ASIGNACIONES FAMILIARES MONOTRIBUTISTAS El Dcto. 593/2016 publicado en el boletín oficial del 19/04/2016, estableció las condiciones para el acceso a la percepción de las Asignaciones Familiares para aquellos trabajadores inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (comúnmente llamado Monotributo). En tal sentido, las personas adheridas a dicho Régimen que tengan efectivamente abonadas las imposiciones mensuales tendrán derecho al cobro de las siguientes prestaciones: a) Asignación por Hijo, b) Asignación por Hijo con Discapacidad, c) Asignación Prenatal y d) Asignación por Ayuda Escolar Anual para la educación inicial, primaria y secundaria del Sistema Educativo Argentino. El monto de cada asignación dependerá de su categoría de monotributo. Asimismo, se aprueba la tabla de valores únicos de asignaciones familiares correspondientes a cada categoría de personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, para todo el país. Tabla completa por categoría de monotributistas y valor de las Asignaciones Familiares por Hijo Exclusiones: No tendrán derecho al cobro (excepto hijos con Discapacidad): 1 / 5
- Los sujetos monotributistas que estén categorizados en la Categoría J o superior del Régimen Simplificado. - Cuando dentro del mismo grupo familiar donde hay un monotributista, el otro integrante sea: - empleados en relación de dependencia, - beneficiarios del seguro por desempleo, - Jubilados o - Pensionados, La liquidación de asignaciones familiares se continuará haciendo para este otro integrante Empleados en Relación de Dependencia y otros: Les recordamos además que continúa siendo de aplicación el tope máximo que EXCLUYE del derecho al cobro de Asignaciones Familiares, que está en $ 60.000 mensual para el Ingreso del Grupo Familiar. Se entiende por Ingreso del Grupo Familiar (IGF) a la suma de todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar. Esto incluye: remuneraciones brutas excluyendo horas extras y aguinaldo, asignación familiar por maternidad, 2 / 5
rentas de referencia para autónomos, monotributistas y servicio doméstico, haberes de jubilación y pensión, prestación por desempleo, planes sociales. Y a su vez, con la percepción de un ingreso superior a $ 30.000 por parte de uno de los integrantes del grupo familiar, quedan excluidos del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido. Caso Particular: En los casos que ambos Padres o tutores tengan derecho al cobro por encontrarse ambos en el Régimen Simplificado de Monotributo, pe rcibirá las asignaciones aquel que revista la categoría Más Alta, y por el valor que corresponde a la misma. Estas incorporaciones regirán para las asignaciones familiares que se PERCIBAN EN EL MES DE MAYO DE 2016. Se advierte que para que los monotributistas que cumplan con los requisitos expuestos, puedan percibir dichas asignaciones familiares, deben contar con los datos personales y del grupo familiar actualizados en el sistema de "Acreditación de Datos Personales" (ADP) de esta dependencia. Para ello, la ANSeS elaboró una guía que describe el procedimiento para verificar dichos datos desde el sitio Web, y se puede acceder desde este link: http://www.anses.gob.ar/noticia/paso-a-paso-como-acceden-los-monotributistas-al-cobro-de-las -asignaciones-familiares-462 Los PASOS A SEGUIR por los trabajadores monotributistas: 3 / 5
1) Si posee Clave de Seguridad social otorgada por ANSeS : ingresar a la web de ANSeS, sección MI ANSES. 2) SI No posee Clave de Seguridad social, se puede generar desde la misma página, completando la información solicitada y 3 preguntas 3) Desde el ícono de Relaciones Familiares, completar los datos de Domicilio Particular, Teléfono y dirección de correo electrónico. 4) Constatar que los datos personales sean correctos y si el grupo familiar se encuentra completo y con estado acreditado o con documentación presentada. 5) Si los datos aparecen como acreditados, se puede ingresar desde la solapa Gestión/cambio de boca de pago AAFF, e ingresar la CBU de la cuenta para el cobro. 6) En el caso que no estén acreditados los datos personales y del grupo familiar, los trabajadores monotributistas tendrán que : 1. a. Sacar turno desde http://servicioswww.anses.gov.ar/turnosweb/solicitante.a SPX?Grupo=4 2. b. Dirigirse a una oficina de la ANSeS con el turno previo con la siguiente documentación: * Original y fotocopia de los DNI de ambos progenitores e hijos; * partida de nacimiento original y fotocopia; 4 / 5
* Acta de Matrimonio de estar casados * Constancia de CBU emitida por el banco, donde consten el DNI, número de CBU y apellido y nombre del titular. Junto con el formulario de certificación bancaria completa por el banco y el formulario PS2.72 completo por el titular; para que carguen su Boca de Pago 5 / 5