Teoría del delito en. Bloque A Política criminal. Ámbitos de validez. del Derecho Penal

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Transcripción:

Teoría del delito en derecho penal Bloque A Política criminal Ámbitos de validez del Derecho Penal

Teoría del delito en derecho penal Propósitos El alumno describe los principios de la política criminal y su relación con la teoría del derecho. El alumno analiza los ámbitos de validez del Derecho Penal. Contenido del Bloque A Teoría del delito en derecho penal 1. Derecho penal 2. Política criminal 3. Ámbitos de validez del Derecho Penal 2

Bloque A Concepto 2 POLÍTICA criminal Justificación No puede concebirse una sociedad cualquiera sin la existencia de un orden de naturaleza jurídica naciente o elaborado, escrito o no escrito, ya que de lo contrario no habría orden social. El Derecho tiene como finalidad encauzar la conducta humana para hacer posible la vida en sociedad, manifestándose en conjuntos de normas que rigen la conducta externa de los hombres en sociedad, impuestas por las facultades que el Estado goza. Finalidad del derecho El Derecho intenta proteger todo tipo de intereses para el hombre en sociedad, entre ellos existen algunos de importancia incalculable cuya tutela debe ser asegurada a toda costa. Para tal fin, el Estado está naturalmente facultado y obligado a la vez a valerse de los medios necesarios para conservar el orden social y procurar el bien común, de ahí la justificación y necesidad del Derecho Penal. Derecho penal y política criminal Al referirse al estudio de esta materia se han empleado varios términos, por ejemplo, uno de los más difundidos es el de derecho criminal que han utilizado algunas legislaciones y tratadistas, clasificando las conductas punibles en crímenes, delitos y faltas. Otros códigos y penalistas han preferido el término derecho de defensa social destacando el papel del Derecho Penal en la protección de la sociedad; sin embargo, la mayoría de los tratadistas utiliza el término derecho penal que refleja claramente el carácter punitivo de la materia. Los distintos términos En las múltiples concepciones sobre Derecho Penal podemos encontrar que la materia estudia los bienes jurídicos que se tutelan a través de la definición de los delitos, así como las penas y medidas de seguridad aplicables al delincuente que los cometa. De lo anterior, podemos definir al Derecho Penal como el conjunto de normas del derecho público que estudia los delitos, las penas y medidas de seguridad aplicables a quienes realicen las conductas previstas como actos delictivos con el fin de proteger los bienes jurídicos fundamentales de la sociedad y de los individuos. Por Derecho Público se debe entender el conjunto de normas que rige las relaciones en donde el Estado interviene como soberano, a diferencia del Derecho Privado donde sólo regula situaciones entre particulares. Definición de derecho penal Definición de Derecho Público y Privado Universidad Interamericana para el Desarrollo 3

Teoría del delito en derecho penal Política criminal Definición de política criminal La política criminal es la ciencia que se encarga de estudiar las actividades que realiza el Estado con los fines de prevención y represión de los delitos. Para algunos autores es más conocida como Criminología. En la actualidad, la política criminal exige una concordancia con el Estado social y democrático de derecho, en donde prevalezca el respeto por las garantías individuales en relación a la política constitucional. A su vez, debe considerar instrumentos internacionales que aseguren el cumplimiento de los derechos de las personas. Por su parte, el Estado deberá conformar una agencia judicial en donde se vigile el cumplimiento de la libertad, la dignidad y la igualdad. También, la política criminal efectúa estudios críticos y prospectivos de las normas jurídico-penales y de las vías institucionales para su oportuna y eficaz expedición preventiva y represiva, promueve reformas legislativas adecuadas a las nuevas situaciones sociales, e incluso la hermenéutica judicial, disciplina del deber ser, acorde con las necesidades del momento y con el cambio que se desea (Carrasquilla, 1982). Así pues una política criminal adecuada será aquella cuyas estrategias sean acordes con la realidad y que atiendan los delitos. Para ello es necesario partir de un análisis de la sociedad, que posteriormente permita generar una creación o reforma de normas penales acordes con la sociedad. Un ejemplo de cómo aplica la política criminal en nuestro país se efectúa con base en el artículo 18 Constitucional, en su párrafo tercero, donde se señala lo siguiente: El sistema penitenciario se organizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto. Concepto 3 ÁMBITO de la validez del Derecho Penal Definición de ámbitos de validez Descripción de los ámbitos de validez Los ámbitos de validez de la ley penal se refieren a la aplicación del Derecho Penal, de tal forma que resuelven las preguntas sobre el cuándo, cómo y sobre quién se aplica la ley penal. Existen cuatro ámbitos de validez en el derecho penal, los cuales son: 4

