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Transcripción:

FUNDACIÓ BARCELONA MOBILE WORLD CAPITAL FOUNDATION PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES RELATIVAS AL ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE LOS STANDS DE EXPOSITORES PARA EL EVENTO 4YFN, EDICIÓN 2015 (FABRICACIÓN, TRANSPORTE, MONTAJE, MANTENIMIENTO, DESMONTAJE Y SERVICIOS GENERALES) Expediente 146/2014 1

CUADRO-RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN A.- OBJETO: Acuerdo Marco para el suministro de los stands de expositores para el evento 4YFN edición 2015 (fabricación, transporte, montaje, mantenimiento, desmontaje y servicios generales B. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: un máximo de 206.900 Euros (IVA no incluido). C.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN: 206.900 Euros (IVA no incluido). D.- TIPO DE PROCEDIMIENTO: Abierto E.- TRAMITACIÓN: Ordinaria F.- DIVISIÓN EN LOTES: NO G.- PLAZOS DE EJECUCIÓN: Los previstos en la cláusula 9 del Pliego de Cláusulas Particulares. Los stands deben estar montados, terminados, limpios y en pleno funcionamiento el día 28 de febrero de 2015, a las 10 horas. H.- VALORACIÓN DE PLAZOS: NO I.- LUGAR DE EJECUCIÓN: Recinto Ferial de Montjuïc, de Fira de Barcelona, Hall 8. J.- GARANTÍA PROVISIONAL: NO K.- GARANTÍA DEFINITIVA: SI, correspondiente al 5% del presupuesto de licitación. L.- SEGURO: SI, responsabilidad civil. LL.- SUBCONTRATACIÓN: SI, con los límites establecidos en la cláusula 18 del Pliego de Cláusulas Particulares M.- VARIANTES : Sí, según lo dispuesto en el punto 2.4 del Pliego de Prescripciones Técinas N.- FECHA LIMITE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Lugar: FUNDACIÓ BARCELONA MOBILE WORLD CAPITAL FOUNDATION C/ Roc Boronat 117 3ª Planta Barcelona Edificio Media-TIC. Fecha: Lunes 15 de diciembre de 2014 Hora: Hasta las 14:00 horas Horario de registro: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas Ñ.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS DEL SOBRE Nº 2 CONFORMADO POR LA PROPUESTA EVALUABLE MEDIANTE APLICACION DE CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR Lugar: FUNDACIÓ BARCELONA MOBILE WORLD CAPITAL FOUNDATION 2

C/ Roc Boronat 117 3ª Planta Barcelona Edificio Media-TIC. Fecha: 19 de diciembre de 2014. Hora: A las 13:00 horas O.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS DEL SOBRE Nº 3 CONFORMADO POR LAS PROPUESTAS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS AUTOMATICAS. Lugar: FUNDACIÓ BARCELONA MOBILE WORLD CAPITAL FOUNDATION C/ Roc Boronat 117 3ª Planta Barcelona Edificio Media-TIC. Fecha: Se comunicará oportunamente a través del Perfil del Contratante de la Entidad P.- FORMULACIÓN DE CONSULTAS Las empresas interesadas en participar en el presente procedimiento de contratación podrán realizar las consultas que estimen pertinentes en relación con la documentación contractual y a efectos de poder confeccionar su propuesta. Estas consultas deberán vehicularse a través del buzón de correo electrónico procurement@mobileworldcapital.com El plazo máximo de aceptación de cuestiones será de dos (2) días naturales antes de la fecha límite prevista para la presentación de las ofertas. 3

PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES OBJETO: Acuerdo Marco para el suministro de los stands de expositores para el evento 4YFN, edición 2015 (fabricación, transporte, montaje, mantenimiento, desmontaje y servicios generales). TRAMITACIÓN: Ordinaria PROCEDIMIENTO: Abierto Código de contrato Exp. 146/2014 Acuerdo Marco para el suministro de los stands de expositores para el evento 4YFN, edición 2015 (fabricación, transporte, montaje, mantenimiento, desmontaje y servicios generales) I ESTIPULACIONES GENERALES 1.- FINALIDADES DEL ACUERDO MARCO El acuerdo marco tiene como finalidad el suministro de los stands de expositores para el evento 4YFN, edición 2015 que organiza la Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation (en adelante, la Fundación o MWCB) en el Hall 8 del recinto firal de Montjuïc, de Fira de Barcelona (Exp. 146/2014), incluyendo prestaciones de fabricación, transporte, montaje, mantenimiento, desmontaje y servicios generales. Las prestaciones a realizar por el Adjudicatario se encuentran definidas en el presente Pliego de Cláusulas Particulares (PCP), el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) y en el contrato tipo para el acuerdo marco. Con esta finalidad, mediante el presente acuerdo marco se seleccionará una única empresa que prestará el suministro y los servicios que se requieran por MWCB durante la vigencia del mismo, definiéndose las condiciones y obligaciones a las que deberán ajustarse los encargos o contratos derivados en base al presente acuerdo marco y se determinaran los estándares comunes de prestación de este servicio. La empresa con la que se concluirá el acuerdo marco será aquella que presente la oferta económicamente más ventajosa atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el presente Pliego. 2.- OBJETO DEL ACUERDO MARCO El objeto del Acuerdo marco consiste en definir las condiciones para la prestación del suministro de los stands de expositores para el evento 4YFN edición 2015, que se celebrará en el recinto ferial de Montjuïc de Fira de Barcelona, Hall 8 (Exp146/2014), y servicios complementarios, siendo de aplicación a todos los contratos que se adjudiquen basados en el mismo, es decir, siempre que tales contratos tengan por objeto el suministro de los siguientes stands de expositores descritos en el PPT: área corner, stand individiual y stand compartido. El contenido de cada una de las prestaciones a realizar por el Adjudicatario en relación a los stands de expositores se halla descrito y detallado en el PPT. En concreto, son las siguientes: 4

