SEGUIMIENTO DEL ACUERDO POR LA SANIDAD ( 18/04/2002) 15 DE JULIO DE 2003.



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Transcripción:

SEGUIMIENTO DEL ACUERDO POR LA SANIDAD ( 18/04/2002) 15 DE JULIO DE 2003. PUNTO 5. A partir del año 2002, los días 24 y 31 de diciembre se consideran como festivos no recuperables en las mismas condiciones que para el personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Con efectos de 1 de enero de 2003, el personal estatutario dispone de 7 días de libre disposición. PUNTO 6. Durante la vigencia del presente Acuerdo, y con los medios y recursos de que disponen actualmente los Servicios de Prevención del Servicio Aragonés de Salud, se realizará la evaluación inicial de riesgos de todos los puestos de trabajo del Servicio Aragonés de Salud, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Se está procediendo a la evaluación de riesgos laborales de los puestos de trabajo. PUNTO 8. Durante el primer semestre de 2002, se ofrecerá al personal funcionario y laboral la posibilidad de acceder voluntariamente a la condición de personal estatutario en los términos que reglamentariamente se determinen. En el año 2002 se presentaron y discutieron en mesa sectorial los borradores de: - Decreto estatutarización. - Decreto de plantillas orgánicas. El Decreto 115/2003 de 3 de junio sobre plantillas orgánicas del personal de centros sanitarios adscritos al SALUD ha sido publicado el 02/07/2003 y está pendiente la publicación del Decreto de Estatutarización. PUNTO 9. Con el fin de garantizar la movilidad de los empelados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma, que permitirá un mas eficiente aprovechamiento de los recursos humanos, se establecerá, en Mesa de la Función Pública y en el transcurso del mes siguiente al de la firma de este Acuerdo, un sistema que se atendrá a los siguientes principios:

- Estatutarización del personal perteneciente a las escalas sanitarias de la D.G.A., ya sea funcionario o laboral, de manera voluntaria, a lo largo del periodo de vigencia del Acuerdo. La estatutarización supondrá la adaptación a las condiciones salariales y de trabajo del personal estatutario sin que puedan producirse mermas respecto a las condiciones del régimen jurídico de procedencia. - Apertura de todos los puestos de trabajo no docentes y no sanitarios de la Administración de la Comunidad Autónoma, incluido el Servicio Aragonés de Salud, al personal funcionario/estatutario o laboral/estatutario. La movilidad del personal durante el periodo de homologación de condiciones fijado en este Acuerdo no supondrá en ningún caso mermas salariales o en las condiciones de trabajo. - Adaptación de los procesos de funcionarización al sistema establecido para la estatutarización. El sistema que se establezca quedará plasmado en normas de rango adecuado. La competencia del desarrollo de este punto corresponde a la Dirección General de Función Pública. PUNTO 10. El contenido del presente Acuerdo debe contribuir al logro de los siguientes objetivos: - Disminuir la lista de espera existente en cirugía, pruebas complementarias y consultas externas. - Ampliar la cobertura del servicio de atención domiciliaria programada y paliativos. - Consolidar la atención a urgencias y emergencias. Para conseguir tales objetivos, las principales medidas a adoptar son las siguientes: - Desplazamiento voluntario de Facultativos de algunas especialidades a determinados centros de salud. Plan de choque Ejea y Tarazona. Se ha absorbido la demora existente ajustando la oferta asistencial a la demora. Atención especializada en Caspe. Se alcanzó un acuerdo con el Consejo de Salud y los profesionales de Atención Primaria y Especializada formalizando la oferta de ginecología, obstetricia y psiquiatría.

Control por los médicos de familia de tratamiento de anticoagulación oral (TAO) en su domicilio en coordinación con Atención Especializada. - Ampliación del horario de atención en los centros de salud urbanos de las tres capitales de provincia hasta las 20:00 horas de modo negociado y voluntario. A lo largo del 2002 se procedió a la apertura de todos los centros de salud urbanos hasta las 20 horas. - Implantación progresiva de un complemento destinado a retribuir programas específicos de tarde. Pendiente - Disminución progresiva de TIS por profesional hasta alcanzar un máximo de 1.500 por Médico de Familia y 1.000 por Pediatra y la incorporación simultánea de la Tarjeta Ajustada a Edad (TAE). Dicho objetivo se logrará mediante la reasignación de efectivos y/o creación de plazas. Actualmente en nuestra Comunidad la ratio de habitantes por médico de Atención Primaria es de 1.182, cifra sensiblemente inferior a las de nuestro entorno. Habitantes por médico en nuestro entorno S uiza R eino Unido Alemania Holanda Es paña Aragón INS ALUD 0 500 1000 1500 2000 2500 La ratio de habitantes por Pediatra es de 1.021. HUESCA Área 1 992,35 TERUEL Área 4 1.028,33 ZARAGOZA Áreas 2 y 5 1.017,56 ZARAGOZA Área 3 1.045,79 ARAGON 1.021,01

