BUENOS AIRES, 2 O O I e 2010. VISTO el Expediente N0 1-0047-0000-020.787-09-1 Y. Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y



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Transcripción:

~tiesat.ut S~tIe1J~6. ;r;;t9~rfaeim e 'J~ A.1I. 'JIt./!. 7. 8114 BUENOS AIRES, 2 O O I e 2010 VISTO el Expediente N0 1-0047-0000-020.787-09-1 Y agregado N 1-0047-0000-011.527-10-2 Disposición NO 2566/10 del Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y CONSIDERANDO: Que la firma ABBOTT PHARMACEUTICALS PR L TD representada en la Argentina por la firma ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A., solicita la rectificación de la Disposición NO 2566/10. Que mediante la disposición arriba mencionada esta Administración Nacional autorizó la nueva forma farmacéutica COMPRIMIDOS RECUBIERTOS DE LIBERACIÓN PROLONGADA para la (f) especialidad medicinal denominada NIASPAN / autorizada bajo Certificado NO 51.591. ÁCIDO NICOTÍNICO, Que en los presentes actuados se presenta la firma recurrente requiriendo la corrección de tal acto dispositivo manifestando que se habría consignado un error en la descripción de las indicaciones y en la descripción de los excipientes.

~tlesatrd SweetM/a tie '1'~~, íl:et «taed.l e 'J~,4,1t.1ItA.7. Que los procedimiento para las modificaciones y/o rectificaciones de los datos característicos correspondientes a un certificado de Especialidad Medicinal otorgado en los términos de la Disposición ANMAT NO 5755/96 se encuentran establecidos en la disposición ANMAT NO 6077/97. Que a fojas 207 a 211 obra el informe de la Dirección de Evaluación de Medicamentos. Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros 1.490/92 y 425/10. Por ello; EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA DISPONE: ARTÍCULO 10.- Acéptase el texto del Anexo de modificaciones el cual pasa úl a formar parte integrante de la presente disposición y el que deberá agregarse al certificado NO 51.591 en los términos de la Disposición ANMAT 6.077/97. ARTÍCULO 20.- Anótese, gírese a la Coordinación de Informática a sus efectos, por Mesa de Entradas notifíquese al interesado, gírese al Departamento de Registro para que efectúe la agregación del Anexo de

~elesabd S~ ele P~tiea4. i1!!t9~ e 'l1l4tit«t44 /I.1t.1It./I. 7. 81 7 A: modificaciones al certificado original y entrega de la copia autenticada de la presente Disposición. Cumplido, archívese PERMANENTE. Expediente N0 1-0047-0000-020.787-09-1 DISPOSICION NO m.b. 8174

~4eSabd S~4e'1'~~, ~<d4ei;" e 1114~?l.?!.?itA. 7. ANEXO DE AUTORIZACION DE MODIFICACIONES El Interventor de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), autorizó mediante Disposición N... 8...1... 7... 4.., a los efectos de ser anexado en el Certificado de Autorización de Especialidad Medicinal N 51.591, Y de acuerdo a lo solicitado por la firma ABBOTT PHARMACEUTICALS PR LTD representada en la Argentina por la firma ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A., la modificación de los datos característicos, que figuran en tabla al pie, del producto inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) bajo: Nombre del Producto/Genérico: NIASPAN / ÁCIDO NICOTÍNICO, Disposición Autorizante de la Especialidad Medicinal N 4904/04, Expediente trámite de autorización 1-0047-0000-005294-04-5. DATO A DATO AUTORIZADO HASTA MODIFICACION MODIFICAR LA FECHA AUTORIZADA Excipientes: NIASPAN CR SOOmg: NIASPAN CR SOOmg: Povidona K90 17.2mg, Povidona K90 17.2mg, Hipromelosa (Methocel Hipromelosa (Methocel E10M Premium CR Grade) E10M Premium CR Grade) 18S.2mg, Agua Purificada 18S.2mg, Ácido Esteárico c.s., Ácido Esteárico vegetal 7.1mg, Opadry 03B93199

~túsaltut S«Mf41Ú4 tú P6l/tiea6. if?e9~e'l~ A.1t.?It.A.7. 7.1mg, Opadry 03B93199 Orange 14.19mg, Agua Orange 14.19mg, Agua purificada c.s.---------------- purificada c. s. ---------------- -------------------------------- llngiahs~pnalln ~C~R~_27~5~Om~g: Excipientes: Povidona K90 lln~ia~s~p~a~n ~C~R 7w5~Owm~g~: Excipientes: Povidona K90 25.9mg, Hipromelosa 25.9mg, Hipromelosa (Methocel El0M Premium (Methocel El0M Premium CR Grade) 183.1mg, Agua CR Grade) 183.1mg, Ácido Purificada c.s., Ácido Esteárico 9.7mg, Opadry Esteárico vegetal 9.7mg, 03B93199 Orange 19.37mg, Opadry 03B93199 Orange Agua purificada c.s.---------- 19.37mg, Agua purificada -------------------------------- c.s.--------------------------- -------------------------------- NIAsPAN CR 1000mg: llnm.ia:hs2.!p:.t:.a"-'n'---_c!<.r~ "1,.!i0'J.10),l0!.Lm~g: Povidona K90 34.5mg, Povidona K90 34.Smg, Hipromelosa (Methocel Methocel 193.1mg, Ácido El0M Premium CR Grade) Esteárico 6.2mg, Opadry 193.1mg, Agua Purificada 03B93199 Orange 24.68mg, c.s., Ácido Esteárico vegetal Agua purificada c.s.---------- 6.2mg, Opadry 03B93199 ------------------------------- Orange 24.68mg, Agua -------------------------------- pu rificada c. s. ---------------- ------------------------------- Indicaciones: La terapéutica con agentes La terapéutica con agentes para las tres modificadores de los lípidos modificadores de los lípidos concentraciones debe ser solamente uno de debe ser solamente uno de (NAsPAN SOOmg- los componentes de la los componentes de la NAS PAN 7S0mg - intervención sobre múltiples intervención sobre múltiples NAsPAN 1000). factores de riesgo en factores de riesgo en

