Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros

Documentos relacionados
Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros

REPORTE ANUAL ESTADISTICO ZONAS FRANCAS NICARAGUA

COMPORTAMIENTO DEL EMPLEO EN LAS EMPRESAS TEXTIL VESTUARIO DE ZONA FRANCA FRENTE A LA CRISIS ECONÓMICA Y EL IMPACTO EN LA VIDA DE LAS MUJERES.

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros

a) Menos de un año de nacionalizado, 100% (cien por ciento);

PROHIBICIÓN A LA IMPORTACIÓN DE VEHICULOS AUTOMOVILES USADOS CON MAS DE SIETE AÑOS DE FABRICACION.

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros

OFICINA DEL DIRECTOR GENERAL

SRES. ADMINISTRADORES DE ADUANA Y AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ADUANERA DE TODA LA REPÚBLICA. Estimados señores:

REF. : CT/069/98 TEMA : CONTROL DE MERCANCIA FECHA : JUNIO 25 DE 1998

1. HORARIO DE ATENCIÓN PARA EL TRÁNSITO INTERNACIONAL TERRESTRE: 2. TIEMPO PARA EL TRANSITO INTERNACIONAL Y AVANCE HACIA MANAGUA

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros

CLASES DE DECLARACIÓN DUA-GT CLASES DE DECLARACIÓN DUA-GT INTENDENCIA DE ADUANAS NOVIEMBRE Página 1 de 9

DACG Ventas Locales a usuarios de Zonas Francas y depósitos para perfeccionamiento activo

INTENDENCIA DE ADUANAS

Legislación Colombiana Suministrada por Legicol Ltda. P.B.X Bogota D.C. URL

- El período de importación de este contingente, se define entre el 24 de enero y el 31 de diciembre del 2005

SRES. ADMINISTRADORES Y DELEGADOS DE ADUANA, EXPORTADORES Y AGENTES ADUANEROS DE TODA LA REPUBLICA. Estimados Señores

REGLAMENTO PARA CENTROS PÚBLICOS DEL SISTEMA ADUANERO AUTOMATIZADO (SIDUNEA) Índice

DIRECTRIZ DIR-DGT

DESPACHO SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓN

1. HORARIO DE ATENCIÓN PARA EL TRÁNSITO INTERNACIONAL TERRESTRE:

Ministerio de Hacienda Dirección General de Aduanas Proyecto: SISTEMA TICA

Folio Decreto IMMEX. Enero 28 de REFORMAS EL DECRETO IMMEX.

Objetivo del Régimen. Usuarios

RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

RÉGIMEN DE REEMBARQUE INTENDENCIA NACIONAL DE TÉCNICA ADUANERA

BIENES PARA PROCESAMIENTO

Programa Integral de Aduanas y Representación Aduanera CARGA HORARIA: 180 HORAS

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros

LOGO LOS AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PUBLICA ADUANERA ABRIL 2010

PROCEDIMIENTOS SIMPLIFICADOS UTILIZADOS PARA LOS ENVIOS POSTALES PASO ACTIVIDAD RESPONSABLE

CARTILLA INFORMATIVA PROCESO DE EXPORTACIÓN EXPORTADORES HABITUALES - DESPACHANTES DE ADUANA

SEMINARIO TALLER INTAL - BID

Curso para la Preparación del Examen Práctico de Representante Aduanero 20 HORAS

Curso de Reciclaje para la Preparación del Examen Oficial de Representante Aduanero

EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO

San José, XX de xxxxxx de 2015 CIR-DGA-DGT-XXX-2015

Master TARIC-Mutualidad de aduanas OTROS DESTINOS 1. EXPORTACIÓN 2. REEXPORTACIÓN, ABANDONO Y DESTRUCCIÓN 3. PROCEDIMIENTO ADUANERO EN LA RED

DEFINICIÓN DE RÉGIMEN

Regímenes aduaneros ajustes más relevantes

RE-F Página 1 de 7 Ver.7

RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se modifica la Resolución 4240 de 2000

PRINCIPALES CAMBIOS EN LA LEY GENERAL DEL ADUANAS Y SU REGLAMENTO (VIGENTE A PARTIR DEL )

