REGLAS DE CERTIFICACIÓN MARCA NF - ARDOISES PARTE 2 EXIGENCIAS QUE DEBE RESPETAR EL SOLICITANTE/TITULAR



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Transcripción:

REGLAS DE CERTIFICACIÓN MARCA NF - ARDOISES PARTE 2 EXIGENCIAS QUE DEBE RESPETAR EL SOLICITANTE/TITULAR ÍNDICE 2.1. Exigencias relativas a los productos 2.2. Exigencias relativas al sistema de gestión de la calidad 2.3. Exigencias relativas al marcado 2.4. Compromisos del solicitante/titular Rev. 2 - Agosto de 2014

2.1. EXIGENCIAS RELATIVAS A LOS PRODUCTOS 2.1.1. NORMAS DE REFERENCIA NF P 32-301 (Agosto de 1958) Características generales de las pizarras. NF EN 12326-1 (Abril de 2005) - Pizarras y elementos de piedra para cubiertas y revestimientos en discontinuo Especificaciones del producto. NF EN 12326-2 (Septiembre de 2011) Pizarras y elementos de piedra para cubiertas y revestimientos en discontinuo Métodos de prueba. 2.1.2. ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA A continuación se definen las especificaciones y métodos de prueba para la marca NF. Se basan en las normas citadas anteriormente con eventuales complementos, detalles o modificaciones. Las pizarras de tejado tienen una forma y unas dimensiones definidas (ver la norma NF EN 12326-1 apartado 5.12). Las pizarras rectangulares de tejado deben estar descascarilladas. Las pizarras de tejados con una geometría diferente deben estar descascarilladas en dos o tres lados de la cara superior. Descascarillado: Corte en bisel de los lados de pizarra; el descascarillado indica la cara superior de la pizarra. Pueden estar achaflanadas. Achaflanado: Ángulo superior cortado de pizarra (ver el esquema que figura continuación). Esquema: Zona achaflanable (dimensiones en mm) Sobre el borde superior de la pizarra (ángulo superior), el achaflanado no debe L situarse a menos de 1 cm del eje de la pizarra, es decir 2 - A 1 cm. Parte 2 página 2

En el borde lateral de la pizarra, se deben observar simultáneamente las siguientes reglas: - el achaflanado es como máximo igual a la mitad del ancho de la pizarra, - el borde lateral de la pizarra es al menos igual al ancho de la pizarra, es decir, L B 2 y H B L. a) Espesor y resistencia a la flexión El espesor se determina según las disposiciones del apartado 8 de la norma NF EN 12326-2. El espesor de las pizarras no debe ser inferior a 2,0 mm. El espesor individual debe ser superior o igual al espesor individual mínimo requerido. En lo relativo a la expresión de los resultados de las pruebas de resistencia a la flexión, el cálculo del módulo de rotura se calcula tomando para el parámetro ei, la media de 16 espesores medidos después de la prueba. El informe de pruebas debe mencionar, además de los elementos indicados en el apartado 10.6 de la norma NF EN 12326-2, los siguientes elementos: - la carga de rotura media a la flexión para las orientaciones perpendiculares y paralelas; - la orientación del módulo máximo de rotura si existe una diferencia importante entre ambas orientaciones (según el test de student, unilateral siendo =5%), es decir, una mención que indique que no existe una diferencia significativa entre los módulos de rotura según las dos orientaciones. Las medidas de espesor individual deben estar incluidas en los límites declarados, que no deben sobrepasar ± 25% el espesor nominal declarado. Se trata de calcular la variación del espesor individual respecto al espesor nominal según la siguiente fórmula: ek V = [( en ) 1] x 100 e k siendo el espesor individual el más alejado de espesor nominal declarado e n. El espesor individual de base se calcula según el anexo D de la norma NF EN 12326-1 utilizando el valor X =1 para el sentido transversal y X = 1 para el sentido longitudinal. El espesor individual e i de las pizarras se determina según el apartado 8.2 de la norma NF EN 12326-2 como la media de 4 medidas de espesor. Para la admisión, los resultados de las pruebas de resistencia a la flexión realizadas según el apartado 10 de la norma NF EN 12326-2 deben cumplir las exigencias del apartado 2.3.1 de la norma NF P 32-301. b) Absorción de agua La prueba se realiza según el apartado 11 de la norma NF EN 12326-2. La absorción de agua debe ser inferior o igual al 0,4%. c) Prueba de ciclo térmico La prueba se realiza según el apartado 16 de la norma NF EN 12326-2. En el contexto de la Marca NF sólo se adopta el código T1. Parte 2 página 3

