Secretaría del Trabajo y Previsión Social. HISTORIA DE LA DEPENDENCIA Durante el Porfiriato (de 1876 a 1911), la tierra era casi la única fuente de riqueza en México y estaba concentrada en las manos de un pequeño sector de la sociedad, lo que provocaba la explotación desmedida de los trabajadores del campo. Las jornadas laborales eran de por lo menos 14 horas diarias y los salarios muy bajos; hombres, mujeres y niños eran sometidos a condiciones infrahumanas. Tras asumir la Presidencia de la República, a consecuencia del movimiento armado revolucionario de 1910, Francisco I. Madero decretó el 18 de diciembre de 1911 la creación del Departamento del Trabajo, dentro de la entonces Secretaría de Fomento, Colonización e Industria, para solucionar los conflictos laborales bajo un esquema fundamentalmente conciliatorio. En 1915, durante el mandato de Venustiano Carranza, el Departamento del Trabajo se incorporó a la Secretaría de Gobernación, y al mismo tiempo se elaboró un proyecto de ley sobre el contrato de trabajo. Dos años después fue promulgada la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo 123 decretó los siguientes derechos de los trabajadores: La fijación de la jornada máxima de ocho horas. La indemnización por despido injustificado. El derecho de asociación y de huelga. El establecimiento de normas en materia de Previsión y Seguridad Social. Misión Institucional Institucional comprometida en atender a la población trabajadora, desempleada y subempleada, empleadores y emprendedores, proporcionando servicios integrales. Con el fin de garantizar una actitud constructiva en materia laboral, mediante la vigilancia y coordinación de actividades para la solución de los conflictos laborales. Función Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado que tiene a su cargo: Atención a asuntos del trabajo y la previsión social. Impartición y procuración de la justicia laboral. Promueve el empleo, la capacitación, y la productividad. Mejoramiento de condiciones de trabajo. Supervisa el equilibrio en la relación obrero patronal.
Código de Ética (valores, principios). Mejorar las condiciones para generar un nuevo contexto en las relaciones laborales entre los trabajadores y empleadores. 1. Honestidad 6. Equidad 2. Respeto 7. Solidaridad 3. Lealtad 8. Calidad Humana 4. Responsabilidad 9. Humildad 5. Compromiso 10. Generosidad ATRIBUCIONES La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece en su artículo 40 que a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Vigilar la observancia y la aplicación de las disposiciones contenidas en el Artículo 123 y otros de la Constitución Federal; en la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos; II. Procurar el equilibrio entre los factores de la producción, de conformidad con las disposiciones legales relativas; III. Intervenir en los contratos de trabajo de los nacionales que vayan a prestar sus servicios en el extranjero, en cooperación con las Secretarías de Gobernación, de Economía y de Relaciones Exteriores; IV. Coordinar la formulación y la promulgación de los contratos ley de trabajo; V. Promover el incremento de la productividad del trabajo; VI. Fomentar el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo; VII. Establecer y dirigir el Servicio Nacional de Empleo y vigilar su funcionamiento; VIII. Coordinar la integración y el establecimiento de las Juntas Federales de Conciliación, así como vigilar su funcionamiento; IX. Llevar el registro de las asociaciones obreras, patronales y profesionales de jurisdicción federal que se ajusten a las leyes; X. Promover la organización de toda clase de sociedades cooperativas y demás formas de organización social para el trabajo; XI. Estudiar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales para la protección de los trabajadores, y vigilar su cumplimiento; XII. Dirigir y coordinar la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo; XIII. Organizar y patrocinar exposiciones y museos de trabajo y previsión social; XIV. Participar en los congresos y reuniones internacionales de trabajo, de acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores; XV. Llevar las estadísticas generales correspondientes a la materia del trabajo, de acuerdo con las disposiciones que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; XVI. Establecer la política y coordinar los servicios de seguridad social de la Administración Pública Federal; XVII. Estudiar y proyectar planes para impulsar la ocupación en el país;
XVIII. XIX. Promover la cultura y la recreación entre los trabajadores y sus familias, y Los demás que le fijen expresamente las leyes y los reglamentos. Marco Jurídico de la STPS El fundamento jurídico de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se encuentra en el artículo 123 de nuestra Constitución: Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 90 que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, Distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos y Definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación. El fundamento jurídico de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se encuentra en el artículo 123 de nuestra Constitución: Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley.
