Código de Conducta del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL)

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Transcripción:

Código de Conducta del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés (CEPCI) Junio de 2016

Indice I. Introducción II. Filosofía y quehacer institucional III. Principios y valores del servidor público del CONEVAL IV. Glosario Nota: El lenguaje empleado en el presente documento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.

I. Introducción El Código de Conducta es una herramienta que apoya el actuar de las y los servidores públicos que colaboran en el Consejo de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), tanto al interior de la Entidad como en su relación con otras dependencias y entidades del Gobierno Federal, y con la sociedad en general. Se presenta en estricto apego a la normatividad vigente, a los principios de máxima transparencia y rendición de cuentas, a la Misión y Visión, y atendiendo a lo dispuesto en el Artículo Primero de la Constitución, en el cual se establece que Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. De conformidad con lo señalado en el Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de Agosto de 2015, (Acuerdo) y atendiendo a la normatividad vigente, el 25 de septiembre del 2015 se conforma el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, anteriormente constituido como el Comité de Ética (instalado en el mes de abril del año 2012). En este sentido, de conformidad con el Acuerdo, y con base a las Guías señaladas por la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés (UEEPCI) de la Secretaría de la Función Pública (SFP), el CONEVAL lleva a cabo varias acciones entre las cuales se incluye la presente actualización del Código de Conducta, con la asesoría del Órgano Interno de Control (OIC), y aprobado por el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés (CEPCI). El Código de Conducta integra un conjunto de valores que se promueven a su interior, estableciéndolos de forma muy clara. Derivado de ello, se invita a las y los servidores públicos del CONEVAL a conocer y hacer suyo el presente Código, adoptando cada una de las acciones y compromisos en él descritos y que den certeza sobre el comportamiento ético al que deben sujetarse en su quehacer cotidiano, que prevengan conflictos de interés y delimiten su actuación en situaciones específicas que puedan presentarse durante el desempeño de su empleo, cargo o comisión, entre los cuales destacan los valores del uso del cargo público con integridad, el respeto a los derechos humanos y la actuación con responsabilidad técnica y profesional, lo que indiscutiblemente contribuye a conservar la confianza y credibilidad del CONEVAL.

II. Filosofía y quehacer institucional 1_/ El CONEVAL es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con autonomía y capacidad técnica para generar información objetiva sobre la situación de la política social y la medición de la pobreza en México, que permita mejorar la toma de decisiones en la materia. De conformidad con el artículo 81 de la Ley General de Desarrollo Social, el CONEVAL tiene por objeto normar y coordinar la evaluación de las Políticas y Programas de Desarrollo Social, que ejecuten las dependencias públicas, y establecer los lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza, garantizando la transparencia, objetividad y rigor técnico en dicha actividad. El 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia políticaelectoral, en el que se adiciona el apartado C del artículo 26 Constitucional mediante el cual se crea el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social como un Órgano Constitucional Autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios; sin embargo, el Órgano continua en funciones bajo los supuestos que establece el artículo Vigésimo Transitorio del citado Decreto, es decir bajo la misma naturaleza jurídica de su creación como organismo público descentralizado. El CONEVAL tiene las siguientes funciones: 2_/ 3_/ Normar y coordinar la evaluación de la Política Nacional de Desarrollo Social y las políticas, programas y acciones que ejecuten las dependencias públicas; Establecer los lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza, garantizando la transparencia, objetividad y rigor técnico en dicha actividad. Misión Medir la pobreza y evaluar los Programas y la Política de Desarrollo Social para mejorar sus resultados y apoyar la rendición de cuentas. Visión Somos una institución reconocida por su credibilidad y rigor técnico para generar información objetiva y útil que contribuye a la mejora de la Política de Desarrollo Social. 1_/http://www.coneval.org.mx/Paginas/principal.aspx 2_/ http://www.coneval.org.mx/medicion/paginas/pobrezainicio.aspx 3_/ http://www.coneval.org.mx/evaluacion/paginas/evaluacion.aspx

