PROCESO DE COMUNICACIÓN Y ACTUACIÓN ANTE ACCIDENTES GRAVES O MORTALES

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Transcripción:

Pág. 1 de 10 REV: 0 Preparado por: Laura Pastor Botella ( 04/07/06 13:31:16 ) Comprobado por: Abelardo Barranco ( 21/07/06 13:18:10 ) Aprobado por: Arsenio Olmo Chaos ( 10:29:22 ), Juan Antonio Guijarro Ferrer ( 30/08/06 13:14:19 ) 1. OBJETO...2 2. ALCANCE...2 3. ANTECEDENTES...3 4. DOCUMENTOS RELACIONADOS...3 5. ÁREAS INVOLUCRADAS...3 6. DESARROLLO EN EL CASO DE TRABAJADORES PROPIOS....3 7. PROCESO DE COMUNICACIÓN. AGENTES IMPLICADOS....4 8. ACCIDENTES DE CONTRATAS PRINCIPALES...8

Pág. 2 de 10 1. OBJETO Protocolarizar el proceso de comunicación, actuación y apoyo a los afectados por accidentes de trabajo clasificados como graves, muy graves, que afecten a mas de 4 trabajadores o mortales, tanto de personal propio como de personal de una contrata principal que en el momento del accidente ejecutara trabajos para el grupo. La finalidad de este protocolo es servir de guión para establecer desde un primer momento los canales de comunicación adecuados tanto entre el personal que conforma la empresa, como entre ésta y los afectados o con sus familias. Este protocolo no constituye un proceso cerrado de actuaciones sino un guión abierto a todas aquellas actuaciones que además se impongan por el sentido común de cada caso. 2. ALCANCE Este procedimiento complementa al de Comunicación e Investigación de Accidentes de Trabajo (PS-S/P- 01) establecido por el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales, en lo referente a actuaciones en caso de accidentes graves, muy graves, mortales o que afecten a mas de 4 trabajadores (pertenezcan estos últimos o no en su totalidad a la plantilla de la empresa), así como aquellos accidentes con resultado mortal de una contrata principal, durante la realización de trabajos para cualquier empresa del grupo. La gravedad de un accidente viene determinado por el parte médico extendido por el facultativo; hecha esta salvedad y con el objeto de determinar el alcance del presente procedimiento, calificaremos de forma interna como muy grave todos aquellos en los que, a juicio del superior jerárquico (Gerente de Zona, Jefe de distribución/ producción/ planta / obra), en el momento del accidente comporten riesgo de pérdida de la vida o que afecten de forma significativa a la integridad corporal del accidentado (amputación de extremidades y, en general, todos aquellos que hagan previsible por las heridas sufridas la necesidad de hospitalización por tiempo prolongado del accidentado). Por tanto, los accidentes clasificados como graves por el facultativo y que no tengan la consideración descrita en el párrafo anterior, no entran dentro del circuito de comunicación descrito. Los accidentes donde estén implicados más de 4 trabajadores seguirán la misma premisa que los graves. Es importante destacar que la decisión de considerar internamente como grave o muy grave un accidente debe ser inmediata ya que las actuaciones objeto de protocolo han de iniciarse tan pronto se tenga noticia del accidente y su alcance.

