PLAN DE AUTOPROTECCIÓN ESCOLAR Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
-Marco normativo propio: Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19/09/2006 -I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos (BOJA nº 196, de 9 de octubre 2006) Objetivo 2, Acción 5, determina: Se actualizará la normativa del año 1985, relativo a la elaboración del Plan de Autoprotección del Centro y el establecimiento de normas sobre evacuación en situaciones de emergencia, que será de obligado cumplimiento para los centros docentes públicos andaluces. A fin de facilitar su aplicación, se elaborarán y publicarán protocolos de actuación y guías para la realización de simulacros de evacuación
R/D 393/2007 (NBA) Norma Básica de Autoprotección de los centros Antecedentes normativos que hay que derogar: -Orden de 13 de noviembre de 1984 sobre evacuación de centros docentes de educación general, básica, bachillerato y formación profesional. BOE número 276 de 17 de noviembre Orden de 4 de noviembre de 1985, por la que se dan instrucciones para la elaboración por los centros docentes no universitarios de un plan de autoprotección y se establecen las normas para la realización de un ejercicio de evacuación de emergencia.
-Normativa vigente que debemos aplicar: Ley 31/1995 Prevención de Riesgos Laborales Ley 54/2003 actualización de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales R/D 604/2006, Reglamento de los Servicios de Prevención R/D 314/2006 (CTE) Código Técnico de la Edificación Acuerdo de Gobierno de 13 de octubre de 1999, Plan Territorial de Emergencias de Andalucía. Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias de Andalucía R/D 393/2007 Norma Básica de Autoprotección. Decreto 195/2007, regula la celebración de espectáculos públicos Ley 17/2007 de Educación de Andalucía (artículo 24)
EVOLUCIÓN Y CONSENSO DE ESTA ORDEN: ACUERDO DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN CONSULTA A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES QUE INTEGRAN LA MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN DE EDUCACIÓN: MESAS TÉCNICA Y SECTORIAL. CONSULTA A LA CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN CONSULTA A LA CONSEJERÍA DE EMPLEO CONSULTA A LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA INFORME DE LA LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA INFORME DEL SERVICIO JURÍDICO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA INFORME DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
ORDEN DE 16 DE ABRIL DE 2008, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, APROBACIÓN Y REGISTRO DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE ANDALUCÍA, A EXCEPCIÓN DE LOS UNIVERSITARIOS, LOS CENTROS DE ENSEÑANZA DE RÉGIMEN ESPECIAL Y LOS SERVICIOS EDUCATIVOS, SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS, ASÍ COMO LAS DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, Y SE ESTABLECE LA COMPOSICIÓN Y FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN DICHOS CENTROS Y SERVICIOS EDUCATIVOS. (BOJA 91 de 8 mayo de 2008)
14 Artículos 4 Disposiciones adicionales 1 Disposición transitoria única 1 Disposición derogatoria única 2 Disposiciones finales 3 Anexos
- Principales novedades de la Orden Se establece la composición y funciones de los órganos de coordinación y gestión de la prevención en los centros y servicios educativos: Se establece una estructura orgánica: la Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de los centros y servicios educativos (órgano de gestión) Se establece una estructura funcional: los coordinadores/as de los centros del I Plan Andaluz de Salud Laboral y PRL (órgano de coordinación) Se establece el mecanismo para la coordinación con los Planes de Emergencias locales, provinciales y regionales. Se registra en el sistema informático Séneca : todos con un mismo índice Se establece un procedimiento para la notificación sobre los accidentes del alumnado, profesorado y PAS
Principales novedades de la Orden Es un documento de gestión del Centro: incluido en el Plan de Centro, en las Memorias informativas y en el Plan de Formación plurianual del centro. Afecta a todos los Servicios Educativos: Centros del Profesorado, EOEs, etc Afecta a los edificios de las Delegaciones Provinciales de Educación. Se establece la obligación de elaborar un programa para el mantenimiento preventivo de las instalaciones. Se establece la obligación de realizar simulacros de evacuación anuales. Se reconoce la labor de las personas que intervienen en el proceso. Se establecen líneas prioritarias para la elaboración de materiales curriculares, recursos didácticos y actividades de formación e investigación. Dentro de la convocatoria anual unificada: Orden de 20 de junio de 2007
Es una Orden pionera en España, e innovadora: Finalidad transversal y curricular: Pretende fomentar el desarrollo de aprendizajes basados en competencias para la vida y la supervivencia, propias de la cultura de la prevención de riesgos: valores, actitudes, prácticas, conocimientos y comportamientos, para actuar de manera eficaz ante una situación de emergencia y para desarrollar hábitos de vida saludables.