Áreas de trabajo. SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO Dirección General de Inspección Federal del Trabajo Dirección General de Registro de Asociaciones Dirección General de Asuntos Jurídicos Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo Unidad de Funcionarios Conciliadores SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y PRODUCTIVIDAD LABORAL Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo Dirección General de Productividad Laboral Dirección General de Investigación y Estadísticas del Trabajo Dirección General de Fomento de la Empleabilidad JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE Consulta de información sobre Contratos Colectivos SUBSECRETARÍA DE INCLUSIÓN LABORAL Dirección General para la Igualdad Laboral Dirección General de Capacitación Dirección General para la Innovación Laboral OFICIALIA MAYOR Dirección General de Recursos Humanos Dirección General de Programación y Presupuesto Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales Dirección General de Tecnologías de la Información
Programas Aprovechar las oportunidades que brinda el bono demográfico Programa de Apoyo al Empleo (PAE) Incrementar las capacidades y habilidades (empleabilidad) de la población desempleada y subempleada, brindándole orientación ocupacional, asistencia técnica e información, capacitación, apoyos económicos y en especie. Sistema Nacional de Previsión Social Ofrecerá la oportunidad de definir nuevos programas y servicios en materia de previsión social, considerando las características poblacionales y económicas del país. Invertir en el desarrollo humano de las y los jóvenes y fomentar en ellos actitudes y prácticas de prevención y planeación Convenios internacionales con la OIT en materia de menores trabajadores Fomentar el cuidado de la salud y promover práctica de prevención de riesgos y accidentes que contribuyan a reducir la morbimortalidad (causa de muerte) de las y los jóvenes. Promover acciones que fomenten el logro educativo y la superación personal de las y los jóvenes Convenios internacionales con la OIT y otras organizaciones en materia de jóvenes y mujeres Facilitar a las y los jóvenes el tránsito a la vida laboral. Prever las demandas del envejecimiento demográfico y brindar más y mejores oportunidades al adulto mayor Programa Abriendo Espacios (CHAMBAPAR) Contribuir a ampliar las capacidades y autonomía de los adultos mayores Llevar a cabo acciones para que los adultos mayores puedan trabajar y vivir en forma productiva tanto tiempo como lo deseen. Programa de Equidad y Desarrollo Laboral de Adultos Mayores y Personas con Discapacidad Contribuir a difundir información sobre los recursos existentes en materia de servicios sociales para los adultos mayores Acrecentar las oportunidades de las familias y de sus miembros a lo largo del curso de vida Prevención y vigilancia Impulsar la generación de información y llevar a cabo acciones a favor del mejoramiento de la condición social de la mujer. Reforzar las acciones de capacitación para el trabajo a lo largo del curso de vida de hombres y mujeres Programa de Equidad y Desarrollo Laboral para la Mujer Contribuir a incorporar la perspectiva de género en el diseño e instrumentación de los programas de población Contribuir a crear mejores oportunidades de empleo y capacitación para las mujeres y apoyar sus iniciativas productivas
Brindar alternativas a la emigración rural y fortalecer la justicia distributiva en las regiones de mayor rezago y en los centros regionales de población Proyectos de Inversión Productiva Articular las acciones dirigidas a superar la pobreza e impulsar el desarrollo social de las microrregiones de alta y muy alta marginación Sistema de Apoyos Económicos a la Movilidad Laboral Interna Apoyar las actividades productivas de las comunidades rurales y aprovechar el capital social comunitario para impulsarlas
PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO (PROFEDET) MÉXICO. Descripción La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) es un órgano desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social facultado para asesorar, proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y, de no arreglar el problema, representar a los trabajadores, sus beneficiarios1 y sindicatos, siempre que así lo soliciten, ante la autoridad competente, en los asuntos relacionados con la aplicación de las normas de trabajo y de seguridad social, interponiendo las demandas y recursos procedentes. Todos los servicios que ofrece la PROFEDET son gratuitos. Objetivos Prevenir los conflictos laborales a través de la asesoría, conciliación en favor de los factores de la producción, para ayudar a conservar la paz laboral. Fortalecer la procuración de la defensa del trabajo de competencia federal en las entidades federativas, con el objeto de hacer más accesible la justicia social. Aumentar el índice de resolución favorable de las representaciones encargadas a la