Pág. 3 de 10 3. ANTECEDENTES Este documento surge del trabajo conjunto del área Jurídica y de Prevención de Riesgos, habiendo sido consultado y modificado con las aportaciones realizadas por los Directores es y de RR. HH del Sector y debatido en el Comité Sectorial de PRL de Agbar Agua. El documento incluye las comunicaciones que han de llevarse a cabo de manera inmediata, en las 24 o 48 horas posteriores al accidente, las relaciones con la familia del accidentado y con otros departamentos de la empresa, así como los informes que han de realizarse, tanto técnicos como ejecutivos. Se incluye igualmente el flujo de comunicación que debe producirse por parte del Comité de Alerta, en el caso de accidentes donde estén afectados trabajadores de contratas. Este documento no pretende ser un manual de gestión, sino una guía de actuación. 4. DOCUMENTOS RELACIONADOS Procedimiento de Comunicación e Investigación de Accidentes de Trabajo PS-S/P-01. Guía de niveles de alerta y comunicaciones. 5. ÁREAS INVOLUCRADAS Todos los departamentos / áreas de la Unidad Operativa. Incluye también los Servicios Centrales, Direcciones Regionales, es y Sociedades. 6. DESARROLLO EN EL CASO DE TRABAJADORES PROPIOS. INSTRUCCIONES PREVIAS. 1. Inmediatamente la primera persona que acuda al lugar del suceso deberá avisar a emergencias al teléfono 112 y poner en conocimiento del superior jerárquico del accidentado (Gerente de Zona, Jefe de distribución/ producción/ planta / obra), el cual se encargará de coordinar a los organismos oficiales necesarios en cada caso (policía, bomberos, hospital...). 2. No tocar nada en el lugar del accidente, salvo lo estrictamente imprescindible para la asistencia médica a los heridos. 3. Seguir el flujo de comunicaciones descrito en el anexo I. 4. Impedir el acceso de la prensa al lugar del accidente y personas no imprescindibles al lugar del accidente hasta que se haya trasladado al accidentado, cerrando la instalación, en caso de ser posible (puede que el accidente se produzca en un área difícil de acotar o fuera de las instalaciones), a toda persona (salvo personal médico, policía o judicial).esta acción la realizará el jefe de servicio, capataz o en ausencia de ambos otro trabajador de la empresa. 5. En el supuesto de que sea necesario el levantamiento de cadáver, es imprescindible que se coordine con el Responsable Jurídico, de forma que pueda dar instrucciones precisas sobre cómo actuar, o de ser posible, personarse en el lugar.

Pág. 4 de 10 EN 24/48 HORAS 1. Siguiendo los plazos establecidos en el anexo I, realizar las Comunicaciones Oficiales, a los Representantes de los Trabajadores, Dpto. Jurídico y Dpto. de RR.HH. 2. Elaborar los informes ejecutivos y de investigación del accidente. 3. El responsable de RR.HH será el interlocutor con la Inspección de Trabajo, sin que sea necesario ni conveniente que en un primer momento el inmediato superior jerárquico del accidentado esté presente. 4. Comunicar el siniestro a la CÍA Aseguradora a través del correspondiente Administrador de Seguros, siendo tratado como siniestro excepcional. 5. Si hubiera habido intervención judicial o atestado policial, se deberá dar traslado en el plazo de 48 horas al Responsable Jurídico con el fin de designar un Letrado responsable del asunto. 7. PROCESO DE COMUNICACIÓN. AGENTES IMPLICADOS. EMPRESA En el caso de producirse un accidente laboral muy grave o mortal, puede ocurrir que el accidentado (o accidentados en el caso de implicar a mas de un trabajador) sea encontrado por diversas personas, según dónde se produzca el hecho, siendo lo mas normal que el trabajador sea atendido en primera instancia por otro trabajador de la empresa, trabajadores de contratas, un ciudadano o la autoridad competente. En cualquiera de los casos, debe dar comienzo el proceso de comunicación establecido en el anexo I a este procedimiento y que se resume en el siguiente flujograma.

Pág. 5 de 10 Se produce un accidente grave, muy grave, que afecta a mas de 4 trabajadores o mortal Quién encuentra al accidentado? Operario o capataz del Grupo Jefe de Servicio del Grupo Trabajador de la Contrata Ciudadano Policía Jefe de Servicio Medios de Emergencia 112 Gerente/ Dtor. Área Medios de Emergencia 112 Propietario de la instalación Gerente de la Contrata Familia Comité de Alerta Comité de Alerta Sectorial (solo mortales) Solo en el caso de accidentes en obras Director Director Regional/ Director Gerente Director RR.HH Dpto. Jurídico Responsable Director o Coordinador de PRL Director General Director RR.HH Sector Director PRL Sector FAMILIA Si el accidente se ha producido en el ámbito de una empresa mixta, corresponderá al Director de Recursos Humanos el ponerse en contacto con la familia. En el resto de empresas, será el Gerente de Zona o Director Gerente quien realizará las primeras gestiones con la familia. En ambos casos, el proceso a seguir se describe en la siguiente tabla (actuaciones 1, 2 y 8 si el accidentado permanece el en lugar del suceso o en el hospital y de la 1a la 8 si se produce fallecimiento del trabajador). Si el accidentado es trabajador de una contrata, se deberán seguir los pasos 1 al 4. El punto 5 queda a criterio de la Dirección.

