Normativas SPB Vigencia: 1º de Marzo de 2014 MODALIDAD DE COBERTURA SPB es coseguro de la obra social primaria: I.O.M.A., por lo tanto el afiliado concurrirá siempre a la farmacia provisto de la receta de IOMA. La farmacia expenderá la receta de IOMA como lo hace habitualmente facturándola por los carrilles ordinarios. Cuando los medicamentos prescriptos se encuentren dentro de los PRODUCTOS CON COBERTURA, y la misma cumpla con los requisitos enumerados en el ítem Prescripción de recetas, la farmacia efectuará por SPB/Farm+ un descuento de hasta el 35% (TREINTA Y CINCO POR CIENTO) sobre el saldo del Precio Venta Público de cada producto. * ver más detalles en INSTRUCTIVO DE ATENCION EN LA FARMACIA PRODUCTOS CON COBERTURA Medicamentos de uso Abierto del FTP del IOMA ( No Normatizado ). Medicamentos Normatizados ( IOMA asterisco, que son medicamentos con autorización de excepción de Auditoría Médica IOMA) IOMA A : Listado de Anexo II que provee coberturas especiales. IOMA Accesorios : Cobertura de Tiras reactivas para medición de diabetes IMPORTANTE: Si el medicamento tuviera un PVP mayor a $1000 (pesos mil), el afiliado deberá solicitar autorización previa de dicha receta en la oficina del SPB de su distrito. Este valor podrá actualizarse según la variación de precios que sufran los medicamentos.
PRODUCTOS SIN COBERTURA IOMA Plan SER : cobertura de salud sexual y reproductiva (prevención cáncer mamario y de útero, control natalidad anticonceptivos, profilácticos, DIU u otros) IOMA T : Plan Nacional de lucha contra Tuberculosis, Lepra y Miastenia Gravis. IOMA INTER: son productos de uso exclusivo en instituciones sanatoriales. (habitualmente productos para pacientes internados) Todo producto que NO sea cubierto por IOMA VERIFICACION DE AFILIACION La farmacia verificará la existencia del beneficiario de SPB con la revisión de la credencial de IOMA donde consta el detalle de la entidad a la cual cada afiliado pertenece (en este caso SPB). En el caso de no figurar en el padrón de IOMA, la farmacia tendrá a su disposición un padrón detallado de SPB en la página www.farmmas.com.ar, debiendo solicitar a Farm+ o a SPB una autorización especial cuando el afiliado no figure en dicho padrón. La autorización deberá presentarse junto con la copia de la receta de IOMA. Afiliados retirados/jubilados: La credencial de estos afiliados carece de la sigla identificatoria SPB. Los mismos se corroboran con la presentación de una credencial distintiva y el ticket de cobro donde se podrá corroborar el aporte a la entidad SPB: LA DGAS SERV P LB DGAS SERV P Se adjunta modelo de credencial y ticket (ver Anexo Afiliados Retirados/Jubilados) Teléfonos de autorización: Farm + S.A: 4328-5061 int 14 e int 18
RECETARIO Se utilizará solo el recetario Oficial de la Entidad IOMA. De la Prescripción Confección de la receta: De puño y letra del profesional actuante Fecha de prescripción: siempre debera ser dentro del mes de uso del recetario. Datos del Afiliado: el profesional deberá completar apellido y nombre del paciente (afiliado titular o familiar a cargo) Datos del profesional: Firma y Sello del médico, con nombre, apellidos y nro. de matricula Productos prescriptos: manuscritos. Los productos psicofármacos requieren receta común duplicado manuscrita del médico. El vencimiento de la receta opera a los 30 días desde la prescripción Prescripción, cantidad de Ítems y receta IOMA Receta: presentar fotocopia de la receta de IOMA con troqueles. Cantidad de productos: IDEM IOMA Prescripción: IDEM IOMA. Si hubiera enmiendas o diferencias del cualquier tipo, debe salvarlas el médico prescriptor con sello y firma (si la enmienda se encuentra al dorso, deberá presentar copia del dorso de la receta). Cuando se trate de una RECETA DE IOMA USO CRONICO, la farmacia deberá presentar, al momento de la facturación: - Fotocopia del recetario COMPLETO de IOMA - Fotocopia del cupón del periodo de dispensación (1, 2, 3,4)
No se aceptará la presentación de solo el cupón rotulado sin la receta de IOMA Autorizaciones Especiales de IOMA (Normatizados, Accesorios, etc.): En aquellos casos en que IOMA otorgue una ORDEN DE PROVISION para la cobertura de medicamentos de USO NORMATIZADO, la misma deberá presentarse fotocopiada conjuntamente con la fotocopia de la receta de IOMA. La falta de esta documentación será motivo de débito. Presentación y Facturación: Las copias de las recetas presentadas deben corresponder al mes de consumo o al mes próximo anterior. No se aceptarán recetas del consumo siguiente. (Solo se pueden presentar recetas expendidas hasta el último día del mes de consumo) Se deberá presentar: Fotocopia de la receta de IOMA (Totalmente Completa, con troqueles) Fotocopia de la ORDEN DE PROVISION de IOMA, en caso de ser medicamentos de Uso Normatizado. Tercero interviniente: fotocopia del DNI DEL TITULAR. Planilla/caratula original y duplicado donde consten la cantidad de recetas, monto pvp total receta, monto total a/c IOMA, monto total a/c SPB y el total a abonar por el afiliado. Las recetas deben presentarse en Farm+, Tucumán 978 Capital Federal, cód. postal 1049, dentro de los primeros 4 días hábiles de cada mes.
Instructivo de Atención en la Farmacia El afiliado debe concurrir con la receta del IOMA y DNI del titular (en el caso de ser un tercero interviniente, copia del DNI del titular y anexarlo a la receta). Las recetas deben estar prescriptas según normativas IOMA. Para recibir el descuento adicional los productos que se expendan deben estar entre los PRODUCTOS CON COBERTURA El descuento a aplicar por SPB es el siguiente: EL 35% de descuento sobre el saldo del precio de venta público resultante de la cobertura de IOMA. EJEMPLOS: PVP COBERTURAIOMA SALDO COBERTURASPB(35%SALDO) TOTALCOBERTURA(IOMA+SPB) ACARGOAFILIADO 100 100 100 40 70 90 60 30 10 21 10.5 3.5 61 80.5 93.5 39 19.5 6.5 Siempre que la suma del descuento del IOMA y el descuento de SPB supere el precio público del producto, el importe a abonar por el afiliado por ese producto es $0,-