DE LOS REGIMENES ESPECIALES

ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

IMPORTACION Y EXPORTACION DE MERCANCÍAS EQUIPAJE Y MENAJE DE CASA

Instructivo de llenado Formato de Cuenta Corriente Diaria

APLICACIÓN DE ADUANAS EN LAS ZONAS FRANCAS. Las Aduanas Estandarizadas 2012

IT INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA MENSUAL

Estimados Clientes: Boletín: Publicación de RCGMCE 2011

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESOS TegucigalpaMDC,HondurasC. A. ~ Administradores de Adua Toda la República

DEVOLUCIÓN DE IVA A EXPORTADORES DE BIENES MEJORAS AL PROCESO OCTUBRE 2015

IMPORTANCIA DE LA ACTIVIDAD ADUANERA EN LA INTEGRACION

INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA. Fernando Barraza L. Director SII

PROCEDIMIENTO GENERAL DE DECLARACIONES PASO ACTIVIDAD RESPONSABLE 1 a. Reúne la información y documentación necesaria según el régimen solicitado.

Ley General de Aduanas

CIRCULAR INFORMATIVA No. 61 CIR_GJN_MRHL_61.15

RA23: REQUISITOS PARA LA PRESENTACION INICIAL Y RENOVACION DE GARANTIA COMO AUXILIAR DE LA FUNCION PÚBLICA ADUANERA

41. Dirección General de Servicios Aduaneros

(GACETA OFICIAL Nº DEL 22 DE OCTUBRE DE 2008)

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 87 DE (Diciembre 30)

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS

ZONA FRANCA PERMANENTE ESPECIAL SOCIEDAD PORTUARIA PUERTO NUEVO S.A

REF: CT TEMA: Normas aplicables para el autodespacho en la Aduana Central Aérea. FECHA Noviembre 06 de 1998

ANEXOS. del. Reglamento Delegado de la Comisión

ACUERDOS DEL DIA 11 DE MAYO DE 2011 ADUANA DE PROGRESO

DOCUMENTOS DE LA DECLARACION ADUANERA DE MERCANCÍAS. NOTA: No debe confundirse autenticación consular con viso consular.

Nombre del Instructivo Gestión de Exención de Impuestos para Importación de Mercancías 01/07/2016

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia

Proyecto de reforma al Estatuto Aduanero. Aliado en conocimiento: :

Fecha: 21-ABR-16. Fecha: 27-ABR-16. Fecha: 29-ABR-16

Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y su Anexo 1

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros

Normatividad - Tecnica - Resolucion DIAN

AGENCIA ADUANAL OBREGON, S. C.

REF. :CT/076/98 TEMA : CONTROL DE MERCANCIA FECHA : JULIO 17 DE SEÑORES ADMINISTRADORES Y DELEGADOS DE ADUANA DE TODA LA REPUBLICA.

Boletín 088- Informe Resolución de Mayo de 2016

ANEXO XV-A CLAVES DE REGÍMENES ADUANEROS (CASILLA 37.1)

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros

INSTRUCTIVO DE TRABAJO. Aforo Universal

REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES

1. HORARIO DE ATENCIÓN PARA EL TRÁNSITO INTERNACIONAL TERRESTRE: 2. TIEMPO PARA EL TRANSITO INTERNACIONAL Y AVANCE HACIA MANAGUA

VISTO la Actuación SIGEA Nº del Registro de esta Administración Federal, y

REGÍMENES ESPECIALES DE COMERCIO EXTERIOR. Banco Central de Honduras

RE-F Página 1 de 5 Ver.6

20/08/2016. Contextualización de la Nueva Regulación Aduanera Decreto 390 del MSc. Fabián Andrés Mejía Espinal

CODIGO ADUANERO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (CAROU LEY ) Dra. Virginia Sigona Departamento de Asuntos Jurídicos

PROCEDIMIENTO TRANSITO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS INICIADOS EN HONDURAS ADUANAS TERRESTRES

ZONAS FRANCAS. Circuito Operativo Inicio en frontera e ingreso en Zona Franca

INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL FORMULARIO ADUANERO ÚNICO CENTROAMERICANO

UNIDAD DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

UNION ADUANERA INTERNACIONAL LTDA S.I.A PROCESO DE IMPORTACIONES. Presentado por :Franco Dorado Ibarra Gerente. Septiembre 2003