~4eSakd S~4e?~, íl!?ef}utaed.. e 1114tit«144 A.1t.1/{,A.7. individuos con un riesgo individuos con un riesgo significativamente significativamente aumentando de enfermedad aumentando de enfermedad új, vascular arterioesclerótica vascular arterioesclerótica debida a hiperlipidemia. debida a hiperlipidemia. Niaspan CR 500, 750 Y Niaspan CR 500, 750 Y 1000mg está indicado como 1000mg está indicado como complemento de la dieta complemento de la dieta cuando la respuesta a una cuando la respuesta a una dieta restringida en grasas dieta restringida en grasas saturadas y colesterol y saturadas y colesterol y otras medidas no otras medidas no farmacológicas solas no farmacológicas solas no sean adecuadas. Previo al sean adecuadas.,previo al inicio del tratamiento inicio del tratamiento debería descartarse que la debería descartarse que la hipercolesterolemia sea hipercolesterolemia sea producto de un producto de un secundarismo de, por secundarismo de, por ejemplo, diabetes mellitus ejemplo, diabetes mellitus poco hipotiroidismo, controlada, poco síndrome hipotiroidismo, controlada, síndrome nefrótico, disproteinemias, nefrótico, disproteinemias, enfermedad hepática enfermedad hepática obstructiva, otras obstructiva, otras medicaciones, alcoholismo y medicaciones, alcoholismo y deberían determinarse el deberían determinarse el perfil lipídico y los valore de perfil lipídico y los valore de ~! /

~elesaltut S«Mf41Ú4 ele 'P~. r t9~e'j~?l.1t:jjt.?i. 7. colesterol total, HDL colesterol total, HDL colesterol y triglicéridos. colesterol y triglicéridos. Está indicado: 1) Como Está indicado: 1) Como tratamiento accesorio de la tratamiento accesorio de la dieta, para reducir los dieta, para reducir los niveles elevados de niveles elevados de colesterol total, LDL colesterol total, LDL colesterol, Apo B y colesterol, Apo B Y triglicéridos e incrementar el triglicéridos e incrementar el HDL colesterol en pacientes HDL colesterol en pacientes con hiperlipidemia primaria con hiperlipidemia primaria y dislipidemia mixta y dislipidemia mixta (Frederickson tipo Ha y Hb). (Frederickson tipo Ha y Hb). 2) En combinación con un 2) En combinación con un inhibidor de la HMG-CoA inhibidor de la HMG-CoA reductasa, por ejemplo reductasa, por ejemplo Simvastatina o Lovastatina, Simvastatina o Lovastatina, está indicado para el está indicado para el tratamiento de la tratamiento de la hiperlipidemia primaria y de hiperlipidemia primaria y de la dislipidemia mixta (Tipos la dislipidemia mixta (Tipos Ha Hb de Fredrickson) Ha Hb de Fredrickson) cuando la monoterápia con cuando la monoterápia con Ácido Nicotínico de Ácido Nicotínico de liberación prolongada, liberación prolongada, Simvastatina, o Lovastatina, Simvastatina, o Lovastatina, se considera inadecuada. 3) se considera inadecuada. 3) En pacientes con En pacientes con

~túsaia«t S«11eta1Ú4 tú ;;~, ;r t9rdaeióle e 1~ 1'1, '}t, 1It.1'I. 7. antecedentes de antecedentes de infarto de enfermedades coronarias e miocardio e hiperlipidemia, hiperlipidemia, en función en función de reducir el de reducir el riesgo de riesgo de infarto de infarto de miocardio no fatal miocardio no fatal recurrente. 4) En pacientes recurrente. 4) En pacientes con antecedentes de con antecedentes de enfermedades coronarias e enfermedades coronarias e hiperlipidemia, administrado hiperlipidemia, administrado en combinación con resinas en combinación con resinas I quelantes del ácido biliar, quelantes del ácido biliar, está indicado para retardar está indicado para retardar la progresión, o promover la la progresión, o promover la regresión de la regresión de la ateroesclerosis. 5) En ateroesclerosis. 55 En combinación con resinas combinación con resinas quelantes de ácidos biliares, quelantes de ácidos biliares, en pacientes adultos con en pacientes adultos con hiperlipidemia primaria (tipo hiperlipidemia primaria (tipo na), para reducir los niveles na), para reducir los niveles elevados de colesterol total elevados de colesterol total y de LDL colesterol. 6) y de LDL colesterol. 6) Como tratamiento accesorio Como tratamiento accesorio en pacientes adultos que en pacientes adultos que presenten niveles muy altos presenten niveles muy altos de triglicéridos séricos de triglicéridos séricos (hiperlipidemia tipos IV).---- (hiperlipidemia tipos IV).----

~MSaLtut S~MP~. ~~rd~d;" e 1~ I'I.1t.11t./I. 7. El presente sólo tiene valor probatoria anexado al certificado de Autorización antes mencionado. Se extiende el presente Anexo de Autorización de Modificaciones del REM a ABBOTT PHARMACEUTICALS PR LTD representada en la Argentina por la firma ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A, Certificado de Autorización N 51.591 Ciudad de Buenos Aires,... a los días..., del mes de 2 O ole 2010 Expediente N 1-0047-0000-020787-09-1 Y agregado NO 1-0047-0000-011.527-10-2 DISPOSICION N m.b.'- 81 7 4 k~].~."'.interventer Á.N.JI.Á.T,