EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ARAUCA



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Transcripción:

EL ALCALDE DEL En ejercicio de sus funciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en la Constitución Política de Colombia, Artículo 315, la Ley 136 de 1994, modificado por la Ley 1551 de 2012, decreto municipal 099 y 101 de 2013, demás normas concordantes y CONSIDERANDO Que la Constitución Política de Colombia, Artículo 315, establece que es función del Alcalde dirigir la acción administrativa del Municipio, implementar acciones encaminadas a desarrollar la promoción de la solidaridad y convivencia de los habitantes de su municipalidad. Que la Ley 136 de 1994 en su ARTICULO 93. ACTOS DEL ALCALDE: El Alcalde para la debida ejecución de los acuerdos y para las funciones que le son propias, dictará decretos, resoluciones y las órdenes necesarias. Que a partir del día 28 de noviembre y hasta el día 1 de diciembre del año en curso, se llevará a cabo la XXIX Feria Exposición Agropecuaria del Municipio, organizada por el Comité de Ganaderos conjuntamente con las Administración Municipal de Arauca. Que el día dos (2) de diciembre de 2013, se llevará a cabo el evento Joropiando en el Arauca en el cual cientos de parejas danzarán por las principales calles de la ciudad de Arauca como muestra de folklore ancestral. Que el tres (3) de diciembre se le ofrecerá una nueva SERENATA A ARAUCA como preámbulo a la celebración de un aniversario más de la fundación de Arauca y sus Fiestas Patronales.

Que el día 4 de diciembre de cada año, se celebra el Día de la Araucanidad, donde tradicionalmente se resaltan los valores culturales de los llaneros de Colombia y Venezuela. Igualmente mediante decreto 101 del 18 de noviembre de 2013, se declaró día cívico el 4 de diciembre del presente año, en el cual se suspenden todas las actividades laborales, con el fin de que el pueblo disfrute y participe de todos los eventos programados. Que durante este día, se difunde por parte de sus habitantes expresiones de identidad, territorialidad e idiosincrasia de los pueblos llaneros fronterizos, presentando como eje fundamental el folklore y la cultura, el canto recio, el pasaje, la copla y el corrido y tradicionalmente se resaltan sus valores autóctonos. Que tradicionalmente se efectúan cierres temporales de las vías o calles donde se llevan a cabo los diferentes eventos a lo largo y ancho del casco urbano del municipio de Arauca. Que mediante decreto 099 del 5 de noviembre de 2013, la Administración Municipal adoptó medidas tendientes a preservar el orden público y la tranquilidad ciudadana en el municipio de Arauca, durante el periodo de Feria Agropecuaria, Fiestas Patronales de Santa Bárbara de Arauca, Festividades de Navidad y Año Nuevo y se dictaron otras disposiciones. Con fundamento en las anteriores normas y considerandos el Alcalde del Municipio de Arauca, DECRETA: ARTICULO PRIMERO: Establézcase en un solo sentido de circulación de SUR A NORTE la carrera 8ª entre la calle 1ª (esquina del Estadero El Cazador, vía al antiguo Aeropuerto Santiago Pérez Quiroz ) y la calle 7ª, manga de coleo Carlos

