INICIATIVA CON PROYECTO DE GENERAL PARA GARANTIZAR EL NUTRICIÓN, REGLAMENTARIA DE LOS TERCERO, 25, PÁRRAFOS QUINTO Y FRACCIÓN VIGÉSIMA SEGUNDO

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Transcripción:

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE CREA LA LEY GENERAL PARA GARANTIZAR EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS CUARTO PÁRRAFO TERCERO, 25, PÁRRAFOS QUINTO Y SÉPTIMO, 26, APARTADO A, 27, FRACCIÓN VIGÉSIMA SEGUNDO PÁRRAFO Y 28 ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. 1

ESTRUCTURA DE LA INICITIVA TITULO PRIMERO CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. En esta sección, cuyos preceptos son aplicables al conjunto de disposiciones de la Iniciativa, se define el carácter general de la misma, es decir, es de observancia general en toda la República y regula las materias comprendidas que en ella se comprenden, en la Federación, entidades federativas y municipios. Se establece asimismo el carácter reglamentario de la Ley que crea la Iniciativa, relativo a los artículos 4to, párrafo tercero, 25 párrafos quinto y séptimo, 26 apartado A, 27 fracción vigésima párrafo segundo y 28 último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2

ARTÍCULOS CONSTITUCIONALES REGLAMENTADOS La reglamentación del artículo 4to, se refiere al Derecho a la Alimentación expresado en su párrafo tercero: Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará. ; por lo que en la Iniciativa deben establecerse los mecanismos a partir de los que el Estado garantizará el mencionado derecho. Por lo que se refiere al artículo 25, en relación a la rectoría del desarrollo nacional por parte del Estado, la reglamentación será respecto a las disposicionesi i vinculadas a las áreas prioritarias del desarrollo asociadas al Derecho a la Alimentación y a la Nutrición, así como a la planeación integral de las mismas, con la participación i ió de los sectores público, privado y social, para la producción, distribución y consumo de bienes socialmente necesarios. 3

ARTÍCULOS CONSTITUCIONALES REGLAMENTADOS Respecto al artículo 26, la reglamentación será en torno al sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, comprendido en el apartado A. Los elementos anteriores ofrecerán el marco constitucional adecuado, para que el derecho a la alimentación y la nutrición se inscriba dentro del marco del desarrollo nacional y de los objetivos dl del sistema it de planeación democrática dld del desarrollo nacional. La reglamentación correspondiente al artículo 27*, se circunscribe al segundo párrafo de la fracción vigésima. Tiene que ver con el concepto de desarrollo rural integral, donde se establece la obligación del Estado para garantizar el abasto oportuno y suficiente de los alimentos básicos que la ley defina. Por lo que concierne al artículo 28**, la reglamentación está relacionado con su último párrafo, respecto al otorgamientos de subsidios a las actividades prioritarias. 4

CAPÍTULO II. OBJETO Y ÁMBITO DE COMPETENCIA Este apartado define los objetivos que deberán obtenerse con la aplicación ió de la ley. Por ejemplo, lo que se pretende lograr en ejercicio de la Soberanía, es la Autosuficiencia y Seguridad Alimentaría y Nutricional y de otros aspectos básicos, como la participación social en la toma de decisiones, a través del Sistema de Planeación en la materia. Por otra parte será preciso establecer los ámbitos de competencia de la ley. Deberá aparecer de la misma manera, un glosario que incluya los términos o conceptos incorporados en la ley que impliquen cierta especificidad, id d aefecto de que éstos sólo tengan la interpretación que aquí se establezca. 5

CAPÍTULO II. OBJETO Y ÁMBITO DE COMPETENCIA (II) En general deberán estatuirse en esta sección los elementos constitutivos básicos del concepto de Desarrollo Sustentable, así como los medios más importantes para su consecución. Por ejemplo, el impulso a la producción de básicos con énfasis en los pequeños y medianos productores. Ai Asimismoi enesta parte esmenester incorporar td todos aquellos conceptos que afecten a la totalidad de la ley, es decir, las disposiciones subsecuentes tendrán que guardar coherencia con estos preceptos que configuran el espíritu de la misma. 6

