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Transcripción:

ANEXO 1 EL DIRECTOR REGIONAL DEL - SENA CERTIFICA Que en el Despacho Regional se requiere la contratación de servicios de salud de atención integral de medicina especializada en Psiquiatría; consulta y controles, urgencias, hospitalización, sesiones psiquiátricas Y/o hospital día, como apoyo al Servicio Médico Asistencial, para atender la demanda de los Beneficiarios adscritos. Esta certificación se sustenta en que es imposible atender la necesidad a contratar con personal de planta, porque de acuerdo con el manual de funciones y requisitos mínimos de la entidad, y los cargos existentes, no hay personal que pueda desarrollar esta actividad. La presente certificación se expide para que el Director General del SENA pueda declarar cumplido el requisito de que trata el Decreto 2209 de 1998. En constancia de lo anterior se expide la presente certificación en Barranquilla, a los 17 días del mes de enero de 2013. JORGE LUIS RESTREPO NAME

ANEXO 2 ESTUDIO PREVIO Y NECESIDADES PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACION. De conformidad con lo dispuesto la ley 80 de 1993, el literal c) del numeral 2 del artículo 2 de la ley 1150 y artículos 2.1.1, 3.5.2 del Decreto 734 de 2012, el Director del SENA Regional Atlántico, se permite realizar el presente estudio previo de conveniencia y oportunidad, para la contratación de los servicios de salud, que seguidamente se describe: 1- Descripción de la necesidad que se pretende satisfacer con el objeto a contratar El Servicio Médico Asistencial del Sena creado a través del Decreto 907 del 16 de mayo de 1975, que estableció en el artículo 30, la seguridad social para la familia del empleado y determinó que el SENA asumirá directamente o contratará con una o varias entidades públicas o privadas, especializadas en seguridad social, un seguro médico asistencial para los familiares de los funcionarios. Posteriormente fue reglamentado por el Acuerdo 24 de 1978, la Resolución 312 de 1987 y el Acuerdo 30 de 1988, normas que establecen que se debe garantizar la atención integral en salud a beneficiarios del Servicio Médico Asistencial. Dada la necesidad de proporcionar adecuada atención y garantizar la salud de los beneficiarios del Servicio Medico Asistencial de la Regional Atlántico del SENA, se requiere contratar con personas jurídicas y/o naturales que presten el servicio de salud de atención integral de medicina especializada en Psiquiatría; consulta y controles, urgencias, hospitalización, sesiones psiquiátricas Y/o hospital día, garantizando la pluralidad de oferentes que permita la escogencia de varios prestadores, en cumplimiento del numeral 4 y 9 del Art. 14 del decreto1485/94, numeral g Art. 156 de la ley 100 en concordancia con los Art.48 y 49 de la de la constitución. Nota: La contratación de este servicio fue recomendada por la junta del Servicio Médico Asistencial de la regional.

2-Descripción del objeto a contratar. Objeto: Contratar la prestación de servicios de salud de atención integral de medicina especializada en Psiquiatría; consulta y controles, urgencias, hospitalización, sesiones psiquiátricas Y/o hospital día, como apoyo al Servicio Médico Asistencial, para atender la demanda de los Beneficiarios del servicio médico asistencial. 3-Especificaciones esenciales: La institución prestadora del servicio de salud se comprometerá a brindar los servicios contratados garantizando la atención de los beneficiarios del servicio médico asistencial del SENA Regional Atlántico, para los siguientes servicios requeridos: PSIQUIATRIA ÍTEM 1 2 SERVICIO Servicios médicos: Tratamiento ambulatorio: consultas y controles con especialista procedimientos de tipo diagnostico y terapéutico Atención de urgencias Urgencias Psiquiátricas Sesión hospital día Atención Hospitalaria: Habitación hospitalaria Atención intrahospitalaria por especialista tratante Procedimientos diagnósticos y terapéutico intrahospitalarios. UNIDAD DE MEDIDA Unidad Unidad CANTIDAD Hasta agotar presupuesto Los procedimientos no incluidos en la resolución 1595 de 2010 por no estar codificados en el manual ISS 2001 deben ser cotizados.

