Oferta de Empleo Público de la USE en Plan de actuación para el acceso, estabilidad y promoción del PDI
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- Silvia Fuentes Cáceres
- hace 8 años
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1 Oferta de Empleo Público de la USE en 2015 Plan de actuación para el acceso, estabilidad y promoción del PDI En este documento se exponen las líneas de actuación del Equipo de Gobierno de la Universidad de Sevilla para dar respuesta en 2015 a los problemas de acceso a la carrera académica, estabilidad de las figuras temporales y expectativas de promoción que la plantilla de Personal Docente o Investigador (PDI) tiene planteados en la actualidad. Entre los años 2008 y 2012 funcionaron de manera adecuada las políticas de promoción para todos los profesores acreditados, las medidas de progresión en la carrera académica contempladas en el convenio colectivo y el acuerdo de estabilización de investigadores, así como el plan propio de investigación para el acceso a la carrera académica de los becarios de investigación. Además, la dotación de plazas por necesidades docentes se circunscribía al ámbito de la autonomía universitaria dentro de sus propios criterios académicos. Las medidas de austeridad adoptadas en el período han supuesto, a pesar de los esfuerzos de la Universidad de Sevilla para paliarlas, la práctica suspensión de la incorporación ordinaria de nuevo personal a través de la oferta de empleo público debido a una tasa de reposición muy restrictiva del 10%, sin posibilidad de interpretación dinámica, y a la imposibilidad de contratación laboral, salvo por urgente e inaplazable necesidad docente. Las consecuencias de estas medidas han sido: Imposibilidad de incorporar a la carrera académica al personal investigador en formación, en particular para los del IV Plan Propio de Investigación; esto se ha paliado dotando plazas de las categorías contempladas en la Ley de la Ciencia. Imposibilidad de cumplir con el acuerdo interno de estabilización de investigadores Ramón y Cajal y asimilados que finalizan contrato; esto se ha paliado prorrogando hasta dos años estos contratos con cargo a capítulo 6, con la consiguiente pérdida producida por las lógicas renuncias. Incremento de Profesorado Sustituto Interino para cubrir docencia estructural, ocupando plazas laborales dotadas que no han salido a concurso o han quedado vacantes y pervirtiendo la finalidad de dicha figura. Imposibilidad de cumplir con el Convenio Colectivo en su totalidad, con soluciones provisionales como la de la figura de Profesor Contratado Doctor Interino para los Profesores Ayudantes Doctores con la acreditación correspondiente. Bolsa de acreditados a plazas con vinculación permanente sin posibilidad de promoción, frustrando y desmotivando el ascenso en la carrera académica. Durante este curso se ha producido una ligera mejora relativa: la autorización por parte de la Junta de Andalucía de convocatoria de plazas de Profesor Ayudante Doctor por necesidades docentes y, para 2015, también de investigación, reconociendo la necesidad que tienen las 1
2 universidades de renovación de sus plantillas, y el aumento de la tasa de reposición al 50% en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Estas mejoras permiten abrir el abanico de posibilidades de actuación para 2015 que formulamos en este documento. Los cálculos sobre la tasa de reposición están hechos sobre la base de que, para este año, la Oferta de Empleo Público (OEP) en la Universidad de Sevilla podría llegar, en el mejor de los casos, hasta las 29 plazas. 1. Medidas para el acceso a la carrera académica La reciente autorización de plazas de Ayudante Doctor por parte de la Junta de Andalucía plantea esta figura, de hecho, como la puerta de entrada a la carrera académica del profesorado universitario. Aunque se siguen enmarcando en el ámbito de las urgentes e inaplazables necesidades académicas, éstas deberían establecerse en la propia universidad aunque se siga requiriendo su previa autorización. Se proponen las siguientes actuaciones en la programación del curso : 1.1. Dotación de plazas de Profesor Ayudante Doctor por urgentes e inaplazables necesidades docentes. Objetivos: 1) Permitir el acceso a la carrera académica del Profesorado Sustituto Interino y del Profesorado Asociado con vocación académica. 