MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES, ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO Y POR EMBARAZO PARA PROTECCIÓN SOCIAL

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Transcripción:

PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, TITULARES DE LA PRESTACIÓN DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO, DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO, DE LAS PENSIONES HONORÍFICAS DE VETERANOS Y JUBILADOS Y PENSIONADOS Para el pago de estas asignaciones se toma en cuenta el Ingreso del Grupo Familiar (IGF) que consiste en la suma de todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar: la suma de las remuneraciones brutas de los trabajadores en relación de dependencia registrados, más la Asignación Familiar por Maternidad / Maternidad Down (en caso de corresponder); excluyendo las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo; más las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio doméstico, más los haberes de jubilación y pensión, más el monto de la Prestación por Desempleo, más Planes Sociales, más las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole. Si un integrante del grupo familiar percibe un importe superior a Pesos Treinta Mil ($ 30.000.-) brutos, se excluye del cobro de asignaciones familiares al grupo familiar. TOPES DE INGRESO DEL GRUPO FAMILIAR VIGENTES Decreto N 492/16 Tope Mínimo de Ingreso del Grupo Familiar $ 200.- Tope Máximo de Ingreso del Grupo Familiar $ 60.000.- Tope Máximo de cada integrante del Grupo Familiar $ 30.000.- RANGOS Y MONTOS VIGENTES 1 MATERNIDAD Sin tope de Ingreso Grupo Familiar (IGF) Sueldo Bruto 2 NACIMIENTO 1 2 3 4 IGF entre $ 200.- y $ 60.000.- $ 1.285.- $ 1.285.- $ 1.285.- $ 1.285.- $ 1.285.- 3 ADOPCION IGF entre $ 200.- y $ 60.000.- $ 7.704.- $ 7.704.- $ 7.704.- $ 7.704.- $ 7.704.- 4 MATRIMONIO IGF entre $ 200.- y $ 60.000.- $ 1.926.- $ 1.926.- $ 1.926.- $ 1.926.- $ 1.926.- 5 PRENATAL IGF entre $ 200.- y $ 17.124.- $ 1.103.- $ 1.103.- $ 2.380.- $ 2.205.- $ 2.380.- IGF entre $ 17.124,01.- y $ 25.116.- $ 741.- $ 981.- $ 1.472.- $ 1.958.- $ 1.958.- IGF entre $ 25.116,01.- y $ 28.997.- $ 446.- $ 883.- $ 1.328.- $ 1.768.- $ 1.768.- IGF entre $ 28.997,01.- y $ 60.000.- $ 228.- $ 451.- $ 677.- $ 897.- $ 897.-

6 HIJO 1 2 3 4 IGF entre $ 200.- y $ 17.124.- $ 1.103.- $ 1.103.- $ 2.380.- $ 2.205.- $ 2.380.- IGF entre $ 17.124,01.- y $ 25.116.- $ 741.- $ 981.- $ 1.472.- $ 1.958.- $ 1.958.- IGF entre $ 25.116,01.- y $ 28.997.- $ 446.- $ 883.- $ 1.328.- $ 1.768.- $ 1.768.- IGF entre $ 28.997,01.- y $ 60.000.- $ 228.- $ 451.- $ 677.- $ 897.- $ 897.- 7 HIJO CON DISCAPACIDAD IGF hasta $ 17.124.- $ 3.597.- $ 3.597.- $ 5.393.- $ 7.191.- $ 7.191.- IGF entre $ 17.124,01.- y $ 25.116.- $ 2.543.- $ 3.469.- $ 5.202.- $ 6.935.- $ 6.935.- IGF superior a $ 25.116.- $ 1.603.- $ 3.340.- $ 5.009.- $ 6.678.- $ 6.678.- 8 AYUDA ESCOLAR ANUAL IGF entre $ 200.- y $ 60.000.- $ 923.- $ 1.232.- $ 1.542.- $ 1.844.- $ 1844.- 9 AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD Sin tope de IGF $ 923.- $ 1.232.- $ 1.542.- $ 1.844.- $ 1.844.- 10 CÓNYUGE IGF entre $200.- y $ 60.000.- $ 264.- $ 528.- QUÉ SE TOMA EN CUENTA PARA EL PAGO El monto de las asignaciones familiares estará dado: para los Trabajadores en Relación de Dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante AFIP. para los Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia, por su domicilio de residencia. para los Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, por su domicilio de residencia. PARA TRABAJADORES MONOTRIBUTISTAS Decreto N 593/16 - Los Trabajadores Monotributistas perciben las asignaciones familiares de acuerdo a la categoría del monotributo. CATEGORIAS B, C, D, E, F G H I J, K, L 5* PRENATAL $ 1.103.- $ 741.- $ 446.- $ 228.- 6* HIJO $ 1.103.- $ 741.- $ 446.- $ 228.- 7* HIJO CON DISCAPACIDAD $ 3.597.- $ 2.543.- $ 1.603.- $ 1.603.- $ 1.603.- 8* AYUDA ESCOLAR ANUAL $ 923.- $ 923.- $ 923.- $ 923.- $ 923.-