institución. Fecha de inicio y duración del programa Se creó en 1929. Población objetivo A los factores de la producción, en particular a trabajadores, sus beneficiarios y sindicatos, en el ámbito federal. No obstante, gracias a la vinculación lograda con las entidades federativas, la conciliación también se realiza en asuntos de competencia local. Instituciones y actores involucrados en el diseño y la implementación. La PROFEDET es un órgano desconcentrado de la STPS, institución que es la cabeza de sector y cuyos lineamientos estamos obligados a seguir. Actores involucrados: Comité Técnico Consultivo integrado por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, el Subsecretario del Trabajo, el Procurador General de la Defensa del Trabajo, así como por los Subprocuradores, y, por invitación del Secretario, seis representantes de las Organizaciones de Trabajadores y de Colegios o Academias de Derecho del Trabajo, cuyo objeto es coadyuvar al mejor desempeño de las funciones de la Procuraduría. Los cargos de los representantes tendrán el carácter de honorífico. En la actualidad también participan representantes del sector patronal.
SOSTENIBILIDAD Financiamiento El patrimonio de la PROFEDET deriva, exclusivamente, del erario público, a través de la Secretaría del Trabajo, quien funge como enlace con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. SOSTENIBILIDAD Apoyo no monetario No se cuenta con estos apoyos. Otras circunstancias relevantes para la sostenibilidad del programa. Los propios resultados de la institución, que, en los últimos años, representa un aproximado de 100 mil asuntos atendidos. Atribuciones (las mas importantes) Orientar y asesorar a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios sobre los derechos y obligaciones derivados de las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales, así como de los trámites, procedimientos y órganos competentes ante los cuales acudir para hacerlos valer. Representar a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios, cuando éstos así lo soliciten, ante los órganos jurisdiccionales, administrativos y cualquier otra institución pública o privada. Recibir de los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios, las quejas por el Incumplimiento y violación a las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales y, en su caso, citar a los patrones o sindicatos para que comparezcan a manifestar lo que a su derecho convenga. Formular las denuncias que correspondan ante las autoridades competentes por el incumplimiento y violación a las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales y ante el Ministerio Público los hechos que presuntamente constituyan ilícitos penales. Marco legal Como Autoridad Federal del Trabajo y con fundamento en el artículo 123 de la Constitución, conocerá, en el ámbito de su competencia, de los asuntos relativos a las ramas industriales y de servicios. Conocerá de las empresas que sean administradas en forma directa o descentralizadas por el Gobierno Obligaciones patronales en materia educativa, en los términos de Ley y respecto a las obligaciones de los patrones en materia de capacitación y adiestramiento de sus trabajadores, así como de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
Federal Como Autoridad Federal del Trabajo y con fundamento en el artículo 123 de la Constitución, conocerá, en el ámbito de su competencia, de los asuntos relativos a las ramas industriales y de servicios. Conocerá de las empresas que sean administradas en forma directa o descentralizadas por el Gobierno Federal. Obligaciones patronales en materia educativa, en los términos de Ley y respecto a las obligaciones de los patrones en materia de capacitación y adiestramiento de sus trabajadores, así como de seguridad e higiene en los centros de trabajo. Servicios Prevenir antes de conciliar, conciliar antes de demandar El especialista emite una orientación o recomendación, frente a una posible violación a los derechos laborales, de las normas de trabajo y de prevención y seguridad social, para hacerlos valer por parte de las personas, sus beneficiarios o entre conflictos de sindicatos. Conciliación Los Abogados Conciliadores buscan el acuerdo amistoso en los probables conflictos entre empleadores y trabajadores, a efecto de evitar un juicio o poner un fin pronto y expedito en el conflicto laboral y mantener las buenas relaciones entre el empleador y el trabajador. Este servicio no sólo busca la protección de la aplicación de la ley, sino la prevención a los conflictos suscitados entre la relación trabajador empleador. Requisitos Se debe comparecer personalmente en las instalaciones de la PROFEDET. Tiempo de respuesta: promedio de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de la solicitud o hasta en cinco audiencias. REPRESENTACIÓN JURÍDICA El Abogado Procurador lo representa, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y cualquier otro tribunal laboral o judicial.