Pág. 6 de 10 ACTUACIÓN DESCRIPCIÓN ACTUACIÓN RESPONSABLE 1. Localización de familiares. 2. Recoger, trasladar y acompañar a los familiares. 3. Ofrecer apoyo psicológico. 4. Facilitar información a la familia. 5. Asistencia a la preparación del entierro. 6. Asistencia al entierro por parte de una representación de la empresa. 7. Ofrecimiento a la familia para realizar trámites de tipo burocrático. 8. Mantenimiento periódico de contactos con los familiares. Comunicación del accidente y ofrecimiento para irles a buscar y traslado al lugar del accidente/ hospital/ centro de trabajo. A los efectos de este procedimiento es conveniente que la familia tenga uno o dos interlocutores. Recoger, trasladar y acompañar a los familiares al lugar donde se encuentra el accidentado, siempre que sea accesible, garantizando en todo momento su intimidad ante terceros. Si se produjera fallecimiento del trabajador, el día después al entierro ofrecimiento de apoyo psicológico a familiares del fallecido. (Solicitar este servicio al Servicio de Prevención) Facilitar a la familia, desde un primer momento, información verbal sobre los hechos y posibles causas del accidente, anunciando que se abrirá una investigación para averiguar las causas del accidente, y cuyo avance y resultados se comunicarán. Asistencia a la preparación del entierro, tanto logística (ofrecimiento para contactar con una funeraria que se encargue de los trámites al entierro) como económica. Asistencia al entierro por parte de una representación de la empresa. Ofrecimiento a la familia para realizar trámites de tipo burocrático. (Herencia, gestiones con aseguradoras, etc.) Se recomienda canalizarlo con el apoyo del Departamento Jurídico y materializar los trámites necesarios a través de una Gestoría local de solvencia contrastada Mantenimiento periódico de contactos con los familiares por partes de los interlocutores nombrados para seguimiento de su estado y detección de necesidades y facilitar información de investigación del accidente. Gerente de zona (asistido o asesorado por el responsable de PRL y RR.HH). Director Regional.

Pág. 7 de 10 COMUNICACIONES OFICIALES Los accidentes graves, muy graves, mortales o que impliquen a más de 4 trabajadores, han de comunicarse en el plazo de 24 horas a la Autoridad Laboral. El comunicado lo debe realizar el Coordinador de PRL, previa información y VºBº del Dtor. de RR.HH y lo realizará vía fax o correo electrónico, en ambos casos confirmando la recepción del mismo. Deberá indicarse la severidad del accidente (grave, muy grave o mortal). Los datos que debe incluir se encuentran en el anexo II a modo de plantilla. COMUNICACIÓN A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES En el plazo máximo de 48 horas, el Director de RR.HH deberá informar a los representantes de los trabajadores (Delegados de PRL o Comité de Seguridad y Salud en su caso). COMUNICACIÓN A LOS DEPARTAMENTOS JURÍDICO Y DE PERSONAL El Director de Recursos Humanos dará aviso de forma inmediata al responsable del Departamento Jurídico, informándole de que ha ocurrido un accidente grave, muy grave o mortal, siendo éste departamento quien debe revisar la investigación del accidente que se elabore, antes de entregarlo por requerimiento a la Autoridad. En el plazo de 24 horas o el siguiente día laborable, si el accidente ha ocurrido en día festivo, el Director de RR.HH comunicará al Jefe de Personal el hecho y éste procederá a realizar los trámites necesarios ante la Seguridad Social (baja del trabajador). El jefe de personal comunicará al responsable de gestiones de seguros de la empresa que se ha producido un accidente grave o mortal, con el fin de que éste de aviso a la Compañía de Seguros. ELABORACIÓN DE INFORMES En el plazo de 48 horas se deberán elaborar dos informes de investigación: 1. Informe de investigación exhaustivo describiendo los hechos y las causas y que redactará el Coordinador de PRL. 2. Con la base del informe anterior, el Director Regional elaborará un informe ejecutivo, donde se detallará además de las causas del accidente, sus posibles repercusiones. En el plazo requerido por la Autoridad Laboral, se le hará entrega del informe de investigación redactado por el Coordinador de PRL, revisado de forma crítica por el departamento jurídico.

