POLÍTICA DE ACOSO SEXUAL DE NOVATO CHARTER SCHOOL Aprobado el 8 de abril de 2009 I. PROPÓSITO A. Proporcionar un entorno libre de acoso sexual. A fin de lograr este propósito, la política está diseñada para asegurar, lo antes posible, una solución apropiada para una alegación de acoso sexual. B. Complementar y no sustituir, cualquier ley y disposición estatal o federal aplicable. Las quejas de acerca estas leyes y disposiciones se tramitarán a través de los procedimientos establecidos por las agencias estatales y/o federales adecuadas. II. AUTORIDAD - Título VII de la Ley de Derechos Civiles 42 CUS Sección 2000-e-2(a)(1) - Ley de Empleo y Vivienda Justa de California - Sección 12940 del Código de Gobierno - Título IX de las Enmiendas de la Educación de 1972 29 USC Sección 1681 et. seq. - Código de Educación de California, Sección 200 et seq. III. ALCANCE Ámbito educativo En el ámbito educativo, se prohíbe el acoso sexual entre los estudiantes, y entre los empleados o personal externo (como por ejemplo, empleados contratados, proveedores de servicios o voluntarios) y estudiantes. Ámbito laboral En el ámbito laboral, se prohíbe el acoso sexual entre supervisores y empleados, entre empleados, y entre personal externo (como por ejemplo, empleados contratados, proveedores de servicios o voluntarios) y empleados. IV. DEFINICIÓN DE ACOSO SEXUAL El acoso sexual ocurre cuando existen insinuaciones sexuales no deseadas, solicitudes de favores sexuales y otras conductas verbales o físicas de naturaleza sexual: 1. se realiza de manera explícita o implícita como un término o condición del estado educativo o laboral de un individuo; Novato Charter School Página 1 de 5
2. se utiliza como base para las decisiones educativas o laborales que afectan a dicho individuo, o 3. tiene el propósito o efecto de interferir de manera poco razonable con el rendimiento académico o laboral de un individuo o de crear un entorno educativo o ámbito de trabajo intimidatorio, hostil u ofensivo. V. POLÍTICA Los siguientes actos se consideran hostigamiento sexual, son ilegales y no se tolerarán en Novato Charter School: 1. Tener contacto no solicitado por escrito, verbal, físico y/o visual con insinuaciones sexuales. (Los ejemplos por escrito incluyen, entre otros: cartas, notas, invitaciones provocativas u obscenas. Los ejemplos verbales incluyen, entre otros: comentarios despectivos, indirectas, insultos, chistes, epítetos. Los ejemplos físicos incluyen, entre otros: agresiones tocando, impidiendo o bloqueando movimientos. Los ejemplos visuales incluyen, entre otros: miradas lascivas, gestos, exhibición de objetos o imágenes sexualmente provocativas, caricaturas o carteles). 2. Continuar expresando interés sexual una vez informado de que el interés no es bienvenido. (La atracción recíproca entre las partes adecuadas no es considerada acoso sexual). 3. Tomar represalias, hacer amenazas de represalias o implicar amenazas de represalias a raíz de una respuesta negativa. Por ejemplo, dentro del ámbito laboral, suponer o evitar realmente que alguien se niegue a aceptar una cita, promoción o cambio de tarea, sugiriendo que se presentará un informe de desempeño insuficiente; o sugiriendo que el período de prueba fallará. Por ejemplo, dentro del ámbito educativo, ya sea suponer o retener realmente las calificaciones ganadas o merecidas, sugiriendo que se presentará una evaluación de desempeño insuficiente, o sugiriendo que se negará cualquier carta de recomendación. 4. Dentro del ámbito laboral, participar en un comportamiento coercitivo sexual implícito o explícito que se utiliza para controlar, influir o afectar en la carrera, salario y/o ambiente laboral de otro empleado. Dentro del ámbito educativo, participar en un comportamiento coercitivo sexual implícito o explícito que se utiliza para controlar, influir o afectar las oportunidades educativas, las calificaciones y/o el ámbito de aprendizaje de un estudiante. 5. Ofrecer favores o beneficios educativos o laborales, como por ejemplo calificaciones o promociones, evaluaciones de desempeño favorables, tareas favorables, responsabilidades o cambios favorables, recomendaciones, recalificaciones, etc. a cambio de favores sexuales. Novato Charter School Página 2 de 5
Cualquier expresión de interés sexual entre adultos y estudiantes, independientemente de la reciprocidad, se considera inadecuada y estará sujeta a la ley estatal aplicable de disciplina. VI. PROCEDIMIENTO DE DENUNCIAS E INFORMES Proceso Cualquier estudiante, empleado o agente que crea que él o ella ha sido acosado sexualmente por un empleado, agente o estudiante de la escuela, debe informar los hechos del incidente y el nombre de la persona involucrada a un miembro adulto del personal con el que se sienta cómodo, y esa persona deberá informar el incidente al Director de la escuela. Si el presunto acosador es el Director de la escuela, la persona puede informar el incidente a cualquier miembro del Consejo. El Director de la escuela o miembro del Consejo desarrollarán un informe escrito del presunto incidente. Una copia del informe, junto con una copia de esta política, se enviará por correo a los padres del estudiante que inició la denuncia. Todo el personal, al tomar conocimiento del incidente de acoso sexual, está obligado a informar al Director de la escuela, o si el acosador es el Director, se presentará el informe a cualquier miembro del Consejo. La omisión de la información es una violación a esta política. Si el personal no informa las alegaciones de acoso sexual del estudiante