- Fabricación de los componentes de los stands de expositores indicados en el PPT, así como suministro de los mismos, en régimen de alquiler, incluyendo los elementos de mobiliario y audiovisuales detallados en el PPT. - Transporte de los stands de expositores, con todos sus componentes y elementos, hasta el recinto que albergará el evento 4YFN. - Montaje completo de los distintos stands de expositores en cada una de las áreas habilitadas al efecto, según se detalla en el PPT. - Servicio de mantenimiento en los términos y condiciones detallados en el punto 2.5. del PPT. - Servicios generales en los términos y condiciones detallados en el punto 2.7 del PPT. - Desmontaje de los stands de expositores y retirada de todos sus elementos del recinto y área de exposición. Se entenderán adjudicados al Adjudicatario los contratos de suministro derivados del acuerdo marco, mediante la recepción por el Adjudicatario de las correspondientes solicitudes de suministro que le emitirá MWCB en función de las contrataciones que ésta reciba de los expositores al evento. Tal y como se ha indicado, el acuerdo marco regulado en el presente pliego se concluirá con un único empresario. 3.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DEL ACUERDO MARCO El órgano de contratación del acuerdo marco es la Comisión Ejecutiva del Patronato de la Fundación. 4.- DESTINATARIO DEL SERVICIOS DEL ACUERDO MARCO El destinatario de las prestaciones y suministros de stands de expositores objeto del presente acuerdo marco es la propia MWCB, para que ésta los pueda ofrecer en régimen de alquiler a los expositores del Evento. Por tanto, los encargos por parte de MWCB, a la empresa seleccionada en el acuerdo marco se realizarán en función de las contrataciones que reciba de los expositores, sin que MWCB quede obligada a solicitar un determinado número de encargos al Adjudicatario. 5.- RÉGIMEN JURÍDICO Confluyen en el objeto del Acuerdo Marco prestaciones propias del contrato de servicios y suministro, en los términos en que dichas categorías contractuales vienen definidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de 2007, de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP). En consecuencia, teniendo en consideración las prestaciones objeto del contrato, se trata de un contrato mixto de servicios y suministro. No obstante, atendiendo al carácter de la prestación que tiene más importancia desde el punto de vista económico, se tipifica el contrato como de suministro. MWCB está sujeta a las disposiciones del TRLCSP relativas a la contratación no armonizada que como poder adjudicador que no tiene el carácter de Administración Pública le resultan de 5

aplicación, así como a las Instrucciones Internas de Contratación que se encuentran a disposición de los licitadores en el Perfil de Contratante de la entidad, en la página web: http://mobileworldcapital.com/cat/pagina/52 Con arreglo al artículo 20.1 del TRLCSP y atendiendo a la naturaleza jurídica de esta Fundación, la contratación que se llevará a cabo a través del acuerdo marco, así como como los contratos que se adjudiquen basados en el mismo, tendrán carácter privado, por lo que se sujetarán al derecho privado. El acuerdo marco y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo, se regirán en lo referente a efectos, cumplimiento y extinción, por lo previsto en el presente Pliego y por el resto de documentación que reviste carácter contractual, y en todo aquello no previsto, por la legislación civil y mercantil aplicable. No obstante, para las modificaciones contractuales le serán de aplicación las normas contenidas en el Título V del Libro I del TRLCSP. Para resolver cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción del Contrato, las partes se someterán a la jurisdicción civil y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Barcelona, con renuncia de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. El presente Pliego de Cláusulas Particulares, sus anexos, así como todos los documentos referentes a la prestación objeto del presente procedimiento de contratación, revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente Pliego y al Pliego de Prescripciones Técnicas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del respectivo contrato. La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicionada por parte de quienes participen al presente procedimiento del contenido del presente Pliego así como de la totalidad de la documentación que conforma el presente procedimiento de contratación, sin ninguna excepción o reserva. El desconocimiento de los términos de cualquier documento que revista carácter contractual no eximirá al adjudicatario de la obligación de cumplirlos. 6. - VALOR ESTIMADO ACUERDO MARCO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 1.El valor estimado del acuerdo marco, a efectos de determinar el procedimiento de adjudicación, la publicidad y la competencia del Órgano de Contratación, asciende a un máximo de DOSCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS EUROS (206.900 ), IVA no incluido -apartado A del Cuadro-Resumen de características- y no incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido. 2. El valor estimado se ha calculado con arreglo a las reglas previstas en el artículo 88 del TRLCSP y 6 de las IIC. El valor estimado se ha calculado tomando como referencia la expectativa más elevada de ventas de stands de expositores. En todo caso, MWCB no garantiza la contratación de la ejecución de un número mínimo de stands de expositores, pues el número de stands de expositores a contratar será el que resulte de los pedidos que reciba MWCB. 2. El presupuesto máximo de licitación del contrato se fija en la cantidad de DOSCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS EUROS (206.900 ), IVA no incluido, - apartado C del Cuadro-Resumen de características. No obstante, la licitación se regirá por los siguientes precios unitarios máximos (IVA no incluido), que se fijan en función de la tipología de los stands de expositores determinados en el PPT. Modelo de stand Precio unitario máximo (IVA no incluido) Startup Corner 4.620,00 6