Con el fin de ir aproximándonos progresivamente a la cifra máxima se han incorporado en el año 2002, 9 plazas de Medicina de Familia y 8 de Pediatría. En conjunto las nuevas acciones del año 2002 supusieron la creación de 62 puestos de trabajo. Áreas Área 1 Área 3 Área 4 Aragón 2 y 5 Médico Familia 8-1 - 9 ATS 10 3 3-16 Fisioterapeuta 3 1 1-5 Administrativo 6-4 4 14 Pediatra 2 1 3 2 8 Aux. Clínica 3-1 - 4 Higienista Dental 1 1 3-5 Informático - 1 - - 1 Total 33 7 16 6 62 Está preparado el informe de reasignación de efectivos con un consenso sindical amplio y que tratará de paliar la enorme distancia en las asignaciones poblacionales entre el medio rural y el medio urbano. La tarjeta sanitaria esta ajustada a Edad y su valor está diferenciado a la hora de confeccionar las nóminas. Existe la voluntad de ampliar su valor como indicador principal de actividad asistencial prevista. PUNTO 11. Para la consecución de las medidas expuestas en el punto anterior, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad se crearán Mesas de Trabajo para Atención Primaria y Atención Especializada que desarrollarán en cada uno de los niveles los siguientes aspectos: - Estudio de un nuevo modelo retributivo en el actual marco presupuestario. - Carrera profesional, promoción interna y formación continuada de los trabajadores del Servicio Aragonés de Salud. - Posibilitar el gradual cambio de las jornadas fijas de tarde a turnos de mañana. - Implantación de jornada deslizante de adscripción voluntaria e incentivada en los Centros de Salud urbanos. A lo largo del año 2002 se constituyeron las mesas de trabajo de Atención Primaria y Atención Especializada y tras el proceso de

elecciones sindicales se decidió esperar la constitución del nuevo Gobierno. Existe la voluntad de continuar los trabajos de ambas mesas a partir del día 1 de septiembre. No obstante, se han acometido las siguientes medidas: - Carrera profesional. Curso para líderes de opinión a realizar en octubre de 2003. En colaboración con IBM. - Formación continuada. Desarrollo de planes en desarrollo del acuerdo Administración- Sindicatos para la formación continua. - Cambio jornadas fijas de tarde. Se han fijado las condiciones que son: Acuerdo del Equipo. Acuerdo del Consejo de Salud. Mantenimiento oferta asistencial de tarde. Espacio físico. Con estas premisas ha sido posible dicho cambio en el Centro de Salud San Pablo y en el Centro de Salud Universitas. - Implantación jornada deslizante. Implantada en Huesca capital pero pendiente de su desarrollo. PUNTO 12. En el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad se definirán: - Por los firmantes del Acuerdo final, los criterios de distribución de la masa salarial pactada. - Procedimientos de movilidad voluntaria del personal. - Procedimientos de selección y provisión del personal. - Nuevo marco jurídico de relaciones laborales en sintonía con el desarrollo del Estatuto Marco a nivel de Estado. - Productividad variable e incentivación (en el importe total del año 2001 y con su actual distribución entre Atención Primaria y Atención Especializada). En relación con los grupos C, D y E se transformará un porcentaje del complemento de productividad variable en retribución fija. Se ha cumplido la distribución de la masa salarial pactada.

Se han convocado concursos de traslados de personal funcionario y estatutario en coordinación con la Comisión de Seguimiento de la OPE extraordinaria. El nuevo decreto de plantillas orgánicas posibilitará la unificación de sistemas de selección y provisión. Se ha distribuido la productividad variable 2002 tras la evaluación de los centros y servicios. Está pendiente de pacto para la transformación en retribución fija para los grupos C, D y E con el acuerdo de algunos sindicatos y la oposición de UGT a que sea abordado en el próximo ejercicio 2004. PUNTO 13. El Gobierno de Aragón promoverá acciones dirigidas a evitar la precariedad en el empleo mediante la convocatoria, como mínimo cada dos años, de ofertas públicas de empleo. Se convocará concurso de traslados para el personal funcionario de las clases de especialidad de Médicos de Atención Primaria, ATS/DUE de Primaria y Especializada y Matronas de Atención Primaria. Con carácter extraordinario y para paliar el desequilibrio que ha supuesto la inexistencia de un concurso previo de traslados en la Ley 16/2001 para el personal facultativo de Atención Primaria, la Administración se compromete a articular, antes de que finalice el proceso extraordinario de consolidación, dicho concurso de traslados para el citado colectivo. Una vez finalizada la oferta voluntaria de estatutarización, se convocarán en el plazo de un año, los concursos de traslados para personal funcionario y estatutario del Servicio Aragonés de Salud, arbitrándose las medidas necesarias para permitir el libre intercambio de puestos de trabajo de dicho personal. Así mismo, se procederá a la apertura inmediata de bolsas de personal estatutario que se encuentren agotadas, iniciando la negociación para alcanzar durante el presente año la unificación de bolsas con listas únicas para el Servicio Aragonés de Salud. En cuanto al personal de refuerzo, se adoptarán las medidas necesarias para alcanzar: estabilidad en la vinculación contractual y en el régimen de cotizaciones a la Seguridad Social, igualdad retributiva y definición de jornada. Desde el respeto a la legalidad, dicha vinculación se ofertará al personal que en la actualidad cubre la atención continuada de los diferentes centros.

- Personal de refuerzo. Se ha alcanzado, con acuerdo sindical, la estabilidad en la vinculación contractual pasando a cotizar por la totalidad del año. Se ha implantado a partir del 1 de julio y de forma progresiva quedará cerrado el mapa de recursos necesarios para garantizar la Atención Continuada en el tercer trimestre del 2003. PUNTO 14. Con efectos de 1 de enero de 2003, el Gobierno de Aragón, con la finalidad de dotar un Subplan de Pensiones para el personal estatutario, destinará la cantidad de 601.012 euros (100 millones de pesetas). Subplan de pensiones realizado.