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Transcripción:

Intervención del señor Christian Salazar Volkmann, Representante de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, durante la presentación del libro El derecho de los Pueblos Indígenas a la Consulta Previa, Libre e Informada Bogotá D.C., 23 de julio de 2009 Tengo el honor de abrir este evento con algunas palabras de introducción y deseo comenzar por decir que estamos reunidos aquí para presentar la Guía sobre Consulta Previa, Libre e Informada. Pero también estamos aquí para expresar nuestra solidaridad con uno de los grupos más discriminados y más vulnerados en sus derechos: el de los pueblos indígenas. La situación de los pueblos indígenas en Colombia es dramática, y no hay suficiente conciencia en la sociedad sobre la tragedia que afecta a estos pueblos originarios. Los pueblos indígenas son los que tal vez más sufren, y en forma desproporcionada, el impacto del conflicto armado en Colombia. El 3.4% de la población colombiana es indígena, según cifras oficiales, y su tragedia es tal que el 7% del total de las personas desplazadas en el país son indígenas. También según cifras oficiales los asesinatos de indígenas se duplicaron entre el año 2008 y 2009. Este año más de las dos terceras partes de los homicidios en persona protegida término técnico para nombrar los asesinatos de este tipo, contra grupos en situación de vulnerabilidad fueron perpetrados contra indígenas. Miembros de las FARC EP son los responsables de la mayor parte de asesinatos, pero también han cometido estos crímenes miembros de grupos paramilitares o grupos postdesmovilización. Además de la difícil situación que se genera por el conflicto armado interno, hay otro tema de gran preocupación, se trata de la discriminación social que se refleja en la disparidad social sufrida por estos pueblos.

Deseo hacer alusión a algunas cifras, por ejemplo, el derecho a la vida de las mujeres. El promedio en Colombia de mortalidad materna es de 73 muertes por cien mil niños nacidos vivos. No obstante, si estas mujeres viven en los departamentos con mayor presencia de pueblos indígenas o afrodescendientes como Guanía, el promedio es 386 mujeres muertas por cien mil niños nacidos vivos. Esto es cinco veces más que el promedio nacional. En el Chocó por ejemplo por cien mil niños nacidos vivos 250 de sus madres mueren. Hay otro derecho sagrado: la sobrevivencia de los niños y las niñas. Me refiero a la mortalidad infantil. El Promedio nacional es de 19 niños muertos por mil nacidos vivos, 19 niños que mueren al año. Pero en Chocó y Cauca mueren 54 niños o niñas por cada mil nacidos vivos. Tres veces más que el promedio nacional. Y siguiendo con el derecho a la vida no puedo omitir el peligro que enfrentan los pueblos indígenas que están en vías de extinción, aproximadamente 30 de ellos. La desaparición de los miembros de estos pueblos no sólo se vería reflejada en su muerte sino en la desaparición de su cultura, de sus alimentos, de su medicina, de su historia, y de su largo trasegar aborigen en la tierra. Pero además se vería reflejada en la naturaleza con la cual conviven, y que sufriría también el impacto de la extinción. Claro está que muchos otros países del mundo enfrentan estos retos y estas situaciones difíciles y tristes. En aras de proteger y garantizar la vida, la libertad y la seguridad de los miembros de los pueblos indígenas existen consensos normativos a nivel internacional, que han sido incorporados por la legislación colombiana, en particular por la Constitución de 1991; es el caso del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT. Otro avance importante y reciente es la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Deseo resaltar también la normativa interna del Estado colombiano expresada, como ya lo dije en la Constitución de 1.991, donde se declara que Colombia es un Estado Multiétnico. Al mismo tiempo deseo hacer énfasis en el compromiso de la Corte Constitucional, hoy nos reunimos con miembros de este organismo, que ha tomado una serie de decisiones que fortalecen a los pueblos indígenas de Colombia. La más reciente

es el auto 004 que habla sobre los derechos de los desplazados con un enfoque especial en los pueblos indígenas. Estos marcos legales internacionales y nacionales consagran una serie de derechos fundamentales de los pueblos indígenas, y de los cuales enumeraré los siguientes: El derecho a la igualdad y el principio de la no discriminación El derecho a la identidad e integridad cultural El derecho a la tierra, al territorio, a los recursos naturales y al medio ambiente El derecho a la participación El derecho a decidir sus propias prioridades y estrategias para el desarrollo Para el Sistema de las Naciones Unidas en Colombia los derechos de los pueblos indígenas son una prioridad, y parte del trabajo desarrollado en el país por agencias como PNUD, UNFPA, UNICEF, PMA, ACNUR, UNIFEM, OCHA, UNIC, y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, entre otras, tienen un especial énfasis en la abogacía y en la generación de conciencia sobre la situación de los pueblos indígenas. En el caso de la Oficina que Represento, los informes anuales de la Alta Comisionada desde el año 1999 han prestado atención en cuanto a la observación de derechos humanos, y a plantear recomendaciones especiales que buscan garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas. Durante casi nueve años el tema de la situación de los derechos de los pueblos indígenas ha estado presente. Las recomendaciones básicas se han concentrado en las siguientes áreas: 1. En reiteradas oportunidades la Alta Comisionada le ha pedido al Estado colombiano tomar medidas urgentes para proteger a las comunidades indígenas en riesgo de extinción. 2. La Alta Comisionada ha llamado a la protección eficaz de la vida, la seguridad y la integridad de los líderes de los pueblos indígenas. 3. La Alta Comisionada ha urgido a que exista una mayor atención a la población en situación de desplazamiento, y a que se diseñen medidas eficaces de prevención de dichos desplazamientos.

