CICERÓN Y LA IMPORTANCIA DE LA JUSTICIA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO



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1 CICERÓN Y LA IMPORTANCIA DE LA JUSTICIA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO Jesús David Girado Sierra * Resumen Cicerón, poniendo a dialogar la filosofía y el derecho, hace una lectura de la Justicia, en cuanto virtud hacia donde todas las virtudes se dirigen, como el ejercicio de lo correcto, como el fin hacia donde los actos de todos los hombres, pero sobre todo de los gobernantes, deben estar orientados. De aquí que sea condición necesaria para la construcción de los estados, mediante la correcta administración de lo público. Palabras claves: Justicia, Honestidad, Virtud, Ley, República, Gobierno, Estado. Abstract Cicero, putting philosophy and law to talk, makes a reading about justice in so far as a virtue toward all the virtues are directed, as the exercise of the right things, as to where all the acts of men, especially the government should be * Licenciado en Filosofía de la Universidad Pontificia Bolivariana. E-mail: davidgirado@gmail.com

2 oriented. There forth as a necessary condition for the construction of the state through the proper administration of public affairs. Key words: Justice, Honesty, Virtue, Law, Republic, Government, State. INTRODUCCIÓN Si bien la propuesta filosófica de Cicerón consiste en una construcción de ideas que ya habían sido desarrolladas por distintas escuelas griegas (de ahí que se le considere ecléctico), es preciso reconocerlo como el pensador que muestra de una manera muy clara el diálogo entre una filosofía que se caracterizaba por ser extremadamente especulativa y el derecho en cuanto el estudio de las leyes y costumbres que garanticen la convivencia humana y por tanto la construcción de la República; es admirable su búsqueda de equilibrio entre la teoría y la práctica, y su preocupación por señalar la utilidad de la filosofía; este gran orador romano es sin lugar a dudas el más eficaz, el más vasto y famoso puente a través del cual la filosofía griega se vuelca en el área de la cultura romana, pero más importante aún, en todo occidente. Cicerón es un gran ejemplo de contextualización de la filosofía, sobre todo aquella que reflexiona acerca de la conducta humana en relación a la construcción de la República, y que subraya el papel que debe jugar el hombre virtuoso en la consecución de una felicidad que se traduzca en beneficios para todos los miembros de la sociedad. Este artículo tratará de hacer un acercamiento a la concepción ciceroniana de Justicia, haciendo énfasis en la responsabilidad que tienen los gobernantes y/o administradores de lo público de ser ejemplos en el ejercicio de dicha virtud; el

3 objetivo es propiciar una reflexión que nos lleve a un análisis crítico de la realidad que vivimos en un país como el nuestro donde la política pasó de ser el arte de cuidar del otro, a ser el arte de engañar y manipular a los otros; y donde la sagrada virtud de la Justicia dio paso a la ley del más fuerte. EL HOMBRE, SER QUE PARTICIPA DE LA LUZ DE LA RAZÓN Para Marco Tulio Cicerón, filósofo y jurista romano, el hombre se diferencia radicalmente de la bestia en que mientras ésta sólo sigue un instinto de conservación, buscando ante todo satisfacer sus apetitos y no teniendo otra cosa que el sentido se acomoda a lo inmediato con muy corto sentimiento de los pasado y lo futuro. El hombre, por su parte, en cuanto ser que participa de la luz de la razón 1, busca el conocimiento de las causas y sus consecuencias, estando siempre en el juego presente de lo antecedente y lo por-venir; el hombre es fundamentalmente diferente de la bestia en cuanto que es capaz, por privilegio de la naturaleza, de reflexionar: pensar y repensar deliberarantes de decidir, partiendo de experiencias previas, para determinar resultados en lo por-venir. Así mismo, la naturaleza ha dotado al hombre de una capacidad de construir sociedad, a partir del deseo por cuidar a los otros; dice Cicerón: la naturaleza por medio de la luz de la razón concilia a unos hombres con otros, y engendra principalmente un amor especial por los hijos, obligándonos a desear que haya unión y sociedad entre los hombres 2. Ahora bien, del sentimiento de pertenencia a una sociedad emana inexorablemente el imperativo del cuidado de los otros, esto es, el deber de protegerlos, de procurar su felicidad. Debe ser este el punto de partida de la política. Es decir, este deseo de cuidar del otro se hace un deber para cualquier hombre, pero sobre todo para aquel que esté referido de manera directa a la 1 CICERÓN, M. De Officiis. Libro I.México: Cumbre, 197. p. 164. 2 Ibid.