Al final de la prueba, no se debe observar: - ningún cambio de aspecto (ver el apartado 5.7 de la norma NF EN 12326-1: las pizarras no deben presentar exfoliaciones, ni fisuras, ni ninguna modificación estructural importante ). - cambio color de las inclusiones metálicas que afecten a la estructura o formen manchas de decoloración. En cambio, se acepta la oxidación de los minerales metálicos (pátina), exceptuando las escurriduras de óxido. En caso de impugnación del resultado por el fabricante, se realizará una prueba complementaria de caracterización de la naturaleza de la escurridura (microanálisis, difracción X o fluorescencia X). d) Contenido aparente en carbonato de calcio La prueba se realiza según el apartado 13 de la norma NF EN 12326-2. El contenido aparente en carbonato de calcio no debe ser superior al límite más alto declarado por el fabricante (este límite debe ser inferior o igual al 3%). e) Prueba de exposición al dióxido de azufre La prueba se realiza según el apartado 14 de la norma NF EN 12326-2. Sólo se adopta el código S1 en el contexto de la marca NF. Después de examinar las muestras a simple vista, no se deberán detectar hinchazones, reblandecimientos, disgregaciones o fisuras en los cantos o escamados superficiales. f) Contenido en carbono no carbonatado La prueba se realiza según el apartado 13 de la norma NF EN 12326-2. El contenido en carbono no carbonatado de las pizarras de cubierta debe ser inferior al 1,5%. g) Características o particularidades Terminología: Nudo Flexuración con delaminación marcada (Kink band) Línea blanca de cuarzo Fina Modificación del plan de fisibilidad de la pizarra que crea un abombamiento, algunas veces en sobreespesor y, eventualmente, con presencia de cuerpos extraños Deformación de la superficie de la pizarra producida por cambios súbitos en la orientación de los planes de foliación Fractura de la pizarra al sesgo respecto al plano de fisibilidad. A veces, puede inducir una separación del plano de fisibilidad; muy resistente, no disminuye la solidez de la pizarra. Fractura de la pizarra perpendicular al plano de fisibilidad y perpendicular a la hebra 1. 1 Hebra: Orientación general de la piedra (sentido en el que se obtiene la mayor resistencia a la flexión). La longitud de la pizarra generalmente es paralela a la hebra. Parte 2 página 4

Sección Calva Pelo Hilo Hilo de cuarzo Pirita de hierro que interrumpe la fisura de la pizarra Concentración blanquecina, flor o roseta Defecto de fisura o defecto de foliación Travesaño o enlistonado Fractura de la pizarra perpendicular al plano de fisibilidad y paralela a la hebra. Fractura de la pizarra en sesgo respecto al plano de fisibilidad sin relleno cuarzoso. Fragmentos muy pequeños que se desprenden de la superficie de una pizarra durante la operación de hendidura. Fina, sección o calva. Fractura de la pizarra en sesgo respecto al plano de fisibilidad con relleno de cuarzo entre los dos bordes de la fractura. A veces, puede inducir una separación del plano de fisibilidad; muy resistente, no disminuye la solidez de la pizarra. Zona de aspecto rugoso (de 1 a 5 cm) alargada en todos los sentidos Depósito de películas blanquecino, que puede sufrir evoluciones de color, generalmente en forma de rosetón, y que puede desaparecer con el paso del tiempo. Discontinuidad del espesor relacionado con la estructura de las pizarras Banda sedimentaria Parte 2 página 5

