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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO DE RIESGOS LABORALES Y VIGILANCIA DE LA SALUD DE LA FUNDACIÓ D'ATENCIÓ I SUPORT A LA DEPENDENCIA I DE PROMOCIÓ DE L'AUTONOMIA PERSONAL DE LES ILLES BALEARS 1.OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente pliego consiste en definir las condiciones técnicas que ha de regir el contrato del Servicio de Prevención Ajeno (Higiene Industrial, Seguridad Laboral, Ergonomía y Psicosociología) y Vigilancia de la Salud, para los centros de la Fundació d'atenció i Suport a la Dependència i de Promoció de l'autonomia Personal de les Illes Balears, en adelante la Fundación, con la inalidad de cumplir lo dispuesto el artículo 31 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y del artículo 20 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. El Servicio de Prevención deberá de estar en condiciones de proporcionar a la Fundación el asesoramiento y soporte que se precisen en relación con las actividades concertadas. La Fundación tiene una plantilla media anual de 529 trabajadores y unos 70 trabajadores temporales. El alcance del presente contrato engloba al conjunto de la plantilla de la Fundación con independencia de la tipología del contrato y de las modificaciones que pueda haber en cuanto al número de trabajadores, así como a todos los centros de trabajo de la misma, aunque cambien de ubicación durante la ejecución del contrato. La duración del contrato será de un año, a contar desde el 1 de enero de 2016. 2. SERVICIOS INCLUIDOS EN EL CONTRATO 2.1 SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO El servicio de Prevención Ajeno, en adelante SPA, deberá atender a las siguientes prestaciones, todo coordinado con el técnico de prevención del Área de Recursos Humanos de la Fundación: 1) Establecimiento de la Programación anual del servicio de prevención, de la política de la Fundación y de la organización en materia de Prevención de riesgos laborales, que deberá ser entregado dentro del primer mes del año a la Fundación. La elaboración de los citados

documentos se coordinarán con el técnico de prevención del Área de Recursos Humanos de la Fundación. 2) La empresa adjudicataria deberá nombrar un responsable, con dedicación estable en la ejecución y desarrollo del contrato, quien coordinará la realización del proyecto y actuará de interlocutor principal con la Fundación. Asimismo la empresa adjudicataria asignará un técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales con las 3 especialidades y la cualificación correspondiente para la ejecución del contrato, pudiendo asignar un técnico para cada isla en la que la Fundación tiene centros de trabajo (Mallorca, Menorca e Ibiza) o bien designar un único técnico para las tres islas. 3) Revisión y actualización anual de la Evaluación de Riesgos Laborales existentes y del Plan de Prevención de la Fundación. La empresa adjudicataria deberá realizar la evaluación inicial o la revisión, en su caso, de los riesgos de: Todos los puestos de trabajo, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad y las características de cada puesto, así como de los trabajadores que deban desempeñarlos. Todos los centros de trabajo o instalaciones donde desempeñen la actividad cada uno de los trabajadores. Equipos de trabajo. 4) La empresa adjudicataria deberá mantener actualizada la mencionada evaluación, revisándola periódicamente un mínimo de cada seis meses o siempre que concurra en la misma algún cambio en las condiciones de trabajo. 5) En caso de existir situación de riesgo, la empresa adjudicataria se encargará de asesorar en las medidas preventivas para eliminarlas o reducirlas, y así controlar tales situaciones de riesgo. 6) Análisis de las posibles situaciones de emergencia y las medidas necesarias a adoptar en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores de los centros de trabajo. Se incluye la elaboración de las normas de actuación en caso de emergencia, la comprobación y adecuación del Plan de Emergencia y Manual de Autoprotección existente en las instalaciones de la Fundación. Asimismo, anualmente se realizará un ejercicio de simulacro de emergencia incluida la elaboración y entrega de los informes correspondientes. 7) Formación específica en materia de prevención de incendios, teórica y práctica, en uso de equipos de extinción (extintores y bies). 8) Realización de un Plan de Formación/Información para los trabajadores, donde se definirán las necesidades formativas de cada puesto de trabajo sobre los riesgos para la seguridad y salud, sobre las

