CONTRALORiA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORíA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO Q'HIGGINS UNIDAD DE AUDITORíA E INSPECCiÓN Informe Final Movimiento de Cuenta Corriente Segundo Juzgado de Letras de San Fernando Fecha 29 de julio de 2011 N Informe : 64/11
CONTRAlORíA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGI NS UNIDAD DE AUDITORíA E INSPECCiÓN UAI W 538/11 REMITE INFORME FINAL W 64. DE 2011. SOBRE FISCALIZACiÓN EFECTUADA Al SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO. RANCAGUA. El Contralor Regional que suscribe. cumple con remitir a US " para su conocimiento y fines pertinentes. copia del Informe Fina l Indicado en et rubro. con el re sultado det examel"l que se practicara en el Segundo Juzgado de letras de San Fernando, Saluda atentamente a US,. / I MAR10 QUtZADA rort;rca CON1RALOR REGIoNAL d,llit!trt. do,ctn",, B"",tO';',"O,"' Con lro lo,i,g.n."ló.i.;. pub"" / AL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE SA N FERNANDO /1,. J Kl H.'MO O. ~ AT 126.' 11.c.' ' ",,,,',1,,'...,., ooolralo"i. 1
CONTRALORíA REG IONAL DEL LIBERTADOR GE NERAL BERNARDO O'HIGG INS UNIDAD DE AUDITORIA E INSPECCiÓN U.A I N' 539/11 REMI TE INFORME FINAL N" 64, DE 201 1, SOBRE FISCALIZACiÓN EFECTUADA AL SEGU NDO JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO, RANCAGUA, El Contralor Reg ional que suscribe, cumple con rem itir a US IItma" para su conocimiento, copia del Informe Final senalado en el ru bro, con el re sultado del examen que se practicara en el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando Saluda atentamen}e a US,lltma, I ' {tll/l MARIO Qu,:t"'t:!.~ r O\FTA cmhralof< f<~g~o 'A l. ~, ll bmld:y.r.. n",!b.m',," "' 1(1'::11$, / Con!" I "~G,n,,, I J,I, '~"'. I. ', AL SEÑOR PRESI DENTE DE LA IL TMA. CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA /o/::~~;;~ N TE 0<"",",," G.,'.ro ~ 25 1 _ Rono... " r"", 3ó31C~ F., 3,3100 """'00",',"0',"01
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLI CA CONTRAlORiA REGIONAL DEL LIBERTADOR GE NERAL BERNARDO O'HIGG INS UNIDAD DE AUDITORIA E INSPECCiÓN DIMP 6020!11 INFORME FI NAL W 64, DE 2011, SOBRE VISITA Al SEGU NDO JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO. RANCAGUA, 29 de Julio de 201 1 En cumplimiento del Plan Anual de FiSCal ización y conforme a las disposiciones contenidas en la ley N" 10.336, Organlca Constitucional de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República. personal de esta Entidad de Control se constituyó en las dependencias del Juzgado Individualizado en el epigrafe. Efectuar un examen a la cuenta corriente N 41700060444, materia civil. del Banco Estado, suculsal San Fernando, resp ecto del período julio de 2010 al 6 de junio de 2011, con el objeto de verificar si los proced imientos de control establecidos en el manejo de la cuenta comente permiten la obtención de una información confiabte y verificar la efectividad de los datos con tenidos en el libro contable del Tribuna l Metodología la mencionada labor se desarrolló de conformidad con las normas y procedimientos de revisión de las cuentas corrientes bancarias de Tribuna les, apro bados por este Organ ismo Contralor en el oficio DAA N' 214 de 1983, Incluyendo, por lo tanto, la verificación de la documentación legal de respaldo correspondiente Asimismo se procedió a revisar y analizar las medidas adoptadas por el Tribunal para subsanar la diferencia sel'\alada en las observaciones contenidas en el Informe Final N' 123, de 2010, referidas al examen de la cuenta corriente y a la nómina de boletas, efectuada para el perí odo julio de 2009 a ju nio de 2010. AL SEfíJOR MARIO QUEZADA FONSECA CO NTRALOR REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGI NS PRESE NT E Clle "'T 125'2(; 11 01",,,, "' G.,,,,'o 251 - "'oc... ", r~no 35}IOO r.,.35jioi wwwoool"lo,'. "