SÍLABO DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y BANCARIOS

Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012, publicadas el 29 de agosto de 2012

Dec. No que establece el Reglamento de los Depósitos para la Reexportación de Mercancías

INTENDENCIA DE ADUANAS

HORARIOS DE LAS ADUANAS POR TIPO DE PROCESO

Transcripción:

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros SRES. ADMINISTRADORES DE ADUANA Y AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ADUANERA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Estimados señores: REF. : CT/151/2005 TEMA : IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA FECHA : NOVIEMBRE 1 DEL AÑO 2005 En uso de sus facultades legales, ésta Dirección General hace de su conocimiento las disposiciones relativas al Régimen de Zona Franca siguientes: 1.- De la Implementación del Sistema Aduanero Automatizado SIDUNEA++ 1.1 A partir del día 7 de noviembre de 2005, se implantará el despacho aduanero de las mercancías consignadas a empresas operadoras o usuarias del Régimen de Zona Franca mediante el Sistema Aduanero Automatizado SIDUNEA++, para lo cual las declaraciones aduaneras de dicho régimen deberán ser liquidadas, impresas y presentadas en las Administraciones de Aduana de Zonas Francas por el agente aduanero respectivo. 1.2 Con el objeto de permitir la adecuación en el uso del SIDUNEA ++ y hasta el 30 de noviembre de 2005, siempre y cuando no sea posible tener todos los documentos completos para el despacho, las mercancías que ingresan en las Administraciones de Aduana Zonas Franca, podrán entregarse a sus consignatarios mediante la presentación de Control Interno, presentado por el Agente Aduanero respectivo, dicho control interno deberá cancelarse en los tres días hábiles siguientes a la fecha de autorización del mismo. La cancelación de estos controles internos deberá efectuarse mediante la presentación por el agente aduanero de la declaración aduanera correspondiente en el Sistema Aduanero Automatizado SIDUNEA ++. 1.3 A partir del 1 de diciembre de 2005, no se permitirá ninguna entrega de mercancía mediante control interno y se requerirá obligatoriamente la declaración aduanera correspondiente, implantándose a partir de esa fecha el Módulo de Selección Aleatoria en cada Administración de Aduana de Zona Franca. 1.4 Con el objeto de facilitar la implantación de estas medidas, las declaraciones aduaneras elaboradas sin uso del sistema informático (declaraciones manuales) se recibirán en las Administraciones de Aduana de Zona Franca, hasta las 10:00 a.m. del día sábado 5 de noviembre de 2005, ello con el objetivo de ejecutar los ajustes necesarios en el sistema informático. El Administrador de Aduana de cada Zona Franca, deberá informar antes del medio día del sábado 5 de noviembre de 2005, a la División de Informática, por escrito o por correo electrónico, el último número asignado manualmente a las declaraciones aduaneras en los distintos regímenes que se hubieran presentado en la fecha y hora indicada en el párrafo anterior. Kilómetro 4 ½ Carretera Norte - Apartado No. 47 Teléfono: (505) 249-3151 Fax: (505) 249-5720, Nicaragua