4. La Alta Comisionada ha urgido a que se diseñe e implemente una política pública que priorice el acceso equitativo a los servicios de salud, educación y vivienda para los pueblos indígenas. Quisiera hacer énfasis en un tema que considero de la mayor importancia para el desarrollo del ejercicio de los derechos humanos, se trata de la situación de las mujeres, los niños y las niñas indígenas. Este grupo de población requiere que se diseñen estrategias especiales de atención, protección y garantía de sus derechos. Al mismo tiempo, ellas y ellos tienen derecho a ser escuchados y a que sus intereses sean tenidos en cuenta en la consulta previa, para que no sean solamente los líderes masculinos indígenas quienes hablen con los líderes masculinos empresarios o gubernamentales. La Guía que estamos presentando hoy sobre Consulta Previa es un instrumento, creemos, importante para mejorar el goce, la realización de los derechos humanos de los pueblos indígenas en la práctica social y política de Colombia. El proceso de elaboración de la Guía se inició en el año 2.007 en Putumayo, en colaboración en ese entonces con la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y Justicia. Para su construcción participaron 52 delegados de 7 organizaciones indígenas, participaron también representantes de la ONIC, del Ministerio del Interior y Justicia, y del Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, además de representantes de organismos de control. La Guía que hoy entregamos al público está basada en el análisis de 17 casos emblemáticos sobre Consulta Previa, es una guía que saca sus conclusiones de las experiencias prácticas, concretas, buenas y malas con la consulta previa, y lo hace en un proceso consultativo. Quiero referirme a dos conclusiones principales de este estudio: La primera conclusión es que la tención entre el declarado interés general y los derechos fundamentales de los pueblos indígenas es una de las más importantes contradicciones aún no resueltas en los procesos de consulta previa. La segunda conclusión es que el diálogo intercultural, como un instrumento en la concertación y resolución de conflictos en torno a las opciones frente al desarrollo es un mecanismo útil, y constituye uno de los desafíos más importantes en la construcción de una democracia pluricultural en Colombia.

Finalizaré mi introducción refiriéndome a las nueve recomendaciones que la Guía presenta, las citaré de forma breve: 1. Un desarrollo humano sostenible que respete los derechos los pueblos indígenas 2. Abordar el debate en torno al desarrollo y el derecho propio de los pueblos indígenas 3. Fortalecer el papel de los pueblos indígenas como sujetos de derechos específicos 4. Partir del plan de vida del pueblo indígena respectivo como marco para el diálogo y la concertación. 5. Incluir la perspectiva de género y generación; diferenciar sectores vulnerables en los pueblos y sus comunidades 6. Fortalecer el papel del Estado como garante de derechos 7. Desarrollar procedimientos respetuosos de los derechos y las libertades fundamentales de los pueblos en los procesos de consulta previa, libre e informada 8. Convertir el proceso de consulta en un verdadero diálogo intercultural en condiciones de igualdad y equidad 9. Fortalecer la responsabilidad social y el pacto social empresarial Espero que la nueva ley de Consulta Previa, que ahora está elaborando el país, pueda nutrirse con la Guía que hoy presentamos y entregamos a todas aquellas personas interesadas en trabajar con los derechos de los pueblos indígenas. Quiero agradecer y felicitar a la consultara, Libia Grueso, y al equipo que trabajó para hacer posible este proyecto. También deseo agradecer a USAID por el financiamiento para el diseño e impresión del texto. Agradezco también y de forma muy especial a James Anaya, el relator independiente sobre la situación de los derechos humanos y libertades fundamentales de los pueblos indígenas, quien después de un día tan largo como el de hoy ha dedicado el tiempo para participar con nosotros en esta presentación. Por último agradezco a la

Universidad del Rosario por haber abierto las puertas de su casa al lanzamiento de la Guía. Esperamos que los instrumentos y las enseñanzas contenidas en la Guía contribuyan al ejercicio y realización de los derechos humanos de los miembros de los pueblos indígenas, y en particular a la realización de Consultas Previas, libres, previas e informadas en el país. Muchas gracias.