ANEXO Resolución CFE Nº92/09 CRITERIOS Y ACCIONES QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA FEDERAL DE INFORMACIÓN EDUCATIVA La Resolución Nº48/95 del, aprobó y reguló los criterios y acciones para la implementación del Sistema Federal de Información Educativa y sentó las bases del Relevamiento Anual RA- y de su implementación a través del funcionamiento en red de las áreas de estadística educativa nacional y jurisdiccionales. Desde ese momento, el Sistema Federal de Información Educativa está basado principalmente en el RA, operativo de carácter censal cuya unidad de relevamiento y análisis son las unidades educativas y que recoge, al 30 de abril de cada año, la información consolidada a nivel nacional sobre las principales variables del sistema educativo. La implementación de este relevamiento se ajusta a un glosario, criterios metodológicos y procedimientos comunes que aseguran la comparabilidad de los datos en adecuadas condiciones de cobertura y calidad. Por ello, requiere de decisiones consensuadas entre la DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD EDUCATIVA DiNIECE- y todas las áreas de estadística educativa del país que conforman la Red Federal de Información Educativa RedFIE, decisiones que deberán ser acatadas en cada una de las jurisdicciones. La sanción en los últimos años de las leyes de Financiamiento Educativo, de Educación Técnico Profesional, de Educación Nacional y las leyes educativas de cada una de las jurisdicciones, así como la creación de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO, otorgan centralidad a la necesidad de disponer de datos confiables y oportunos acerca del sistema educativo, que permitan planificar, monitorear y evaluar los objetivos y metas planteadas desde las gestiones educativas a nivel nacional y en las jurisdicciones. En este marco, y con el fin de fortalecer y consolidar el Sistema Federal de Información Educativa, se acentúa la importancia de: Sostener y apoyar el adecuado funcionamiento de las áreas de estadística jurisdiccionales que conforman la RedFIE, ya que el RA constituye la única fuente oficial de información a nivel nacional para la descripción y conocimiento del funcionamiento y la dinámica del sistema educativo. Atender, a través del RA y otros relevamientos que emprendan en conjunto la Nación y las jurisdicciones, las crecientes necesidades de información oportuna y 1
de calidad sobre el sistema educativo a partir de la inclusión de dimensiones definidas como prioritarias. Promover la participación de la DiNIECE en las definiciones metodológicas y operativas correspondientes a los relevamientos de información estadística que coordinan distintas áreas del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, con el fin de asegurar la posibilidad de articulación entre las bases existentes. Definir regulaciones en términos de difusión de la información, que atienda las tensiones entre el carácter de la información -estadística o administrativa- y entre la confidencialidad de la información -el secreto estadístico- y el derecho al acceso a la información pública. Planificar y generar condiciones que permitan el pasaje en etapas progresivas desde el actual relevamiento de corte anual basado en los establecimientos educativos (RA) a un sistema continuo de información por alumno, que se nutra de la información surgida de sistemas de gestión escolar en diálogo con los sistemas ya desarrollados por las jurisdicciones. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Y LOS MINISTERIOS JURISDICCIONALES El Ministerio de Educación Nacional, a través de la DiNIECE: Coordinará, con los responsables de las áreas de estadística educativa de las jurisdicciones, la revisión y actualización de los contenidos a ser relevados y sus definiciones, acordando un único glosario. Propondrá las definiciones conceptuales, metodológicas y operativas que aseguren la homogeneidad y comparabilidad de los datos del RA, para su discusión y acuerdo en las reuniones de la RedFIE. Proveerá a las jurisdicciones los instrumentos de captación de datos, asegurando que estén disponibles en las unidades de estadística educativa a fines del mes de febrero de cada año. Proveerá el equipamiento y el sistema informático para la carga, procesamiento y consistencia de los datos relevados, así como un sistema para la consulta de las bases y la producción de información. Apoyará a las unidades de estadística educativa en las tareas vinculadas con la logística del relevamiento, la carga y el procesamiento de la información y los planes de capacitación y supervisión que emprendan. 2