Startup Individual 1.735,00 Startup Compartido 950,00 3. El presupuesto de licitación és el importe máximo que MWCB podrá disponer para la presente contratación por todos los conceptos y durante todo del periodo del contrato, en el bienentendido de que MWCB no queda obligada a demandar un número mínimo de suministros. 4. Los licitados deberán igualar o disminuir en su oferta los precios unitarios máximos definidos, indicado el IVA aplicar mediante partida independiente. La presentación de una oferta económica de importe superior a los máximos indicados derivará en su exclusión automática del procedimiento de licitación. Los precios presentados por las empresas tendrán incluidos todos los gastos de cualquier tipo en que pudiera incurrirse. Entre otros, incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, corren a cargo del adjudicatario, como son la totalidad de los gastos derivados de la ejecución del contrato, gastos generales, beneficios, seguros, transportes, desplazamientos de personal a cargo del adjudicatario, materiales, gastos de comprobación y de todos los impuestos, derechos, tasas derivados del contrato, sin que puedan ser repercutidos como partida indendiente. Se hace constar que se dispone de crédito suficiente para atender las obligaciones económicas que se derivan para esta Fundación del cumplimiento del contrato objeto del presente procedimiento de contratación. 7.- DETERMINACIÓN DEL PRECIO DE LOS CONTRATOS DERIVADOS A efectos de la determinación del precio de los contratos derivados, se adjunta al Pliego de Prescripciones Técnicas del presente Acuerdo Marco la descripción gráfica y técnica de los tres tipos de stands, con detalle de cada uno de sus componentes. Para determinar el precio del contrato derivado, se aplicará el precio unitario ofertado por el adjudicatario a las unidades de cada tipo de stand contratatadas. El precio unitario incluye todas las prestaciones objeto del contrato. Por tanto, los precios de los contratos derivados serán los que resulten del número y tipo de stands comprendidos en la adjudicación de los expresados contratos derivados e incluirán, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido. En caso de tratarse de una operación internacional/intracomunitaria no sujeta al IVA la/las factura/s que se emitirá/n no lo incluirán. Ello sin perjuicio que MWCB proceda a realizar las correspondientes operaciones para la autorepercusión del impuesto mencionado. En todo caso, la Fundación únicamente abonará el precio a los stands efectivamente suministrados, sin que el adjudicatario tenga derecho a ningún tipo de cantidad mínima o indemnización. 8.- REVISIÓN DE PRECIOS El precio incluye todos los gastos que corren por cuenta de la empresa adjudicataria, comprendiendo los gastos correspondientes a la construcción, suministros, transporte, montaje, mantenimiento, desmontaje y retirada de los stands y servicios generales. 7

9.- PLAZO MÁXIMO PREVISTO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES CONTRACTUALES El plazo de ejecución del contrato será desde su firma hasta el día 6 de marzo de 2015. A partir de la formalización del contrato, MWCB irá confirmando al proveedor los pedidos a medida que se vayan produciendo y hasta el 1 de febrero de 2015, que es la fecha estimada de cierre de los pedidos. No obstante, el proveedor deberá atender los pedidos de expositores que se puedan producir a partir de la fecha estimada de cierre, siempre que objetivamente disponga de plazo suficiente para ello. Asimismo, deberán observarse los siguientes plazos de ejecución: - El montaje de los stands podrá iniciarse en el espacio expositivo en fecha 24 de febrero de 2015, a partir de las 8:00 h. El horario de montaje los días 24 a 27 de febrero de 2015 será de 08:00 a 20:00 horas. - Los packs de exposición deberán estar, construidos, transportados, montados, terminados, limpios, equipados y en pleno funcionamiento, el día 28 de febrero de 2015 a las 10.00 horas. - El mantenimiento de los stands y los servicios generales se prestaran desde el inicio del montaje hasta la finalización del desmontaje. - El desmontaje de los stands de expositores y retirada de todos sus elementos del recinto y área de exposición se llevará a cabo los días 5 y 6 de marzo de 2015, en horario de 08:00 h a 20:00 h. En consecuencia el desmontaje y retirada deberá haber concluido el 6 de marzo a las 20.00 horas. El adjudicatario será el responsable de los deberes de custodia y almacenaje del stand hasta el momento de la finalización de su montaje en el espacio indicado, así como durante el desmontaje y hasta su completa retirada. II - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO DEL ACUERDO MARCO 10.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO MARCO El presente procedimiento, de tramitación ordinaria, se adjudicará mediante procedimiento abierto utilizando los criterios de valoración que constan en el Anexo 3. La licitación se anunciará en el Perfil de contratante de MWCB, al que se tiene acceso a través de la página web www.mobileworldcapital.com. 11.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Están facultados para contratar con MWCB las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar de acuerdo con lo que establece el artículo 54 8