Después de examen macroscópico de pizarras enteras, las pizarras deben estar en conformidad con la parte correspondiente del cuadro declarada por el fabricante. Código D1 D2 Exigencias tras la observación después del examen macroscópico No deben ponerse de manifiesto los siguientes defectos: - flexuraciones con delaminación marcada que afecten a la planimetría y al espesor, - nudos y sobreespesores superiores o iguales a 1 mm - los hilos de cuarzo, - Línea blanca de cuarzo, finas, secciones, calvas, - concentración blanquecina, flor o roseta en la cara superior, - travesaño (o enlistonado) superior a 3 mm, - La pizarra debe ser muy plana. No deben ponerse de manifiesto los siguientes defectos: - flexuraciones con delaminación marcada que afecten a la planimetría y al espesor - nudos y sobreespesores superiores o iguales a 3 mm aceptados, - hilos de cuarzo quebradizos, - concentración blanquecina, flor o roseta en la cara superior, si la superficie del defecto es superior a 4 cm², - travesaño (o enlistonado) superior a 6 mm, - La pizarra puede ser plana o muy plana h) Color de las pizarras Ver el artículo A.1 1 del anexo A de la norma EN 12326-1 para información. i) Dimensiones Longitud y anchura (según el apartado 5 de la norma NF EN 12326-2): Las dimensiones de las pizarras rectangulares no deben variar más de ± 3 mm respecto a la longitud o a la anchura declarada por el fabricante. Rectitud de los bordes (según el apartado 6 de la norma NF EN 12326-2): La desviación de rectitud de uno u otro de los lados grandes de las pizarras rectangulares no debe sobrepasar los siguientes límites: - en las pizarras que no sobrepasen 300 mm de longitud, la desviación no deberá ser superior a 3,0 mm; - en las pizarras que sobrepasen 300 mm, el escuadrado de longitud no deberá ser superior al 1% de la longitud. Deformación de la pizarra: Prueba de deformación Las pizarras de uso normal se clasifican según su desviación de deformación presente en el siguiente cuadro: Parte 2 página 6

Resultado Muy plana Plana Desviación en mm MP < 1 mm 1 mm P < 2 mm Las pizarras con una desviación superior o igual a 2 mm no están admitidas en la marca NF. j) Masa por unidad de volumen Las pizarras deben tener una masa por unidad de volumen (determinada según el apartado 4.2.1 de la norma NF P 32-301) al menos igual a 2,6. Esta prueba se realiza durante la admisión. 2.2. EXIGENCIAS RELATIVAS AL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD El titular debe respetar las prescripciones de esta Parte relativas al control de la producción y, de forma general: - identificar los aspectos de su gestión relacionados con la conformidad con las normas en cuestión y con estas reglas, así como traducir las especificaciones de estos documentos por medios que se deben implantar; - haber establecido y respetado un plan de calidad que permita:. obtener la calidad requerida (procedimientos),. verificar que se ha obtenido (controles, pruebas),. demostrar posteriormente que se ha obtenido y verificado (registros de control). 2.2.1. EXIGENCIAS GENERALES El objetivo que debe alcanzar el titular es el mantenimiento de la conformidad de sus productos con los modelos admitidos. El solicitante o el titular deben aportar la prueba de las disposiciones de gestión de la calidad que se han implantado. El sistema de gestión de la calidad del fabricante debe ser conforme con las exigencias mínimas definidas a continuación, basadas en las exigencias de la norma NF EN ISO 9001:2008 y cuyo alcance ha sido limitado a la organización de la producción del producto en cuestión por la aplicación de esta Marca. a) Sistema de gestión de la calidad apartado 4 de la norma NF EN ISO 9001:2008 El fabricante debe definir y consignar por escrito, en la forma adaptada al modo de funcionamiento de la sociedad, cómo cumplir las exigencias para la calidad. Debe: - redactar un manual de calidad que describa la organización general de la sociedad en materia de calidad para la aplicación de estas reglas. Este manual de Calidad incluye los procedimientos documentados establecidos para el sistema de gestión de la calidad o la referencia a ellos. - establecer procedimientos por escrito coherentes con las exigencias de estas reglas y con la política de calidad formulada por la dirección, - implantar realmente el sistema de gestión de la calidad y sus procedimientos por escrito. Parte 2 página 7