ASIGNACIONES 11 EMBARAZO PARA PROTECCIÓN SOCIAL 12 HIJO PARA PROTECCIÓN SOCIAL 13 HIJO CON DISCAPACIDAD PARA PROTECCION SOCIAL 14 AYUDA ESCOLAR ANUAL 80%* 20%** 1 80%* 20%** $ 1.103.- $ 882,40.- $ 220,60.- $ 1.434.- $ 1.147,20.- $ 286,80.- $ 1.103.- $ 882,40.- $ 220,60.- $ 1.434.- $ 1.147,20.- $ 286,80.- $ 3.597.- $ 2.877,60.- $ 719,40.- $ 4.677.- $ 3.741,60.- $ 935,40.- $ 923.- $ 923.- * 80% en la liquidación normal. ** 20% acumulado de la Asignación Universal por Hijo e Hijo con Discapacidad contra la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación y DDJJ del Adulto Responsable. 20% acumulado de la Asignación por Embarazo para Protección Social contra la presentación del Formulario Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social con los rubros 1 y 3 debidamente cumplimentados, adjuntando además la constancia de Inscripción en el Plan Nacer/ Programa SUMAR del recién nacido y la Partida de Nacimiento o Certificado de Defunción/Interrupción del Embarazo. QUIÉNES PERCIBEN ESTAS ASIGNACIONES 1: Trabajadoras en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo y Trabajadoras en Casas Particulares (Servicio Doméstico). 2, 3, 4 y 5: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo y Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur. 5*, 6*, 7* y 8*: Trabajadores Monotributistas de las categorías B, C, D, E, F, G, H e I. 6, 7, 8 y 9: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo, Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino, Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur. 7* y 8*: Trabajadores Monotributistas de las categorías J, K y L. La Ayuda Escolar Anual sólo corresponde en el caso de Hijo con Discapacidad. 10: Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur. 11, 12 y 13: Titulares de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social. 14: Titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

Montos de Asignaciones Familiares para: Trabajadores en Relación de Dependencia registrados y Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo que realizan sus actividades en todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4. Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en todo el país a excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares. Titulares de la Prestación por Desempleo que residan en todo el país. Trabajadores Monotributistas que residan en todo el país. Montos de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social para los Titulares que residan en todo el país a excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares. Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, que realizan sus actividades en las Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Benegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta. Montos de Asignaciones Familiares para Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y y Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en las provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires. Montos de la Asignación Universal por Hijo, Hijo con Discapacidad y Embarazo para Protección Social para los Titulares que residan en las provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires. Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, que realizan sus actividades en la provincia de Chubut.

Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, que realizan sus actividades en el departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera Catamarca); departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy); departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta. Montos de Asignaciones Familiares por Hijo y Prenatal vigentes a partir del 01/07/97 para trabajadores en relación de dependencia registrados y Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo que realizan sus actividades en las provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.