD DE LOS ESTUDIOS TÍTULO SEGUNDO DEL PROCESO DE ADMISIÓN CAPÍTULO I DE LOS REQUISITOS

REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD

REGLAMENTO INTERNO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN FÍSICA MÉDICA UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA

Universidad Autónoma del Estado de México Secretaría de Investigación y Estudios Avanzados Dirección de Investigación

Julio Art. 119 La formación que la Universidad ofrece a los alumnos de posgrado se funda en su misión y objetivos:

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO DEL PERSONAL ACADÉMICO A TRAVÉS DE ESTUDIOS DE POSGRADO

DOCTORADO EN ARQUITECTURA Y ESTUDIO URBANOS

Reglamento de Postgrado

b) Postulantes que no habiendo sido Ordinarios, se han desempeñado en calidad de Interinos en forma ininterrumpida en el cargo en cuestión.

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES EN EL NIVEL LICENCIATURA

DECRETO DECRETA: REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE TURISMO Y GASTRONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Dirección General de Institutos Tecnológicos

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales

Inscripción a primer Ingreso.

REGLAMENTO DE ADMISIÓN

REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO UNIVERSIDAD FINIS TERRAE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Maestría y Doctorado en Estudios Jurídicos

U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION

La Universidad Nacional Autónoma de México, a través del Programa. Maestría en Ciencias (Neurobiología)

A V I S O 1. REQUISITOS

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR

Principado de Asturias

La Universidad Nacional Autónoma de México, a través del Programa de Posgrado en Antropología

CICLO ESCOLAR SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR

Universidad del Salvador

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO

REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado.

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN LA UPV. Versión para actualización ante el Comité de Ingreso y Permanencia

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. Unidad Xochimilco División de Ciencias Biológicas y de la Salud

Universidad Autónoma del Estado de México Programa de Estudios Avanzados 2015 Maestría en Finanzas

Maestría en Alta Dirección en Sistemas de Información

PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES

UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN

REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE ENFERMERÍA Y OBSTETRICIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO

Máster Oficial en Ingeniería Informática. Perfil de Ingreso Recomendado

REGLAMENTO DE ADMISIÓN DE LA UNIVERSIDAD VALLE DEL MOMBOY

REGLAMENTO DE IDIOMAS LICENCIATURAS

MAESTRÍA Y DOCTORADO EN INGENIERÍA

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

Convocatoria GENERAL. PROGRAMA MACA (Movilidad Académica Colombia Argentina)

NORMAS INTERNAS DE INGRESO, RETIRO, CAMBIOS DE TURNO Y DE ESTUDIOS EN LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACION Y EN LAS CARRERAS DE TECNICO SUPERIOR

Becas para Estudiantes Extranjeros en Colombia. Para los interesados, podrán encontrar los requisitos de aplicación a continuación.

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE UNIDADES VALORATIVAS Y DE COEFICIENTE DE UNIDADES DE MERITO EN LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

CONTADURÍA Visión estratégica e innovadora para guiar a la empresa

MAESTRÍA EN LITERATURA HISPANOAMERICANA Y ECUATORIANA

De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002.

MAESTRÍA Y DOCTORADO EN CIENCIAS AMBIENTALES

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA Escuela Central de Posgrado

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL REGLAMENTO DE EDUCACIÓN A DISTANCIA DE LA UAEM

LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE MAESTRÍA Y DOCTORADO EN BIBLIOTECOLOGÍA Y ESTUDIOS DE LA INFORMACIÓN

Nombre: INTERCAMBIO ACADÉMICO ESTUDIANTIL Clave: VI-R01 Versión: 1 Fecha: 01/09/03

LICENCIATURA DE INGENIERÍA EN SISTEMAS BIOMÉDICOS

REGLAMENTO ESCOLAR DE LA UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MÉXICO CONSIDERANDO

Universidad Nacional del Nordeste Secretaría General de Posgrado

REGLAMENTO ALUMNOS - MODALIDAD A DISTANCIA

Transcripción:

PERFIL Y REQUISITOS DE INGRESO Esta Especialidad estará dirigida a Cirujanos Dentistas, Estomatólogos. Perfil de Ingreso. Conocimientos y habilidades. Actitudes. Capacidad de análisis y relación de información. Capacidad de razonamiento, inducción, deducción, abstracción. Capacidad de memoria y organización de datos e información. Capacidad de expresión y comunicación oral y escrita. Conocimientos básicos en las áreas generales de la Licenciatura de Cirujano Dentista Hábitos de estudio. Compromiso e interés por la Endodoncia Sensibilidad y empatía hacia la gente con la que interactúa. Disposición para el trabajo Interdisciplinario. Tiempo completo para actividades de aprendizaje Métodos, técnicas y procedimientos. Método y técnicas de traducción del inglés al español. Principios y manejo básico de programas de computación. Requisitos de ingreso. Con base en el artículo 165 del Reglamento de Facultades y Escuelas profesionales de la Universidad Autónoma del Estado de México, los requisitos para ingresar a los estudios de la especialidad, son los siguientes 1. Solicitud de inscripción expedida por la Coordinación de Endodoncia de la Facultad de Odontología de la U.A.E.M. 2. Acta de nacimiento (original y dos copias).

3. Certificado de licenciatura (original y dos copias). 4. Título de licenciatura de Cirujano Dentista o Estomatólogo (original y dos copias). 5. Cédula Profesional (original y dos copias). 6. Currículum Vitae (Solicitar el formato en la Coordinación de Posgrado de la Facultad). 7. Pago de derechos escolares. 8. Aprobar examen de admisión. 9. Constancia de comprensión del idioma ingles emitida por la Facultad de Lenguas de la Universidad Autónoma del Estado de México. 10. En el caso de los aspirantes extranjeros, deberán acreditar la legalización y revalidación de los estudios cursados ante la instancia correspondiente. Nota: Los documentos deben entregarse a la coordinación en forma completa, en el orden indicado y el curriculum entregarse de acuerdo al formato indicado. Los documentos originales son para cotejo de las copias y se regresan al alumno inmediatamente. Artículo 165.- Para ingresar a la especialización se requiere: I. Solicitar la inscripción a la Facultad respectiva. II. Poseer el título de la Licenciatura indicada como antecedente en el plan de estudios de que se trate. III. Aprobar exámenes de admisión que se señalen. IV. Pagar los derechos escolares. V. Cubrir los demás requisitos que regule la reglamentación interna de cada Facultad. Artículo 168.- Los aspirantes que provengan de otras instituciones nacionales o extranjeras, además de satisfacer los requisitos establecidos en este capítulo, deberán cumplir con las disposiciones sobre revalidación de estudios. Artículo 169.- Las inscripciones a los estudios de posgrado se efectuarán dentro de los periodos señalados en el calendario escolar, conforme a los instructivos correspondientes.

Artículo 170.- Los aspirantes que reúnan los requisitos de ingreso y realicen oportunamente los trámites de inscripción, adquirirán la calidad de alumnos, con todos los derechos y obligaciones que establezca la legislación universitaria. Artículo 171.- Se entenderá que renuncian a su derecho de inscripción los aspirantes o alumnos que no concluyan los trámites relativos en las fechas que al efecto establezcan los instructivos pertinentes. Artículo 172.- Cuando se compruebe la falsedad total o parcial de un documento, exhibido para efectos de inscripción, se anulará ésta y quedarán sin efecto todos los actos derivados de la misma, sin perjuicio de otra clase de responsabilidad. CRITERIOS DE SELECCIÓN Entrevista personal con el comité donde se evaluaran algunas de las habilidades que se requieren en el perfil de ingreso. Historial Académico (Promedio de licenciatura de 8.0, la aceptación de aspirantes con un promedio menor de 8.0 quedara condicionada al análisis del desempeño por parte del comité curricular ) Aprobar examen de admisión con promedio mínimo de 8.0 (Se implementara un curso de inducción previo al examen). Aprobar el examen decomprensión del idioma inglés, el cual será evaluado por la Facultad de Lenguas de la UAEM. Analizar los resultados del examen psicométrico, cuya aplicación la realizará la Facultad de Psicología de la UAEM. CUPO MÍNIMO Y MÁXIMO DE ALUMNOS Mínimo. 7 Máximo. 10

