Garantías financieras, obligación o buenas prácticas de gestión?
CREADO EN 1994 25 ENTIDADES ASOCIADAS CAPACIDAD AGREGADA DE TODOS LOS SOCIOS ACTIVIDAD DE REASEGURO Sujeto al reglamento europeo sobre acuerdos de coaseguro y reaseguro.
RELACIÓN DE COMPAÑIAS ASEGURADORAS ALLIANZ SEGUROS BILBAO SEGUROS CATALANA OCCIDENTE FIATC SEGUROS GROUPAMA SEGUROS HELVETIA SEGUROS MAPFRE EMPRESAS MUTUA GENERAL DE SEGUROS REALE SEGUROS GENERALES AXA SEGUROS CASER ESTRELLA SEGUROS GENERALI SEGUROS HDI SEGUROS LA UNIÓN ALCOYANA MUSSAP PATRIA HISPANA RELACIÓN DE COMPAÑÍAS REASEGURADORAS CONSORCIO COMP. DE SEGUROS MAPFRE RE. MÜNCHENER RÜCK NACIONAL DE REASEGURO ODYSSEY RE. SCOR GLOBAL P &C SWISS-RE XL RE. EUROPE
Garantías financieras Algunos ejemplo de accidentes ambientales: - Minas de Aznalcollar. - Balsas de Lodos de Hungría. - Accidente en un centro de Transferencia de Residuos del Automóvil - Accidente en una estación de servicio
LOS RIEGOS AMBIENTALES TAMBIÉN SON RIESGOS OPERACIONALES QUE PUEDEN COMPROMETER EL FUTURO Y LA VIABILIDAD DE LAS EMPRESAS
COMUNICACIÓN Y CONSULTA ANÁLISIS DEL RIESGO IDENTIFICACIÓN DE CAUSAS Y DE PELIGROS IDENTIFICACIÓN DE SUCESOS INICIADORES ESTIMACIÓN DE CONSECUENCIAS EVALUACIÓN DEL RIESGO (ESTABLECIMIENTO DE CRITERIOS) -EXPECTATIVAS DE LAS PARTES INTERESADAS - COSTE-BENEFICIO, ETC. -ELIMINACIÓN -REDUCCIÓN -FINANCIACIÓN -TRANSFERENCIA -ACEPTACIÓN ESTIMACIÓN DEL RIESGO (probabilidad/frecuencia) GESTIÓN DEL RIESGO SEGUIMIENTO Y REVISIÓN
LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Por qué una garantía financiera obligatoria? Directiva 35/2004 Países sin garantía financiera obligatoria Países con garantía financiera obligatoria Ley 26/2007
LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Los operadores del ANEXO III
LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Exenciones a) Los operadores de aquellas actividades susceptibles de ocasionar daños inferiores a 300.000 euros. b) Los operadores de actividades susceptibles de ocasionar daños cuya reparación se evalúe por una cantidad comprendida entre 300.000 y 2.000.000 de euros, que acrediten que están adheridos con carácter permanente y continuado, bien al sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales (EMAS), bien al sistema de gestión medioambiental UNE-EN ISO 14001. c) La utilización de los productos fitosanitarios y biocidas con fines agropecuarios y forestales. Ley 11/2014 añade una nueva exención. d) Los operadores de actividades de las actividades que se establezcan reglamentariamente atendiendo a su escaso potencial de generar daños medioambientales y bajo nivel de accidentabilidad.
REAL DECRETO183/2015 ACTIVIDADES SEVESO ACTIVIDADES IPPC INSTALACIONES DE RESIDUOS MINEROS CLASIFICADOS COMO DE CATEGORÍA A SEGÚN RD 975/2009
LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Modalidades de garantías financieras 1. Una póliza de seguros, complementada por un fondo constituido por el Consorcio de Compensación de Seguros 2. Un aval bancario 3. La constitución de una reserva técnica mediante la dotación de un fondo ad hoc con materialización en inversiones financieras respaldadas por el sector público
LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Contenido Obligatorio del Seguro REQUISITOS Garantía específica y exclusiva de las responsabilidades de la ley. Gastos para evitar un riesgo inminente de daño por contaminación. LIMITACIONES AUTORIZADAS Origen involuntario e inesperado. Reparación Primaria. Contaminación (eliminada mediante RD-ley 8/2011. artc. 32.dos) POST-CLAUSURA Daños descubiertos tras el cese de actividad, a cargo de un Fondo de Compensación de Seguros.
REAL DECRETO 183/2015 por el que se modifica el R.D 2090/2008. Cómo se fija el límite de la garantía financiera 1.) Realizar el análisis de riesgo (norma UNE 150.008 o similar) 2.) Dicho análisis de riesgos debe contener: a) Identificar escenarios accidentales y establecer la probabilidad de ocurrencia de cada uno de ellos. b) Estimar un índice de daño medioambiental (IDM) asociado a cada escenario accidental siguiendo los pasos establecidos en el anexo III. c) Calcular el riesgo asociado a cada escenario accidental como el producto de la probabilidad de ocurrencia de cada escenario y el índice de daño medioambiental. d) Seleccionar los escenarios con menor índice de daño medioambiental asociados que agrupen el 95 % del riesgo total. e) Establecer la cuantía de la garantía financiera, como el valor del daño medioambiental del escenario de IDM mas alto entre los escenarios seleccionados. Para ello se seguirán los siguientes pasos En primer lugar, se cuantificará el daño medioambiental generado en el escenario seleccionado. En segundo lugar, se monetizará el daño medioambiental generado en dicho escenario de referencia, cuyo valor será igual al coste del proyecto de reparación primaria. (MORA)
LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Limite máximo de la garantía financiera La cobertura de la garantía financiera obligatoria nunca será superior a 20.000.000 de euros. (Real Decreto-ley 8/2011. art. 32.dos:La constitución de esta garantía por la cobertura máxima no exime a los operadores de realizar el correspondiente análisis de riesgos)
ORDEN MINISTERIAL Establece el orden de prioridad y el calendario para la exigibilidad de la garantía financiera obligatoria
LOS RIEGOS AMBIENTALES TAMBIÉN SON RIESGOS OPERACIONALES QUE PUEDEN COMPROMETER EL FUTURO Y LA VIABILIDAD DE LAS EMPRESAS
Muchas Gracias! Pool Español de Riesgos Medioambientales C/ General Perón Nº 27 28020 Madrid Tel.: 91 561 84 11 Fax.: 91 564 36 79 E-mail.: mdelacalle@perm.es