del TRLCSP, que no incurran en ninguna de las prohibiciones de contratar que se recogen en el artículo 60 de la referida Ley y que acrediten la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional. De conformidad con el artículo 10 de las IIC y el artículo 63 de la TRLCSP se podrá acreditar la solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, con independencia de la naturaleza jurídica de los vínculos existentes, siempre que se acredite que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de estos. En todo caso, quienes participen en el procedimiento de licitación deberán acreditar la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de acuerdo con lo establecido en el presente Pliego de Cláusulas Particulares. El licitador deberá acreditar mediante los medios previstos en la cláusula 13 del presente Pliego (apartado 1.2.), tanto la capacidad para contratar como el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional exigidos: Las empresas extranjeras no comunitarias habrán de cumplir, además, con los requisitos del artículo 55 del TRLCSP. MWCB puede contratar con uniones de empresas o agrupaciones que se constituirían temporalmente al efecto. Esta participación se instrumentalizará, en la fase de licitación, mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada una de ellas y designando un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción de la misma, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados en otros aspectos, asumiendo el compromiso de constituirse formalmente en el caso de resultar adjudicatarios. No será necesaria la formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Estos empresarios quedarán obligados solidariamente ante MWCB. Las personas jurídicas sólo podrán resultar adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de las finalidades, objeto o ámbito de actividad que de acuerdo con sus estatutos o reglas fundacionales les sean propias. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 12.- PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES 1. NORMAS GENERALES 1. Las proposiciones se presentarán en la forma indicada a continuación y en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación. 2. Las proposiciones se podrán presentar en las dependencias de la Fundación que se especifican en el anuncio de licitación dentro del plazo de admisión. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia se pueden admitir las ofertas presentadas fuera del plazo (día y hora) señalado en el anuncio de licitación. 9

En el caso de que se produjese la ampliación del plazo de recepción de proposiciones por retraso en la publicación del anuncio, se comunicará mediante indicación en el Perfil del contratante de MWCB la fecha de apertura de las proposiciones. Todos los licitadores han de señalar en el momento de presentar sus propuestas un domicilio, teléfono, fax, correo electrónico y persona de contacto para las comunicaciones y relaciones que en general se deriven del presente procedimiento o que de cualquier manera puedan afectar al licitador. 3. Las ofertas habrán de tener una validez de cuatro meses, contados a partir de la fecha de apertura de las proposiciones y así, deberá indicarse en la oferta. 4. Los licitadores deberán presentar sus proposiciones de acuerdo con lo previsto en el presente pliego. Los licitadores no podrán presentar más de una proposición ni tampoco podrán suscribir ninguna proposición en participación conjunta con otros licitadores si ya lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de estas agrupaciones. La infracción de lo que se señala en este párrafo dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones que haya presentado. 5. Las proposiciones serán secretas y su presentación presume, de un lado la aceptación incondicionada por parte del licitador del contenido de este pliego y del pliego de prescripciones técnicas y, por otro lado la declaración conforme reúne todos y cada uno de los requisitos para contratar. La documentación, una vez entregada, sólo se puede retirar por motivos justificados. 6. La presentación simultánea por parte de empresas vinculadas supondrá los efectos que se establecen en el presente Pliego, en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados. 2. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 1. Las proposiciones constarán de tres (3) sobres. Los sobres deberán estar cerrados, identificados en el exterior con indicación del procedimiento al que se concurre, con los datos de la empresa y firmados por el licitador o persona que le represente. En el interior de cada sobre se incorporará en primer lugar, un índice en folio independiente, en la que se haga constar los documentos incluidos, ordenados numéricamente. Uno de los sobres contendrá los documentos a los que se refiere el artículo 146 del TRLCSP y los otros dos, respectivamente, los documentos relativos a los criterios cuya evaluación depende de un juicio de valor (sobre número 2) y los relativos a los criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas automáticas, que incluirán en todo caso, la oferta económica de conformidad con el modelo de este Pliego (sobre número 3), ajustándose a las exigencias del presente pliego. La inclusión en el sobre 1) de documentación que deba incluirse en el sobre 2) o en el sobre 3), y otras combinaciones posibles que se puedan dar de presentación de las proposiciones de forma diferente a la señalada anteriormente, conllevará la exclusión del licitador por vulneración del secreto de las proposiciones que rige hasta el momento de su apertura. 10

2. El licitador podrá presentar la documentación exigida mediante fotocopia, debiendo no obstante disponer de los originales correspondientes, en el caso de que MWCB le requiera su presentación posterior. Las empresas extranjeras presentarán todos los documentos traducidos de forma oficial al castellano o catalán. 3. Las proposiciones se presentarán escritas a máquina u otro tipo de impresión mecánica o informática, y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, erratas o subsanaciones que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta. 4. No serán admitdas, bajo ninguna circunstancia, las ofertas de aquellas personas en las cuales concurra alguna o alguunas de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP sobre prohibiciones de contratar. 13.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LAS EMPRESAS EN FASE DE LICITACIÓN. 1. SOBRE NÚM. 1 (cerrado) Título: Documentación General Acuerdo Marco para el suministro de los stands de expositores para el evento 4YFN, edición 2015 (fabricación, transporte, montaje, mantenimiento, desmontaje y servicios generales) (Exp. 146/2014) En el interior del sobre se incorporará un índice, en hoja independiente, en la que se hagan constar los documentos incluidos en el mismo, ordenados numéricamente. CONTENIDO: 1.1. Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del licitador El sobre ha de contener los documentos que se relacionan a continuación. a) Para las personas físicas (empresarios individuales y profesionales), será obligatoria la presentación del documento nacional de identidad (DNI), o documento que lo sustituya, y del número de identificación fiscal (NIF), en caso de que este no conste en el referido DNI. b) Para las personas jurídicas, será obligatoria la presentación del CIF y de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Cuando esta inscripción no sea exigida, la acreditación se realizará mediante la aportación de la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional, en que consten las normas reguladoras de la actividad de la empresa, inscritos en su caso, en el Registro oficial correspondiente. c) Si el empresario actúa mediante representante o se trata de una persona jurídica, cabe aportar: c.1.) Documento público de apoderamiento, debidamente inscrito en el Registro público correspondiente. 11