Definición del Plan de Autoprotección: Es el sistema de acciones y medidas, adoptadas por los titulares o responsables de las actividades educativas, públicas o privadas, con sus propios medios y recursos, dentro del ámbito de sus competencias, encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuestas adecuadas a las posibles situaciones de emergencia y garantizar la integración de estas actuaciones en el sistema público de protección civil..
Objetivos del Plan de Autoprotección: - Proteger a personas, usuarios y bienes. - Facilitar una estructura, instrumentos y recursos. - Concienciar y sensibilizar. - Conocer el centro y su entorno. - Garantizar la fiabilidad de los medios de protección. - Realizar mantenimiento preventivo. - Posibilitar coordinación con los medios externos.
PLAN DE CENTRO Y MEMORIA FINAL PLAN DE CENTRO ó PLAN DE ACTUACION Incluirá - Plan de Autoprotección y sus modificaciones. - Autorización otorgada por el órgano competente para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas (Decreto 195/2007) MEMORIA INFORMATIVA MEMORIA FINAL Nombramiento del Coordinador o Coordinadora - Informe del simulacro de Evacuación - Memoria de actividades realizadas por el coordinador del Plan (Cuestionario en Séneca) - Modificaciones del Plan de Autoprotección
Elaboración, aprobación, registro, notificación e información. El equipo directivo del centro o servicio coordina la elaboración del Plan con la participación del coordinador o coordinadora. Se aprobará por mayoría absoluta en el Consejo Escolar o equivalente Se enviará copia del Plan de Autoprotección al Servicio competente en materia de Protección Civil y Emergencias, del Ayuntamiento correspondiente, así como las modificaciones que cada año se produzcan en el mismo. Se depositará una copia del Plan de Autoprotección a la entrada del edificio, en lugar visible y accesible, debidamente protegida.
Acción 8: COORDINACIÓN DE ACTUACIONES Para favorecer la coordinación regional, se creará: -Dpto. de Seguridad Salud Laboral del personal docente en los Servicios Centrales de la Consejería Educación - Gabinete de Seguridad y Salud Laboral del Profesorado, en las Delegaciones Provinciales. Integrados por docentes, que estarán en posesión de la titulación Técnico Superior en PRL, y dependiente administrativamente, de la Jefatura de Servicio de Gestión de RRHH. 2 Coordinadores Provinciales. -Tareas de asesoramiento. -Tareas relacionadas con la gestión
Coordinación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención. El coordinador o coordinadora, designado por la dirección del centro o servicio educativo, será profesorado con destino definitivo en el centro. Cuando no sea posible, será un miembro del equipo directivo. Se nombrará suplente. La designación se hará para un curso escolar, sin perjuicio de prorroga mediante declaración expresa. En centros docentes o servicios educativos con inestabilidad en la ocupación de sus plantillas, la coordinación podrá ejercerla cualquier profesor o profesora del centro. En centros de nueva creación la coordinación podrá ejercerla el personal docente aunque no tenga destino definitivo.
FUNCIONES DEL COORDINADOR O COORDINADORA: Elaborar, coordinar, implantar, mantener y difundir el Plan Registrar y actualizar el Plan en Séneca Velar por el cumplimiento de la normativa vigente. Coordinar y planificar líneas de actuación en PRL y salud laboral del profesorado Registrar la información relativa a los accidentes. Comunicar la presencia de factores, agentes, situaciones de riesgo. Colaborar con el personal técnico en la evaluación de riesgos y hacer la aplicación el seguimiento de las medidas preventivas. Colaborar con los Delegados/as de prevención del Comité de Seguridad y Salud L
FUNCIONES DEL COORDINADOR O COORDINADORA: Difundir actuaciones de los equipos de emergencia y programar el simulacro. Participar en la difusión de la cultura de la prevención y los valores. Coordinar actividades relativas a la seguridad y promoción de la salud. Planificar la formación del profesorado de su centro en esas materias Cuantas funciones se deriven de la aplicación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación (2006-2010)
La Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales. Composición: Miembros del Consejo Escolar del centro: Presidente o presidenta, secretario o secretaria, 1 representante del profesorado, 1 representante del PAS, y 1 representante del alumnado (exceptuando los Centros de Infantil y Primaria) El coordinador o coordinadora del centro participará con voz pero sin voto. (Es un órgano colegiado). En los CEEE y en aquellos que tengan unidades de educación especial formará parte de la Comisión de Salud y PRL el representante del personal de atención educativa complementaria y un profesor o profesora de n.e.e. Los servicios educativos crearán esta Comisión que estará formada por el equipo directivo al completo y un representante del PAS.