4 conducción de la cosa pública, de ahí que deba ser la motivación fundamental de cualquier intensión de administrar y tomar decisiones sobre asuntos que influyan en la vida de los individuos de una sociedad -la cual le otorgará un poder y una peculiar posición para dicho encargo. Al hombre también, por su especial condición natural, le es propia una particular sed de verdad y de justicia, pero, no sólo porque el degustarlas le hace dichoso sino también porque comprende que lo verdadero, sincero, correcto (justo), es lo más conforme a su naturaleza; señala Cicerón: sólo el hombre, entre todos los animales, es capaz de conocer el orden, el decoro y aquella regla y medida que debe guardarse en las palabras y en las obras 3. De esta particular naturaleza del hombre resulta indudablemente el agrado por la honestidad, siendo ésta una gran virtud cuya estima no depende de la opinión pública- donde se ve satisfecha la sed de orden, decoro y verdad que caracteriza al hombre. Cicerón, acudiendo a una reflexión sobre la honestidad, señala, desde una lógica que evidencia en la conducta del hombre virtuoso, cuatro virtudes que inexorablemente conducen a la práctica de lo honesto: todo lo que es honesto ha de proceder de la prudencia, la justicia, la fortaleza y la templanza 4 ; es decir, que la honestidad posee cuatro principios lógicos, pues si se es prudente se es sabio es ésta la más notable característica según los griegos- y por tanto la intención de los actos estará siempre guiada por una búsqueda de la verdad, del orden y el decoro, lo que indudablemente contribuirá a la construcción de una mejor sociedad; si se es justo se será lógicamente honesto, pues, es justo aquel que busca siempre dar a cada cual lo suyo, que es sincero o transparente en los pactos y que administra buscando el bien del pueblo, garantizando así la sana convivencia, el orden de la sociedad y la consolidación del Estado; así mismo, si se tiene firmeza de ánimo, moderación y templanza, se consigue también ser honesto, pues, los actos y palabras 3 Ibíd.,p. 165. 4 Ibid.

5 serán guiados por la búsqueda del orden y la medida, siendo productos de la fidelidad a los principios, los cuales le dan sentido a los preceptos que garantizan el orden social 5. Ahora bien, como recalca Cicerón en el De Officiis, a cada uno de estos principios de la honestidad le sobreviene una obligación; así, al sabio, a quien le es propio la prudencia ejercita esta virtud buscando la verdad; sin embargo, las otras tres virtudes: la justicia, la firmeza y la templanza, conllevan una obligación que sobrepasa el ámbito individual, en cuanto que, quien las ejercita, debe procurar mantener la unión y sociedad entre los hombres 6. No obstante, entre estas tres virtudes que conllevan a una responsabilidad social, sobresale la justicia, ya que los deberes de ésta pertenecen a la utilidad del género humano, que debe ser lo más sagrado para el hombre. 7 Así pues, si bien la Justicia es la gran virtud que distingue a los hombres buenos, lo es en razón de lo honesto; es decir, quien ejercita la virtud de la Justicia persigue la primacía del bien común sobre los caprichos, y por tanto el orden y el decoro en la comunidad de los hombres, y en la administración de lo público (en el caso de los que gobiernan). En otras palabras, quien es justo es reconocido como honesto, y a los hombres de esta clase se les debe admirar porque reúnen todas las demás virtudes y por tanto son dignos de gobernar. De ahí que la Justicia, en razón de lo honesto, es útil, en cuanto que si bien es una virtud no lo es en el sentido especulativo, sino ante todo práctico: la Justicia es la virtud que han de perseguir en cada uno de sus actos y deliberaciones todos los hombres -y en especial quienes gobiernan- para mantener el orden y la unidad en la sociedad; pero no han de procurarla como quien busca algo fuera de sí, sino como quien deja aflorar una perfección o un 5 Ibid. 6 Ibid., p. 166. 7 Ibid., p. 167.