TITULO SEGUNDO Estrategia y Política de Estado para la Soberanía, Autosuficiencia y Seguridad Alimentaria y Nutricional. CAPÍTULO I. Estrategia de Estado para la Soberanía*, Autosuficiencia i i y Seguridad dalimentaria** i y Nutricional. i Objetivos estratégicos y metas de largo, mediano y corto plazo. Proyectos estratégicos de largo, mediano y corto plazo. Medidas e instrumentos de política. Financiamientos de los proyectos estratégicos y de los programas y acciones. Características ti del Sistema Nacional de Planeación para la Soberanía, Autosuficiencia y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Formas de participación de los sectores público, privado y social en el proceso de planeación. 7

Componentes de la Estrategia de Estado para la Soberanía, Autosuficiencia y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Soberanía, Autosuficiencia y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Razones que hacen prioritarias a las anteriores categorías, en relación al desarrollo económico y social de la Nación, haciendo referencia al Modelo de País esbozado constitucionalmente, en particular respecto de los artículos reglamentados. Que tipo de Consumo Social Objetivo se tiene como referencia para ser logrado en el futuro, y donde se inserta el modelo alternativo propuesto. Cuáles serían los componentes dl del Consumo Alimentario i ynutricional ii deseable al que que se pretende arribar. Que trayectoria estratégica debería seguirse para arribar al Consumo Alimentario y Nutricional Objetivo. Que proyectos estratégicos deberían de diseñarse y ejecutarse para lograr el Consumo Alimentario y Nutricional Objetivo, Que tipo de Sistema de Planeación debería diseñarse y ponerse en marcha para formular el conjunto de programas de largo, mediano y corto plazo, ejecutarlos, evaluarlos, actualizarlos o ajustarlos, de tal manera que a través del Sistema de Planeación se logre obtener el Consumo Alimentario y Nutricional Objetivo. 8

Capítulo II. Política de Estado para la Soberanía, Autosuficiencia y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Criterios rectores para la definición de medidas e instrumentos de política. (derivados de la estrategia de estado en la materia. Política de financiamiento del desarrollo del modelo de desarrollo sustentable. Política fiscal. Política de subsidios. Política de crédito. Política de asignación de programas de apoyo en el presupuesto de egresos de la federación, Política de coordinación entre los tres órdenes de gobierno. Política de participación social en el diseño y ejecución de los programas. Política de investigación científica-tecnológica. (incluyendo aspectos genéticos) 9

Capítulo II. Política de Estado para la Soberanía, Sobea a, Autosuficiencia ce ca ysegu Seguridad Alimentaria y Nutricional. (II) Política de asistencia técnica, capacitación y organización de productores. Política de inversiones estratégicas: infraestructura productiva básica, de comunicaciones, transporte, de impulso y creación de mercados locales y regionales etc. Política de reservas estratégicas de granos básicos. Política de impulso a las regiones con mayor grado de marginación. Política de impulso a los productores de mayor marginalidad. Política alimentaria-nutricionales para la población de mayor vulnerabilidad. Política de aplicación del enfoque sistémico, en el proceso de planeación, programación y presupuestación. 10

Título Tercero Sistema Nacional de Planeación Alimentaria y Nutricional El Sistema Nacional de Planeación Alimentaria i y Nutricional, i SNPAN, constituye el factor operativo esencial para lograr la consecución del Consumo Alimentario y Nutricional Objetivo. El sistema no puede ser inocuo, se deberá diseñar, construir y operar para poner en marcha la Estrategia de Estado en la materia. Siendo el Consumo Objetivo, una situación que sólo puede lograrse en el largo plazo, se infiere que el SNPAN, deberá tener en sus alcances un horizonte temporal de la misma naturaleza, para lo que se requiere un programa en este caso, de tal visión temporal. (El atributo Plan sólo está reservado para el Plan Nacional de Desarrollo, de acuerdo a la Ley de Planeación) 11