Se adjuntará también una declaración responsable, conforme el documento de apoderamiento es plenamente vigente y no ha sido objeto de revocación. c.2.) DNI y NIF del representante y del firmante de la proposición económica. d) La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, o firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se ha de acreditar mediante la inscripción en los registros procedentes de acuerdo con la legislación del estado donde están establecidas, o mediante la presentación de una declaración jurada, o de una certificación en los términos que se establecen reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. e) La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el apartado anterior se ha de acreditar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el estado correspondiente o de la Oficina Consular en el ámbito territorial de la cual, radique el domicilio de la empresa, en los términos que dispone el apartado tercero del artículo 72 del TRLCSP. f) Tal y como se ha avanzado, podrán presentarse ofertas licitadas por uniones o agrupaciones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que proceda su formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Estas empresas quedarán obligadas solidariamente ante esta Fundación. En estos supuestos, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de sus componentes acreditarán su capacidad, personalidad, representación y solvencia, siendo obligatorio indicar en documento separado los nombres o circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y deberán nombrar un representante o apoderado con facultades suficientes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción, sin perjuicio de la responsabilidad de todos y cada uno de sus componentes. El licitador que forme parte de una agrupación o unión de empresarios que se constituye temporalmente no podrá concurrir individualmente en el mismo procedimiento o figurar en más de una agrupación o unión de empresarios. 1.2. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional En los siguientes apartados a y b se relacionan los medios a través de los cuales se ha de acreditar la solvencia técnica o profesional, económica y financiera requerida para poder prestar el servicio objeto de contratación. Hay que recordar que es posible acreditar la solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, si bien en este caso se habrá de aportar la documentación que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, conforme se prevé en la cláusula 11 del presente Pliego de Cláusulas Particulares. a) Solvencia Técnica o Profesional. Todos los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, que deseen participar en el presente procedimiento de licitación a efectos de acreditar la solvencia técnica deberán aportar: (i) Relación de los principales servicios o trabajos similares a los del presente procedimiento, realizados en los últimos 3 años, que incluya un mínimo de 4 referencias por año y: 12

i. Descripción del servicio ii. Importe iii. Fechas de realización iv. Destinatario público o privado Dichos servicios se acreditarán mediante certificados por parte de los destinatarios de los servicios o trabajos o mediante declaración de la empresa licitadora. (ii) Relación de recintos feriales en los cuales la empresa o profesional ha sido homologado o habilitado para trabajar como proveedor del recinto o de terceros, o en los que haya prestado servicios. Dichos extremos se acreditarán mediante el documento de homologación o habilitación, mediante certificado justificativo de los servicios o mediante declaración de la empresa licitadora. b) Solvencia Económica y Financiera. La solvencia económica y financiera se acreditará por los medios siguientes: a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, si cabe, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe suficiente a los efectos del acuerdo marco que se licita. b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda, en el supuesto que esta publicación sea obligatoria. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. c) Declaración sobre el volumen anual de negocio referido como máximo a los 3 últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida que se dispone de las referencias de este volumen de negocios. La acreditación de la solvencia económica y financiera así como la técnica o profesional señalada por los medios indicados en los anteriores apartados a) y b) podrá sustituirse por la presentación de Certificado vigente de empresa inscrita en el Registro de Empresas Licitadoras (RELI) creado por el Decreto 107/2005 de 31 de mayo del Departamento de Economía y Finanzas (DOGC núm. 4400 de 7.6.2005). 1.3. Declaración responsable y documentación adicional Declaración responsable firmada por el legal representante de la empresa en la que manifieste que cumple con los requisitos de capacidad y los requisitos de solvencia técnica y económicofinanciera exigidos en el presente Pliego; declare no encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar con el sector público, señaladas en el artículo 60.1 del TRLCSP, así como de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y designe el responsable del contrato, que será quien actuará de interlocutor con la MWCB, todo ello según el modelo que se adjunta al presente Pliego como Anexo 1. En este caso, el licitador a favor del que recaiga la propuesta de adjudicación tendrá que aportar la documentación cuando le sea requerida. 13

Además de los documentos señalados bajo los números 1.1. a 1.3. ambos inclusive, los empresarios no miembros de la comunidad europea, deberán justificar que su Estado de procedencia admite la contratación de empresas españolas en contrataciones sustancialmente análogas, a cuyo fin aportarán informe de la respectiva representación diplomática española. Asimismo deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles para todas las incidencias que pudieran surgir en el contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional que corresponda al licitante. 2. SOBRE NÚM. 2 (cerrado) En el interior del sobre se incorporará un índice, en hoja independiente, en la que se hagan constar los documentos incluidos en el mismo, ordenados numéricamente. Este sobre contendrá toda la documentación acreditativa de las referencias técnicas que corresponden a los criterios de adjudicación evaluables en base a juicios de valor señalados en el Anexo 3 Título: Propuesta Técnica: Acuerdo Marco para el suministro de los stands de expositores para el evento 4YFN, edición 2015 (fabricación, transporte, montaje, mantenimiento, desmontaje y servicios generales) (Exp. 146 /2014) El Proyecto técnico se deberá presentar en formato papel y en soporte digital (pendrive) y se pondrá de manifiesto la adecuación de la oferta a los criterios de adjudicación, así como las mejoras del proyecto respecto de las obligaciones fijadas en el Pliego de prescripciones técnicas que requieran un juicio de valor. CONTENIDO: A1. Memoria técnica descriptiva de los medios técnicos y humanos con los que cuenta la empresa para la ejecución del contrato, del plan de mantenimiento propuesto para los stands, y del tiempo de reacción para la ejecución de stands adicionales a los que MWCB confirme el 1 de febrero de 2015 (es decir, para la ejecución de stands solicitados con posterioridad a esa fecha, cuyo plazo de finalización de montaje en el recinto sería el general). A2. Indicación de las variantes propuestas para los elementos de mobiliario de los stands, inclusiva de detalle de dimensiones, calidades, materiales, acabados y colores. A3. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. 3. SOBRE NÚM. 3 (cerrado) En el interior del sobre se incorporará un índice, en hoja independiente, en la que se hagan constar los documentos incluidos en el mismo, ordenados numéricamente. Este sobre contendrá la oferta económica firmada por el licitador o persona que le represente en caso de persona jurídica. La propuesta económica incluida en este sobre se deberá presentar en formato papel y en soporte digital (pendrive). 14