6 logro de la naturaleza: est autem virtus nihil aliud nisi perfecta et ad summum perducta natura 8 (De Legibus I, VIII, 25). LA JUSTICIA, LA MÁS ESPLÉNDIDA DE TODAS LAS VIRTUDES Cicerón cree que es fundamental reconocer que el hombre, en cuanto orientado hacia la sociabilidad, conforma y da sentido al Estado; y entiende éste como un grupo de personas que reconocen derechos comunes y de eso extraen un beneficio común. No obstante, la conformación del Estado así entendido no es el resultado de la simple naturaleza social del hombre, pues, para que pueda ser digno de llamarse Estado, debe tener como fundamento: 1) la Justicia, entendida esta como el ejercicio de lo correcto fundamentado en la fidelidad 9 ; y 2) el derecho, que dirige o regula las relaciones entre los hombres, el cual adquiere, de acuerdo con Cicerón, su fuerza e importancia en la recta razón, la cual a su vez da muestras de que se inspira en una ley natural fundada y legitimada por la ley divina, quien dicta el eterno derecho natural no escrito, que posee la fuerza para regular lo que es justo e injusto; así pues, todos los demás derechos aportados por estados y gobiernos tienen como fundamento la ley divina; de esta tesis surge el interés de Cicerón por analizar la moral frente a los deberes y frente a toda norma que pueda regular la conducta de un ser que construye sociedad orientado por la luz de la razón 10. Este eminente jurista romano ve la evidencia de la ley natural en la tendencia del hombre hacia la virtud; es ésta la que orienta al hombre al origen mismo de toda ley y de todo derecho, y entiende la virtud como una característica humana que adquiere su mayor estatus en la actividad dedicada a la política. A diferencia de la virtud griega (el término medio), la virtud romana proclamada 8 La virtud no es otra cosa que la naturaleza perfeccionada, lograda ad summum perducta. Cf. CRUZ, Juan. De la Ley a la Virtud. En: Anuario Filosófico, vol. XXXIV/2 2001. Pág. 265. 9 Ibid., 168. 10 CICERÓN, M. Sobre los Deberes. Libro I. Madrid: Alianza, 1989. p. 8

7 por Cicerón adquiere más bien un carácter social, pues sociable es el hombre por naturaleza: habiendo sido la naturaleza del hombre formada de tal manera que posee un carácter cívico y popular innato, al que los griegos llaman politikón, lo que haga cada virtud no será contrario a la vida común ni al amor y a la solidaridad humana, y a su vez la justicia, en la medida en que con su ejercicio influya sobre las demás virtudes, las abrazará todas 11. En este mismo horizonte, es posible comprender que el derecho no es el producto de la organización de una comunidad, sino todo lo contrario: el derecho, fundado en la Ley divina, antecede a todo ordenamiento y es lo que hace que los hombres se organicen en busca del bien común (la justicia); es decir, que si bien es propia del hombre la naturaleza gregaria, es el derecho, por vía de la recta razón y de la virtud en su dimensión social, el que permite el paso de la manada a la sociedad humana, entendiendo ésta como el vivir en virtud de un bien común. Este proceso histórico se hace realidad tanto como obra de la propia naturaleza, como de la capacidad del hombre de asociarse, crear acuerdos para el bien común, requiriendo de aspectos fundamentales como: convencimiento y consentimiento mutuo de establecer y guiarse según el derecho jurídico y la justicia, y su constitución como cuerpo deliberativo que gobierne o gestione la propiedad común. Ahora bien, siendo la Justicia por antonomasia la virtud que se alza entre las especies de lo honesto, se presenta como una condición para que se mantenga unida la sociedad de los hombres como en comunidad de vida -que, según Cicerón, empieza con la familia-, consolidándose de esta manera la República 12 ; la Justicia es la virtud sin la cual no es posible la correcta organización, desarrollo y establecimiento ordenado de la vida en común; así también, Cicerón reconoce la necesidad de dicha virtud para la gestión de la propiedad del pueblo (República: la cosa pública). Es decir, que la organización básica del ser humano como comunidad, como pueblo, debe estar basada en la Justicia, desde la cual adquieren sentido las leyes (el derecho positivo, no el 11 CICERÓN, Marco Tulio. Sobre la República. Barcelona: Planeta, 1995. p. 66. 12 Cf. CICERÓN, M. De Officiis. Libro I. México: Cumbre, 1977. p. 181.