Título Tercero Sistema Nacional a de Planeación Alimentaria a y Nutricional (II) Por otra parte, el SNPAN articulará los diversos horizontes temporales, de tal manera que exprese los objetivos y metas de largo plazo en las medidas e instrumentos de política de mediano y corto plazo, así como en los objetivos y metas correspondientes. Esto implica la necesidad de un sistema coordinado de programas de largo, mediano y corto plazo, que tengan una retroalimentación permanente, mediante los sistemas de evaluación, y que además sirvan de base para la formulación de los programas operativos anuales y éstos para la formulación de los presupuestos. 12

Sistema Nacional de Planeación Alimentaria y Nutricional El SNPAN, cuando menos comprenderá: CAPÍTULO I. Componentes del del SNPAN, CAPÍTULO II. Participación social en el proceso de planeación. CAPÍTULO III. Programas diseñados y operados por el SNPAN: Método de formulación de los programas. El contenido de mayor relevancia de los programas, en función de la estrategia y políticas de estado en la materia, sin omitir diagnóstico, prognosis, objetivos estratégicos y metas, estrategia, proyectos estratégicos, medidas e instrumentos de política, evaluación, ámbito de responsabilidades, d etc. El enfoque sistémico, i para efectos de la formulación de los programas será un método muy útil y necesario, en cuanto a las posibilidades de establecer un enfoque integral que articule a todos los eslabones de la cadena productiva. 13

Sistema Nacional de Planeación Alimentaria y Nutricional (II) El conjunto de proyectos estratégicos comprendidos en los programas, es de vital importancia, i porque será el resultado de su ejecución lo que irá mostrando el avance en el logro de objetivos. Los ámbitos de competencia de los programas, en relación a los tres órdenes de gobierno, El proceso de formulación, ejecución, evaluación y ajuste de los programas, con la participación de los órdenes de gobierno, de los diversos actores sociales, de los centros de investigación superior y la universidades y los especialistas en la materia, 14

Título Cuarto. Políticas Públicas para la Soberanía, Autosuficiencia y Seguridad Alimentaria y Nutricional. CAPÍTULO I. Políticas públicas de corto plazo. Definición del contenido del conjunto de políticas públicas de corto plazo, ( en función de la estrategia en la materia). Criterios básicos para la definición de la orientación y formulación de objetivos de los programas vigentes en el PEC., en función de la Estrategia para la Soberanía, Autosuficiencia y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Lineamientos para el diseño de los programas multianuales y anuales, que deberán traducir en sus objetivos y metas la estrategia de estado. Asimismo pondrán especial atención en la integralidad de las mismas, utilizando el enfoque sistémico. Habrán de cubrir los requerimientos de la cadena productiva, desde la producción primaria hasta la comercialización final. 15

Título Quinto Sistema de Evaluación de Resultados. Aunque el SNPAN comprende un sistema de evaluación, éste se referiría al logro de los objetivosos y metas del conjuntonto de programas, esta sección más bien se orientaría a la Evaluación de Resultados de las unidades responsables de la operación de los programas, de tal manera que sirviera para identificar de manera concreta a los servidores públicos responsables, de los incumplimientos institucionales y fincarles, en su caso, las responsabilidades respectivas. 16

Título Sexto Sanciones Administrativas y Recursos de Revisión La sección anterior servirá para dar elementos que permitan valorar las distintas sanciones aplicables, derivadas de los incumplimientos, irregularidades, desviaciones, etc, en que se incurriera en el ejercicio de los programas. Ai Asimismo, i se establecerán tbl los mecanismos para interponer diversos recursos por parte de la población, en relación a los actos administrativos* inherentes a los diversos programas. Transitorios. 17