Título: Propuesta Económica- Acuerdo Marco para el suministro de los stands de exposición para el evento 4YFN, edición 2015 (fabricación, transporte, montaje, mantenimiento, desmontaje y servicios generales) (Exp. 146 /2014) CONTENIDO: a) Propuesta económica, formulada de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo 2 del presente pliego y el término de validez de la misma. A efectos de la valoración económica, se tendrá en cuenta el precio unitario ofertado por licitador para cada tipo de stand. Dentro del precio ofertado están incluidos todo tipo de gastos, arbitrios o tasas necesarias que se originen con motivo del contrato y de su total y completa ejecución. En el precio propuesto se indicará como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido vigente, si es de aplicación. Cualquier variación del tipo del IVA será aplicable a partir de su vigencia. Dentro de esta propuesta será rechazada todo tipo de documentación que no recoja la información a que hacen referencia los parámetros indicados. Por tanto, se rechazarán documentos tales como una cartera de clientes, volumen de facturación, trabajos realizados y certificados de buena ejecución, organigramas y plantillas de la empresa, publicidad propia o del grupo empresarial, planes de prevención de riesgos laborales, recortes de prensa, listado de medios materiales y técnicos de que dispone la empresa, etc. 14.- MESA DE CONTRATACIÓN El órgano de contratación en la adjudicación del acuerdo marco estará asistido por la intervención de una mesa de contratación. La mesa de contratación será la encargada de proponer al órgano de contratación la adjudicación del acuerdo marco y estará auxiliada, si cabe, por los servicios técnicos. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Presidente: Aleix Valls, en calidad de Innovation & Entrepreneurship Director, o persona en quien delegue. Vocal: Adrià Batlle, en calidad de 4YFN Manager, o persona en quien delegue. Vocal: Judit Farré Ribera, en calidad de Production Head, o persona en quien delegue. Secretario, con voz y sin voto: Laia Colomé, en calidad de Legal Manager, o persona en quien delegue. Los miembros de la Mesa de Contratación son designados en motivo de sus cargos y funciones en MWCB, por lo que podrán ser sustituidos en la Mesa de Contratación por las personas que en cada momento ocupen sus cargos o desempeñen sus funciones. 15.- APERTURA Y EXÁMEN DE LAS OFERTAS 15

Finalizado el plazo establecido en el anuncio para la presentación de ofertas se constituirá la Mesa de Contratación para proceder a la apertura del sobre núm. 1 de las ofertas recibidas a los efectos de verificar que contengan la documentación exigida en el presente Pliego, de conformidad con lo establecido en el artículo 146 del TRLCSP y de calificar la validez formal de la misma. Seguidamente y, si procede, se comunicará por escrito a los licitadores la existencia de defectos u omisiones subsanables, fijándose un plazo para que los licitadores puedan presentar la oportuna subsanación. Este plazo no podrá ser en ningún caso superior a tres (3) días hábiles a contar desde la fecha de la referida comunicación. Se consideran insubsanables los defectos consistentes en la falta de los requisitos exigidos, subsanables aquellos que hacen referencia a la mera falta de acreditación de los mismos. Procederá la no admisión y la exclusión del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que tengan defectos no subsanables o no hayan subsanado los defectos en el plazo otorgado. Además, la Mesa de contratación podrá solicitar del licitador aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, el cual habrá de ser cumplimentado ante la Mesa de Contratación en el plazo de cinco (5) días naturales. Será causa de exclusión del procedimiento de licitación la falta de presentación de alguno de los documentos que se han de incluir en la documentación general de la oferta (sobre núm. 1), a no ser que sea considerada subsanable por la Mesa de Contratación. Con posterioridad a la fecha de apertura de la documentación administrativa del sobre núm. 1, en la fecha, hora y lugar señalados en el anuncio de licitación o a través de la información que se publique en el Perfil del Contratante de la Fundación, la Mesa de Contratación procederá, en acto público, a comunicar los empresarios admitidos a la licitación, los excluidos y la causa de exclusión del procedimiento de licitación así como a la apertura del sobre núm. 2. Las proposiciones que correspondan a empresarios excluidos de la licitación quedarán fuera del procedimiento de adjudicación y los sobres que contengan la oferta no serán abiertos. Asimismo, quedarán excluidos de la licitación las propuestas presentadas dentro del sobre núm. 2 que incluyan datos que permitan conocer el contenido del sobre núm. 3 y las que no se ajusten a las bases explicitadas en este pliego y documentación que conforma la licitación. Antes de la apertura de la primera proposición se convidará a los licitadores asistentes a que manifiesten las dudas que se les presenten o soliciten las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de Contratación a las aclaraciones y respuestas oportunas, pero sin que en este momento el órgano citado se pueda hacer cargo de documentos que no hayan sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones. Se dejará constancia documental, en el acta que se levante, de todas las actuaciones realizadas. La Mesa de Contratación con los informes que estime oportuno solicitar, estudiará, valorará y ponderará las ofertas contenidas en el sobre núm. 2 de conformidad con los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor señalados en el presente pliego. La Mesa de Contratación podrá solicitar de los licitadores la presentación de la información adicional que a efectos de aclaración estime necesaria en relación con los sobres núm. 2, la cual 16