b) Control de los documentos apartado 4.2.3. de la norma NF EN ISO 9001:2008 El fabricante debe establecer y actualizar los procedimientos por escrito de gestión de todos los documentos y de todos los datos relativos a las exigencias de estas reglas (incluyendo los documentos de origen exterior como las normas o estas reglas). Estos procedimientos deben permitir verificar que: - en todos los lugares operacionales están disponibles las ediciones pertinentes de los documentos adecuados; - los documentos no válidos y/o caducados se retiran inmediatamente de los puntos de difusión o de utilización. c) Control de los registros apartado 4.2.4. de la norma NF EN ISO 9001:2008 Todos los registros relativos a la calidad deberán ser legibles, almacenados y conservados de forma que se puedan encontrar fácilmente en instalaciones que ofrezcan un entorno adecuado para minimizar los deterioros o daños y evitar las pérdidas. Se deberán definir y registrar los períodos de conservación de los registros relativos a la calidad. d) Responsabilidad de la dirección apartado 5 de la norma NF EN ISO 9001:2008 Política calidad objetivos: La dirección del fabricante debe definir y reflejar por escrito su política, sus objetivos y su compromiso en materia de calidad. Revisión de dirección y planificación (apartado 5.4 de la norma ISO 9001): Se deben organizar periódicamente revisiones de dirección para cerciorarse de que el sistema de gestión de la calidad implantado sigue siendo apropiado y eficaz. Además, se deben establecer informes de dichas revisiones. e) Competencias, formación y sensibilización apartado 6.2.2. de la norma NF EN ISO 9001:2008 El personal implicado en los procesos de producción y el encargado de la función pruebas y control deben justificar una formación y una experiencia adecuadas. f) Compras apartado 7.4. de la norma NF EN ISO 9001:2008 El fabricante debe establecer y actualizar procedimientos para garantizar que el producto aprovisionado es conforme con las exigencias especificadas. El fabricante debe: - definir las especificaciones de los productos a aprovisionar (y eventualmente establecer pliegos de condiciones con sus proveedores), - definir sus criterios de elección de los proveedores, - establecer y mantener una lista, actualizada periódicamente, de sus proveedores acreditados, Parte 2 página 8

- establecer y mantener actualizados registros relativos a la calidad de sus proveedores aceptables. Los pedidos deben describir claramente el producto encargado (características, técnicas, cantidades, plazos, etc.), hacer referencia a las especificaciones técnicas del pliego de condiciones y, en su caso, precisar la solicitud de comunicación del certificado de análisis. En caso de subcontratación de la totalidad o parte de la fabricación del producto, el fabricante debe: - evaluar y seleccionar a los subcontratistas en base a su aptitud para satisfacer las exigencias del subpedido, incluyendo las exigencias del sistema de calidad y todas las exigencias específicas de aseguramiento de la calidad; - definir el tipo y la amplitud del control ejercido por el fabricante sobre sus subcontratistas. Este control debe depender del tipo de producto encargado al subcontratista, de la incidencia de este producto sobre la calidad del producto final y, cuando sea aplicable, de los informes de auditorías de calidad y/o de los registros relativos a las aptitudes y resultados que el subcontratista haya demostrado anteriormente; - establecer, mantener actualizados y conservar registros relativos a la calidad de los subcontratistas aceptables. Los pedidos deben describir claramente el producto encargado (características, técnicas, cantidades, plazos, etc.), hacer referencia a las especificaciones técnicas del pliego de condiciones y, en su caso, precisar la solicitud de comunicación del certificado de análisis. Nota: Las operaciones de subcontratación se rigen por los siguientes dos principios: - sólo están autorizadas entre titulares de la Marca (el fabricante que realiza la subcontratación debe ser admitido para las referencias en cuestión), - el titular solicitante de la subcontratación es responsable de la conformidad de los productos certificados NF según las disposiciones de las reglas de certificación sabiendo que en caso de no conformidad, las comprobaciones necesarias son realizadas en las instalaciones del fabricante o del solicitante de la subcontratación en función de las disposiciones de calidad adoptadas para esta subcontratación. g) Control de los procesos apartado 7.5.1. de la norma NF EN ISO 9001:2008 Antes de la puesta en servicio de los equipos de producción, el fabricante debe efectuar su control. Se debe elaborar un programa de mantenimiento periódico de dichos equipos, así como redactar instrucciones de trabajo teniendo en cuenta las atribuciones del puesto y la definición de los criterios de ejecución (remisión a las normas, pliego de condiciones y especificaciones). En caso de subcontratación, se debe redactar un pliego de condiciones preciso destinado al subcontratista. h) Identificación y trazabilidad del producto apartado 7.5.3. de la norma NF EN ISO 9001:2008 El fabricante debe establecer y mantener actualizados procedimientos por escrito que definan las reglas adoptadas para identificar, de forma única, el producto durante todas las fases de la producción (desde la recepción hasta el producto terminado). Esta identificación debe permitir asegurar la trazabilidad y encontrar el histórico del producto. Parte 2 página 9

i) Preservación del producto apartado 7.5.5. de la norma NF EN ISO 9001:2008 El fabricante debe establecer y mantener actualizados procedimientos por escrito para la manutención, el almacenamiento, el acondicionamiento, la preservación y la entrega del producto. Manutención: El fabricante debe prever métodos y medios de manutención del producto que impidan que se dañe o se deteriore. Almacenamiento: El fabricante debe utilizar las áreas o los locales de almacenamiento designados para impedir que el producto se dañe o se deteriore cuando está en espera de ser utilizado o entregado. Para detectar cualquier deterioro, se deberá evaluar el estado del producto en stock a intervalos adecuados y definidos. Acondicionamiento: El fabricante debe controlar los procesos de embalaje, acondicionamiento y marcado en la medida de lo necesario para garantizar la conformidad con las exigencias especificadas. j) Control de los equipos de vigilancia y de medición apartado 7.6. de la norma NF EN ISO 9001:2008 El fabricante debe establecer y mantener actualizados procedimientos por escrito para controlar, calibrar y mantener en estado los equipos de vigilancia, de medición y de pruebas utilizados por el proveedor para demostrar la conformidad del producto con las exigencias especificadas. Los equipos de vigilancia, de medición y de pruebas deben utilizarse de forma que se pueda estar seguro de que se conoce la incertidumbre de medida y que es compatible con la aptitud requerida en materia de medición. El fabricante debe: 1) determinar las mediciones que hay que realizar y seleccionar el equipo de vigilancia, de medición y de pruebas adecuado, 2) identificar todos los equipos de vigilancia, de medición y de pruebas, calibrarlos y ajustarlos a los intervalos prescritos, 3) definir el proceso utilizado para la calibración y la verificación de los equipos de control, de medición y de pruebas, 4) identificar los equipos de vigilancia, de medición y de pruebas con un marcado adecuado o un registro de identificación aprobado para indicar su estado de calibración, 5) mantener actualizados registros de calibración para los equipos de vigilancia, de medición y de pruebas, 6) asegurarse de que las condiciones de entorno son adecuadas para las calibraciones, controles, mediciones y pruebas durante la realización. Parte 2 página 10

k) Vigilancia y medición apartado 8.2. de la norma NF EN ISO 9001:2008 El fabricante debe establecer y actualizar procedimientos por escrito para las operaciones de controles y de pruebas con objeto de verificar que se respetan las exigencias especificadas para el producto. Los controles y pruebas requeridos, así como los registros que hay que realizar deben figurar en un plan de control. Controles y pruebas en la recepción: El fabricante debe garantizar que producto entrante no se utiliza ni se instala (salvo en casos de urgencias particulares que se deben definir) mientras no se haya demostrado su conformidad con las exigencias especificadas (controles u otras disposiciones). Controles y pruebas durante la producción: El fabricante debe: - controlar el producto y realizar pruebas tal como lo requiere el plan de control, - guardar el producto hasta que hayan terminado los controles y las pruebas requeridos o hasta que se hayan recibido y verificado los informes necesarios. Controles y pruebas finales: El fabricante debe realizar todos los controles y pruebas finales de conformidad con el plan de control para demostrar la conformidad del producto terminado con las exigencias especificadas. El plan de control y/o los procedimientos escritos para los controles y las pruebas finales deben exigir que se hayan llevado a cabo todas las pruebas y controles especificados, ya sea en la recepción del producto o durante la producción, y que los resultados cumplan las exigencias especificadas. No se debe expedir ningún producto antes de que se hayan realizado de forma satisfactoria todas las actividades especificadas en el plan de control y/o en los procedimientos por escrito y de que estén disponibles y se hayan aceptado los datos y la documentación asociados. En el contexto de la Marca NF, el plan de control implantado debe incluir obligatoriamente como mínimo las pruebas y controles de conformidad listados en el cuadro que figura a continuación. Los medios que se deben implantar para realizar estos controles y pruebas son de la incumbencia del fabricante siempre y cuando se respetan las siguientes prescripciones. Durante las pruebas realizadas por el fabricante en todos los lotes, cualquier incumplimiento de las especificaciones implica el rechazo del lote (ver la definición del lote en la parte 1, apartado 1.2) Parte 2 página 11