PAG. 2/10 IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA CT/151/2005 La División de Informática efectuará los ajustes necesarios en el SIDUNEA++ a fin que se pueda continuar la numeración consecutiva conforme el orden alcanzado de las declaraciones aduaneras en los distintos regímenes aduaneros de Zona Franca. 1.5 Los compromisos por declaración aduanera pendientes de cancelar al día lunes 7 de noviembre de 2005, deberá cancelarse a más tardar el día 14 de noviembre del año 2005 mediante la presentación de la declaración aduanera en el Sistema Aduanero Automatizado SIDUNEA ++. 1.6 La implementación del SIDUNEA++, en las Administraciones de Aduana de Zonas Francas, no tendrá ningún período de proyecto piloto, por lo cual su implantación será efectiva conforme la presente circular, incluyendo la aplicación de las sanciones que conforme a derecho correspondan. 1.7 Serán de igual aplicación para el Régimen de Zonas Francas, las disposiciones contenidas en las Circulares Técnicas siguientes: N.s Tema de la Circular Técnica 061-2002 Disposiciones para el Autodespacho en el Régimen de Importación o Internación en el Sidunea ++. 090-2002 Disposiciones para los Trámites del Autodespacho en la Administración de Aduana. 149-2003 Disposiciones para el pilotaje de los Módulos de Manifiesto (carga) y Transito Aduanero en el Sistema Aduanero Automatizado (Sidunea) en la Administración de Aduana Corinto, y continuidad en las Administraciones El Espino y Guasaule. 004-2004 Aperturas de Cuenta Unica de Recaudación (CUR) y Minuta Unica de Recaudación (MUR) en la DGA. 029-2004 Entidades Bancarias autorizadas y Cuentas Bancarias habilitadas para el pago de impuestos, servicios y derechos e implementación de Minuta Unica de Recaudación (MUR) preimpresa. 078-2004 Cambio de números de Cuentas Bancarias habilitadas para el pago de impuestos, servicios y derechos en el Banco de Finanzas. 096-2004 Ingreso de Medios de Transporte, descarga de mercancías llegadas en Tránsito Aduanero Nacional e Internacional a los Depósitos Aduaneros Públicos autorizados, control e inventario de mercancías y salida de las mercancías despachadas y de los medios de transporte de los Depósitos Aduaneros Públicos. 134-2004 Impresión de Declaraciones Aduaneras Transmisión Electrónica de las Declaraciones Aduaneras 172-2004 Modificación a códigos y conceptos a depositar en la Minuta Única de Recaudación (MUR) 178-2004 Impresión de Declaraciones Aduaneras Complementarias en papel Bond Blanco

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros CT/151/2005 I IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA PAG. 3/10 2.- Procedimiento para la declaración de los vehículos automotores para uso por empresas operadoras o usuarias de Zona Franca conforme la Decreto 46-91 2.1 La solicitud para importar vehículos bajo el régimen de zona franca, deberá presentarse por la empresa ante la Comisión Nacional de Zona Franca. La comisión de Zona Franca extenderá la autorización del vehículo correspondiente. 2.2 El beneficiario de la autorización o su agente aduanero, deberá presentar dicha autorización adjunta con la declaración aduanera de Zona Franca correspondiente. 2.3 Si el vehículo es nuevo y es adquirido en el comercio nacional, el agente aduanero representante de la empresa deberá presentar por dicho vehículo una declaración aduanera bajo el régimen de Zona Franca, para lo cual el usuario al momento de grabar la Declaración de Admisión Temporal en el Sidunea ++, seleccionará el Patrón IMP9 (9100 DECLARACION DE ADMISION DE VEHICULOS PARA ZONA FRANCA). 2.4 Adjunto con la declaración aduanera deberá presentarse: a) Factura comercial de compra original, expedida por la Casa Comercial. b) Copia del BL, endosado a favor del beneficiario de Zona Franca por lo que hace a la unidad objeto de la compraventa. c) Declaración del Valor cuando el vehículo tenga un valor superior a US$25,000.00 d) Autorización de la Comisión Nacional de Zona Franca. 2.5 La autoridad Aduanera de Zona Franca, una vez le presenten la declaración aduanera y ejecute lo conducente en el SIDUNEA ++, deberá emitir el RESULTADO DE ALEATORIEDAD y el RECIBO DE CAJA correspondiente a dicha declaración, ejecutará lo que proceda y luego entregará las copias de interesado y agente aduanero según corresponda. 2.6 Una vez elaborada la Declaración Aduanera bajo el régimen de Zona Franca, el agente aduanero representante de la empresa vendedora del vehículo, deberá presentar por dicho vehículo, una declaración aduanera bajo el régimen de Reexportación previa Declaración de Depósito o bajo el régimen de Reexportación (cuando el vehículo se encuentre en depósito temporal), según el caso, en la Administración de Aduana. 2.7 Con la copia de la declaración aduanera bajo el régimen de Zona Franca y el recibo de caja, el interesado podrá retirar el vehículo del Depósito Aduanero Privado que le hubiera vendido el vehículo. 2.8 El depósito aduanero privado, no podrá entregar el vehículo hasta tanto no le presenten la declaración aduanera bajo el régimen de Zona Franca y el recibo de caja respectivo, artículo 10 de la Ley de Autodespacho. Arto. 10. Las personas autorizadas para almacenar mercancías en depósito a la orden de las autoridades aduaneras tendrán además de las obligaciones señaladas en la correspondiente concesión o autorización las siguientes: 7. Entregar las mercancías que se encuentren bajo su custodia, cuando el Agente Aduanero que tramita el autodespacho, les presente la declaración en la que conste el pago de las obligaciones tributarias, de conformidad con el régimen aduanero al que sean destinadas Kilómetro 4 ½ Carretera Norte - Apartado No. 47 Teléfono: (505) 249-3151 Fax: (505) 249-5720, Nicaragua