CONTRALORíA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGI NS UNIDAD DE AUDI TORíA E INSPECCiÓN La visita Inspectlva estuvo orientada a examinar el movimiento de fondos de la aludida cuenta comente jurisdiccional que el Juzgado de la referencia mantiene vigente en el mencionado Banco Estado, para lo cual se tuvieron en consideración los siguientes antecedentes: -libro Banco, que registra los ingresos y egresos desde ju lio de 2010 a junio de 2011. - Boletas de depósitos con saldos y giradas desde julio de 2010 a Jun io de 2011. - Cartolas bancarias y certificados de saldos del Banco Estado al 6 de Junio del2011 - Talonarios de cheques desde julio de 2010 a junio de 2011. - Nómina de boletas con saldos al6 de junio de 2011, - Boletas de depósitos con saldos desde noviembre de1984 al 6 de Junio de 2011, - Expedientes por tramitar. Universo y muestra El universo de depósitos para dicha cuenta, correspondiente al período julio de 2010 al6 junio de 2011, alcanza a $ 413 830.299 Y el de los egresos, para Igual periodo, fue de $ 445007889, los que fueron examinados en un 100% El un iverso de exped ientes de causas de competencia CIVil y Laboral es de 4.491, de los cuales se revisó una muestra de 25 expedientes. 1, SOBRE EXAMEN DE LA CUENTA CORR IENTE BANCARIA a, En el examen de la cuenta corriente al 6 de junio de 2011, se ha obtenido el siguiente resu ltado: Resumen mensual' Saldo mes anterior al Más depósitos del mes Más cheques caducados : 31 de mayo 2011 : junio 20 11 Menos cheques girados : junio 2011 Saldo rea l del Tribunal al6 de Junio de 20 11, $ 541.582 881 $ 2.880595 $ O $ Q $ 544.463476 ül c, o.", w"""o 2" _ R.,,,",,,,, Fooo 3,,100 f.,,5310, wwweoo,,."'''.ol
CONTRALORIA REGIONAL DEL LIBERTADOR GE NERAL BERNARDO O'HIGG INS UNIDAD DE AUDITORIA E INSPECCiÓN Conciliación bancaria. Saldo según cartola Banco al6 de JuniO 20 11 Menos cheques girados y no cobrados Ajustes vanos Saldo Conciliación 1-) 1-) $ 550 279.102 S 5.335.418 S 480.208 $ 544 463.476 b. La nómina de boletas de depósitos pendientes de giro entregada por el Tribunal a la comisión de fiscalización, para su revisión. alcanza a $ 547.173998: dando como resultado una diferencia de 52.7 10.522, entre el saldo contable y la nómina de boletas al6 de junio de 2011. la que se genera por los siguientes motivos b.l. Las Siguientes bojetas fueron giradas por $2000, en exceso sobre lo consignado en cada una de ellas. situación que afecta al saldo contable' 911240 1995 18-(16-3000 11 0070 1995 16-05- b,2 La boleta de depósito W 1943775, del16 de mayo de 1988, por $3.000000, fue parcialmente girada en forma errónea por el Tribunal. según se detalla a continuación: El primer giro fue con cheque N" 137102, del 31 de mayo de 1988, por $2.706.522, pagado por el banco en esa misma fecha, según cartola W 7, oportunidad en que el Tribunal, al percatarse de este error, procedió a solicitar la restitución de los fondos - El reintegro de los dineros dio origen a una nueva boleta de depósito, la N' 0010505, del 3 de junio de 1988, por S 2.706.522, la cual se vuelve a girar en forma errónea con cheque W 137114, del 17 de junio de 1988. Finalmente, en atención a que fue rechazada la demanda la ejecutada solicitó el giro de $2.706.522, con cargo a la boleta N" 1943775, el que se efectuó el 30 de septiembre de 1993, mediante el cheque N" 132236, el cual según consta en la cartola bancaria N" 19, fu e pagado por el banco l' de octubre de 1993 DI""",.. <:>'"""0 11 261 ' ''<><loo Fooo J531oo, F. x 3;J10' w.vw <""">le,,. el