Funciones de la Comisión de Salud y PRL: -Promover acciones para el desarrollo e implantación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación. -Supervisar la implantación del Plan de Autoprotección. -Hacer un diagnostico y proponer acciones formativas recogidas en el Plan de Formación del Centro -Determinar los riesgos previsibles. -Catalogar los recursos -Proponer medidas al Consejo Escolar -Cuantas funciones se deriven de la aplicación del I Plan Andaluz de Salud
DESCARGA DEL PROGRAMA
INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN
La aplicación informática PAE tiene una estructura de fichas que facilita la toma de datos para la elaboración del Plan de Autoprotección. En las fichas hay cuestiones que responden a: -las que piden la respuesta si o no cuando proceda -Las que solicitan datos numéricos de algún elemento determinado -Las que se implementarán con el nombre de las personas seleccionadas o designadas. - En los apartados denominados como otros o aportaciones del centro se incluirán las observaciones o particularidades propias del centro educativo.
EOE: -Cuando su ocupación sea inferior a 50 personas y estén integrados en un edificio de otra Administración o en un Centro Educativo u otro servicio- EXENTOS PERO CON LA OBLIGACIÓN DE INTEGRARSE EN EL DEL CENTRO. - Cuando su ocupación sea inferior a 50 personas pero no integrados en un edificio de otra Administración o en un centro educativo o servicio educativo- HACEN EL PLAN DE EVACUACIÓN O EMERGENCIAS -Cuando su ocupación sea superior a 50 personas pero no integrados en un edificio de otra Administración o centro educativo o servicio- HACEN EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
CEPER en centros penitenciarios: - EXENTOS DE HACER EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN PERO CON LA OBLIGACIÓN DE INTEGRARSE EN EL DEL CENTRO PENITENCIARIO Aulas hospitalarias: - EXENTOS DE HACER EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN PERO CON LA OBLIGACIÓN DE INTEGRARSE EN EL DEL HOSPITAL
CEPER - Cuando su ocupación sea inferior a 50 personas y estén incluidos en un edificio de otra Administración o en un centro o servicio educativo: EXENTOS PERO CON LA OBLIGACIÓN DE INTEGRARSE EN EL DEL CENTRO.????? - Cuando su ocupación sea inferior a 50 personas y con edificio no compartido: EXENTOS DE HACER EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN PERO SI EL PLAN DE EVACUACIÓN Y EMERGENCIAS. - Cuando su ocupación sea superior a 50 personas- HACEN EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
Centros o Servicios Educativos -Cuando su ocupación sea inferior a 50 personas: EXENTOS DE HACER EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN PERO SI EL PLAN DE EVACUACIÓN Y EMERGENCIAS. - Cuando su ocupación sea superior a 50 personas- HACEN EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN TODOS LO HACEN a pesar de que estén compartiendo con otros centros o servicios educativos que ya lo tengan hecho.
PLAN DE AUTOPROTECCIÓN SISTEMA SÉNECA SE ENCUENTRA SE REALIZA FICHAS
FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN Organizadas en 9 Capítulos y 4 Anexos -El objetivo de las fichas es facilitar la toma de datos para la elaboración del Plan de Autoprotección. - Una vez cumplimentadas las fichas el Plan se generará e IMPRIMIRÁ desde el sistema SÉNECA
CAPÍTULO 1. IDENTIFICACIÓN, TITULARIDAD Y EMPLAZAMIENTO DEL CENTRO: Se recogen los datos identificativos del centro, así como el titular de la dirección. Se definen y establecen los objetivos que determinan el Plan. Las fichas tienen secciones que deben ser cumplimentadas y otras que estarán rellenas.
CAPÍTULO 2. DESCRIPCIÓN DEL CENTRO, ENTORNO, ACTIVIDADES, OCUPACIÓN Y CARACTERÍSTICAS: -Se recogen datos relativos al centro: características y entorno, actividades y personas usuarias del mismo. - En las fichas se solicitan datos concretos y los centros cumplimentan sólo determinados campos particulares. -La mayor parte del trabajo está ya hecho y grabado en las fichas, cuando lo impriman sale el Plan completo
CAPÍTULO. 3 INVENTARIO, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS: -Se identifican y localizan los elementos, instalaciones, etc del centro y su entorno, que puedan dar origen a una situación de emergencia. - En las fichas se enumeran los elementos y riesgos que conllevan.
CAPÍTULO 4. MEDIDAS Y MEDIOS DE AUTOPROTECCIÓN: HUMANOS Y MATERIALES: - Inventario y descripción de los medios humanos y materiales que el centro dispone. -Las fichas solicitan la relación y localización de los mismos.
CAPÍTULO 5. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE INSTALACIONES: -Se anotarán las fechas de las revisiones e inspecciones, las operaciones de mantenimiento, según la normativa vigente. -En las fichas se recogen las fechas y la operación.
