Artículo. Desarrollo de la fisioterapia en centros de educación primaria y secundaria The development of the physical therapy in educative centers



Documentos relacionados
DISPOSICIONES GENERALES

1. Ordenación académica del título de formación profesional de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos

I. Disposiciones Generales

CÓMO SE ORGANIZA LA ENSEÑANZA EN UN CENTRO ESPECÍFICO O AULA ESPECÍFICA DE EDUCACIÓN ESPECIAL? por Mª Carmen Ramírez Serrano

Plan de Orientación Académica y Profesional

1. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA.

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

Anexo 4.1 Acceso y Admisión de Estudiantes Sistemas de Información Previa

Contenidos multimedia para la formación profesional. Autora: Isabel Mª Medina López. Resumen:

PRACTICUM DEL MÁSTER DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE IDIOMAS.

CEIP PUNTA LARGA. CANDELARIA (TENERIFE) CEIP PUNTA LARGA CEIP PUNTA LARGA. Candelaria (Santa Cruz de Tenerife) TFNO/FAX:

PROGRAMA 322.D EDUCACION ESPECIAL

APORTACIONES DE USTEA AL BORRADOR ORDENACIÓN PRIMER CICLO EDUCACIÓN INFANTIL.

Introducción: Centros y alumnos en la Comunidad de Madrid.

PROGRAMA DE EDUCACIÓN VIAL

La Orden 947/2006, de 24 de febrero, de la Consejería de Educación, regula el funcionamiento de las Casas de Niños con extensión de servicios.

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO.

INDICE: Junta de Castilla y León 1. JUSTIFICACIÓN. - ÁMBITO LEGAL 2. DESTINATARIOS. 3. OBJETIVOS.

D I S P O N G O: CAPITULO I.

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9

Educación. Maestría en. Convenio Internacional

CENTRO PANAMERICANO DE ESTUDIOS SUPERIORES

En este sentido, la Consejería de Salud aprobó el Decreto 246/2005 de 16 de Diciembre donde en su apartado 11.1, expone:

Las necesidades educativas especiales en la formación del profesorado en todas las especialidades de maestro/a

La escolarización del alumnado con n.e.e.

CARTERA DE SERVICIOS DE LOS CENTROS DE PREVENCIÓN COMUNITARIA

PROGRAMA 422.E EDUCACION ESPECIAL

PROGRAMA DE REFUERZO EDUCATIVO EN PRIMARIA

Programa de Criminología UOC

Guía Docente 2015/2016

LÍNEAS ESTRATÉGICAS PARA ACCIONES DEL PERÍODO CON VISIÓN 2013 Y 2025

Módulo III. Aprendizaje permanente Tema 4: Aprendizaje de actividades laborales Entrevista. El papel de las familias como impulsoras del empleo

Carta de derechos y deberes de los Estudiantes del Centro Universitario EDEM

PRÁCTICAS DEL GRADO EN ENFERMERIA

Informe Psicopedagógico

Consideraciones del Síndic en el marco de una actuación de oficio sobre el desarrollo del principio de educación inclusiva

MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA.

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

Prácticas en empresa ÍNDICE

GUÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER

DISPONGO: Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL NÚMERO UNO DE SANTANDER PROGRAMACIÓN 0526 PROYECTO DE SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMATIZADOS

Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos Página 1 de 11

Ley Orgánica 2/2006 de Educación y la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía.

CONCEPTOS Y FUENTES. Educación, formación e investigación. Enseñanza no universitaria

PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS

CAPÍTULO III PROGRAMAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD SECCIÓN TERCERA. PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR

Asunción Lledó Carreres. Documento de elaboración propia.

Introducción EDUCACIÓN FÍSICA II

Seguimiento Académico de los. Estudiantes en Prácticas en Empresa

4.- Preinscripción en la Secretaría General de la ETS-IQS y posterior matriculación en los plazos establecidos para cada curso académico.

CAPITULO I: ORDENACION ACADEMICA DEL TITULO DE FORMACION PROFESIONAL DE TECNICO EN COMERCIO.