Características Espesor individual Petrografía Defectos Frecuencia de control Cada lote: S3 - NQA4 Al menos una vez cada 3 años Cada lote = S3 - NQA4 Todas las pizarras que presenten un hilo deben ser golpearse para escuchar el sonido. Dimensiones : - longitud y anchura - rectitud de los bordes - escuadrado - Deformación Cada lote = S3 - NQA4 Cada lote = S3 - NQA4 Cada lote = S3 - NQA4 Cada lote = S3 - NQA4 Registro de los controles y pruebas: El fabricante debe establecer y mantener actualizados registros que aporten la prueba de que el producto ha sido sometido a controles y/o pruebas. Estos registros deben mostrar claramente si el producto ha pasado con éxito o no los controles y/o las pruebas de conformidad con criterios de aceptación definidos. Cuando el producto no pasa con éxito los controles y/o las pruebas, se deben aplicar los procedimientos de control de producto no conforme. Los registros deben identificar la autoridad de control responsable de la puesta en circulación del producto. CASO DE LA SUBCONTRATACIÓN DE LAS PRUEBAS Es posible la subcontratación de algunas pruebas con la condición de que no perturbe el proceso de fabricación (debido al plazo de respuesta, por ejemplo). Las condiciones de subcontratación se deben formalizar (definición del subcontratista, frecuencia de pruebas, plazos de respuesta solicitados, comunicación de los resultados por escrito, procedimiento que debe seguirse en caso de no conformidad). En ese caso, el LNE se reserva el derecho de auditar al laboratorio subcontratista para comprobar la conformidad de las disposiciones previstas. l) Auditoría interna apartado 8.2.2. de la norma NF EN ISO 9001:2008 Se deberán organizar periódicamente auditorías de calidad internas bajo la égida de un responsable calidad. Parte 2 página 12

m) Control del producto no conforme apartado 8.3. de la norma NF EN ISO 9001:2008 El fabricante debe establecer y mantener actualizados procedimientos por escrito para garantizar que todo producto no conforme con las exigencias especificadas no pueda ser utilizado o suministrado de forma no intencionada. Se deberán definir las responsabilidades para el examen y la autoridad encargada del tratamiento del producto no conforme. El producto no conforme debe ser examinado según los procedimientos escritos. Puede ser: - retocado para cumplir con las exigencias especificadas, o - desclasificado, para otras aplicaciones, o bien - desechado o rechazado. El producto reparado y/o retocado debe volver a controlarse de conformidad con las exigencias del plan de control y/o de los procedimientos establecidos por escrito. n) Mejora apartado 8.5. de la norma NF EN ISO 9001:2008 El fabricante debe establecer y mantener actualizados procedimientos para implantar acciones correctivas. Los procedimientos de acciones correctivas deben incluir el registro y el tratamiento efectivo de las reclamaciones de los clientes y de los informes de no conformidades de los productos certificados. 2.2.2. EXIGENCIAS PARTICULARES DE LA MARCA NF Los procedimientos por escrito relativos a la identificación y trazabilidad deben prever el marcado de conformidad con las exigencias del apartado 2.3 de estas reglas. Se deberán realizar y conservar registros de las reclamaciones sobre los productos certificados y su tratamiento. 2.3. EXIGENCIAS RELATIVAS AL MARCADO El marcado forma parte integrante de la certificación de un producto. Más allá de la identificación de un producto certificado y de su trazabilidad, el marcado del embalaje del producto por el logotipo NF garantiza una mayor protección de los usuarios y permite la defensa de los titulares contra los usos abusivos y las falsificaciones. Sin perjuicio de las sanciones previstas en las reglas generales de la marca NF, todos los anuncios erróneos de las características certificadas y todos los usos fraudulentos del logotipo NF exponen al titular a que se emprendan contra él acciones por fraude y/o publicidad engañosa. La reproducción y la estampación de los logotipos de AFNOR, de AFNOR Certification y del LNE está terminantemente prohibida sin el acuerdo previo de estos organismos. Parte 2 página 13