medidas y actividades de protección y prevención y las medidas de emergencia. 9) La empresa adjudicataria deberá impartir la formación de forma teórico-práctica a través de cursos a los trabajadores, de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo, según calendario de formación que en coordinación con la Fundación que se planifique. 10) La empresa adjudicataria deberá impartir formación de forma teóricopráctica de: a) Riesgos biológicos: dos cursos por centro residencial al año, con una duración mínima de 1'5 horas. b) Riesgo de manipulación de pacientes: dos cursos por centro residencial al año, con una duración mínima de 3 horas. 11) La empresa adjudicataria facilitará a la Fundación, un registro y mantenimiento de la documentación en materia de Prevención de riesgos que pueda ser solicitada por cualquier administración pública. 12) La empresa adjudicataria colaborará con la Mutua contratada por la Fundación en todo aquello que requiera de sus informes y asesoramiento, como puedan ser estudios de enfermedad profesional, investigaciones de accidentes, seguimientos de enfermedades, etc. 13) Asesoría, asistencia y apoyo en el ámbito administrativo sancionador frente a cualquier Autoridad Laboral y frente a cualquier trámite de expediente sancionador. 14) Asesoramiento y colaboración ante posibles inspecciones de administración competente, ante los Comités de Seguridad y Salud de la Fundación, asistencia a reuniones con este cuando así lo requiera la empresa 15) Presentación y entrega de informes estadísticos trimestrales de siniestralidad y entrega de informe final de memoria de actividades del año en curso. 2.2 SERVICIO DE VIGILANCIA DE LA SALUD. 2.2.1 La empresa adjudicataria deberá nombrar a un Coordinador Médico de Vigilancia de la Salud, con dedicación estable en la ejecución y desarrollo del contrato quien coordinará el proyecto y actuará cono interlocutor con técnico de prevención del Área de Recursos Humanos de la Fundación. 2.2.2 La adjudicataria presentará una planificación de las actividades de medicina del trabajo a desarrollar en la Fundación, en la cual se reflejará la propuesta de exámenes de salud para cada puesto de trabajo, según protocolos correspondientes, cronograma de los reconocimientos, incluyendo todas la pruebas biológicas especificas a realizar según riesgos inherentes a los puestos de trabajo, se determinarán los supuestos en los que se realizarán los reconocimientos médicos, los protocolos de atención médica de trabajadores

especialmente sensibles, pautas a seguir para la promoción de la salud en el trabajo, todo ello coordinado con la sección de prevención de riesgos del la Fundación y el comité de seguridad y salud. 2.2.3 El servicio de vigilancia adjudicatario enviará al técnico de prevención de la Fundación, una copia del resultado de los reconocimientos en sobre cerrado con el nombre del trabajador junto con la carta o listados de Aptitud, firmado todo ello por el médico especialista en medicina del trabajo que haya realizado el reconocimiento médico y si es necesario acompañado con un informe de adaptación de tareas. 2.2.4 El servicio de vigilancia adjudicatario garantizará en todo momento el derecho a la intimidad y dignidad de los empleados de la Fundación, así como la información relacionada con la Vigilancia de la Salud de los mismos. 2.2.5 Los exámenes de salud se realizarán en locales sanitarios autorizados para realizar Vigilancia de la Salud de los centros de trabajo de la Fundación: Mallorca, Menorca e Ibiza. En caso excepcional y tras la autorización del técnico de prevención del Área de Recursos Humanos se utilizarán unidades móviles. 2.2.6 Se llevará a cabo un estudio minucioso y especial de Vigilancia de la Salud de trabajadores especialmente sensibles, de mujeres embarazadas y en período de lactancia y emitirán, en su caso, un informe con medidas preventivas a aplicar. 2.2.7 La Vigilancia de la Salud de los trabajadores de la Fundación estará sometida a los protocolos existentes en la legislación aprobados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, leyes autonómicas y cualquier otras normativas específicas, añadiendo si fueran necesarias pruebas complementarias, incluidas las biológicas, para la correcta aplicación de la legislaciones vigentes en todo momento. 2.2.8 Si en el historial clínico se recogiera que el trabajador de la Fundación no está inmunizado con respecto a los riesgos inherentes a su puesto de trabajo el servicio de vigilancia de la Salud adjudicatario le administrará las dosis correspondientes de vacunas, previo aviso a la técnico de prevención para su aprobación y conocimiento. 2.2.9 La adjudicataria deberá ofrecer la administración a los trabajadores de la Fundación de la vacuna contra la gripe estacional y la del tétanos, sin coste adicional. 2.2.10 Informará a la Fundación de la no asistencia a los reconocimientos médicos de cada empleado, en un período de 24 horas. Asimismo informará

de cualquier novedad con respecto a la ejecución de los reconocimientos médicos para llevar un seguimiento de estos. 2.2.11 Intervendrá junto con la Fundación en las campañas sobre promoción de la salud que proponga la Consejería de Salud y que puedan afectar a los trabajadores de ésta. 2.2.12 El servicio de Vigilancia adjudicatario presentará una memoria anual de todas las actividades realizadas, un listado de las aptitudes de los trabajadores al finalizar los reconocimientos médicos y aquellos informes que la Fundación estime necesarios. 2.12. EXAMEN BÁSICO DE SALUD LABORAL A REALIZAR A LOS TRABAJADORES * HISTORIA LABORAL * ANAMNESIS (antecedentes familiares, antecedentes personales, hábitos, sintomatología actual) * ANTROPOMETRÍA (peso, talla, índice masa corporal, tensión arterial, pulso, dinamometría) * EXPLORACIÓN MÉDICA POR APARATOS: exploración cabeza y cuello, movilidad ocular, reflejos pupilares, otoscopia, orofaringe aparato respiratorio: auscultación respiratoria aparato cardio-circulatorio: auscultación cardíaca, pulsos periféricos, sistema venoso MMII abdomen: palpación abdominal piel aparato locomotor: inspección MMSS, MMII, CV, movilidad articular sistema nervioso: reflejos osteo-tendinosos, marcha, equilibrio * CONTROL VISIÓN (agudeza visual lejana y cercana), visión cromática * ELECTROCARDIOGRAMA a mayores de 45 años * ANALÍTICA: - SANGRE: V.S.G. Hemograma completo Glucemia Creatinina Colesterol total, LAL, HAL Triglicéridos

Ácido úrico GPT- GOT Gamma GT, Ferritina o ORINA: Orina general y sedimento EXAMENES ESPECÍFICOS DE SALUD LABORAL A REALIZAR A LOS TRABAJADORES A las pruebas de este examen básico de salud laboral se añaden las pruebas específicas correspondientes a los distintos protocolos médicos a aplicar en función de los riesgos laborales de cada puesto de trabajo e incluidos en el Anexo 1. - Al personal con riesgo de exposición a agentes biológicos por fluidos corporales, se determina: Hepatitis A: Hepatitis B: Ac anti HBs La previsión es hacer unos: o 350 reconocimientos completos o 60 reconocimientos sin analítica o 100 consultas (seguimientos) 3. CONCRECIONES DE SOLVENCIA TÉCNICA 3.1 CARACTERÍSTICAS PROFESIONALES NECESARIAS PARA EL SERVICIO El adjudicatario deberá disponer para la realización del servicio de un equipo formado por los siguientes profesionales: - Para el SPA todos los técnicos asignados para la realización del servicio en la Fundación deberán acreditar la titulación como Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos laborales en las 3 especialidades contratadas: Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada. - Para el Servicio de Vigilancia de la Salud, todos los médicos, enfermeros y auxiliares y demás personal que presten el servicio a la Fundación deberán cumplir con la titulación, cualificaciones y especialidades estipuladas según legislación vigente. 4. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO La Fundación nombrará un responsable del contrato cuya tarea será el seguimiento y verificación del cumplimiento de la prestación por parte de la empresa adjudicataria.

Las funciones de este responsable serán: - Interpretar el presente pliego de prescripciones técnicas y otras condiciones establecidas en el contrato o en las disposiciones oficiales. - Exigir la existencia de los medios humanos, técnicos, materiales y organizativos necesarios para la prestación del servicio. - Dar las órdenes oportunas para conseguir los objetivos del servicio. - Proponer las modificaciones de mejora que convengan introducir con la finalidad de mejorar en la consecución del objetivo del contrato - Conformar los abonos de las facturas conforme a los términos y cantidades determinadas en el contrato. - Solicitar a la empresa adjudicatario los informes necesarios para verificar el cumplimiento del contrato en todos sus variantes. La empresa adjudicataria nombrará un responsable del contrato que será el interlocutor con el responsable nombrado por la Fundación, sin perjuicio de que, en caso de necesidad, nombre a un sustituto. 5. ÁMBITO TERRITORIAL La cobertura del servicio a contratar del SPA y Vigilancia de la Salud debe cubrir los centros de la Fundación de Mallorca, Menorca e Ibiza. La empresa adjudicataria deberá tener centros propios ubicados como mínimo en cada una de las islas anteriormente mencionadas. Los centros de trabajo a los que hay que dar cobertura son los que se relacionan a continuación, sin perjuicio de los cambios que puedan producirse durante la ejecución del contrato como consecuencia del traslado de trabajadores, nuevas contrataciones de personal o del cierre o apertura de nuevos centros: Dirección Actividad Centro de trabajo Núm. trabajadores 1 Plaza de la Drassana, 4 Tel: 971 176074 Oficinas Sede central 18 2 C/ D'es Pou Fondo, 17. 07500 Manacor Oficinas PAC- Manacor 2 3 Carretera Palma-Manacor, 7 Urb. Son Güells 07007 Palma Residencia centro de día y Son Güells 61 4 C/ Oms, 2 y Sant Miquel 71, Palma Residencia centro de día y Oms-Sant Miquel 142