PAG. 4/10 IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA CT/151/2005 3.- Exportaciones Con el objeto de facilitar las exportaciones y dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 121 del RECAUCA, toda exportación de Zona Franca, podrá ejecutarse mediante la presentación de la declaración aduanera de Exportación, conforme lo establece dicho artículo y en los tres días siguientes a la salida de la mercancía el agente aduanero deberá presentar la declaración aduanera complementaria con los datos definitivos. Dicha declaración complementaria podrá confirmar o reformar los datos de la declaración inicial. Se eliminan los controles internos de exportación. 4.- Disposiciones Generales a) La importación de menajes de casa que efectúen las personas que laboran para empresas beneficiarias del régimen de Zona Franca, deberá ampararse en una declaración de importación definitiva, cancelando los derechos e impuestos correspondientes. Cada artículo que compone el menaje, deberá ser declarado en su posición arancelaria respectiva, de conformidad con el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) vigente. El decreto No.46-91 no establece ninguna exoneración para tales fines. b) La estancia para las mercancías destinadas al Régimen de Zona Franca no tendrá límite. c) El anexo de Ia presente Circular Técnica, Forma parte de la misma, y contiene los Regímenes Aduaneros para Zona Franca a utilizarse en el Sistema Aduanero Automatizado y el Anexo II Administraciones de Aduana y Zonas Francas. d) A futuro se podrán incorporar nuevas disposiciones a la presente circular técnica, las cuales serán dadas a conocer para su oportuna implementación y aplicación. e) La presente circular técnica modifica el Anexo I de la Circular Técnica Nº 27/2005. f) Para todos los efectos legales la presente disposición será publicada en la página WEB, de la Dirección General de Servicios Aduaneros, en la dirección siguiente: http://www.dga.gob.ni. Cualquier duda o sugerencia al respecto, favor de remitirla por escrito a la División Técnica de esta Dirección General de Servicios Aduaneros. Sin otro particular, les saludo. RICARDO VEGA JACKSON DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS ADUANEROS C/C: CAMARA DE COMERCIO DE NICARAGUA (CACONIC) CAMARA DE INDUSTRIA DE NICARAGUA (CADIN) CAMARA DE AGENTES ADUANEROS, ALMACENADORES Y EMBARCADORES DE NICARAGUA (CADAEN) ASOCIACION ADUANEROS INDEPENDIENTES ARCHIVO ORIGINAL DIVISIÓN TÉCNICA ADUANERA Comisión Nacional de Zonas Francas. La Corporación Nacional de Zona Franca.

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros CT/151/2005 I IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA PAG. 5/10 ANEXO I REGÍMENES ADUANEROS DE SIDUNEA ++ DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO MODELO SOL PREVIO NAC SERIE DECLARACION DE ADMISION PARA PERFECCIONAMIENTO EN ZONA FRANCA Declaración de Admisión para Perfeccionamiento en Zona Franca. IMP9 90 00 000 G Declaración de Admisión para Perfeccionamiento en Zona Franca proveniente de una Zona Franca. IMP9 90 90 000 G DECLARACION DE ADMISION PARA ZONA FRANCA Declaración de Admisión de Vehículo para Zona Franca. IMP9 91 00 000 G Declaración de Admisión de Maquinaria para Zona Franca. IMP9 92 00 000 G Declaración de Admisión de bienes para la Construcción de Zona Franca. IMP9 93 00 000 G DECLARACION DE EXPORTACION DEFINITIVA PREVIA DECLARACION DE ADMISIÓN PARA PERFECCIONAMIENTO EN ZONA FRANCA Declaración de Exportación Definitiva previa Admisión para Perfeccionamiento en Zona Franca. EXP1 10 90 000 E Declaración de Exportación Definitiva para Zona Franca previa Admisión para Perfeccionamiento en Zona Franca. EXP1 19 90 000 E DECLARACION DE IMPORTACION DEFINITIVA PROVENIENTE DE ZONA FRANCA. Franca con pago total de impuestos IMP4 40 90 000 G Franca con Exoneración Parcial Uniforme. IMP4 40 90 001 G Franca Sujeta al Pago de impuestos incluyendo en el IVA el porcentaje de Comercialización. IMP4 40 90 003 G Franca con Exoneración Parcial Diferenciado. IMP4 40 90 013 G Franca con Exoneración y Sujeta al Pago de IVA con el porcentaje de Comercialización. IMP4 40 90 014 G Franca con Exoneración de Parcial Uniforme y TSIM. IMP4 40 90 015 G DECLARACION DE IMPORTACION DEFINITIVA PREVIA IMPORTACION TEMPORAL CON REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO PROVENIENTE DE ZONA FRANCA Declaración de Importación Definitiva previa Importación Temporal con Reexportación en el mismo Estado IMP4 45 39 000 A Kilómetro 4 ½ Carretera Norte - Apartado No. 47 Teléfono: (505) 249-3151 Fax: (505) 249-5720, Nicaragua