Brindará capacitación y asistencia técnica en temas metodológicos, informáticos y de producción de información. Consolidará la base nacional homologando la información de las bases jurisdiccionales en una única estructura educativa que permita la comparabilidad entre las adoptadas por las jurisdicciones. Como responsable de la homogeneidad, calidad y oportunidad de la información consolidada, acompañará y supervisará las iniciativas provinciales en materia de sistemas de carga de datos con el fin de asegurar la disponibilidad de la información. Para garantizar la oportunidad de la información tendrá la facultad de cerrar la base nacional consolidada con las bases disponibles al último día hábil de cada año. Apoyará y asistirá, a través de gestiones ad hoc con los organismos nacionales involucrados, a las unidades de estadística jurisdiccionales para la implementación del RA en los establecimientos dependientes del nivel nacional y de las universidades nacionales y privadas. Difundirá la información consolidada de acuerdo a la normativa vigente. Remitirá al CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN propuestas de convenios con las jurisdicciones para la regulación de cuestiones específicas que contribuyan al mejor desarrollo del relevamiento, previo acuerdo en las reuniones de la RedFIE. Encomendará a la RedFIE el análisis de las inquietudes y requerimientos de información planteados desde la gestión nacional, especialmente desde la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO, en cuestiones relacionadas con la política de información y el Sistema Federal de Información Educativa. Fortalecerá, en el ámbito de las unidades de estadística educativa, el desarrollo de mapas educativos provinciales como áreas especializadas en la producción y análisis de información georreferenciada. Promoverá la participación de la RedFIE en la definición de los aspectos metodológicos de los operativos censales o muestrales que se desarrollen en el ámbito del ME. Generará instancias para la presentación y discusión de trabajos de investigación que utilicen información surgida de los relevamientos de la DiNIECE. Circulará en el ámbito de la RedFIE la información sobre los proyectos nacionales e internacionales en los que participa. 3
Los Ministerios de Educación jurisdiccionales: Reconocerán a las Unidades de Estadística Educativa como los responsables orgánicos de la producción y difusión de información estadística básica. Mantendrán en las unidades de estadística educativa, el personal necesario para dar cumplimiento a los requerimientos del RA, tanto en sus aspectos logísticos como a las necesidades de procesamiento, producción y análisis de información. Organizarán el relevamiento nacional en una onda anual, aplicando los instrumentos de relevamiento diseñados en el marco de la RedFIE. Comprometerán a las autoridades de los establecimientos educativos en la carga de datos requeridos en el cuadernillo en tiempo y forma en cumplimiento con las normativas jurisdiccionales, como responsable de la producción de información sobre las unidades y servicios educativos a su cargo. Instrumentarán los mecanismos necesarios para que todos los establecimientos - estatales y privados, de jurisdicción municipal, provincial o nacional- completen los cuadernillos de captación al día 30 de abril de cada año y los envíen a la Unidad de Estadística Educativa correspondiente dentro de los primeros quince días de recibido en el establecimiento. Facilitarán una efectiva comunicación entre los establecimientos y las unidades de estadística educativa en lo relativo al envío y recepción de los cuadernillos, así como a las eventuales consultas que aseguren una carga adecuada de la información. Encomendarán a las UEE y al ámbito de la RedFIE las inquietudes y requerimientos de información planteados desde las gestiones jurisdiccionales, especialmente las áreas de Planeamiento Educativo o equivalentes jurisdiccionales, en relación con la política de información y el Sistema Federal de Información Educativa. 4
Las Unidades de Estadística Educativa jurisdiccionales: Las unidades de estadística educativa otorgarán la Clave Única de Establecimiento (CUE) a toda institución educativa reconocida oficialmente y serán responsables del mantenimiento y constante actualización del Archivo Maestro de Establecimientos. Serán responsables de la recolección, consistencia, procesamiento y difusión de la información proveniente del RA. Adoptarán las definiciones operacionales establecidas en el glosario y las actualizaciones que en el futuro sean consensuadas en las reuniones nacionales de la RedFIE. Instrumentarán las medidas necesarias para remitir las bases con la información relevada a la DiNIECE en el plazo acordado, fijado inicialmente el 30 de Setiembre de cada año, con una cobertura esperada del 100%, pero no menor al 95% de los establecimientos en cada una de las modalidades, niveles y sectores educativos. Pondrán en marcha diferentes estrategias para mejorar de manera permanente la cobertura y calidad de la información relevada. Coordinarán la producción, análisis y difusión de información estadística georeferenciada a partir de los mapas educativos provinciales. Generarán mecanismos de formación, intercambio y actualización de los recursos técnicos y profesionales necesarios para que las tareas de producción y análisis de información estadística estén en línea con los avances conceptuales, metodológicos y tecnológicos de este campo de trabajo. Difundirán la información relevada cumpliendo los requisitos de acceso y confidencialidad de la información de acuerdo a la normativa vigente. 5