El titular se compromete a respetar la carta gráfica de la marca NF. El producto certificado NF es objeto de una designación y de una identificación distintas a la de los productos no certificados NF. El titular sólo debe hacer uso del logotipo NF para distinguir los productos certificados NF sin que exista ningún riesgo de confusión con otros productos y en particular con productos no certificados NF. Se recomienda al titular que presente previamente al LNE todos los documentos en los que se menciona la marca NF. RECORDATORIO: El artículo R 115-2 del Código del Consumo francés estipula que: Cuando se hace referencia a la certificación en la publicidad, el etiquetado o la presentación de cualquier producto o servicio, así como en los documentos comerciales de cualquier naturaleza que se remiten a ellos, se deben poner obligatoriamente al alcance del consumidor o del usuario las siguientes informaciones: El nombre o la razón social del organismo certificador o la marca colectiva de certificación, La denominación del referencial de certificación utilizado, Las modalidades según las que puede consultarse u obtenerse el referencial de certificación. 2.3.1. MARCADO EN EL EMBALAJE DEL PRODUCTO CERTIFICADO NF Cada embalaje de las pizarras debe incluir de forma visible y perenne el logotipo NF conforme a las exigencias de la carta gráfica y según las normas específicas y la reglamentación vigente. ARDOISES El logotipo NF debe ir acompañado en el embalaje de las siguientes indicaciones: - una codificación que permita garantizar la trazabilidad del producto; - la designación comercial del producto que figura en el certificado ; - el espesor nominal y el formato de las pizarras (forma y dimensiones); - un punto de referencia que permita la identificación del titular de la marca NF y la cantera productora (número de identificación del productor atribuido durante la notificación de admisión por el LNE); - el mes y el año de fabricación; - el nivel de selección de la pizarra: 1 ª selección o 2 ª selección según los criterios definidos a continuación: Parte 2 página 14

1 ª selección: únicamente las pizarras clasificadas D1 y muy plana; 2 ª selección: las pizarras clasificadas D1 y plana o D2 y muy plana o D2 y plana. - sitio web www.marque-nf.com o www.lne.fr - las características esenciales certificadas - eventualmente, el nombre y la dirección del organismo certificador: LNE, 1 rue Gaston Boissier, 75015 Paris - Francia Nota: teniendo en cuenta la imposibilidad de marcar directamente los productos certificados, las exigencias de marcado se refieren únicamente al embalaje del producto y a la documentación. La versión inglesa certified by LNE está disponible ante el LNE. 2.3.2 FICHA INFORMATIVA Con cada embalaje de pizarra también se deberá adjuntar una ficha informativa. Los titulares deberán tomar las disposiciones necesarias para asegurar el mantenimiento y la integridad del marcado y de la ficha hasta la entrega final. Esta ficha debe incluir obligatoriamente las siguientes informaciones: - el logotipo NF con el contenido de la aplicación; - - el nombre y la dirección del organismo certificador: LNE, 1 rue Gaston Boissier, 75015 Paris - Francia; - el número de identificación del titular y su dirección; - la referencia comercial y el número de lote; - la identificación del referencial y de las normas que sirven de base para la certificación (NF228, normas NF P 32-301 y NF EN 12326-1 y 2), así como la siguiente mención: las reglas de certificación están disponibles en el sitio web del LNE http://www.lne.fr/fr/certification/en_savoir_plus/popup_savoir_plus_228.shtml ; - las dimensiones, la forma y el espesor nominal; - las características certificadas y el nivel de selección de la pizarra (ver el apartado 2.3.1); Parte 2 página 15

La elección de presentación y del formato de esta ficha queda a iniciativa del titular. A continuación figura un modelo a título indicativo: LNE 1, rue Gaston Boissier 75724 Paris cedex 15 - Francia ARDOISES Identificación del titular: Identificación de las pizarras: - nombre - dirección: - referencia: - nº identificación NF: - nº de lote: PIZARRAS CONFORMES CON LAS NORMAS NF P 32-301 Y NF EN 12326-1 y 2 Dimensiones: Forma: Espesor nominal: Tipo (determinado al término de la prueba de deformación): PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS CERTIFICADAS: - Durabilidad - Impermeabilidad - Resistencia a la helada - Resistencia mecánica - Dimensiones Las reglas de certificación NF228 están disponibles en el sitio web del LNE: http://www.lne.fr/fr/certification/en_savoir_plus/popup_savoir_plus_228.shtml 2.3.3 MARCADO EN LA DOCUMENTACIÓN Las referencias a la Marca NF en la documentación (confirmaciones de pedidos, facturas, albaranes de entrega, folletos publicitarios, catálogos, etc.), deben realizarse de forma que no exista riesgo de confusión entre los productos certificados y los demás. La reproducción de la marca NF en la documentación y en la publicidad debe realizarse según las exigencias definidas en el apartado 2.3. Parte 2 página 16

