POLÍTICA DE SALVAGUARDA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS



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POLÍTICA DE SALVAGUARDA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS Politica de salvaguarda de instrumentos financieros 1/6

POLÍTICA DE SALVAGUARDA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS INDICE 1. PRINCIPIOS GENERALES DE PROTECCIÓN DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE CLIENTES... 3 1.1 Distinción de activos propios y de clientes... 3 1.2 Conciliación de cuentas... 3 1.3 Salvaguarda del efectivo de clientes... 3 2. ASPECTOS A CONTEMPLAR EN SUPUESTOS DE SUBDEPOSITO... 4 3. UTILIZACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE LOS CLIENTES. 4 4. REVISIÓN DE LA POLÍTICA DE SALVAGUARDA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS... 5 ANEXO SOBRE SUBDEPOSITARIOS DE CUENTAS OMNIBUS... 5 Politica de salvaguarda de instrumentos financieros 2/6

POLÍTICA DE SALVAGUARDA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS 1. PRINCIPIOS GENERALES DE PROTECCIÓN DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE CLIENTES Tal como se establece en las Directivas 2004/39 y 2006/73 en lo referente a la salvaguarda de instrumentos financieros, las empresas de inversión deberán tomar las medidas oportunas para salvaguardar los derechos de propiedad de los clientes y para impedir la utilización por cuenta propia de los instrumentos financieros de los clientes. 1.1 Distinción de activos propios y de clientes Self Bank tiene establecido en su sistema informático una estructura de cuentas de valores que permite diferenciar los instrumentos financieros por cuenta propia de los instrumentos financieros de los clientes y, dentro de éstos, identifica los activos propiedad de cada uno de ellos. 1.2 Conciliación de cuentas Self Bank garantiza la exactitud de los registros internos de instrumentos financieros propiedad de los clientes respecto a los terceros en cuyo poder obran y ello mediante los procesos de conciliación que se describen a continuación: Mercado nacional: Self Bank concilia mensualmente sus cuentas con las posiciones comunicadas por la Sociedad Rectora de Bolsa, mediante un cuadre automático de registros y emite un informe en relación a las diferencias o incidencias producidas. Dicho proceso de conciliación se realiza a través del subcustodio RBC Investor Services España. Fondos extranjeros: Self Bank concilia mensualmente sus cuentas con las posiciones comunicadas por cada una de las gestoras de dichos fondos, mediante un cuadre automático de registros y emite un informe en relación a las diferencias o incidencias producidas. Dicho proceso de conciliación se realiza a través del subcustodio RBCInvestor Services España. Mercado internacional: Self Bank recibe diariamente un fichero de operaciones y posiciones de valores (excluidos fondos internacionales). Este fichero es enviado por el subdepositario (Merrill Lynch o Credit Suisse, dependiendo del mercado de que se trate), y se realiza un cuadre automático con las posiciones reflejadas en Self Bank. Esta conciliación es efectuada por el departamento de Backoffice. Además de estas actuaciones, la Unidad de Control Interno de Self Bank realiza revisiones trimestrales de acuerdo con las líneas de actuación establecidas por la entidad matriz Boursorama, en Francia. La Auditoria Externa anual incluye entre sus puntos de revisión estos procesos de conciliación, solicitando a los subcustodios y al depositario central la información necesaria sobre los registros que Self Bank mantiene en cada una de las cuentas. 1.3 Salvaguarda del efectivo de clientes Actualmente, el efectivo de los clientes se deposita en cuentas de la propia entidad, por lo que este apartado no es de aplicación a Self Bank mientras mantenga la actual situación. Politica de salvaguarda de instrumentos financieros 3/6