PAG. 6/10 IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA CT/151/2005 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO MODELO SOL PREVIO NAC SERIE proveniente de Zona Franca. DECLARACION DE REIMPORTACIÓN PREVIA EXPORTACION DEFINITIVA DE ZONA FRANCA Declaración de Reimportación previa Declaración de Exportación Definitiva de Zona Franca. IMP6 61 90 000 Y DECLARACION DE IMPORTACION TEMPORAL CON REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO PROCEDENTE DE ZONA FRANCA Declaración de Importación Temporal con Reexportación en el mismo Estado proveniente de Zona Franca. IMP5 53 90 000 M DECLARACION DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO (Ley 382) PROCEDENTE DE ZONA FRANCA Declaración de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo con Suspensión de Derechos e Impuestos proveniente de Zona Franca. IAT5 52 90 018 L Declaración de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo con Devolución de Derechos e Impuestos proveniente de Zona Franca.. IAT5 52 90 019 L DECLARACION DE RE-EXPORTACION Declaración de Re-Exportación previa Admisión para Perfeccionamiento en Zona Franca. EXP3 30 90 000 R

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros CT/151/2005 I IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA PAG. 7/10 ANEXO II ATENCIÓN ADUANERA A ZONAS FRANCAS ARNECOM (LEÓN) - Código de Aduana 6136 Arnecom de Nicaragua, S.A. León EL BLUFF ZONA FRANCA-Código de Aduana 6138 Río Escondido Industrial, S.A. Kukra Hill ESTELÍ - Código de Aduana 6130 Latin Cigars de Nicaragua, S.A. Nicaragua American Tobacco, S.A. - NATSA - Nicaragua Procesadora, S.A. - NICAPROSA - Nick s Cigars, S.A. Procesadora de Tabacos de Nicaragua, S.A. - PROTANIC Segovia Cigars, S.A. Tabacalera Oliva de Nicaragua, S.A. - TABOLISA - Tabacalera Tambor, S.A. Tabacos Puros de Nicaragua, S.A. Tobacco Home, S. A. Nueva Segovia INDEX- Código de Aduana 6137 Gatornica, S.A. Hilos A&E de Nicaragua, S.A. Industrias Santa María, S.A. USLC de Nicaragua, S.A. Zona Franca Index, S.A. JOSÉ IGNACIO GONZALES (DIRIAMBA)- Código de Aduana 6131 Annic LLC, S. A. Corporación José Ignacio González, S.A. Gildan Activewear (Rivas), S. A. Gildan Activewear (San Marcos), S. A. Gildan Activewear Properties (Nicaragua), S. A. Rivas Kilómetro 4 ½ Carretera Norte - Apartado No. 47 Teléfono: (505) 249-3151 Fax: (505) 249-5720, Nicaragua