DIVERSIDAD EN EL AULA

PROGRAMA DE INCLUSIÓN EDUCATIVA

Campo laboral del pedagogo

Agüimes (Gran Canaria) 19 al 21 de marzo de EL CENTRO BASE DE ATENCIÓN A MINUSVÁLIDOS: Intervención con menores

CAPÍTULO I: SEGURIDAD Y SALUD EN CENTROS EDUCATIVOS

Dentro de la formación polivalente, se consideran incluidas tanto la Formación Profesional de Base como la Formación Profesional Específica.

Grado en Enfermería Vías y requisitos de acceso al título y perfil de ingreso recomendado

PROPUESTA DE EHIGE PARA EL DEBATE SOBRE LOS COMEDORES ESCOLARES: abril 2009

Anexo 3 GUIÓN DE LA ENTREVISTA PARA EL ORIENTADOR

BORRADOR DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL

CAPÍTULO I Disposiciones generales

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007

CRITERIOS MÍNIMOS E INSTRUCCIONES PARA EL TRABAJO INTERDISCIPLINAR DE MÓDULO

I. Comunidad Autónoma

ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS FÍSICOS DE MÓSTOLES (ADISFIM)

2. OBJETIVOS 2.1. OBJETIVOS GENERALES

INDICE El objeto del contrato es la gestión integral del Centro de Educación Infantil ubicado en el Congreso de los Diputados.

En consecuencia, esta Consejería de Educación y Ciencia,

PRESTACIÓN FARMACÉUTICA ESPECIALIZADA EN CENTROS SOCIOSANITARIOS

INFORMACIÓN SOBRE LA IVE

Temática general: Los temas prioritarios a atender en el periodo Subtema: Derechos Humanos EL ESPECTRO AUTISTA EN LA UNIVERSIDAD

PROYECTO BILINGÜE DE EDUCACIÓN COMPARTIDA DE NIÑOS/AS SORDOS Y OYENTES EN UNA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS, ESPECIALIDADES Y ÁREAS

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

PRÁCTICAS PROFESIONALES IV (PEDAGOGÍA)

ASPECTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN UN REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL.

PLAN DE MOVILIDAD CICLISTA DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA

UNIDAD DOCENTE DE MEDICINA DEL TRABAJO MATEU ORFILA -UPF EVALUACIÓN DE LOS RESIDENTES DURANTE LAS ROTACIONES

Personal académico responsables de los módulos, materias o asignaturas.

ANPE INFORMA. CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

Revista Eduinnova ISSN

Indicadores de la evaluación inclusiva

NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013

Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León

Josefina Marin Moreno PAC 1 Postgrado: Enseñanza de literatura y creación y edición digital de contenidos literarios UOC/GRUP 62

Factores de calidad de la educación inclusiva en Europa: una exploración Cuestionario para centros educativos

4 Acceso y admisión de estudiantes.

CREACIÓN DE UN PROGRAMA DE DOCTORADO NORMATIVA Y GUÍA PARA LA SOLICITUD

ACTIVIDADES DE ORIENTACIÓN Y EMPLEO CENTROS UNIVERSITARIOS - COIE

(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007)

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA CURSO DE ADAPTACIÓN DE DIPLOMADO EN TERAPIA OCUPACIONAL A GRADUADO EN TERAPIA OCUPACIONAL

En dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE):

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO

PRESENTACIÓN-ASPECTOS GENERALES DE LA MATERIA

PROGRAMA PARA LA MEJORA DE COMPETENCIAS DE LOS UNIVERSITARIOS UNIVERSIDAD DE CANTABRIA

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

Este programa favorece el cambio hacia un nuevo modelo. económico innovador y sostenible

I. Comunidad Autónoma

Transcripción:

Artículo 146 M. Jaso Margarit Departamento de Fisioterapia. Universidad de Murcia. Fecha de recepción: 10/11/04 Aceptado para su publicación: 25/1/05 Correspondencia: Marta Jaso Margarit Departamento de Fisioterapia Facultad de Medicina. Odontología y Fisioterapia Universidad de Murcia 30100 Campus de Espinardo. Murcia E-mail: martajm@um.es Desarrollo de la fisioterapia en centros de educación primaria The development of the physical therapy in educative centers RESUMEN El desarrollo de la fisioterapia en centros educativos tiene unas características diferentes a las de otros ámbitos de actuación. El fisioterapeuta ejerce sus funciones en un contexto pedagógico, donde el objetivo es la formación de niños y jóvenes, compartiendo con toda la comunidad escolar este propósito. La normativa legal vigente en la Comunidad Autónoma de Murcia, desde el año 2003, recoge los aspectos diferenciadores del desarrollo de la fisioterapia en este marco, y regula las funciones de fisioterapeuta acorde con las características del puesto de trabajo. En este artículo se delimitan y definen las competencias que realiza el fisioterapeuta en este contexto, explicando las actividades concretas que necesita para el ejercicio de la profesión y las características de los niños y jóvenes a los que va dirigida su actuación. PALABRAS CLAVE Educación; Empleo; Desarrollo profesional; Fisioterapia. ABSTRACT The development of the physical therapy in educative centers has characteristics different from those from other scopes of performance. Physiotherapist exerts its functions in a pedagogical context, where the objective is the formation of children and young people, sharing with all the scholastic community east intention. The effective legal norm in the Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, from year 2003, it gathers the differentiating aspects of the development of the physical therapy in this frame, and it regulates the functions of physiotherapist agreed with the characteristics of the job. This article the competitions are delimited and defined that physiotherapist makes in this context, explaining which concrete activities need for the exercise the profession and the characteristics the children and young people to whom it goes directed his performance. KEY WORDS Education; Employment; Professional development; Physical therapy. Fisioterapia 2005;27(3):146-51 30

INTRODUCCIÓN La fisioterapia abarca diferentes campos de actuación, cada uno con sus propias características. Así mismo, el desarrollo de la profesión fisioterapeuta en las distintas áreas, necesita de unos recursos materiales y humanos diferentes en cada caso, de la adaptación a la realidad y a las necesidades de la población a la que va dirigida, así como de la adaptación a la situación laboral concreta del fisioterapeuta a su supuesto de trabajo. El desarrollo de una profesión debe estar acorde con los cambios que se producen en la sociedad, evolucionar paralela y armónicamente con ellos, y adecuarse al contexto próximo en el que se desarrolla. Por ello, la fisioterapia no se aparta de la realidad social a la que va dirigida, y gracias a la investigación se proporcionan nuevos conocimientos y avances de la disciplina, y se posibilita su aplicación en los contextos donde se desarrolla la práctica laboral. En este sentido, en el ámbito de la docencia universitaria de Fisioterapia, conocer las diferentes realidades laborales donde se desarrolla la profesión fisioterapeuta, nos proporciona información relevante para: a) adecuar la formación (conocimientos, aptitudes y habilidades), tanto de grado como de postgrado y especialización, a los requisitos de las situaciones laborales concretas; b) fomentar al autoaprendizaje y a la adquisición de la capacidad crítica en relación al ámbito profesional y científico, y c) establecer líneas de investigación adecuadas para la mejora de la propia práctica de la fisioterapia. Este trabajo tiene como objetivo analizar el desarrollo de la profesión fisioterapeuta en los centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Desarrollando los aspectos de: adaptación del ejercicio de la profesión a una realidad de características educativas; el marco legal que regula la actuación del fisioterapeuta en los centros educativos; la población a la cual va dirigida la actuación del fisioterapeuta y como interactúa el profesional con dicha población; las relaciones que establece el fisioterapeuta con los distintos profesionales de su ámbito laboral; los recursos materiales necesarios para llevar a cabo su actividad; y los espacios de que dispone para la practica de su especialidad. LA REALIDAD EDUCATIVA COMO ESPACIO DE DESARROLLO DE LA FISIOTERAPIA La educación es un derecho garantizado para todas las personas en el estado español. En este sentido, los niños que presentan alteraciones motrices (tanto debidas a una alteración neurológica como de otro tipo), que afecte a su desarrollo psicomotor dificultando el acceso al currículo académico normalizado, tienen derecho a la educación; y el gobierno tiene, a su vez, la obligación de proporcionársela. En los centros educativos de la red pública se atiende a esta población de niños con alteraciones motrices, considerándola dentro del grupo de alumnos que presentan necesidades educativas espaciales. Para este alumnado se ofrecen los recursos necesarios para su desarrollo, tanto de tipo personal como académico. En el caso de niños con afectación neurológica, reciben en el centro tanto atención fisioterapéutica como de cualquier otra modalidad de apoyo que requiera el alumno. Los centros educativos se dividen en dos grandes grupos dependiendo de las características del alumnado y de sus necesidades especiales: 1. Centros pertenecientes a la red ordinaria: Centros de Educación Infantil y Primaria (CEIP) e Institutos de Educación Secundaria (IES). 2. Centros de Educación Especial (CEE). Centros de la red ordinaria Incluye todos los centros pertenecientes a la red ordinaria. Acogen en los CEIP, a la población infantil y juvenil de edad comprendida entre 3 y 12 años (en dos etapas: de 3 a 5 años, educación infantil, y de 6 a 12 años, educación primaria), edad de educación obligatoria para toda la población, y en los IES a los jóvenes de 12 a 16 años (educación secundaria obligatoria), y de 16 a 18 años (bachillerato y módulos profesionales) 1,2. Los centros de la red ordinaria pueden tener escolarizados a los alumnos con necesidades educativas especiales, tanto permanentes como transitorias, que pertenezcan a su zona, y en casos especiales de otras zonas, con las siguientes características y de manera general: socia- 147 31 Fisioterapia 2005;27(3):146-51