Rodil García y Escuela Emaus, los días comprendidos entre el 27 de noviembre (día de ingreso de los expositores) y el 1 de diciembre del presente año. ARTICULO SEGUNDO: establézcase en doble sentido de circulación (ORIENTE OCCIDENTE-ORIENTE) la vía entre el Round Point de la Base Militar y el cruce frente al Hotel de Paso en la vía antigua al Aeropuerto Santiago Pérez Quiroz. PARÁGRAFO PRIMERO: La calzada derecha frente a la Plaza de Ferias, permanecerá cerrada mientras dure el evento, para permitir estacionamiento de vehículos particulares y autorizados. Las motos deberán hacerlo en la calzada comprendida entre la esquina del Colegio Juan Francisco Lara y el Colegio Santander, a lo cual la Policía de Tránsito y Transporte Urbano, colocará las vallas y señales restrictivas con el fin de ejercer control de la movilidad en el sector. PARÁGRAFO SEGUNDO: Solo se permitirá el acceso frente a la plaza de ferias, de vehículos tipo taxi individual, únicamente para cargar y descargar pasajeros. PARÁGRAFO TERCERO: Para efectos de comprensión de la movilidad se anexan croquis (en dos folios), con las vías alternas por donde transitarán los usuarios; ubicación de parqueaderos de los visitantes, zona de taxis y sitios prohibidos para estacionar, los cuales se efectuarán en la Plaza de Ferias y Alcaldía Municipal, en las fechas establecidas en el presente decreto. ARTICULO TERCERO: Ordénese el cierre temporal de la carrera 20, desde la calle 29 frente a las instalaciones del Colegio Simón Bolívar, hasta la Estación de Policía Arauca y la calle 19 con carrera 20 hasta la Plazoleta de la Alcaldía, a partir de las 12:00 m., hasta las 08:00 p.m., del día dos (02) de diciembre, para permitir la realización del evento JOROPIANDO EN EL ARAUCA. ARTICULO CUARTO: Ordénese el cierre de la carrera 19 (Avenida Ciudad de Arauca), desde la calle 24 (Caño Córdoba) hasta la calle 14, el día 4 de diciembre del presente año, para lo cual se establece en doble sentido de circulación, la calle 14 entre la carrera 17 y carrera 22 del Barrio Santa Teresita y la calle 25 entre

carreras 18 y 20 (Centro Comercial 20 de julio esquina del Supermercado Pague Menos), en el horario comprendido entre las 3:00 a.m. y las 02:00 a.m. del día siguiente, para lo cual la Asociación Avenida Ciudad de Arauca o Junta Organizadora, la Policía de Tránsito Urbano y el Instituto Departamental de Tránsito y Transporte de Arauca, dispondrán de la colocación de conos, cintas, colombinas y demás elementos y medidas que permitan el flujo y contra flujo de los vehículos, a lo largo de dichas calles. ARTICULO QUINTO: A partir del día dos (02) de diciembre y hasta el día siete (07) del mismo mes, ordénese el cierre de la carrera 24 entre calles 18 y 20 frente a la Plazoleta de la Alcaldía, a partir de las 2:00 p.m. hasta las 05:00 a.m. del día siguiente. PARÁGRAFO PRIMERO: Para permitir el normal desarrollo de los eventos en la Plazoleta de la Alcaldía, ordénese la colocación de vallas restrictivas para impedir la circulación de vehículos en las siguientes intersecciones: 1. Calle 17 con carrera 24 2. Calle 17 con carrera 25 3. Calle 18 con carrera 26 4. Calle 19 con carrera 26 5. Calle 20 con carrera 26 6. Calle 21 con carrera 25 7. Calle 21 con carrera 24 8. Calle 20 con carrera 23 9. Calle 19 con carrera 23 ARTÍCULO SEXTO: Restrínjase temporalmente el tránsito y la movilidad el día 5 de diciembre a partir de las 2:00 p.m. y mientras dure el desfile de carrozas en el marco del Reinado Internacional del Joropo, por las siguientes vías: Saliendo de Coca-Cola, por la calle 15 hasta el Hospital San Vicente, tomando la Avenida

Rondón hasta el dique perimetral y por este hasta la DIAN para tomar la carrera 20 o Avenida Olaya Herrera hasta el Parque Caldas, luego tomará la carrera 21 hasta la calle 19 y terminando en la Plazoleta de la Alcaldía. ARTÍCULO SEPTIMO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los que le sean contrarios. COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Arauca, a los 25 días del mes de noviembre de 2013. (Original firmado por) LUIS EMILIO TOVAR BELLO Alcalde del Municipio de Arauca. Digitó: Arturo Martínez Graterol. Aprobó: Luis Jaime Triana Rodríguez, Secretario de Gobierno Municipal Revisó: Jackson Javier Cáceres, Jefe Oficina Asesora Jurídica.