Cuestionario La PROFEDET se encarga de resolver asuntos laborales locales y federales? Menciona algunos principios que sigue la STPS, al brindar su servicio. Cuál los las principales funciones de la PROFEDET? Diga cual es la principal objetivo de la conciliacion Quién representa al trabajador juridicamente ante la PROFEDET? Menciona 4 de las 19 atribuciones de la STPS I. Vigilar la observancia y la aplicación de las disposiciones contenidas en el Artículo 123; II. Procurar el equilibrio entre los factores de la producción, de conformidad con las disposiciones legales relativas; III. Intervenir en los contratos de trabajo de los nacionales que vayan a prestar sus servicios en el extranjero, en cooperación con las Secretarías de Gobernación, de Economía y de Relaciones Exteriores; IV. Coordinar la formulación y la promulgación de los contratos ley de trabajo; V. Promover el incremento de la productividad del trabajo; VI. Fomentar el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo; VII. Establecer y dirigir el Servicio Nacional de Empleo y vigilar su funcionamiento; VIII. Coordinar la integración y el establecimiento de las Juntas Federales de Conciliación, así como vigilar su funcionamiento; IX. Llevar el registro de las asociaciones obreras, patronales y profesionales de jurisdicción federal que se ajusten a las leyes; X. Promover la organización de toda clase de sociedades cooperativas y demás formas de organización social para el trabajo; XI. Estudiar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales para la protección de los trabajadores, y vigilar su cumplimiento; XII. Dirigir y coordinar la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo; XIII. Organizar y patrocinar exposiciones y museos de trabajo y previsión social; XIV. Participar en los congresos y reuniones internacionales de trabajo, de acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores; XV. Llevar las estadísticas generales correspondientes a la materia del trabajo, de acuerdo con las disposiciones que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; XVI. Establecer la política y coordinar los servicios de seguridad social de la Administración Pública Federal; XVII. Estudiar y proyectar planes para impulsar la ocupación en el país; XVIII. Promover la cultura y la recreación entre los trabajadores y sus familias, y XIX. Los demás que le fijen expresamente las leyes y los reglamentos. Menciona el marco jurídico de la STPS Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley
Menciona 3 programas/convenios sustentados por la STPS Programa de Apoyo al Empleo (PAE) Sistema Nacional de Previsión Social Convenios internacionales con la OIT en materia de menores trabajadores Convenios internacionales con la OIT y otras organizaciones en materia de jóvenes y mujeres Programa Abriendo Espacios (CHAMBAPAR) Programa de Equidad y Desarrollo Laboral de Adultos Mayores y Personas con Discapacidad Prevención y vigilancia Programa de Equidad y Desarrollo Laboral para la Mujer Proyectos de Inversión Productiva Sistema de Apoyos Económicos a la Movilidad Laboral Interna