148 les, psíquicas de grado medio o ligero, motrices, sensoriales, sensitivas, cromosomopatías, algunos trastornos de conducta y de personalidad, trastornos generales del desarrollo (TGD), niños con síndrome de X-frágil, superdotados, y otros. Respecto a los servicios de comedor escolar y transporte no están sujetos a la existencia de niños con necesidades educativas especiales en estos centros, sino que está supeditado al área de influencia (los centros comarcales cuentan con estos servicios), y a la iniciativa de las Asociaciones de madres y padres de alumnos (AMPAS). Centros de educación especial Los centros de educación especial acogen a lo alumnos que presentan necesidades educativas especiales permanentes, con edades comprendidas entre 3 y 20 o 21 años 3. El alumnado que asiste a estos centros presentan, en general, las siguientes características: plurideficiencia, deficiencia psíquica media y profunda, graves trastornos de personalidad y de conducta, TGD, autismo, síndrome de X-frágil, cromosomopatías, y otros. El sistema organizativo es diferente en los centros de educación especial respecto al de los centros ordinarios. En educación especial, el ratio de alumno por aula es de 4 a 8. La atención se realiza por personal especializado en pedagogía terapéutica, audición y lenguaje, servicio fijo de fisioterapia, enfermería, personal auxiliar y trabajador social. El currículo académico es adaptado para todo el centro, así como los recursos materiales y los espacios. El servicio de transporte y comedor escolar son gratuitos para este alumnado, y está a disposición de todos ellos. Algunos centros de estas características que abarcan un área de influencia muy amplia, cuentan también con residencia para los alumnos durante el periodo lectivo. En la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en los últimos años se está realizando de forma experimental, la apertura de aulas de Educación Especial en algunos centros de escolarización ordinaria. Estas experiencias se están llevando a cabo con acuerdos entre la Conserjería de Educación y las asociaciones de padres o enfermos, así como por iniciativa de la propia Consejería. El desarrollo de fisioterapia en este marco educativo ha de estar acorde con las características de los centros donde se realiza. Por ello, las funciones del fisioterapeuta se adaptan a la dinámica del centro educativo, y las actuaciones fisioterapéuticas tienen un carácter de prevención y de desarrollo de la persona a la que van dirigidas, es decir a los alumnos. El desarrollo del trabajo es interdisciplinar entre todo el personal que se relaciona o actúa con el alumno, y siempre en estrecha colaboración con los padres o tutores y familiares de los niños, así como con otros profesionales ajenos al centro (como ortopedas, médicos, trabajadores sociales, etc.). FUNCIONES DE LOS FISIOTERAPEUTAS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS Las funciones del fisioterapeuta en los centros educativos quedan recogidas y detalladas en la legislación vigente 4. Los aspectos más relevantes que destacan estas normativas consisten en la necesidad del trabajo interprofesional, quedando reflejado en la definición de las funciones del fisioterapeuta y en la definición de modalidad de intervención directa e indirecta en el desarrollo de la fisioterapia 5. La modalidad de intervención directa se entiende como la actuación e intervención con el alumno con el objetivo de desarrollar al máximo las capacidades motrices de este, utilizando las estrategias fisioterapéuticas precisas. La atención indirecta abarca las actividades de coordinación con otros profesionales, atención a padres, adaptación de espacios al alumno, y la participación para la elaboración y evaluación de las adaptaciones curriculares que precise el alumno. Es decir, recoge todas las actuaciones que se realizan sin estar el alumno presente, pero que inciden en él de forma directa. En la tabla 1 se resumen las funciones específicas del fisioterapeuta en Centros Educativos. DISTRIBUCIÓN DE LOS FISIOTERAPEUTAS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA La distribución de los fisioterapeutas en los diversos centros educativos de la Comunidad Autónoma de la Fisioterapia 2005;27(3):146-51 32