dentro de los tres (3) días escolares es una violación a esta política. Los estudiantes que se sientan perjudicados por una conducta inapropiada que pueda constituir acoso sexual no están obligados a informar a la persona que participa en dicha conducta que la conducta es no deseada, ofensiva y debe detenerse, pero se incentiva a que lo hagan. Una persona perjudicada no está obligada a presentar una denuncia ante su instructor si ese instructor es la persona que acosa al estudiante. Cualquier individuo que realiza un informe puede traer un abogado para ayudarlos. Presentar denuncias ante las agencias estatales y federales Es posible que las partes perjudicadas deseen presentar denuncias ante otras agencias estatales y federales adecuadas, que incluyen: Oficina de Derechos Civiles de los Estados Unidos 50 Untad Natíos Plaza, ROM 239, San Francisco, CA 94102 (415) 556-7000 Comisión de Empleo y Vivienda Justa del Estado 30 Van Ness Avene, San Francisco, CA 94102, (415) 557-2005. Confidencialidad Una acusación de acoso sexual, y los resultados de la investigación, se mantendrán confidenciales en la medida en que sea razonablemente posible durante el proceso de investigación. Se informará Novato Charter School Página 3 de 5
a los testigos y entrevistados del carácter confidencial de los temas y la investigación, y se les informará que será una violación a esta política revelar la alegación o la naturaleza de la investigación a los demás, y estarán sujetos a una acción disciplinaria como se define en esta política. Se prohíben las represalias El inicio de una alegación de acoso sexual, no causará ninguna reflexión sobre el individuo que informó el incidente o los testigos, ni afectará las relaciones comerciales futuras de esas personas con la escuela, empleo, remuneración o tareas o, en el caso de los estudiantes, con las calificaciones, clases u otros asuntos relacionados con su condición de estudiante de cualquier programa de la escuela. Será una violación a esta política involucrarse en este tipo de represalias. Una alegación de represalia se considerará como un incidente separado, se investigará y estará sujeta a una acción disciplinaria. Plazos Las alegaciones de acoso sexual se informarán tan pronto como sea razonablemente posible después de que haya ocurrido la conducta en cuestión. Los estudiantes, empleados o agentes de la escuela que deseen informar las alegaciones a las agencias adicionales, como la Oficina de Derechos Civiles de los EE. UU., deben saber que esta agencia sigue un plazo de 180 días para informar presuntos incidentes de acoso sexual. Acción disciplinaria Cuando una alegación de acoso sexual cuenta con el apoyo de la investigación y es necesaria una acción disciplinaria, el Director de la escuela determinará qué curso de acción es apropiado, en función de que el acosador sea un estudiante, miembro del personal o agente de la escuela. Los empleados que violen esta política pueden estar sujetos a la disciplina hasta inclusive el despido. Dicha acción disciplinaria se tomará de conformidad con las políticas, leyes y/o convenios colectivos aplicables. Los estudiantes que violen esta política pueden estar sujetos a la disciplina hasta inclusive la expulsión. Dicha acción disciplinaria se tomará de conformidad con las políticas del Consejo y la ley estatal. Los agentes de la escuela que violen esta política es posible que estén sujetos a multas y sanciones que pueda aplicar la escuela, inclusive la terminación de las relaciones comerciales y contratos o del privilegio de ser voluntario en el predio escolar. Procedimientos de apelación La parte denunciante o el acusado puede apelar los hallazgos de una investigación al Consejo Directivo de la escuela. Las apelaciones se realizarán por escrito dentro de los diez (10) días hábiles a partir de la fecha de un hallazgo. Novato Charter School Página 4 de 5
Capacitación Para implementar esta política, la escuela ofrecerá programas de capacitación adecuados para el personal, los maestros se instruirán para discutir el tema de una manera pedagógica y apropiada según la edad de sus alumnos. Notificación Habrá una notificación adecuada de la política para incluir carteles permanentes en áreas públicas, oficinas y pasillos. La política se publicará en el Manual para empleados y se describirá en el Manual para padres. También habrá copias disponibles a pedido en la oficina de la escuela. Disposición administrativa El Director de la escuela deberá adoptar, y de vez en cuando revisar, los procedimientos adicionales que sean necesarios para implementar esta política y proporcionar el medio para hacer cumplir esta política. Dichos procedimientos adicionales pueden incluir lo siguiente: la publicación y otros medios de distribución de la política, un proceso en el que se tratarán las denuncias de manera formal o informal, una explicación de posibles acciones civiles y posibles consecuencias legales ante un acoso sexual. El Director de la escuela iniciará programas de capacitación y educación para que todas las personas, y en particular, los supervisores, comprendan mejor el problema del acoso sexual. Asistencia especial Se espera que las preguntas puedan surgir de la interpretación de la prohibición del acoso sexual, los métodos y procedimientos que se deben seguir en la investigación de denuncias, y la adecuación de soluciones específicas en la disposición de las denuncias. Para obtener asistencia en estos asuntos, cualquier persona puede comunicarse con el Director de la escuela. Novato Charter School Página 5 de 5