2) Disminuir el número de profesores que superan las 240 horas anuales de docencia presencial. 3) Equilibrar los encargos docentes de las áreas. 4) Normalizar la plantilla de profesorado en los departamentos con plazas laborales de carácter estructural. Observaciones: 1) La dotación de estas plazas requiere la posterior autorización de la Junta de Andalucía, tanto para su convocatoria pública como para cubrirlas interinamente. 2) Se dotarán nuevas plazas, de manera progresiva, reconvirtiendo plazas de Profesor Asociado cubiertas con Profesores Sustitutos Interinos que tengan carácter estructural para la docencia. 3) Es necesario elaborar un estudio de viabilidad económica en el ámbito presupuestario actual Dotación de plazas de Profesor Ayudante Doctor por urgentes e inaplazables necesidades de investigación. Objetivos: 1) Permitir el acceso a la carrera académica del personal investigador postdoctoral contratados bajo programas de concurrencia competitiva, actualmente incluido en el acuerdo de estabilización de 2008 (a excepción del Programa Ramón y Cajal ), que se encuentra en su segundo año de prórroga y haciéndolo extensivo, de manera progresiva, a aquellos que lleguen a la finalización de los contratos. Observaciones: 1) La dotación de estas plazas requiere la preceptiva autorización de la Junta de Andalucía. 2) Las plazas se dotarían en los departamentos correspondientes a los Investigadores recogidos en el párrafo anterior. 3) Es necesario elaborar un estudio de viabilidad económica en el ámbito presupuestario actual. 2
3 2. Medidas de estabilización El Primer Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador ha permitido hasta ahora garantizar la estabilidad de los profesores Ayudantes y Ayudantes Doctores a través de la convocatoria de la plaza o la adaptación automática de sus contratos en virtud de la acreditación conseguida. Sin embargo, en uno de los casos, el los profesores Ayudantes Doctores con acreditación a Contratado Doctor, no ha sido posible culminar dicha estabilidad y ha provocado un acuerdo de la Comisión Paritaria de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del Convenio (CIVEA) a través de la figura de Contratado Doctor Interino, a la espera de que la tasa de reposición permita la convocatoria de sus plazas. Es claro que, en el escenario actual, dicha tasa de reposición sigue siendo a todas luces insuficiente para poder cumplir, en la medida necesaria, con este fin. Más aún cuando los investigadores del Programa Ramón y Cajal tienen garantizada, en la Ley de presupuestos Generales del Estado para 2015, una cuota del 15% de plazas laborales en la OEP. Es por ello que la Universidad de Sevilla busca, en el ámbito de las Universidades Públicas Andaluzas, una solución en consonancia con las distintas necesidades de estabilización requeridas Consecución de un acuerdo en la CIVEA para la estabilidad de los profesores Contratados Doctores Interinos. La US está promoviendo un acuerdo en el marco de la CIVEA que permita adaptar a la figura de Profesor Contratado Doctor a quienes ocupen dichas plazas interinamente y obtengan la acreditación de Profesor Titular de Universidad. Objetivos: 1) Permitir la estabilización, sin consumir tasa de reposición, de los contratados doctores interinos. Observaciones: 1) La vigencia de este acuerdo se establecería mientras persistan las limitaciones en materia de contratación y oferta de empleo público Dotación y convocatoria a concurso de plazas de Profesor Contratado Doctor. Iría destinada para el personal investigador del Programa Ramón y Cajal con acreditación I3, que han sido prorrogados en años anteriores, en la OEP de la US para 2015 y extendiéndose en años sucesivos para los que finalicen sus contratos a partir de Objetivos: 1) Estabilización de estos investigadores en aplicación de la reserva del 15% dispuesta en la OEP sobre la tasa de reposición. Observaciones: 1) Estas plazas necesitan de la previa autorización de la Junta de Andalucía tanto para su convocatoria pública, como para cubrirlas interinamente; es necesario acreditar que no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera establecidos para la US. 2) Las plazas se cubrirían con contratos de interinidad con el requisito de contar con la acreditación. 3) Esta medida, junto con la formulada en el punto 1.2, requiere adaptar la aplicación del Acuerdo de Estabilización de Investigadores de 2008 mientras persistan las limitaciones que afectan a la Oferta de Empleo Público. 3