deberá cumplimentarse ante la Mesa de Contratación en el plazo que se otorgue a tal efecto, que no podrá ser superior a 5 días. Practicada la valoración de la oferta relativa a los criterios que dependan de un juicio de valor, la cual se habrá de producir en un plazo no superior a 4 semanas a contar desde la fecha de la apertura del sobre núm. 2, se notificará a los licitadores la fecha de apertura de la documentación contenida en el sobre núm. 3. Dicha fecha también se dará a conocer a través del Perfil del Contratante. La apertura del sobre núm. 3 se celebrará en acto público. Previamente a la apertura del sobre núm. 3, la Fundación dará a conocer la valoración obtenida por los licitadores admitidos en relación con la documentación contenida en el sobre núm. 2, a través del Perfil del Contratante o en el acto de apertura pública del sobre núm. 3, con carácter previo a la apertura. Asimismo, también dará a conocer, si procede, los licitadores excluidos y la causa de exclusión, y procederá a la apertura del sobre núm. 3 de las propuestas admitidas y a leer el resumen de las propuestas contenidas en el referido sobre. Antes de la apertura de la primera proposición se convidará a los licitadores asistentes a que manifiesten las dudas que se les presenten o soliciten las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de Contratación a las aclaraciones y respuestas oportunas, pero sin que es este momento la Mesa se pueda hacer cargo de documentos que no hayan sido entregadas durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones. Una vez abiertas las propuestas económicas y comprobada la documentación incorporada por cada una de ellas, la Mesa de Contratación indicará aquellas ofertas que habrán sido excluidas por no ajustarse a las bases explicitadas en este Pliego de Cláusulas Particulares. Se dejará constancia documental en el acta que se levante de todas las actuaciones realizadas. Las propuestas contenidas en el sobre núm. 3 serán estudiadas, homogeneizadas, valoradas y ponderadas, de conformidad con los criterios de adjudicación evaluables de forma automática señaladas en el presente Pliego. Asimismo, y respecto de la oferta económica, la Mesa de Contratación determinará aquellas ofertas que, de acuerdo con lo que prevé este Pliego, incluyan valores presuntamente anormales o desproporcionados, requiriendo a aquellos licitadores que las hayan presentado a fin de que dentro del plazo que se les otorgue al efecto justifiquen la viabilidad de la proposición. Una vez recibida la información y las justificaciones solicitadas, el órgano de contratación pedirá un informe técnico de valoración de las justificaciones de los licitadores incurridos en presunta oferta anormal o desproporcionada. Una vez estudiados los informes remitidos, la Mesa de Contratación valorará la justificación realizada por los licitadores y declarará o no, la anormalidad y desproporción de la oferta. La Mesa de Contratación con las valoraciones efectuadas y los informes que estime oportuno solicitar, realizará una propuesta de clasificación de las proposiciones presentadas, por orden decreciente y en atención a los criterios de valoración. Esta propuesta será elevada al órgano de contratación o, en su caso, propondrá dejar sin efecto la licitación cuando no exista ninguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios de adjudicación determinados en el presente Pliego de Cláusulas Particulares. 17

La clasificación realizada por la Mesa de Contratación, no crea ningún derecho a favor del empresario propuesto ante MWCB. 16.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Las proposiciones presentadas y admitidas serán estudiadas y valoradas de conformidad con lo que se establece en el Anexo 3. Las ofertas presuntamente anormales o desproporcionadas se apreciarán de conformidad con lo que se indica en el Anexo 3. 17. - ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 1. El órgano de contratación, previa propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación, adjudicará el contrato mediante resolución motivada que notificará a todos los candidatos o empresas admitidas al procedimiento y la publicará en el Perfil de Contratante de la entidad. La adjudicación se tendrá que producir en el plazo máximo de dos (2) meses desde que finalice el plazo para la presentación de las proposiciones. 2. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las excluidas sin abrir, serán archivadas. Una vez formalizado el contrato, la documentación presentada en el sobre núm. 1 quedará a disposición de los interesados. 3. MWCB se reserva el derecho de condicionar la adjudicación a la aceptación de las condiciones o requerimientos a que esta entidad pueda establecer a la vista de las ofertas, con el objeto de completarlas. El órgano de contratación de la entidad resolverá motivadamente sobre la adjudicación, adjudicando el contrato a la proposición económicamente más ventajosa de conformidad con los criterios de adjudicación y negociación, o alternativamente, declarando desierto el procedimiento si no hay ninguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios de adjudicación del presente Pliego. Asimismo, el órgano de contratación podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación, cuando concurran circunstancias de carácter fáctico o jurídico que, de manera lógica y razonable, impongan la prevalencia del interés público a la vista de las necesidades que busca satisfacer el contrato, pudiendo igualmente desistir o renunciar al procedimiento de adjudicación por motivos de interés público debidamente motivados en el expediente. 4. La resolución de adjudicación del contrato debe ser motivada, por lo que especificará los motivos de rechazo de una candidatura u oferta y las características y ventajas de la oferta seleccionada, incorporando la indicación de las puntuaciones, totales y parciales, obtenidas por todas las empresas licitadoras. Será motivación suficiente si en la resolución de la adjudicación el órgano de contratación acepta y asume el contenido de la propuesta de adjudicación de la Mesa de contratación. Si el órgano de contratación se aparta de la propuesta de adjudicación deberá justificar los motivos de la resolución. 5. Transcurridos los plazos señalados para que se proceda a la adjudicación sin que ello hubiera tenido lugar, las empresas que han participado en el procedimiento tendrán derecho a retirar su propuesta, sin derecho a ningún tipo de indemnización. No obstante, el órgano de contratación podrá solicitar a las empresas que mantengan su oferta por un plazo superior, previa comunicación a los licitadores y publicación al Perfil de Contratante, manteniéndose el procedimiento con aquellas empresas que acepten la prórroga. 18