8 fundado en la ley natural o divina), y hacia donde deben tender las deliberaciones de los gobernantes. Así entonces, será a los gobernantes a quienes más se les deberá exigir ejemplo en el ejercicio de la Justicia; y dado que un gobierno es un órgano deliberativo que dirige buscando lo que mejor convenga para la correcta administración de la República, el criterio de este deliberar debe ser al mismo tiempo moral y político. Ahora, la aceptación o no del gobierno no radica en la forma sino en el fundamento, es decir, no en quién y con cual sistema gobiernan, y sus estructuras políticas, sino más bien en el qué gobierna: la justicia y el derecho o la injusticia y la ambición. Cicerón, siguiendo de alguna manera la idea que Platón desarrolla en su texto La República, proclama la justicia como virtud fundamental, necesaria, como conditio sine qua non es posible una verdadera organización del Estado y un gestionamiento adecuado de lo público, es decir un buen gobierno, el cual debe caracterizarse principalmente por tener como fin el bien del pueblo en general, cualquiera que sea la forma de su organización. Es decir, que sea cual fuere la forma de gobierno, hay un principio del bien común que ha de presidir todo ejercicio del poder; ahora, si bien se gobierna a partir de la ley o los preceptos, éstos deben tener como punto de partida los principios que emanan de una adecuada comprensión de la dignidad humana, así como del deseo de ordenamiento de la convivencia de los hombres. Si el obrar moral excluye toda inclinación, pasa ser así un obrar por puro deber, entonces el obrar moral excluye toda virtud, pues la formación de la virtud implica la generación de una inclinación hacia ese modo de obrar. Una voluntad moral es, según esto, una voluntad que se mantiene constantemente en guardia contra la posibilidad de adquirir la más mínima connaturalidad con su propio obrar moral 13. Es decir, si la ley o los preceptos, a través de los cuales se garantiza el orden en la sociedad, deben tener su fundamento en los principios, la virtud debe ser el fin que posibilite la aplicación de una ley 13 CRUZ, A. Ethos y Polis, Bases para una reconstrucción de la filosofía política. Eunsa, Pamplona, 1999, 154.

9 fundamentada no en caprichos de los gobernantes o en intereses de los poderosos, sino en principios que subrayen el valor de la vida y el bien de la sociedad. Si por ejemplo decimos que la ley o el precepto es no robar, el principio del que parte dicho precepto, y que evidentemente le da sentido, es el respeto por la propiedad privada o el correcto uso y administración de lo público, ahora bien, a través de la ley o el precepto aseguramos el cumplimiento del principio, con lo cual apuntamos hacia un fin: el ejercicio de la Justicia como la virtud que por excelencia garantiza el orden en la convivencia entre los ciudadanos y la correcta administración de la res-pública. Sin embargo, la Justicia no ha de ser sólo la virtud que garantiza el orden en la convivencia humana, sino que se debe considerar como el fin esencial de la sociedad política; el ideal es una asociación humana vinculada por la noción de lo justo y la común utilidad. Así pues, Cicerón logra invertir el orden que creían correcto los legisladores: primero los preceptos o leyes (del derecho positivo) y luego los principios, siendo los primeros quienes llevaban a que estos últimos cobraran sentido; sabiamente nos lleva a que comprendamos que los principios son quienes le dan sentido a las leyes, las cuales deben tender a la Justicia. Las leyes deben ser justas, al tiempo que deben guiar a los hombres hacia la Justicia. Con esto Cicerón pone a salvo la aplicación de la Justicia de cualquier tipo de escepticismo moral, de toda influencia corrosiva: notiones innatae, natura nobis insitae ; es decir, que los conceptos morales proceden de nuestra naturaleza, son confirmados por el asenso general (lo que él llamará: consensus gentium ), y le dan sentido a la aplicación de los preceptos, y no al contrario 14. 14 Cf. COPLESTON, F. Historia de la Filosofía. Tomo I. Barcelona: Ariel, 1991. p. 414.