4 3. Medidas de promoción para el profesorado con vinculación permanente Las medidas anteriormente planteadas permiten conseguir, además de los objetivos expuestos, compatibilizar las necesidades de acceso y estabilidad del profesorado con la promoción a los cuerpos docentes universitarios que, necesariamente, tienen que enmarcarse a través de la tasa de reposición. El primer objetivo sigue siendo el reconocimiento de la promoción interna, como ocurre en el resto de la administración pública, dentro del ámbito universitario, lo que se conseguiría con la aplicación dinámica de dicha tasa. En este sentido se dirige la propuesta del equipo de gobierno de buscar vías alternativas a la respuesta judicial al problema planteado Dotación y convocatoria a concurso de plazas de funcionario. Objetivos: 1) Permitir la promoción del profesorado acreditado con vinculación permanente. Observaciones: 1) Estas plazas necesitan de la previa autorización de la Junta de Andalucía para su convocatoria pública; es necesario acreditar que no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera establecidos para la US. 2) A la hora de determinar en qué categorías y áreas se convocan estas plazas, tendrían prioridad las correspondientes a los 5 Profesores Titulares de Universidad con plaza recurrida en 2012, según acuerdo del Consejo de Gobierno de mayo de ) El resto de plazas a ofertar se convocarían atendiendo, en primer lugar, a las plazas que ya fueron aprobadas por el Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2012, a las correspondientes al Consejo de Gobierno de 25 de julio de 2012, y estableciendo el orden de antigüedad en la fecha de acreditación para Titular o Catedrático de los candidatos como criterio general Programación plurianual. La programación plurianual que se expone a continuación utiliza una interpretación más favorable para el cálculo de la tasa de reposición que la considerada hasta ahora. El actual marco legal establece que si una plaza es obtenida a través de una oferta de empleo público, entonces la plaza que obtiene no resta en el cálculo de la tasa de reposición del año posterior, pero la plaza que se queda vacante sí suma al cupo sobre el que se calcula dicha tasa, en caso de ser obtenida por personal en una categoría indefinida, al producirse una excedencia sin reserva de puesto de trabajo o una extinción de contrato en la categoría correspondiente. Si esta interpretación es admitida, se podría tener en cuenta el efecto dinamizador que se produciría sobre el número de plazas a ofertar. Objetivos: 1) Maximizar el número de plazas que se pueden cubrir. En primer lugar, a las 25 plazas que este año correspondería a la US por aplicación directa del 50% de la tasa de reposición sobre el número de jubilaciones producidas en 2014, se le sumarían otras 4, en caso de prosperar esta interpretación, procedentes de la convocatoria de 8 plazas de Catedrático de Universidad resueltas en favor de Titulares de la propia universidad que, en consecuencia, han causado excedencia sin reserva de puesto de trabajo en dicha categoría. Además, la vía fijada en la medida 2.1 de acceso automático a la estabilidad para los Contratados Doctores interinos que se acrediten a Profesor Titular de Universidad, junto con la preceptiva reserva del 15% para los contratados del programa Ramón y Cajal con acreditación 4