El SENA requiere contratar con instituciones prestadoras de servicios de salud que presten el objeto a contratar, que deben encontrarse debidamente habilitada por la Dirección Territorial de Salud de conformidad con la Ley 10 de 1990. De igual forma deberá cumplir todas las condiciones exigidas por la Dirección Territorial de Salud del Distrito de Barranquilla, para la prestación de servicios ofertados en el objeto de los estudios previos de acuerdo a la Resolución 1043 de 2006. y el Decreto 1011 de 2006, para lo cual el proponente deberá anexar la certificación expedida por la Dirección Territorial de Salud. Se acepta solamente una (1) propuesta por cada proponente. Los prestadores seleccionados, con el fin de dar pleno cumplimiento al objeto contractual y hacer mas oportunos y eficientes los servicios prestados pueden acudir a la figuras jurídicamente legales de alianzas estratégicas, consorcios, uniones temporales, entre otras, según circulares 066,067 de 2010 de la supersalud y la ley 1508 de 2012. Las tarifas y servicios ofertados por el proponente deben ajustarse a la Resolución 1595 de 2010 por la cual se modifican las Tarifas de Prestación de Servicios Médicos y Odontológicos para el Servicio Médico Asistencial del SENA 3.1- Obligaciones Especiales: Las obligaciones y actividades específicas a realizar son las siguientes: 1) Otorgar cita para atención especializada dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición de la orden de atención expedida por el médico asesor del Servicio. 2) Llevar la historia clínica debidamente diligenciada, dejar constancia con fecha exacta de cada atención o control que se haya prestado al paciente y cumplir con las exigencias legales y éticas con el manejo de la Historia Clínica de los pacientes. 3) Elaborar mensualmente las cuentas de cobro y presentarlas los 5 primeros días hábiles de cada mes, las cuentas en ningún caso podrán presentarse por sumas superiores a las tarifas acordadas. 4) Presentar y mantener vigentes los permisos, licencias y títulos especiales exigidos por parte de la ley o las autoridades administrativas, civiles o sanitarias, para el ejercicio del servicio prestado.

5) Rendir informes estadísticos sobre la atención de los pacientes, solicitados por el Coordinador del Grupo de Servicio Médico Asistencial, previo a la presentación de cuenta de cobro o factura mensual. 6) Atender adecuadamente al paciente mientras se halle a su cargo. 7) Cumplir con los ordenamientos éticos y morales que impone la profesión médica. 8) Informar al SENA todos los casos en que se presenten suplantaciones o fraudes de usuarios o cualquier otra irregularidad. 9) Todo tratamiento ordenado por los prestadores, debe ser autorizado por el médico asesor y es de obligatoria aceptación para los beneficiarios. 10) Toda remisión inicial al especialista estará supeditada a una valoración del paciente por parte del médico asesor. Así mismo, toda remisión a consulta y control con especialista requiere de una valoración médica o revisión de historia clínica del paciente por parte del médico asesor. 11) Informar al SENA dentro de las siguientes veinticuatro (24) horas hábiles de presentarse una urgencia para la legalización de la cuenta respectiva. 12) Los prestadores deben tener en cuenta las exclusiones de servicios: El SENA no responderá por el pago de los siguientes servicios en caso de se suministrados por el contratista a uno de los beneficiarios: Cirugía Estética y las complicaciones que se deriven de las mismas. Tratamiento para la drogadicción y alcoholismo. Restricción del servicio según la Junta Administradora Nacional. Lente de contacto: Como única alternativa posible de tratamiento. Filtro solar, champú, crema solar, jabón, solo en caso de una enfermedad crónica debidamente certificada por especialista. Vacunas que estén incluidas en el plan ampliado de inmunización del. No se autorizan complementos vitamínicos, solo en caso de desnutrición comprobada, se autorizan complementos vitamínicos (Ensoy Plus, Ensure o Calprovit). O en aquellos casos donde se demuestren patologías carenciales. 3.2-Obligaciones generales: El contratista se comprometerá a cumplir con las siguientes obligaciones: Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA. Ejecutar el objeto del presente contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en las cláusulas

correspondientes y de acuerdo con su oferta y la invitación pública los cuales hacen parte vinculante del contrato. Cumplir cabalmente los deberes que le impone la Constitución, la ley y los reglamentos internos, los cuales deberá conocer sin que por ello adquiera la calidad de trabajador oficial o servidor público. Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA. Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, articulo 3 de la ley 797 de 2003, inciso 1 del articulo 23 del decreto 1703 de 2002 y demás normas que lo adicionen o modifiquen EL CONTRATISTA deberá efectuar el pago oportuno de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, y acreditar encontrarse a paz y salvo como requisito previo para cada pago que se le vaya a efectuar. Ejecutar el servicio de acuerdo a las normas técnicas y de calidad que se exigen para el mismo. 4. Análisis que soporta el valor estimado del contrato: Tratándose de servicios de salud, los cuales por su naturaleza no tienen costos fijos mensuales, se calculó el valor estimado del contrato, teniendo en cuenta los promedios de consumo de los servicios facturados por servicios prestados en cada una de las ciudades donde funciona el SMA y pagados por el SENA Regional Atlántico en la vigencia 2012 así: Servicios Zona/ciudad Presupuesto estimado Servicio de salud de Psiquiatría Integral Barranquilla 29.210.345 TOTAL $29.210.345 5. Justificación de los factores de selección que permitan identificar la oferta más favorable para la entidad. Con el fin de identificar los factores de selección que permitan identificar la oferta más favorable, se tiene en cuenta el cumplimiento de criterios técnicos de