5 C/ Monges, 4, 07620 Llucmajor Centro de día Can Clar 7 6 Ctra. Vella Estellencs, 1, 07194 Puigpunyent 7 C/ Can Raspalls s/n (Finca de Can Raspalls, Sector 1.14 parcela 7 ), 07817, Eivissa 8 Rotonda de Sant Carles es Canar, s/n, 07840, Santa Eulària del Riu Servicio Promoción Autonomía Personal Residencia y Centro de día Residencia y Centro de días Son Bru 2 Can Raspalls 78 Can Blai 105 Trabajadores desplazados Dirección Actividad Centro de trabajo Núm. trabajadores 9 Avenida Gabriel Alomar y Villalonga 33, 07006 Palma 10 Avda. d es Raiguer, 95, baixos. 07300 Inca 11 C/ Abad y Lasierra,47,07800 Eivissa Oficinas PAC-Palma 23 Oficinas PAC-Inca 2 Oficinas PAC- Eivissa 2 12 Avda. de Vives Llull,42, 07703 Maó Oficinas PAC- Menorca 2 14 Carrer Joan Crespí, 11, 07014 Palma Oficinas y servicio de rehabilitación Centre Base 8 15 Ayuntamientos y Consell de Mallorca Oficinas 49 16 Ayuntamientos y Consell de Ibiza Oficinas 8 17 Ayuntamientos y Consell de Menorca 18 SVAP Joan Maragall 17 A, 07006 Palma Oficinas 6 Oficinas SAVP 3

19 Carretera de Sant Joan, km 1,6, Edificio MOPU, 07800 Eivissa Viviendas tuteladas Pisos Tutelados 7 6. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN La propiedad de la información, en cualquier soporte, es exclusiva de la Fundación por lo que, en consecuencia, el adjudicatario tendrá que entregarla a su propietario a la finalización del contrato sin poder mantener ningún original o copia de esta información. 7. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL El contratista, como encargado del tratamiento, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999m de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, declara expresamente que conoce quedar obligado al cumplimiento de los dispuesto en la citada ley y, especialmente, lo indicado en los artículos 9, 10, 11 y 12 y adoptará la medidas que le correspondan según el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. El encargado del tratamiento se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan. La empresa adjudicataria y el personal encargado de la realización de la tareas guardarán secreto profesional sobre toda la información, documentos o datos a los que tengan acceso o de los que tengan conocimiento con ocasión de la ejecución del contrato, incluso después de finalizar el plazo contractual, comprometiéndose a no hacer pública cualquier información o datos obtenidos o elaborados durante dicha ejecución. Los datos de carácter personal entregados por el responsable (la Fundación contratante) y utilizados por el contratista o encargado del tratamiento: Serán únicamente los precisos para la ejecución de la finalidad del contrato. No podrán ser utilizados con finalidad distinta a la que figure en este pliego de prescripciones técnicas. 8. PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA OFERTA. Todas las ofertas presentadas se referirán obligatoriamente a ambos servicios: Servicio de Prevención Ajeno y Vigilancia de la Salud.

El documento de presentación de la oferta económica tendrá como mínimo tres apartados que se indican a continuación: precio detallado por cada tipo de servicio, IVA excluido: disciplinas técnicas y disciplinas médicas. previsión del coste anual en función de los consumos estimados para los reconocimientos médicos (350 reconocimientos completos, 60 reconocimientos sin analítica, 100 consultas). Previsión anual de los costes: * Vacunación hepatitis A (60 dosis) * Vacunación hepatitis B: Ac anti HBs (60 dosis) * Realización de serologías postvacunales de hepatitis B (20 serologías) El número de reconocimientos médicos, vacunaciones y serologías, se trata de estimaciones máximas, sin que la Fundación esté obligada a que se realicen todos. El contratista facturará a la Fundación por dichos conceptos por los servicios efectivamente realizados y de conformidad con los precios unitarios ofertados. Palma de Mallorca, 26 de octubre de 2015 La técnico de prevención de riesgos laborales Llum Bergas Adrover