CAPÍTULO 6. PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIA: -Se definen las acciones, el operativo ante una situación de emergencia. -Las fichas incluyen las acciones básicas que aconseja Protección Civil. Se deja un apartado en blanco para que el centro las amplíe o adapte si lo considera necesario.
CAPÍTULO 7. INTEGRACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN EN OTROS DE ÁMBITO SUPERIOR: -Se adjuntan los protocolos básicos para la notificación de una emergencia, la coordinación con la ayuda externa y la forma de colaboración.
CAPÍTULO 8. IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN: - Se prepara el plan de formación en autoprotección y seguridad, que se adjunta al Plan de Formación del Centro, así como los mecanismos de información a los usuarios y visitantes.
CAPÍTULO 9. MANTENIMIENTO DE LA EFICACIA Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN: Se describirá el simulacro, las dificultades detectadas, como se va actualizar y revisar el Plan, se programaran la sustitución si es necesaria de medios y recursos. Se elaborará un Programa para el mantenimiento preventivo de las instalaciones del centro.
ANEXOS: -Anexo I: Directorio de Comunicaciones -Figurarán los teléfonos del personal de emergencia del centro, los de ayuda exterior y otras formas de comunicarse (radio, fax, etc.)
ANEXOS: -Anexo II: Formularios y protocolos: -Tras haber sido cumplimentados, siempre se guardará copia de ellos en la carpeta del Plan para que puedan servir de recordatorio de las actuaciones realizadas. -Formulario para la notificación de emergencia -Formulario de coordinación de la interfase -Formulario para la recepción de amenaza de bomba.
Anexo III: Planos Los planos facilitan la labor de los equipos de ayuda externa. Son muy importantes, en caso de una emergencia real. Se incluirán unas ejemplificaciones de planos en el reverso de la portada de la carpeta, en formato A-3. Un plano puede recoger distinta información, como: * Vías de evacuación. * Medios de extinción y alumbrado de emergencia. * Zona de riesgo.
ANEXOS: -Anexo IV. Informes: -Informe de simulacro -Comunicación de accidentes alumnado -Notificación de accidente que afecte al profesorado/ o PAS -Informe de Sucesos
TIPOS DE CAMPOS EN LAS FICHAS Campos que ya están rellenos y no se pueden modificar. Campos que están rellenos y se pueden modificar ( Ej: ). Campos que solo hay que marcar. Campos de escritura libre: -Obligatorios -Voluntarios
EJEMPLO DE FICHA 1 Sólo se cumplimentarán estos campos con la información solicitada que siempre estará en una celda en blanco.
EJEMPLO FICHA 2 Este campo se genera en Séneca A rellenar por el Centro
SIMULACROS (artículo 11): - Al menos un simulacro cada curso escolar (preferentemente en el primer trimestre) con medios propios. -Con antelación suficiente se informará a los Servicios locales de Protección Civil Extinción de Incendio y Policía Local para evitar alarmas innecesarias a la ciudadanía. -La semana previa al simulacro la Dirección informará a la comunidad educativa acerca del simulacro sin indicar día y hora - Se elaborará un informe del simulacro que se incluirá en la Memoria final.
SIMULACROS:
SIMULACROS: No deben hacerse simulando situaciones reales de emergencia salvo que el ejercicio sea a iniciativa de los Servicios locales de Protección Civil o Extinción de Incendios y diseñado y preparado por aquellos, se realizará bajo su total supervisión y control. Contará con autorización de las Delegaciones Provinciales
ACCIDENTES (artículo 12)
Seguimiento y control de los accidentes e incidentes en el Centro. En el caso de que ocurriese algún accidente que afecte al profesorado, se procederá a comunicarlo a la Delegación Provincial de Educación correspondiente, vía fax, en el plazo de 24 horas, si el accidente es grave, y en un plazo máximo de cinco días, cuando no fuese grave. A tal efecto se procederá a cumplimentar, por parte de la dirección del centro, los Anexos correspondientes de la Orden
PRIMEROS AUXILIOS Se adjunta un CDROM sobre emergencias sanitarias en centros docentes que aporta consejos y recomendaciones a tener en cuenta en caso de accidentes y lesiones, en el medio escolar, de fácil comprensión y muy interactivo.
Normas y Recomendaciones para la realización del Plan de Autoprotección. Es un documento que complementa las ayudas del manual y del programa Séneca,
GRACIAS POR LA ATENCIÓN PRESTADA Para cualquier duda : Coordinadores Provinciales del Gabinete Juan Castaño Fernández 955034335 Ana Risquet Martín 955034442 juan.castano.fernandez.ext@juntadeandalucia.es ana.r.martin.ext@juntadeandalucia.es