III. Principios y Valores del Servidor Público del CONEVAL En armonización con los principios constitucionales, los valores contenidos en el Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, y de conformidad a lo señalado en el Acuerdo, en particular al numeral QUINTO Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública, el CONEVAL señala como indispensables para el actuar y desempeño de los Servidores públicos de la institución, los siguientes valores específicos: VALORES ESPECÍFICOS DEL SERVIDOR PÚBLICO DEL CONEVAL Como Servidor Público del CONEVAL, me comprometo a lo siguiente: 1. Conocimiento y aplicación del marco normativo. Conocer y atender la normatividad aplicable al CONEVAL, y las obligaciones que de la norma se deriven y me sean aplicables en lo individual y en mi desempeño como servidor público. 2. Desempeño del uso del cargo público con integridad. Conocer y atender lo señalado en el Código de Ética, las Reglas de Integridad y el Código de Conducta. 3. Actuación con responsabilidad técnica y profesional. Realizar mi trabajo con mejores prácticas, retomando la evidencia a mi alcance y conduciéndome con el rigor técnico exigido. 4. Respeto a los Derechos Humanos. Promover el respeto y la protección de los derechos humanos, atendiendo los principios de Universalidad, Indivisibilidad, Progresividad e igualdad de género, así como fomentar un ambiente de trabajo libre de violencia, que garantice el respeto, la igualdad de oportunidades y el pleno ejercicio de los derechos entre mujeres y hombres. 5. Promoción de cooperación y mejora de las relaciones laborales. Fomentar un ambiente de trabajo cordial, en un marco de respeto, comunicación y apertura con los demás. 6. Uso y asignación de recursos. Utilizar los recursos presupuestales, materiales y tecnológicos que me proporcione el CONEVAL de manera eficiente, lo cual me permita mejorar el desempeño de las funciones relativas al encargo asignado. 7. Uso responsable de la información. Utilizar de manera responsable la información a la cual tengo acceso derivado de mis funciones y encargo, así como garantizar la guarda, conservación y, en su caso el acceso a la información, de acuerdo con mis funciones y de conformidad con la Ley, atendiendo al principio de máxima transparencia, la protección de datos personales y a la rendición de cuentas.

8. Actuación responsable en contrataciones públicas. Conducirme con transparencia, imparcialidad y legalidad en todos los proyectos de contratación pública en los que intervenga, favoreciendo el principio de competencia y buscando las mejores condiciones para el CONEVAL y con ello garantizar las mejores condiciones para el Estado. 9. Conflicto de interés. Reportar situaciones en las que los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño independiente e imparcial de sus empleos, cargos, comisiones o funciones. 10. Mejora continua. Realizar mi trabajo con eficiencia y eficacia, mejorando mis habilidades y conocimientos continuamente y estar en disposición de incorporar nuevas herramientas para realizar mejor mi encargo, y de ser el caso, para adaptarme a los procesos de cambio y desarrollo institucional.

Actuación a la que se sujetarán los servidores públicos ante situaciones específicas relacionadas con el ámbito de competencia del organismo, considerando aspectos relacionados con las materias inherentes al CONEVAL DEBE Cumplir con las funciones encomendadas, atendiendo la normatividad aplicable y con sentido ético y el rigor técnico que señale el CONEVAL. El servidor público del CONEVAL NO DEBE Desconocer la normatividad, metodologías, criterios, procedimientos, guías y/o instructivos, establecidos para la realización de mis funciones. Actuar con equidad en todo momento y respeto a todas las personas sin distinción de raza, credo, edad, origen social, género, enfermedad, discapacidades, orientación sexual, nacionalidad, filiación política, jerarquía, o condición de embarazo o maternidad. Comunicarse en forma respetuosa y tolerante, con las personas, tanto al interior como al exterior del CONEVAL. Establecer un trato cordial y respetuoso con todos sus compañeros de manera transversal para el cumplimiento de sus responsabilidades como servidor público del CONEVAL. Utilizar en forma responsable la información a la que tenga acceso en el ejercicio de las funciones que le son asignadas, y realizar las acciones que correspondan para su conservación con base en la normativa aplicable. Dar tratamiento preferencial a ninguna organización, institución política, social o privada, o a persona alguna, independientemente de su filiación o afinidades personales. Tener, ni permitir, comportamientos o manifestaciones de violencia, maltrato o discriminación, a compañeros de trabajo, proveedores, usuarios y, en general hacia toda persona que tenga relación con el CONEVAL. Realizar acciones que perturben o molesten a sus compañeros en los espacios de trabajo, como fumar en zonas comunes, usar lenguaje ofensivo, elevar el tono de voz para comunicarse con sus compañeros, escuchar música con volumen alto o cualquier otra acción que afecte el espacio de terceros y su desempeño en el ambiente laboral. Usar de forma inadecuada la información a la cual se tiene acceso derivado de su posición dentro del CONEVAL. Para reforzar el conocimiento de los principios contenidos en este Código de Conducta y las reglas de integridad, los servidores públicos del CONEVAL firman una Carta Compromiso, mediante la cual se comprometen en su actuación.

IV. Glosario Acuerdo.- Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés publicado en el DOF, el 20 de agosto de 2015. El cual puede consultarse en: http://www.coneval.org.mx/quienessomos/documents/acuerdo-que-tiene-porobjeto-emitir-el-codigo-de-etica.pdf Código de Conducta.- Conjunto de normas y criterios que deben asumir los servidores públicos que laboran en CONEVAL en el desempeño de su encargo para cumplimiento de objetivos y metas institucionales. Instrumento emitido por el Titular de la dependencia o entidad a propuesta de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés. Código de Ética.- Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, a que se refiere el Acuerdo. CEPCI.- Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés del CONEVAL, instalado el 25 de septiembre del 2015. CONEVAL.- Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Conflicto de interés.- La situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño independiente e imparcial de sus empleos, cargos, comisiones o funciones. Reglas de integridad.- Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, señaladas en el Acuerdo. UEEPCI.- Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de la Función Pública. Valores específicos.- Valores que todo servidor público debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones. SFP.- Secretaría de la Función Pública.