18. SUBCONTRATACIÓN No se admite la subcontratación en relación con la fabricación de los módulos de cada uno de los stands de expositores. En cuanto al resto de las prestaciones (tales como mobiliario, material audiovisual, etc.), la subcontratación no podrá exceder del 40% del precio del contrato. Para el cómputo de este porcentaje máximo, no se tendrán en cuenta los subcontratos concluidos con empresas vinculadas al contratista principal, entendiéndose por tales las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio. Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando el porcentaje que represente, y el nombre de la empresa o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. Salvo autorización expresa de la Mesa de Contratación, no se podrá subcontratar con las mismas empresas que hubieran concurrido a la licitación. La infracción de las condiciones establecidas en el apartado anterior para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al adjudicatario de una penalidad de hasta un 50 por 100 del importe del subcontrato. En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico. Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente a MWCB por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos. 19. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA El adjudicatario deberá constituir la garantía definitiva por un importe correspondiente al 5% del presupuesto de licitación, IVA excluido, de acuerdo con lo previsto en la cláusula anterior, debiéndose prestar mediante aval bancario o seguro de caución, conforme a los modelos que se adjuntan como Anexos 4.1 y 4.2. En caso de tratarse de un aval bancario, el avalista deberá cumplir los requisitos legalmente exigibles, de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo 4.1. En el caso de tratarse de un contrato de seguro de caución, éste tendrá que celebrarse en la forma y condiciones que reglamentariamente se establecen, con una entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo de la seguro de caución, siendo necesario entregar el certificado del contrato al órgano de contratación de MWCB. Este seguro deberá instrumentar mediante la póliza correspondiente, la cual se acreditará en virtud de un certificado ajustado al modelo que consta en el Anexo 4.2. El contratista deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva antes de la formalizacion del acuerdo marco. La garantía definitiva responde de los conceptos establecidos en el artículo 100 del TRLCSP, relacionados con la ejecución del acuerdo marco y sus contratos derivados. 19

La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará en el plazo máximo de tres meses a la finalización del Acuerdo Marco, una vez verificado el cumplimiento satisfactorio del mismo y de sus contratos derivados, o a la resolución del Acuerdo marco por causas no imputables al contratista. 20. - FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO 1. Con la formalización del acuerdo marco éste quedará perfeccionado. 2. El acuerdo marco deberá formalizarse por escrito, mediante documento privado, suscribiéndose por las partes, en el plazo máximo de quince (15) días a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación. 3. Antes de la formalización del acuerdo marco, el adjudicatario deberá aportar la siguiente documentación: a) Certificado específico de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la Administración Tributaria, a los efectos del artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria o Administración tributaria homóloga. b) Certificado positivo, emitido por el órgano competente, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social o entidad homóloga. c) Certificado positivo emitido por la Generalitat de Catalunya acreditativo de la inexistencia de deudas tributarias con la mencionada Administración o Administración tributaria homóloga. d) Garantía definitiva o solicitud conforme se constituye mediante retención de precio. e) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), si se encuentra sujeto, o certificado de exención, en su caso. f) Póliza de seguro de responsabilidad civil con un capital garantizado de 1.500.000 Euros, que cubra las garantías de: Responsabilidad civil general. Responsabilidad civil patrimonial. Responsabilidad civil cruzada. Responsabilidad civil patronal. Responsabilidad civil post trabajos. Fianzas. Defensa civil y penal. En dicha póliza tendrá la expresa consideración de tercero, a todos los efectos, entre otros, los bienes propiedad de MWCB, así como su personal. En el supuesto de que el adjudicatario no atendiera el requerimiento de la entidad, no cumpliera los requisitos para la celebración del acuerdo marco o impidiera que se formalizara en el plazo señalado, la entidad podrá proceder a dejar sin efecto la adjudicación, dando un trámite de audiencia al interesado de diez (10) días naturales. En estos casos, la entidad podrá adjudicar el acuerdo marco a la siguiente oferta económicamente más ventajosa y exigir de la entidad adjudicataria inicialmente la indemnización por daños y perjuicios causados. 4. En caso que el acuerdo marco fuera adjudicado a una unión o agrupación de empresas, éstas deberán acreditar su constitución en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y el CIF asignado a la unión y la representación. 20