PAG. 8/10 IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA CT/151/2005 Grace Fashion Industry, S. A. Guanica, S.A. Megatronix, S. A. Picus de Centroamérica, S.A. Rocedes Apparel, S. A. Singbo Garment, S.A. Textiles Validos, S. A. Valido Tex, S. A. Yejin, S. A. Yu Jin Textile, S. A. Zona Franca Inversiones San Marcos, S.A. Zona Franca Las Palmeras, S. A. Zona Franca Nicaragua, S. A. Zona Franca Siglo XXI, S. A. Rivas LAS MERCEDES - Código de Aduana 6113 Afa Internacional Astro Cartón, S.A. Astro Nicaragua, S. A. Bordados Seok Hwa, S. A. CB Americas, S. A. Chen Yong, S.A. Chentex Garment, S.A. Chih Hsing Garment s, S.A. China Unida garments, MFG Nic. Corp., S.A. China Unique Garments, MFG Nic. Corp., S.A. Choe & Cartón, S.A. Chung In Nicaragua, S. A. Command Medical, S. A. Corporación de Zonas Francas "Las Mercedes" Cupid Free Trade Zone, S.A. Cupid Nicaragua, S.A. Dasol Textil, S.A. ECCO de Nicaragua, S.A. Electrónica de Centroamérica, S.A. - ELECTROCASA- Formosa Textil, S.A. Fortex Industrial Nicaragua, S.A. Fusion, S. A. Globalstar Gateway Co., S.A. Hansae Nicaragua, S.A. Hidropónica, S. A. HLL Chiang Garments, MFG Nic. Corp., S.A. Hortitech, S. A. IAMSA de Nicaragua, S.A. IS Nicaragua, S. A. Istmo Textil, S.A.

Gobierno de Nicaragua Dirección General de Servicios Aduaneros CT/151/2005 I IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA PAG. 9/10 KB Manufacturing, S.A. Knitwear, S.A. La Gran Sultana, S. A. Mango Apparel, S.A. Maquila Marviwal, S.A. Maquiladora D&M, S.A. Marcos Apparel, S. A. Mega Chemical, S. A. Metro Garments, S.A. Nicaragua Apparel Service, S. A. Nicotex Nicaragua, S.A. Nien Hsing International, S.A. Premium Brands, S.A. Presitex Corp., S.A. Roo Hsing Garment Co. Nicaragua, S.A. Ropa de las Mercedes, S.A. - ROCEDES - San Kwang Bordados, S. A. Sinonica Industrial, S.A. Sun Star Nicaragua, S. A. Textile Unlimited, S.A. - TXU - Textilera Nicaraguense, S.A. Textiles del Mundo, S. A. (MUNDOTEX) The Argus Group, S. A. - Calypso Apparel Tisa, S. A. Tristar Apparel, S.A. Uno Garments, S. A. ZIP Argeñal, S.A. Zona Franca, S. A. Zona Franca Industrial Tipitapa, S.A. Zona Franca Monte Fresco, S. A. Zona Franca Opinsa, S.A. Zona Franca Portezuelo, S. A. (Extensión) Zona Franca Portezuelo, S.A. Zona Franca Sábana Grande, S.A. Zona Franca San Cristobal, S. A. Zona Franca San Gabriel, S.A. Zona Franca San Miguel (Extensión San Gabriel, S. A.) Zona Franca San Rafael, S. A. Zona Franca Siglo XXI, S. A. Zona Franca Unisébaco, S.A. Msaya Kilómetro 4 ½ Carretera Norte - Apartado No. 47 Teléfono: (505) 249-3151 Fax: (505) 249-5720, Nicaragua

PAG. 10/10 IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA SIDUNEA++ EN LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE ZONA FRANCA CT/151/2005 SARATOGA - Código de Aduana 6127 Alpha Textil, S.A. Cartonera Industrial, S.A. Chao Hsing Int., S.A. El Tránsito, S.A. Energy and Alcohol International, S. A. Fashion & Design Nicaragua, S.A. John Garments, S.A. Mil Colores, S.A. (Chaprich) Nicalum, S.A. Parque Industrial Grupo B.L., S.A. Parques Industriales Zeta, S. A. Variedades y Accesorios de Nicaragua, S.A. - VANICSA - Yu Jin Nicaragua, S.A. Zona Franca Internacional de Chinandega, S.A.- ZOFRIC - Zona Franca Internacional, S. A. Zona Franca Los Brasiles, S.A. Zona Franca Masili, S. A. Zona Franca Mateare, S.A. Zona Franca Saratoga, S.A. Chinandega León León León Chinandega SENIKA - Código de Aduana 6135 Sae - A Tecnotex, S. A. Zona Franca Senika, S.A.