Pág. 8 de 10 8. ACCIDENTES DE CONTRATAS PRINCIPALES En el caso de que se produzca un accidente en el que resulte afectado personal de una contrata durante los trabajos que desarrolle para el Sector, se deberá seguir el mismo flujo de comunicación que en el punto 7 cuando se describen las actuaciones de la empresa, aunque en este caso se debe informar a las contratas de su obligación al respecto de comunicar el accidente de manera inmediata a personal responsable de nuestra empresa, con el fin de iniciar los flujos de comunicación y actuación. En el caso de accidentes en obras donde la consecuencia sea grave o mortal, el Gerente de Zona o el Director de área dará aviso al Coordinador del Comité de Alerta. ANEXOS Anexo I. Flujo de Comunicación Anexo II. Comunicación a la Autoridad Laboral.

ANEXO I. PROCESO DE COMUNICACIÓN ANTE ACCIDENTES GRAVES, MUY GRAVES, QUE IMPLIQUEN A MAS DE 4 TRABAJADORES O MORTALES Comunicación telefónica a la ORGANIZACIÓN Comunicación con la FAMILIA Comunicaciones OFICIALES Comunicación a los REPRESENTANTES de los TRABAJADORES Comunicaciones a los Dptos. JURIDICO y de RR. HH. INFORMES INMEDIATO INMEDIATO 24H 48H 24h o siguiente 48H día laborable Se produce un accidente grave, muy grave, que afecta a mas de 4 trabajadores o mortal Quién encuentra al accidentado? Empresa Mixta: Director de RR.HH Dtor o Coordinador de PRL Director de RR.HH Director de RRHH Coordinador/Dtor PRL Terrorial Investigación Comité de Alerta Comité de Alerta Sectorial (solo mortales) Operario o capataz del Grupo Jefe de Servicio Medios de Emergencia 112 Propietario de la instalación Solo en el caso de accidentes en obras Director Director General Jefe de Servicio del Grupo Trabajador de la Contrata Gerente/ Dtor. Área Director Regional/ Director Gerente Director RR.HH Director RR.HH Sector Ciudadano Medios de Emergencia 112 Gerente de la Contrata Policía Dpto. Jurídico Responsable Director o Coordinador de PRL Director PRL Sector Familia Resto: Directores o Gerentes de Zona Comunica a la Autoridad Laboral en 24h. Previa Información y VºBº del Dtor. RR.HH Según Plantilla Interlocutor con la Inspección de Trabajo Responsable de RR.HH Según estructura organizativa Reunión con Delegados de Prevención Reunión extraordinaria del CSS Dpto. Jurídico. Inmediato si se produce intervención judicial o atestado policial Jefe de Personal Baja en Seguridad Social Comunicación a la compañía de seguros según póliza cubierta por convenio Revisión por Dpto. Jurídico y RR.HH Autoridad Laboral Director de RR. HH Director PRL Sectorial Director Regional Investigación y análisis ejecutivo Director Director General

Pág. 10 de 10 Anexo II. Comunicación a la Autoridad Laboral. PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTE A LA AUTORIDAD LABORAL Asunto Comunicación de accidente grave/muy grave/ mortal o que implique a mas de 4 trabajadores. Fecha de notificación DATOS DEL COMUNICANTE Nombre de la empresa Actividad de la empresa Persona de contacto Teléfono de contacto Fax de la empresa Fecha del accidente Lugar del accidente Breve descripción de los hechos. DATOS DEL ACCIDENTADO Nombre y apellidos Puesto.