10 CONCLUSIONES Cicerón pretende crear una atmósfera moral con la intención de formar a los hombres para reformar y transformar la sociedad; pero hace énfasis sobre todo en una preparación de los hombres que pretendan la vida política la del arte de cuidar a los otros, no de engañarlos y manipularlos-. Subraya en sus lecciones la importancia de la virtud de la Justicia, reconociéndola como la más espléndida entre todas las virtudes, como aquella que se alza entre las especies de lo honesto, manteniendo unida la sociedad de los hombres, garantizando el orden y el respeto en la convivencia, a partir de la fidelidad: el fundamento de la Justicia es la fidelidad; esto es, la firmeza y veracidad en las palabras y contratos 15. La Justicia es el ejercicio de lo correcto y por tanto es condición necesaria para que se genere un ambiente de confianza y, más aún, para que se construya la civitas, pues si en un Estado no reinan los verdaderos intereses del pueblo, la búsqueda de su bien común, esto es, la verdadera Justicia, no es digno de llamarse Estado. Si bien todas las virtudes constituyen una constelación armoniosa de bondades, la guía de todas ellas es la Justicia. Afirma Cicerón: esta disposición de ánimo que da a cada uno lo suyo y mantiene con generosidad y equidad la sociedad y alianza humana a que me refiero, se denomina Justicia y a ella van unidas la piedad, la bondad, la liberalidad, la benignidad, la cortesía y las demás cualidades de este género 16. Así pues, la lectura ciceroniana de la Justicia ha de llevarnos a reconocer la importancia de promover una vida política cuya característica más notable sea el sentido de lo moral: donde la vida virtuosa adquiera una dimensión social, donde la búsqueda del bien común, del bienestar general, y la preocupación 15 CICERÓN, M. De Officiis. P. 169. 16 CICERÓN, M. De República. Madrid. : Gredos, 1991. p. 65.

11 por el ejercicio de todas las virtudes, en especial de la Justicia, hagan posible una correcta administración de la República (la cosa pública ), garantizando la consolidación de un Estado que sea digno de llamarse así. Cicerón nos quiere dejar claro que, gracias a la práctica de la Justicia, es posible un cuidado correcto de la sociedad y de los asuntos públicos por parte del gobernante, quien debe ser el más claro ejemplo de hombre virtuoso, de hombre justo. Hoy como nunca, se hace necesaria una lectura de Cicerón con el fin de restaurar nuestra convivencia ciudadana, revisar las estructuras estatales y cuestionarnos acerca de los fines que nuestros gobernantes persiguen: Serán estos fines lo iustum, lo honestum y el docorum? BIBLIOGRAFÍA

12 CICERÓN, M. Sobre los Deberes. Libro I. Madrid : Alianza, 1989. 255 p. De Officiis. Libro I. Cumbre : México, 1977. 96 p. De República. Madrid: Gredos, 1991. 195 p. COPLESTON, F. Historia de la Filosofía. Tomo I. Barcelona: Ariel, 1991. 508 p. CRUZ, A. Ethos y Polis, Bases para una reconstrucción de la filosofía política. Pamplona: Eunsa, 1999. 448 p.