Región Murcia, varía dependiendo de si el centro es de educación ordinaria o es un centro de educación especial. Distribución de los fisioterapeutas en los centros de educación especial (CEE) Los CEE tienen servicio de fisioterapia dependiente del propio centro, y dan atención a los niños escolarizados en ellos. En la Comunidad de Murcia solo se da el caso de un centro que no tiene este servicio, ya que está especializado en niños con graves trastornos de conducta y autismo. El alumnado de los CEE presenta características muy similares en todos ellos debido a la zona de influencia tan amplia que abarcan. Sin embargo, presenta una población muy heterogénea en cuanto a otros aspectos, como diagnóstico, procedencia social, familiar, etc. En la Comunidad Autónoma de Murcia hay trece CEE que se distribuyen por toda la región y tienen un radio de influencia comarcal. Dos de estos centros cuentan con residencia durante el periodo lectivo. El municipio de Murcia, por ser la zona de mayor población, cuenta con dos centros de los trece totales. En este municipio también está ubicado el CEE especializado en alumnos con autismo y trastornos graves del desarrollo, que actualmente no cuenta con fisioterapeuta. Distribución del fisioterapeuta en los centros de escolarización ordinaria Todos los centros de escolarización ordinaria pueden tener alumnos con afectación neurológica que precisen de la atención fisioterapéutica. Como esta población puede variar de un curso a otro y el ratio de este alumnado en estos centros es generalmente bajo, los fisioterapeutas de atención al alumnado no dependen de los propios centros, sino que forman parte de los Equipos de Orientación Educativa Psicopedagógica (EOEP) 4. En la Comunidad de Murcia existe una red de EOEP que atienden a varios centros, estando estos distribuidos por áreas. A cada área de influencia le corresponde un número determinado de centros, y dependiendo de Tabla 1. Funciones del fisioterapeuta en centros educativos. Resumen de la normativa vigente 4 1. Realizar la valoración motriz del alumno con necesidades educativas especiales a partir del dictamen de escolarización y la exploración 2. Colaborar con otros profesionales del centro en la toma de decisión sobre cuales son las herramientas más adecuadas para que el alumno pueda acceder al currículum 3. Planificar y desarrollar el programa de intervención directa con el alumno con afectación motora, que incluye: Definir los objetivos Elaboración del programa de intervención para cada alumno Desarrollo del programa planificado Confección de los programas específicos: que faciliten la realización de las actividades de la vida diaria del alumno y sus cuidadores, familiares y personal del centro Planificación del control postural del alumno en todas las actividades que se desarrollan en el centro educativo Diseño de las adaptaciones que se requiera, y asesoramiento sobre ortesis si se precisan 4. Orientar y asesorar a la familia y a los profesionales que intervienen en la atención del alumno 5. Colaborar con las tareas de adaptación del aula y entorno del niño 6. Trabajar en coordinación con los otros profesionales del centro para garantizar el máximo desarrollo del alumno 7. Elaborar las adaptaciones curriculares que se precisen en, colaboración con los otros profesionales, en materia relacionada con la motricidad y los aspectos que pueda influir 8. Trabajar en coordinación con los profesionales ajenos al centro que se crea conveniente este, cada Equipo tiene asignado un número de fisioterapeutas. Al finalizar el curso académico y dependiendo de las nuevas matrículas, y de las salidas de los alumnos, se distribuye la atención entre los fisioterapeutas de estos alumnos, realizando el profesional su función de forma itinerante entre varios centros. En la Comunidad de Murcia existe una red denominada Equipo de Orientación Específica, entre los que se encuentra, entre otras disciplinas, el Equipo de atención a las deficiencias motrices, donde está incluido entre otros profesionales, un fisioterapeuta con funciones de orientación y evaluación. 149 33 Fisioterapia 2005;27(3):146-51