calidad y tarifas ofertadas. Las ofertas se presentaran tomando como base las tarifas ISS 2001 mas los porcentajes máximos definidos en la resolución 1595 de 2010, según clasificación de la regional Atlántico categoría B, emanada del SENA. 5.1. Aspectos que se deben tener en cuenta para la fijación de los precios de la oferta: Las tarifas autorizadas para contratar referentes son las máximas permitidas para la contratación de servicios, sin desconocer que se podrán realizar convenios por debajo de los máximos permitido en ellas de acuerdo a la oferta de cada proponente. Así mismo, se aclara que de conformidad a la Resolución 1595 de 2010, en ningún caso se podrán aplicar copagos a los beneficiarios del Servicio Médico del SENA. El PROPONENTE deberá presentar su oferta por el sistema de precios unitarios, conforme al cual en dicho precio se encuentran comprendidos todos los costos directos e indirectos. El PROPONENTE deberá cotizar los ítems ofertados en la unidad de medida requerida para los servicios establecidos por la entidad. Al formular la oferta, el PROPONENTE deberá tener en cuenta que todos los impuestos, retenciones y gastos que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, incluidas la CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO en caso de que se le requiera, son de cargo exclusivo del CONTRATISTA. Por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos. El SENA solo pagará los precios contratados y por tanto, no reconocerá suma alguna por impuestos ni reajustes a los precios ofertados, a menos que el reajuste se deba efectuar como consecuencia de una acción directa de la entidad previamente formalizada de acuerdo a los procedimientos legales y presupuéstales que corresponda. El SENA efectuará al PROPONENTE las retenciones que, en materia tributaria tenga establecida la Ley y respecto de las cuales sea su obligación efectuar la retención. En los demás casos, el contratista deberá cumplir con el pago de los impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la presente contratación. Las devoluciones o exenciones a que crea tener derecho el PROVEEDOR DEL SERVICIO deberán ser tramitadas por éste ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte del SENA o costo para ella.

Con relación al IVA, el PROPONENTE deberá discriminar en la oferta este impuesto, si pertenece al régimen común. En caso de no indicarlo, este nuevo valor no podrá ser reconocido por el SENA y el proveedor del servicio deberá asumir el costo del impuesto. 6- Fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección: El objeto que se requiere contratar corresponde a la prestación de servicios de salud, literal c) del numeral 2 del art. 2 de la Ley 1150 y de acuerdo al artículo 94 de la ley 1474 de 2011, acorde a los artículos 3.5.1, 3.5.2, 3.5.3 y 3.5.4 del Decreto 734 de 2012, se celebrará por parte de la entidad, haciendo uso del procedimiento de mínima cuantía. 7-Estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato. En el siguiente cuadro se plasma la TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN de los riegos previsibles involucrados en la contratación definida por el SENA. De conformidad con lo previsto en el artículo 88 del Decreto 2474 de 2008, la presentación de las ofertas implica de la aceptación por parte del proponente de la distribución de riesgos previsibles aquí efectuada: Descripción del Riesgo JURIDICO ECONOMICO RIESGO IDENTIFICADO Cambio en el régimen de contratación estatal que afecte el contrato y las condiciones pactadas en el Variación significativa de las variables económica, laborales,tributarias y comerciales que afectan directamente la ejecución del contrato Asignación del Riesgo CONTRATISTA/ SENA CONTRATISTA Mecanismo de Identificación Probabilidad de ocurrencia Vigilar la publicidad de los cambios normativos que afecten la Baja ejecución contrato para dar aplicación inmediata. Incrementos laborales y en los costos de los precios de los materiales, Baja insumos, requeridos por el contratista para la prestación del servicio