2. ASPECTOS A CONTEMPLAR EN SUPUESTOS DE SUBDEPOSITO El artículo 17 de la Directiva 2006/73 permite a las empresas de inversión depositar instrumentos financieros cuya tenencia ostenten por cuenta de sus clientes en cuentas abiertas con un tercero a condición de que las empresas actúen con la debida competencia, atención y diligencia en la selección, designación y revisión periódica del tercero. El esquema de los subdepósitos de Self Bank es el siguiente: Mercado nacional: Self Bank tiene encomendado a RBCInvestor Services España el depósito y administración de valores nacionales en cuentas individualizadas abiertas a nombre de cada cliente. Mercado internacional: Self Bank utiliza subcustodios para realizar la operativa de liquidación y custodia en los distintos mercados internacionales en los que realizan operaciones los clientes. Para la selección de subcustodios, Self Bank considera diversos aspectos, entre ellos la experiencia, la especialización, la calidad y la calificación crediticia ( rating ). Las entidades seleccionadas como subdepositarios son en este momento: Merrill Lynch, Credit Suisse y RBCInvestor Services España. Self Bank utiliza cuentas ómnibus en los mercados extranjeros en los que la práctica habitual exige la utilización de dichas cuentas para sus clientes o cuando es indispensable su utilización por alguna otra razón. Self Bank obtiene autorización expresa de sus clientes para la autorización de cuentas globales e informa a sus clientes de los riesgos que asumen como consecuencia de dicha operativa, así como de la identidad y calidad crediticia de la entidad financiera que actúe como subdepositario de las cuentas globales. Self Bank dispone de procedimientos internos que permiten individualizar contablemente la posición de cada cliente quedando los valores propios del cliente perfectamente identificados en la cuenta de éste abierta en Self Bank. Self Bank lleva en sus cuentas una escrupulosa separación de los activos e instrumentos financieros propiedad de sus clientes adquiridos a través de una cuenta global, por lo que, en caso de una eventual declaración de concurso de Self Bank, los clientes por cuenta de los cuales Self Bank adquirió valores en el marco de una cuenta global como titulares de dichos valores tendrían un derecho de separación de la masa activa del concurso. 3. UTILIZACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE LOS CLIENTES Self Bank cumpliendo con lo estipulado en el artículo 19 de la Directiva 2006/73, podrá utilizar los instrumentos financieros cuya tenencia ostenta por cuenta de sus clientes para operaciones de préstamo de valores, en cuyo caso existirá un acuerdo entre Self Bank y sus clientes en tales operaciones y observarán las siguientes condiciones: a) Establecimiento de acuerdos: i) el cliente deberá dar su consentimiento expreso previo al uso de sus instrumentos. ii) La utilización de los instrumentos financieros de dicho cliente deberá cumplir las condiciones específicas y aceptadas por el cliente Politica de salvaguarda de instrumentos financieros 4/6

b) En el caso de establecer acuerdos de préstamo de valores para instrumentos financieros mantenidos en una cuenta global, sin perjuicio del cumplimiento de los dos requisitos anteriores será necesario cumplir al menos una de las siguientes condiciones: i) Cada uno de los clientes cuyos instrumentos financieros se depositen en una cuenta global deberá haber dado su consentimiento expreso. ii) Necesidad de disponer de sistemas y controles que garanticen que solo se utilizaran los instrumentos financieros que pertenezcan a los clientes que hayan dado su consentimiento expreso. c) Self Bank mantendrá un registro de estas operaciones que deberá incluir: i) Datos del cliente conforme a cuyas instrucciones se hayan utilizado los instrumentos financieros. ii) El número de instrumentos financieros utilizados pertenecientes a cada cliente que haya dado su consentimiento, con fin de permitir la atribución correcta de las posibles pérdidas. 4. REVISIÓN DE LA POLÍTICA DE SALVAGUARDA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS La revisión y evaluación de la misma se realizará al menos en los siguientes casos: Cuando tengan lugar cambios legales o normativos que afecten a la política establecida. Revisiones periódicas, al menos con carácter anual por parte del Departamento de Compliance & Legal. Cuando se aprueben nuevos procedimientos o se modifiquen los ya existentes. A propuesta de los auditores externos o de los órganos supervisores. ANEXO SOBRE SUBDEPOSITARIOS DE CUENTAS OMNIBUS La calificación crediticia reflejada es la vigente a la fecha 30.10.2014, por lo que pueden variar en el futuro. La calificación crediticia reflejada es la vigente a la fecha de la redacción de este anexo, por lo que pueden variar en el futuro. Identificación de la entidad que tiene la cuenta global (el tercero) País del tercero Rating del tercero Identificación del titular de la cuenta global Órgano Supervisor Existe diferenciación entre los instrumentos financieros de los clientes en poder de un tercero de aquellos de los que sea titular ese tercero Riesgos resultantes del depósito en cuentas globales MERRILL LYNCH ESTADOS UNIDOS DE AMERICA A (STANDARD AND POORS) A1 (MOODY S) A (FITCH RATINGS) SELF BANK SEC (Securities and Exchange Commission) SI NO X QUIEBRA DEL INTERMEDIARIO Politica de salvaguarda de instrumentos financieros 5/6

Identificación de la entidad que tiene la cuenta global (el tercero) País del tercero Rating del tercero Identificación del titular de la cuenta global Órgano Supervisor Existe diferenciación entre los instrumentos financieros de los clientes en poder de un tercero de aquellos de los que sea titular ese tercero Riesgos resultantes del depósito en cuentas globales Identificación de la entidad que tiene la cuenta global (el tercero) País del tercero Rating del tercero Identificación del titular de la cuenta global Órgano Supervisor Existe diferenciación entre los instrumentos financieros de los clientes en poder de un tercero de aquellos de los que sea titular ese tercero Riesgos resultantes del depósito en cuentas globales CREDIT SUISSE SUIZA A (STANDARD AND POORS) A (FITCH RATINGS) SELF BANK FINMA (Comisión Federal Supervisión Banca Suiza) SI NO QUIEBRA DEL INTERMEDIARIO RBC Investor Services España España AA- (STANDARD AND POORS) Aa3 (MOODY S) SELF BANK Banco de España SI NO X X QUIEBRA DEL INTERMEDIARIO Politica de salvaguarda de instrumentos financieros 6/6