5 I3, nos permitiría dotar hasta 24 plazas para la promoción de personal que ya tiene vinculación permanente y que, como consecuencia de lo expuesto en el párrafo anterior, tendría incidencia en la tasa de reposición de años posteriores. Las consecuencias que la aceptación de esta interpretación tendría sobre las OEP de años próximos son evidentes y, a modo de ejemplo para mostrar el efecto multiplicador de esta medida, se ofrece el siguiente cuadro que, en ningún caso, puede representar un compromiso dadas las incertidumbres que en el marco legal y económico se ciernen todavía sobre la Universidad. Suponiendo que el número de bajas por jubilaciones voluntarias, renuncias y fallecimientos que se producirán en los próximos años se siga manteniendo similar al de jubilaciones forzosas producidas en ese mismo año, como ha ocurrido hasta ahora, y suponiendo además que la tasa de reposición quedara fijada en el 50%, podría darse una evolución del número de plazas similar al cuadro mostrado a continuación: Total Jubilaciones forzosas Jubilaciones voluntarias, Plazas vacantes del año anterior Total Tasa de reposición % RyC-I Plazas de funcionario Cualquier cambio producido en este escenario en los próximos años, como un aumento de la tasa de reposición o el reconocimiento como promoción interna dentro de los cuerpos de funcionarios, permitiría desbloquear la situación de los profesores acreditados en un periodo de tiempo razonable Oferta de Empleo Público para 2015 En el Consejo de Gobierno del 16 de abril de 2015 se aprobaron los criterios para establecer el orden de prioridad de las plazas ofertadas, así como la distribución por categorías de la Oferta de Empleo Público para el año Como consecuencia del primero, una vez priorizadas las 5 plazas correspondientes de Profesor Contratado Doctor para investigadores Ramón y Cajal con certificación I3 y la reserva de 5 plazas de Titular de Universidad que fueron recurridas en 2012 y se encuentran a la espera de sentencia, las restantes se establecerían atendiendo, en primer lugar, a la fecha del Consejo de Gobierno en que se adoptó el Acuerdo; en segundo lugar, a la fecha de acreditación del candidato que da origen a la solicitud, a la antigüedad en la categoría y, finalmente, a la antigüedad en la Universidad de Sevilla. El siguiente esquema muestra este orden establecido: 5
6 A. 5 CD para RyC con certificado I3 (A 1, A 2, A 3, A 4, A 5 ) B. 5 TU plazas recurridas en 2012 pendientes de sentencia (B 1, B 2, B 3, B 4, B 5 ) C. 19 plazas (TU+CU) aprobadas en CG de junio 2012, ordenadas por fecha de acreditación, de antigüedad en la categoría y de antigüedad en la Universidad: I. 14 TU (C 1, C 2, C 3, C 5, C 6, C 7, C 8, C 10, C 11, C 12, C 13, C 14, C 15, C 17 ) II. 5 CU (C 4, C 9, C 16, C 18, C 19 ) D. 14 plazas (TU+CD) aprobadas en CG de julio 2012, ordenadas por fecha de acreditación, de antigüedad en la categoría y de antigüedad en la Universidad: I. 13 TU (D 1, D 2, D 3, D 4, D 5, D 6, D 8, D 9, D 10, D 11, D 12, D 13, D 14 ) II. 1 CU (D 7 ) Como consecuencia del segundo Acuerdo, se publicaría un total de 29 plazas, siempre que sea aceptada la interpretación de la tasa dinámica diferida, distribuidas por categorías de la siguiente forma: Catedrático de Universidad Titular de Universidad Contratado Doctor 5 plazas 19 plazas 5 plazas En base a ello, y en el previsible caso de sentencia desfavorable de las cinco plazas recurridas, se convocarían las siguientes: CU C 4, C 9, C 16, C 18, C 19 TU B 1, B 2, B 3, B 4, B 5, C 1, C 2, C 3, C 5, C 6, C 7, C 8, C 10, C 11, C 12, C 13, C 14, C 15, C 17 CD A 1, A 2, A 3, A 4, A 5 En el caso de que hubiese un requerimiento de rectificación por parte de la Administración debido a un posible error en el cómputo total, se procedería a la eliminar el número de plazas por categoría que proceda según los criterios establecidos en el orden de prelación. Por ejemplo, una OEP final de 25 plazas supondría la siguiente propuesta: Catedrático de Universidad Titular de Universidad Contratado Doctor 2 plazas 18 plazas 5 plazas CU C 4, C 9 TU B 1, B 2, B 3, B 4, B 5, C 1, C 2, C 3, C 5, C 6, C 7, C 8, C 10, C 11, C 12, C 13, C 14, C 15 CD A 1, A 2, A 3, A 4, A 5 6
En este sentido merece especial mención la promoción interna que, la citada Ley
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