150 Tabla 2. Competencias profesionales del fisioterapeuta en centros educativos 1. Conocer y utilizar herramientas de valoración funcional de la motricidad 2. Conocer otras herramientas de valoración, propias de otras especialidades, y que necesitamos consultar 3. Saber diseñar y realizar programas de intervención fisioterapéutica en niños y jóvenes con alteración neurológica enfocados a su desarrollo global, donde se recojan los objetivos, contenidos de las sesiones, metodología, temporalización, criterios de valoración 4. Conocer y manejar herramientas de seguimiento de los programas de intervención, para poder adecuarlos a las circunstancias diferentes que puedan surgir 5. Conocer y manejar todas las adaptaciones que pueda precisar el alumno, tanto para el espacio, acceso al currículo, movilidad, facilitación de la vida diaria, posturales 6. Desarrollar las habilidades sociales precisas para el trato con el alumno, padres, otros profesionales del centro y ajenos 7. Desarrollar la capacidad de trabajar en equipos multidisciplinares, de forma interdisciplinar 8. Conocer las competencias genéricas de la profesión, como el manejo de datos confidenciales, respeto al paciente, etc. 9. Conocer y aplicar, cuando se requiera, procedimientos de fisioterápica general y especial: procedimientos de neurología general, respiratorio, tegumentos, músculo esqueléticos, otros 10. Conocer y aplicar, cuando se requiera, los procedimientos de neurología infantil, y trastornos asociados: Bobath, Vöjta, Le Metayer, técnicas de reeducación de la musculatura oro-facial, otros 11. Conocer modalidades de intervención interdisciplinar y aplicarlas si se precisa: estimulación basal, modelos ambientales o ecológicos, modelos de secuenciación curricular individualizada MODELO PARA DETERMINAR EL ALUMNO QUE PRECISA FISIOTERAPIA En la resolución del 3 de septiembre del 2004 5 se especifican los criterios para la determinación de las necesidades de tratamiento de fisioterapia para el alumnado. La normativa define tres grupos de alumnos/as que son susceptibles de recibir atención fisioterapéutica, y especifica de forma detallada cada uno de ellos: 1. Alumnos que presentan alteraciones motrices permanentes no degenerativas. Se especifican aquellas características de este alumnado que tendrá que ser prioritario a la hora de recibir atención por parte del fisioterapeuta: No tener control cefálico. No tener control de tronco. No tener desplazamiento autónomo ni posibilidad de conseguirlo. Ausencia de la capacidad de bipedestación. No tener marcha autónoma (sin soporte). Presentar alteración del patrón de marcha. Ausencia de la capacidad de subir y bajar escaleras por causa de un trastorno motriz y tengan posibilidades de adquirirla con o sin soporte. Cuando por su diagnóstico, edad y evolución, se prevé que va a presentar necesidades educativas especiales en el área motriz. 2. Alumnos que presentan alteraciones motrices degenerativas. Presentar alteraciones en el movimiento de los miembros que impliquen una disminución de la funcionalidad. Presencia de alteraciones de la marcha. Perdida de la marcha. Presentar problemas respiratorios. 3. Alumnos con retraso psicomotor. Alumnos con edades comprendidas entre los 3 y los 8 años que presenten las siguientes características: sedestación inestable, ausencia de macha funcional o ausencia de capacidad de subir y bajar escaleras. NECESIDADES DE FORMACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA FISIOTERAPIA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS El desarrollo de la fisioterapia en los centros educativos tiene una dinámica distinta a la de otros puestos de trabajo debido a las características propias y peculiares Fisioterapia 2005;27(3):146-51 34

