Anexos ACTAS DE POLICÍA EN EL SISTEMA ACUSATORIO MEXICANO Acta policial 1 acta de reconocimiento de personas I. Testimonio En la del municipio de, estado de Jalisco, a las horas, del día del año 2013. En las oficinas de la policía, sala de identificación de detenidos, comparece que se identifica con credencial, número, ante la presencia del oficial de la policía, expresa que voluntariamente acude a colaborar con las labores policiales para establecer la identidad del probable autor o partícipe en el delito de, en el que aparece como víctima (-ofendido-). Después de exhibirle un grupo de personas, de sexo, edad y características similares, que portan un número del al, el/la compareciente expresa que la persona que porta el número la reconoce como aquella que observó que realizaba la siguiente acción u omisión:, a las horas del día del mes del año 2013. Nombre y firma del testigo Nombre y firma del agente de la policía 157
158 anexos II. Observaciones generales III. Antecedentes y elementos de identidad de la persona detenida La persona que porta el número que ha sido señalada por el compareciente, se informa que responde al nombre de y tiene registros en los sistemas de inteligencia de esta oficina policial de antecedentes que consisten en. Lesiones ( ) Violencia doméstica ( ) Amenazas ( ) Escandalizar en la vía pública ( ) Daños ( ) La identidad de la persona se compone de las siguientes características: Físicas: Tipo de vestimenta: Señas particulares: A esta acta policial se adjunta fotografía de la diligencia y fotografía individualizada de la persona que ha sido reconocida por el testigo. Funcionario a cargo del procedimiento de recolección de información y fotografías: 1. 2. 3. Funcionarios policiales que participan en la diligencia de reconocimiento de persona. 1. 2. 3. Nombre Firma Grado
anexos 159 Acta original entregada por el oficial de policía, placa institucional número, al agente del Ministerio Público de nombre en apoyo a las investigaciones del delito de, en el que aparece como víctima. Recibe Nombre y firma del agente del MP: Hora: Fecha: La copia del acta policial, firmada de recibido se anexa a la carpeta de investigación policial del agente que llevó a cabo la actividad investigativa de apoyo para establecer la identidad del probable autor o partícipe del hecho.
160 anexos Acta policial 2 Acta de entrevista de testigo La información que le proporcionen al policía deberá anotarla en el acta para hacerla llegar, en su caso, al Ministerio Público. Este a su vez podrá integrarla a la carpeta de investigación para procesar la evidencia racional que contiene. Acta de entrevista Testigos o víctimas del delito Fecha: Lugar: Hora: Con fundamento en el artículo ( ) del Código de Procedimientos Penales, los suscritos, agentes de la policía ( ) en relación con los hechos que pudieran ser constitutivos del delito de cometido en perjuicio de, procede a entrevistar a la(s) siguiente(s) persona(s): Nombre del testigo: Dirección: Teléfono: Identificación: Relato de la entrevista: Nombre del testigo: Dirección: Teléfono: Identificación:
anexos 161 Relato de la entrevista: Observaciones y comentarios de los agentes: Policía Nombre y firma Policía Nombre y firma Persona entrevistada Nombre y firma Recibí original del acta policial: (Nombre del agente del Ministerio Público). Fecha y hora de recepción:
162 anexos Acta policial 3 Acta de entrevista de testigos Descripcion de elementos de identidad del sospechoso Facultad de la policía: fundamento en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que coloca a los agentes de una institución policial como corresponsables en la investigación del delito. Objetivos de esta acta de entrevista: a) Practicar diligencias orientadas a la individualización física de los autores o partícipes del hecho. b) Recabar datos para la identificación del imputado y proporcionarlos al Ministerio Público. c) Aplicación de algunas técnicas de identificación criminal dirigidas a obtener la identidad del probable imputado. Acta para determinar identidad del autor o particípe de un delito Fecha: Lugar: Hora: Con fundamento en el artículo ( ) del Código de Procedimientos Penales, el suscrito agente de la policía con credencial número, en relación con los hechos que pudiesen ser constitutivos del delito de ocurridos el día a las horas, hago de su conocimiento los datos recabados para la identificación del probable imputado: Datos de identidad: Nombre: Apodo:
anexos 163 Edad aproximada: Sexo: Domicilio o lugar de localización: Ocupación: Características físicas: Complexión:, Estatura:, Color de piel:, Color y tipo de cabello:, Ojos:, Marcas o tatuajes:, Barba:, Bigote:. Otras características físicas: _ Tipo de vestimenta: Usa lentes?: Usa cachucha o sombrero?: Otros: Los datos para lograr la identidad del probable autor o partícipe del delito fueron aportados por las siguientes personas: Víctima: (Nombre y domicilio) Testigos: (Nombre y domicilio)
164 anexos Coautor o copartícipe: (Nombre y domicilio) Otros medios: (describirlos) Solicitud de aplicación de alguna técnica de identificación a los peritos oficiales: (indicarla) Nombre y firma del policía: Nombre y firma del policía: Recibe acta de datos de identificación: (Agente del Ministerio Público Fecha y hora de recepción del acta:
anexos 165 Acta policial 4 Derechos del imputado a) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 20, apartado B. b) Los tratados internacionales. Acta de lectura de derechos En a días del mes de del año siendo las horas, el policía de nombre con número de credencial que llevó a cabo la detención, procede a informar a la persona de nombre el contenido del artículo ( ) del Código de Procedimientos Penales, que contiene entre otros los siguientes derechos a favor de toda persona detenida, en calidad de probable responsable de un delito: I) Le informa de manera clara y comprensible la causa o motivo de su privación de libertad; II) No declarar, y lo que diga podrá ser usado en su contra; III) Tener una comunicación inmediata para informar de su captura a quien desee; IV) La asistencia de un defensor que designe, o bien por un defensor público; V) La asistencia de un traductor o intérprete, en caso de no comprender o hablar el idioma castellano; VI) Ser presentado inmediatamente ante el Ministerio Público o juez de garantía para ser informado de los hechos que se le imputan; VII) No ser sometido a técnicas o métodos que induzcan o alteren su voluntad o atenten contra su dignidad; VIII) No ser presentado ante los medios de comunicación, ni ser objeto de información;
166 anexos IX) Solicitar asistencia social para menores de edad o personas con discapacidad que estén a su cuidado. En este caso, se le exhibió al detenido la orden emitida en su contra por (autoridad que emitió la orden) En delito fragante: Fecha y hora Caso de urgencia: Fecha y hora Datos de la(s) persona(s) detenida(s): Nombre: Identificación: Domicilio: A. Me fueron leídos mis derechos Nombre y firma del imputado:. B. Se negó a firmar ( ) 1. 2. Nombre y firma del policía que realiza la detención.
anexos 167 Acta policial 5 Acta de entrevista al imputado Obligación de la policía: fundamento en el artículo ( ) del Código de Procedimientos Penales. Es de gran importancia la entrevista al imputado en el esclarecimiento de hechos constitutivos de delito. Cuando está dispuesto a ofrecer información en relación con el delito cometido o también respecto de otros hechos presuntamente delictivos de los que tuvo conocimiento, la policía debe registrar el contenido de esta información, a través de un acta policial y de ser posible videograbarla o audiograbarla. Los datos, evidencias o vestigios que aporte en la entrevista son de suma importancia para el desarrollo de una investigación, que debe encaminarse a recolectar otros elementos de prueba que permitan la verificación de la información aportada por el detenido. Si el imputado proporciona datos o elementos de prueba que resulten relevantes para los hechos que en ese instante son investigados, deben asentarse de inmediato en el acta respectiva. En cambio, si el imputado quiere hacer el reconocimiento de un hecho por haber sido autor o partícipe, es decir, si desea llevar a cabo una declaración, de inmediato deberá notificarse al agente del Ministerio Público y al defensor público o privado, para que se lleve a cabo en las instalaciones apropiadas de la autoridad investigadora. Requisito importante: (Anexar Lectura de Derechos cuando se realice la entrevista, y anotar la información esencial que proporcione el imputado). Acta de entrevista al imputado Fecha: Lugar: Hora:
168 anexos Con fundamento en el artículo ( ) del Código de Procedimientos Penales, los suscritos, agentes de la policía ( ) en relación con los hechos que pudieran ser constitutivos del delito de cometido en perjuicio de, procede a entrevistar a la(s) siguiente(s) persona(s): Nombre del detenido: Dirección: Teléfono: Identificación: Relato o datos aportados en la entrevista ( ) En relación con el delito investigado ( ) Con respecto a otros delitos de los cuales tuvo conocimiento. Descripción: Observaciones y comentarios de los agentes: ( ) El detenido explica que es autor o partícipe del delito investigado o de otros delitos. Desea rendir declaración con asistencia de defensor público o privado ante el agente del Ministerio Público. Anotar los datos que aporta al respecto el detenido: Traslado a las instalaciones del Ministerio Público. Fecha y hora: Policía Nombre y firma Policía Nombre y firma Persona entrevistada Nombre y firma
anexos 169 El detenido no desea firmar ( ) Recibí original del acta policial: (nombre del agente del Ministerio Público). Fecha y hora de recepción:
170 anexos Acta policial 6 Acta de preservación y conservación de la escena del crimen La escena del crimen constituye un lugar muy importante respecto a la investigación de los delitos. La labor de la policía en la escena del crimen es fundamental porque es necesario identificar el lugar, delimitar el perímetro y preservar toda la evidencia física localizada junto con objetos o instrumentos del delito. Cuándo procede preservar la escena del crimen? En todos los delitos donde existan evidencias físicas o biológicas necesarias para la investigación de los hechos (robos, homicidios, secuestros, violación, delitos contra la salud, peculado, etcétera). En los casos donde se localicen restos óseos u osamentas, en muertes donde exista duda respecto a la forma en que ocurrieron. Preservación de la escena del crimen Cuántos niveles o perímetros de seguridad deben resguardarse por la policía? 1. El primer nivel de seguridad donde está la evidencia principal y las evidencias asociadas. 2. El segundo nivel de seguridad que abarca un perímetro de protección suficiente para la evidencia principal. 3. El tercer nivel de seguridad donde tendrán acceso la policía y el M. P. 4. El cuarto nivel de seguridad donde pueden permanecer los medios de comunicación.
anexos 171 Quiénes deben preservar la escena del crimen? La policía que llegue primero al lugar de los hechos, quien tendrá la obligación de entregarle al Ministerio Público o a los servicios periciales de esta institución, un acta en la que reciben la escena del crimen y todas las evidencias asociadas. Acta de conservación de la evidencia y preservación del lugar En la ciudad de a los días del mes de del año, siendo las horas, en cumplimiento al aviso dado por: ( ) Policía ( ) Persona identificada (nombre y domicilio) ( ) Otros El o los suscrito(s) agente(s) de la policía (anotar el nombre completo y número de placa o credencial) constituido(s) en el lugar procede(n) a dar cumplimiento a lo que establece el artículo ( ) del Código de Procedimientos Penales del estado de, respecto a la preservación y conservación de la evidencia que pueda ser útil en la investigación de los hechos ocurridos a las del día que pueden ser constitutivos de delito. El sitio del suceso o del hallazgo se ubica en, entre las calles. A partir de la evidencia principal, se realiza el acordonamiento de la zona con los siguientes niveles de seguridad: ( ) Primer nivel de seguridad: metros. ( ) Segundo nivel de seguridad: metros.
172 anexos ( ) Tercer nivel de seguridad: metros. ( ) Cuarto nivel de seguridad: metros. Por lo tanto, se procede al levantamiento y embalaje de las siguientes evidencias asociativas que por las circunstancias que prevalecen, existe riesgo fundado de que pueden alterarse, perderse o destruirse: Evidencias físicas: En cuanto al sitio del evento se procede a su: ( ) Clausura (si se trata de lugar cerrado). Ubicación del lugar ( ) Aislamiento (si se trata de lugar abierto) Ubicación del lugar Lo anterior para efecto de que se preserve el lugar, en virtud de que resulta necesaria la comparecencia de personal especializado para el levantamiento y embalaje de evidencias. Acto seguido se efectúa la entrega del lugar de los hechos o del hallazgo, objeto de la investigación criminalística, a la siguiente autoridad: ( ) Policía ministerial Nombre del policía que recibe: Número de placa o credencial: Fecha y hora de la recepción del lugar:
anexos 173 ( ) Perito de los servicios periciales Nombre del policía que recibe: Número de placa o credencial: Fecha y hora de la recepción del lugar: ( ) Agente del Ministerio Público Nombre del policía que recibe: Número de placa o credencial: Fecha y hora de la recepción del lugar: