CIRCULAR INFORMATIVA Número de Circular 02/05. RECETA PARA TRATAMIENTO POR INFUSIÓN ENDOVENOSA Código 235.CI.02
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- Adolfo Lara Jiménez
- hace 7 años
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1 Objetivo Reglamentar la utilización de formularios a autorizar por las Entidades para pacientes que realizan tratamiento por Infusión Endovenosa, Ambulatorios, Adultos y Pediátricos. Actores Internos y Externos involucrados Servicio de Oncología Servicio de Ginecología Servicio de Hematología Servicio de Nefrología Servicio de Reumatología Servicio de Hemato Oncología Hospital de Día Pediátrico Oficina de Pacientes del Interior / Exterior Facturación Farmacia Gerencia Comercial Plan de Salud Obras Sociales Desarrollo En función de lo dispuesto por las Normas internas de la Institución, se ha establecido la utilización del Formulario único Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa para todo tipo de pacientes que requieran este tipo de tratamiento, a partir de la fecha de vigencia dispuesta en el encabezado de la presente Circular Informativa. Cabe mencionar que las siguientes medidas fueron validadas por las diferentes áreas internas involucradas en el respectivo proceso. Cómo es el llenado del Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa A continuación se describe de qué manera se completará el Formulario. El mismo, se presenta seguido a las indicaciones que aquí se detallan y fue dividido en secciones para mejor entendimiento y comprensión. Sección A. En el cuadro Días de Tratamiento del Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa, el Médico indicará los días en que el paciente concurrirá a realizar tratamiento. Deberá indicar el/los días y el/los Mes en el espacio destinado a tal fin Fecha de Tratamiento y, también, redondear los días correspondientes en el calendario. El ejemplo muestra que el paciente deberá presentarse el 1, 3 y 5 del mes de Marzo. Sección B. En las primeras dos instancias del cuadro Datos identificatorios del Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa, el Médico completará los datos requeridos. Nombre y Apellido del Paciente Obra Social Plan N de Afiliado Diagnóstico presuntivo Peso (*) Altura (*) Superficie Corporal (*) (*) Datos no Obligatorios, excepto para Afiliados al Plan de Salud del Hospital Italiano. 1
2 Sección C. En la última instancia del cuadro Datos identificatorios del Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa, la Secretaria completará: Código de práctica correspondiente (que indica el tratamiento a realizar) Cantidad de sesiones a realizar (que será lo indicado por el Médico en el cuadro días de tratamiento) Servicio a cargo Teléfono de Contacto del Paciente El Código de práctica dependerá del Diagnóstico del Médico y del tipo de Contrato que tenga la Entidad con el Hospital Italiano. Se entenderá, que la Entidad autorizará dicho código, tantas veces como sesiones deba realizar el paciente (indicado en Cantidad) Sección D. En el Cuadro Protocolo del Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa, el Médico indicará: La/las Drogas (por Genérico) que serán necesarias para el realizar el tratamiento. Presentación (en Mg o UI) Forma Farmacéutica Cantidad de Unidades Dosis en m2 Dosis total Periodicidad Sólo se indicará en caso que la Entidad no posea Recetarios Oncológicos propios para el pedido de Drogas citostáticas. Dichas Entidades, continuarán recibiendo el pedido de Drogas por esa vía. Sección E. En el cuadro Descartables / Protocolo del Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa, el Médico indicará mediante una cruz en la segunda fila, de acuerdo a la Droga prescripta anteriormente, los Descartables y Medicamentos comunes (entiéndase Drogas no citostáticas) que serán necesarios para realizar el tratamiento. Lo indicado en el Formulario corresponde al uso por un tratamiento; por lo cuál, se entenderá, que la Entidad autorizará lo indicado en la planilla, tantas veces como sesiones deba realizarse (indicado en Cantidad). En última instancia, el Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa, se firmará por: Médico Prescriptor (Firma y sello del Médico Prescriptor) Cómo deberá autorizar la Entidad el Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa? La Entidad autorizará del Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa : El Tratamiento (correspondiente al código de práctica indicado) Las Drogas (siempre que se hayan indicado drogas y la Entidad no las provea) Los Descartables (siempre que se hayan indicado descartables y la Entidad tenga Contrato Prestacional con el Hospital Italiano) Para dejar registro claro de lo que la Entidad está autorizando, hemos incluído tres opciones: Tratamiento Drogas Descartables Con el objeto de que el Auditor de cada Entidad tache lo que no corresponda autorizar (más allá de que esté indicado en el Formulario Receta para tratamiento por Infusión Endovenosa ). La Entidad dejará constancia de la Autorización mediante firma y sello en el lugar correspondiente a: Firma Auditor. 2
3 Es importante recordar que seguirán teniendo vigencia y seguirán siendo completados por los Médicos, todos los Recetarios Oncológicos propios de cada Entidad para la indicación de Drogas, más allá de la implementación de este Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa Adónde se hará la recepción del Formulario autorizado Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa? Pacientes Adultos La recepción del Formulario autorizado Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa se hará en la Oficina de Pacientes del Interior/ Exterior Autorizaciones, vía Fax, al directo: Pacientes Pediátricos La recepción del Formulario autorizado Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa se hará en el Servicio de Hemato-Oncología, vía Fax, al : Interno 8704 Interno 9471 Cómo debe actuar la Entidad ante la detección de irregularidades en el Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa recibido para su autorización? Pacientes Adultos En caso que la Entidad encuentre irregularidades en la confección del Formulario, indicará el motivo de la no autorización en el mismo y lo enviará a la Oficina de Pacientes del Interior / Exterior Autorizaciones, vía Fax, al directo: Luego de las correcciones efectuadas, la Oficina de Pacientes del Interior / Exterior - Autorizaciones enviará nuevamente a la Entidad el Formulario para su autorización, vía Fax. Pacientes Pediátricos En caso que la Entidad encuentre irregularidades en la confección del Formulario, indicará el motivo de la no autorización en el mismo y lo enviará al Servicio de Hemato-Oncología, vía Fax, al : Interno 8704 Interno 9471 Luego de las correcciones efectuadas, el Servicio de Hemato-Oncología enviará nuevamente a la Entidad el Formulario para su autorización, vía Fax. Cómo Procederán las Entidades que no autoricen Vía Fax? Todas las Entidades que no autoricen vía Fax, recibirán por parte del paciente o algún familiar el Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa para su autorización. Una vez autorizado, se le devolverá el Formulario al Paciente o Familiar para que sea presentado en el Sector 11 Oncología (Pacientes Adultos) o en el Sector 17 Hospital de Día Pediátrico (Pacientes Pediátricos), al momento del tratamiento. 3
4 Dias de Tratamiento Código de Práctica (Tratamiento) y Cantidad Drogas Indicación de Descartables a utilizar Lugar adónde firmará el Médico Prescriptor Lugar adónde se indicará qué autoriza la Entidad Lugar adónde firmará el Auditor de la Entidad haciendo efectiva la autorización 4
5 A Continuación se detallan algunos ejemplos: Entidades que posean recetarios oncológicos propios y provean sus Drogas y tengan contrato Modular con el Hospital: Recibirán el Recetario Oncológico propio con la indicación de Drogas y el Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa, en el cuál deberán autorizar el Tratamiento. Código de Práctica (Tratamiento) y Cantidad Autoriza por: Tratamiento ya que las Drogas son provistas por la Entidad 5
6 Entidades que no posean recetario oncológicos propios y provean las Drogas al Paciente y tengan contrato Modular con el Hospital. Recibirán el Formulario Receta para Tratamiento por Infusión Endovenosa, en el cuál deberán autorizar el Tratamiento. Código de Práctica (Tratamiento) y Cantidad El Médico indicará las Drogas Autoriza por: Tratamiento ya que las Drogas son provistas por la Entidad 6
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