de los centros y al carácter interdisciplinar que se requiere y se fomenta en esta parcela profesional. En este ámbito, se requieren competencias profesionales que superan el conocimiento de las técnicas propias de la neurología infantil. La tabla 2 muestra algunas de las competencias que ha de desarrollar el fisioterapeuta para trabajar en estos centros educativos. CONCLUSIONES El desarrollo de la fisioterapia en los centros educativos tiene una identidad propia y con características diferentes a otros puestos de trabajo como en servicios de sanidad pública, ejercicio privado o residencias de ancianos. La legislación vigente regula en la Comunidad Autónoma de la Región Murcia la actuación de los fisioterapeutas en este marco, define su posición dentro del medio educativo, delimita las funciones que realiza el fisioterapeuta, y describe al alumnado que recibe este servicio. Esta legislación da respuesta al trabajo realizado por los fisioterapeutas de los centros educativos, que con su labor, han definido las características de la fisioterapia en este contexto adaptándose a la realidad. Dentro de la comunidad educativa, el ejercicio de la fisioterapia se caracteriza por la necesidad de programas de intervención individualizados a cada alumno, teniendo en cuenta las necesidades de desarrollo en todos los aspectos de la persona. La realización de estos programas se basa en el trabajo interdisciplinar, en las modalidades de intervención directa e indirecta y en el desarrollo de las competencias propias de la profesión. La formación de grado y de postgrado universitaria, ha de dar respuesta a la realidad profesional fisioterapéutica que se desarrolla en el ámbito educativo, adecuar los contenidos a las competencias profesionales que se realizan; formar en las técnicas propias de la profesión, capacitar para el trabajo interdisciplinar, y, en equipo, fomentar una actitud crítica del propio ejercicio de la profesión y proporcionar las habilidades personales necesarias para desarrollar líneas de investigación aplicadas al desarrollo de la fisioterapia en los centros educativos. 151 BIBLIOGRAFÍA 1. Orden del 16 de septiembre de 2002 de la Conserjería de Educación y Cultura por la que se desarrolla la organización y estructura de las enseñanzas de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Murcia. BORM del 4 de octubre del 2002. 2. Orden del 16 de septiembre de 2002 por la que se desarrolla la organización y estructura de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Murcia. BORM del 4 de octubre del 2002. 3. Orden del 25 de septiembre de 2003 de la Conserjería de Educación y Cultura por la que se regula la ordenación de las enseñanzas en los Centros de Educación Especial. BORM del 15 de octubre de 2003. 4. Orden del 19 de septiembre del 2003 de la Conserjería de Hacienda, de regulación de jornada, horario especial y funciones del personal de atención educativa complementaria y otro personal no docente que presta servicios en Centros Docentes de la consejería de Educación y Cultura. BORM del 11 de octubre de 2003. 5. Resolución de 3 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Enseñanzas Escolares por la que se dictan instrucciones sobre el funcionamiento de los departamentos de Orientación, servicios de Fisioterapia, Logopedia y Enfermería en Centros de Educación Especial para el curso académico 2004-2005. En prensa. 35 Fisioterapia 2005;27(3):146-51