PRESUPUESTAL Falta de control en la ejecución presupuestal realizando atención a los pacientes una vez superada la ejecución total del presupuesto CONTRATISTA/ SENA Sistema de Información y control de ejecución mensual de los servicios prestados por el contratista Baja 8. Cobertura de garantías que deben ser amparadas por el contratista EL CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA- de conformidad con lo previsto en el Decreto 734 de 2012, a constituir una garantía única por cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo de que trata el Decreto 734 de 2012. Esta garantía debe amparar los siguientes riesgos: Cumplimiento: Para proteger eventuales perjuicios por incumplimiento del contratista en el desarrollo del objeto del contrato y sus obligaciones y será equivalente al veinte por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de duración del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de su perfeccionamiento. Responsabilidad Civil Extracontractual: Que cubra los riesgos derivados de la atención médica prestada por el contratista, no inferior a 400 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y vigente durante el término de duración del presente contrato, expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada en Colombia 9-Plazo de ejecución y lugar de ejecución: Desde la fecha de aprobación de las garantías hasta el 31 de diciembre de 2013 o hasta agotar el presupuesto, evento que ocurra primero. El Contrato a suscribir será ejecutado en la ciudad de Barranquilla. 10-Valor estimado y recursos del contrato a suscribir: Para la presente contratación se cuenta con un presupuesto estimado de TREINTA MILLONES DE PESOS MCTE. ($30.000.000.00). La presente contratación cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal para contratación de prestación de servicios de salud No.3213012 del 16 de ENERO de 2013 expedido por la Profesional de Presupuesto.

No. de CDP Servicio Valor 3213 del 16 de Enero de 2013 Prestación de servicios de $30.000.000.00 salud para beneficiarios del SMA Total presupuesto $30.000.000.00 11. Experiencia requerida en el objeto de la convocatoria: Cinco (5) años de experiencia, comprobada con anteriores contrataciones con entidades públicas o privadas del sector salud. 12. Forma de pago: pagos mensuales, de acuerdo al servicio prestado según las necesidades de salud de los beneficiarios afiliados al Servicio Médico Asistencial previamente autorizados por el Médico Asesor del Servicio Médico Asistencial del SENA, según tarifas máximas establecidas en las Resolución SENA 1595 del 21 de mayo de 2010, la cual se encuentra disponible en la institución, previa presentación del informe de auditoría. 13. Supervisión: La supervisión del contrato estará a cargo del Coordinador del Servicio Médico Asistencial de la entidad. Jorge Luis Restrepo Name Director Regional

ANEXO 5 EL DIRECTOR DEL SENA REGIONAL ATLANTICO CERTIFICA: Que revisada la planta de personal de la Regional Atlántico no existe personal suficiente con la especialización, competencias, aptitudes y habilidades para su desempeño necesarias para prestar los servicios profesionales de carácter temporal, excluyente de funciones propias del Decreto 249 del 2004 y el Manual Específico de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales adoptado mediante la Resolución 000986 del 2007 y enfocado a proyectos específicos del Servicio Médico Asistencial del Servicio Nacional de Aprendizaje, para prestación de servicios de medicina especializada en Psiquiatría; consulta y controles, urgencias, hospitalización, sesiones psiquiátricas Y/o hospital día, como apoyo al Servicio Médico Asistencial, para atender la demanda de los Beneficiarios adscritos. Barranquilla, 17 de enero de 2013 Jorge Luis Restrepo Name

EL SECRETARIO GENERAL DEL SENA En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 3 y 23 de la Ley 80 de 1993 y numeral 2 del art. 2º. De la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el Decreto 734 de 2012 y del inciso 2 del art.1 del Decreto 2209 de 1998 y Resolución 630 de 2010 AUTORIZA LA CONTRATACIÓN OBJETO: Contratar la prestación de servicios de salud de atención integral de medicina especializada en Psiquiatría; consulta y controles, urgencias, hospitalización, sesiones psiquiátricas Y/o hospital día, como apoyo al Servicio Médico Asistencial, para atender la demanda de los Beneficiarios del servicio médico asistencial. VALOR A CONTRATAR: TREINTA MILLONES DE PESOS MCTE. ($30.000.000.00). PLAZO: El plazo de ejecución del contrato es desde la fecha de aprobación de las garantías hasta el 31 de diciembre de 2013 o hasta agotar el presupuesto, evento que ocurra primero. RECURSOS: La presente contratación se encuentra amparada presupuestalmente con el CDP No.3213 del 16 de Enero de 2013. Se expide en Autorización Nº JAIME RAMON GOMEZ PASCUALI