2.4 COMPROMISOS DEL SOLICITANTE/TITULAR El solicitante/titular se compromete en general a aportar al LNE los medios necesarios para realizar las operaciones necesarias para el correcto desarrollo de la evaluación y el seguimiento de su expediente, en particular a: respetar permanentemente las exigencias definidas por las presentes reglas de certificación, y a realizar los cambios necesarios en los plazos establecidos por el LNE en caso de evolución de las reglas de certificación; transmitir a los representantes habilitados por el LNE las informaciones y documentos de trabajo necesarios para el correcto desarrollo de la evaluación; comunicar únicamente informaciones de las que el solicitante/titular se cerciora que son leales y sinceras; designar a un responsable como interlocutor privilegiado del LNE; presentar a los representantes habilitados del LNE al personal destinado a las diferentes misiones; dar todas las instrucciones a su personal para que colabore con los representantes habilitados del LNE, y acepte participar en cualquier entrevista; poner a disposición de los representantes habilitados del LNE los medios de acceso y de transporte en el interior de los centros y lugares de intervención, incluyendo los centros de los subcontratistas llegado el caso; informar a los representantes habilitados del LNE de las disposiciones y normas de seguridad e higiene aplicables a los centros y los lugares de intervención y a su personal y poner a su disposición los eventuales equipos necesarios para su cumplimiento; abonar al LNE los importes debidos en concepto de la evaluación, según las condiciones financieras definidas y aceptadas por el solicitante/titular; Autorizar la presencia de un observador que deberá respetar la confidencialidad. Este observador puede ser impuesto al LNE por normas o acuerdos de los que es firmante. La presencia de este observador es objeto sistemáticamente de una información al solicitante/titular por el LNE antes de la auditoría; tomar las disposiciones necesarias en caso de no conformidad, en los plazos precisados por el LNE; transmitir al responsable de la auditoría las fichas de no conformidad debidamente cumplimentadas, en un plazo de 3 semanas a partir del último día de la auditoría; aplicar las acciones necesarias para permitir la expedición del certificado en un plazo máximo de 11 meses después de la auditoría inicial. Transcurrido este plazo, deberá realizarse una nueva auditoría inicial antes de la certificación; transmitir al laboratorio de la marca las muestras tomadas en las condiciones definidas en las partes 3 y 4. Parte 2 página 17

El titular de un certificado también deberá: estampar la marca NF únicamente en los productos cubiertos por los certificados expedidos por el LNE y conformes a las exigencias aplicables; reservar la denominación comercial del producto exclusivamente para los productos cubiertos por los certificados expedidos por el LNE y conformes a las exigencias aplicables; comunicar previamente al LNE cualquier modificación del producto o cualquier información que pudiera afectar la conformidad con las exigencias de estas reglas; las modalidades de evaluación se definen en la parte 4; tener a disposición del LNE todos los datos o informaciones necesarias para establecer y mantener el certificado; conservar un registro de todas las reclamaciones de las que tenga conocimiento el titular relativas a la conformidad del o de los productos con las exigencias de certificación, poner estos registros a disposición del LNE si lo solicita, y o emprender cualquier acción adecuada en relación con estas reclamaciones y las imperfecciones observadas en los productos que tengan consecuencias sobre su conformidad con las exigencias de la certificación; o documentar las acciones emprendidas; cesar cualquier referencia a la certificación de los productos en cuestión y dejar de utilizar el conjunto de los medios de comunicación que hagan referencia en caso de suspensión, reducción, retirada o negativa de renovación del certificado; autorizar la realización de las evaluaciones de seguimiento durante el período de validez del certificado, en base a la frecuencia precisada en la parte 4, así como cualquier evaluación complementaria debidamente justificada; hacer declaraciones sobre la certificación en coherencia con el alcance del certificado; no utilizar la certificación expedida por el LNE de manera que pudiera perjudicar al LNE, ni hacer declaraciones sobre la certificación de sus productos que el LNE pueda considerar como engañosas o no autorizadas; reproducir los certificados en su totalidad, incluyendo los anexos en caso de suministro a un tercero. Parte 2 página 18