CONTRALORIA REGIONAL DE L LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS UNIDAD DE AUDITOR la E INSPECC ión En atención a lo ind icado, la diferencia determinada entre el saldo de la nómina corregida y el saldo contable al 6 de junio de 2011, de $ 2.710 522, se explica de la sigu iente forma, Suma de boletas con saldos al 6 de Junio de 2011 Menos, Boletas giradas por mayor monto (letra b, 1) Boleta girada erróneamente (lelra b 2) Saldo contable al6 de junio de 2011 $547 173.998 $ 4000 S 2,706522 $544.463.476 Cabe ind icar que la referida diferencia, ya había sido observada por esta Con tr aloría Regional en el Informe Final N 123, de 2010 Sin em bargo, a la fecha el Tribunal no la ha regularizado c. De acuerdo a los antecedentes revisados en el Tribunal, se hace presente que en el inciso primero del artícu lo 515, del Código Orgánico de Tribunales, señala que ' Pasarán a la Corporación los depósitos JudiCiales cuya restit UCión no fuere solicitada por los inleresados dentro de un plazo de CinCO años, contado desde que exista resolución ejecutoriada del abandono del procedimiento". A su vez, el Inciso segundo del articulo referido dispone que "Los depósitos Judiciales que tengan más de diez años y que InCidan en Juicios o gestiones cuyos exped ientes no se encuentren o no puedan determinarse, figu rarán en listas que el secretario o administrador del tribunal colocará durante treinta días en un lugar visible de la secretari a del tribuna l Transcurrido este plazo sin que se pidiere le restitución, o desechada esta solicitud que se tramitará en form a InCidental, el tribunal decretará el ingreso del depósito a favor de la Corporación", En re lación a lo anterior, se debe sef'ialar que el Tribunal no ha remitido los fondos depositados en la cuenta corriente en examen, que cumplan con los requisitos ya señalados, a la Corporación Adm inistrativa del Poder JudiCIal 1. SOBRE EXAMEN DE EXPED IENTES Al respecto. de la muestra examinada se verificó la certificación de los depósitos ingresados a la cuenta corriente. En cuanto a los egresos, se verificó que 14 expedientes registran la certificación de los giros, y de los 11 restantes no han sido so licitados los fondos, De acuerdo a lo anterior, no existen observaciones que formu lar sobre esta materia, 0''''... G.,'''''O. 161 R.rcaJc, Fono 153100 F" 15310' ""~, oo.",. "'.. el,
CO NTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORiA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGG INS UNIDAD DE AUDITORíA E INSPECCiÓN 11. CONCLUSIO NES 1. acuerdo lo señalado pre cedentemente, cons lderalldo los antecedentes aportados por el Tribunal, se ha determinado una diferencia de S 2.710.522 entre el sa ldo disponible al 6 de Junio de 20 11, de la cuenta corriente del Segundo Juzgado de Letras y Menores de San Fernand o y la nómina de boleta s con saldos a esa misma data, diferencia que se produce por las razones exp licadas anteriormente, Luego, no procede dar la aprobaci ón a la referida cuenta comente. en tanto no se efectúen e informen a este Orgalllsmo de Control, las regularizaciones de los giros de boletas indicados en el numeral I b, del cuerpo de este Informe. 2, Finalmente, corresponde que ese Tribunal de cumplimiento a las disposiciones contenidas en el articu lo 515, del Código Orgánico de Tribunales, a objeto de remitir los fondos depositados en la cuenta comente en examen a la Corporación Admilllstrativa del Poder Jud icial, en los casos que corresponda. Saluda atentamente a Ud, PIETRO BERNASCONI ROMERO Jde de Contrnl Ett"rr.o COll:",mri~ RegtOMI Ilei Libertador Gr3l. Bemaroo Q'HI<J9'f1S 01 0' " C",,",o * ló' - R."".g'''' f.ono 153'0-1. Fa, 1~:)1O' "ww conlr,lori, e'
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