REQUISITOS DE PERMANENCIA Los alumnos deberán disponer de tiempo para permanecer dentro del programa. El alumno deberá cubrir el total de créditos que corresponde a cada semestre o período escolar y aprobar su evaluación ordinaria con un mínimo de siete puntos. De acuerdo a lo señalado en el Capítulo V del Reglamento de Facultades y Escuelas Profesionales de la Legislación Universitaria de la permanencia en los estudios de posgrado. Articulo 173º.- El límite de tiempo para ser considerado alumno del nivel posgrado, no podrá exceder de dos veces la duración mínima señalada en el plan de estudios respectivo. Artículo 174º.- Quienes hubieren interrumpido sus estudios de posgrado podrán adquirir por una sola ocasión la calidad de alumnos, pero deberán sujetarse al plan de estudios vigente a la fecha de su reingreso. En caso de una interrupción mayor de dos años consecutivos, deberán inscribirse al primer semestre, cursando todas las asignaturas que integran el plan de estudios correspondiente. Artículo 175º.- Quienes hayan terminado los estudios de especialización, maestría o doctorado, tendrán derecho a inscribirse en otros estudios de posgrado siempre que satisfagan los requisitos de inscripción pertinentes. Esta misma norma se aplicará a los alumnos que, sin haber concluido los estudios de posgrado, soliciten cambiar de especialidad, maestría o doctorado. Para tal efecto, se observará la equivalencia de asignaturas que en su caso determine el Consejo de Gobierno, previo dictamen del Consejo Académico. Artículo 176º.- Sólo podrá cursarse en dos ocasiones cada una de las asignaturas de un plan de estudios de posgrado, salvo el caso de promociones únicas, en que se cursarán una vez. Se cancelará la

inscripción al alumno que no acredite una asignatura al concluir la evaluación de la segunda oportunidad. Artículo 177º.- Cuando un alumno acumule 5 evaluaciones finales de asignatura reprobadas dentro de un plan de estudios de posgrado, se cancelará de manera definitiva su inscripción en los estudios respectivos. De acuerdo a lo señalado en el: Reglamento de Facultades y Escuelas Profesionales de la Legislación Universitaria Capitulo VI de la Revalidación de Estudios Articulo 178º.- Los aspirantes que provengan de otras instituciones nacionales o extranjeras, que deseen continuar sus estudios en la Universidad, podrán solicitar la revalidación de sus certificados de estudios de posgrado, siempre que los planteles en que se hayan realizado tengan planes y programas académicos equivalentes a los de la Facultad de que se trate. El trámite de revalidación será previo a la inscripción de los solicitantes a las dependencias universitarias. Este trámite no implicará compromiso de admisión por parte de la Universidad. Artículo 179º.- Las solicitudes de revalidación serán presentadas ante la Dirección de Control Escolar de la Universidad, antes de que concluya cada periodo de inscripción, en los términos de los instructivos correspondientes. En la tramitación de las solicitudes de revalidación deberá exhibirse el certificado de estudios de posgrado, el plan y programas de estudios pertinentes, y otros documentos que se requieran, así como cubrir los derechos respectivos. Artículo 180.- El Consejo de Gobierno de cada Facultad, previo dictamen del Consejo Académico, emitirá resolución sobre la solicitud de revalidación de estudios de posgrado, señalando en su caso la equivalencia de sus planes y programas de estudio, así como el período en el que se podrá inscribirse el aspirante.

Las equivalencias de asignaturas se determinarán por la comparación de los programas de estudio exhibidos por el solicitante y los de la Facultad, aún cuando no tengan exactamente las mismas denominaciones. Artículo 181º.- Sólo se revalidará hasta el 40 por ciento de los créditos que conformen el plan de estudios de la especialización, maestría o doctorado que corresponda. No se revalidarán certificados de posgrado, cuando los estudios se hayan suspendido en un plazo mayor de dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Artículo 182º.- No se revalidarán certificados completos de estudios de postgrado para el único fin de expedir el grado correspondiente. Sólo se revalidarán certificados de especialización o maestría, para efectos de inscripción a los estudios de maestría o doctorado.