Bloque A Ámbito espacial de validez Este ámbito señala que la ley no puede aplicar más allá del territorio en el que se encuentra el sujeto. Se refiere específicamente al dónde. La ley tiene eficacia dentro del límite espacial de la soberanía de un Estado, por ejemplo, del territorio mexicano. El aspecto positivo en el ámbito de validez espacial de la ley penal es que se aplica a todos los que se encuentren dentro de territorio del Estado; por lo tanto, el aspecto negativo será que no tendrá aplicación fuera del territorio del Estado que la dictó. De acuerdo con este ámbito de validez, el Código Penal Federal establece que: Ámbito espacial de validez en el Código Penal Federal Artículo 1o. Este Código se aplicará en toda la República para los delitos del orden federal. Artículo 2o. Se aplicará, asimismo: I. Por los delitos que se inicien, preparen o cometan en el extranjero, cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el territorio de la República; o bien, por los delitos que se inicien, preparen o cometan en el extranjero, siempre que un tratado vinculativo para México prevea la obligación de extraditar o juzgar, se actualicen los requisitos previstos en el artículo 4o. de este Código y no se extradite al probable responsable al Estado que lo haya requerido, y II. Por los delitos cometidos en los consulados mexicanos o en contra de su personal, cuando no hubieren sido juzgados en el país en que se cometieron. Existen dos excepciones con respecto a este ámbito de validez (Carrancá): Principio de personalidad de la ley: por la fidelidad de los ciudadanos para el Estado del que son nacionales. Bajo este principio señalamos lo que indica el Código Penal Federal en el artículo 4o: Los delitos cometidos en territorio extranjero por un mexicano contra mexicanos o contra extranjeros, o por un extranjero contra mexicanos, serán penados en la República, con arreglo a las leyes federales. Principio real: la legislación que aplica será aquella que atiende a la nacionalidad del bien jurídico lesionado. Así pues, para este caso haremos alusión al artículo 2o del Código Penal Federal que nos indica: Se aplicará, asimismo: II.- Por los delitos cometidos en los consulados mexicanos o en contra de su personal, cuando no hubieren sido juzgados en el país en que se cometieron. Universidad Interamericana para el Desarrollo 5

Teoría del delito en derecho penal Ámbito temporal de validez Este ámbito de validez hace referencia a la interrogante de cuándo aplicar la ley; en este caso será la vigente al momento de cometido el delito. La ley se aplica a todos los delitos cometidos desde que ésta entra en vigor, y no a los que se efectúan anteriormente. En este sentido señalamos que la ley se aplica a casos actuales y futuros hasta que pierda su vigencia. Ámbito temporal de validez en la Constitución Ante esto, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que: Art. 14 Constitucional: A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Continúa en el párrafo tercero indicando que: En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata. Carranca nos señala en relación a la retroactividad de la ley penal que: si posteriormente a la ejecución de un delito la Ley penal sufre una reforma o surge una nueva ley, es posible que se aplique a los hechos anteriores siempre que beneficie al indiciado, procesado, inculpado o reo. Lo anterior, indicado en el Artículo 14 Constitucional que indicamos líneas arriba: A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Ámbito material de validez Por lo que respecta a este ámbito estaríamos indicando el qué de nuestras interrogantes. Es importante destacar que existen leyes Federales que aplican a lo largo del territorio nacional, pero a su vez existen competencias que permiten la coexistencia de leyes locales que tendrán efecto exclusivamente al interior de cada Entidad Federativa. Con base en lo anterior, un delito será juzgado de acuerdo con las leyes que aplican al interior del estado, mientras que las leyes federales sancionarán aquellos delitos que se hayan cometido en contra de la Federación. Con respecto a lo anterior, el artículo 18 Consitucional nos señala que: Ámbito material de validez en la Constitución La Federación, los Estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia que será aplicable a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, en el que se garanticen los derechos fundamentales que reconoce esta Constitución para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos. Las personas menores de doce años 6

Bloque A que hayan realizado una conducta prevista como delito en la ley, solo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social. Ámbito personal de validez El último ámbito de validez corresponde al personal que está relacionado con la ley penal ante las personas. Se indica que no existirá ninguna condición especial para no aplicar la ley correspondiente o en su caso, aplicar alguna otra. Con respecto a lo anterior, el artículo 13 de la Constitución señala que: Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda. Ámbito personal de validez en la Constitución Existe una excepción en este ámbito de validez, que tiene que ver específicamente con el fuero, éste nos indica que por pertenecer a ciertas entidades del Estado, se aplicará un procedimiento especial donde se aplique la Ley Penal. Así pues, queda claro que la ley en ningún momento dejará de aplicarse. De acuerdo con lo anterior, extraemos del artículo 13 Constitucional, las siguientes líneas: Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; Universidad Interamericana para el Desarrollo 7

Teoría del delito en derecho penal Referencias Carrasquilla, J. (1982). Derecho Penal fundamental: introducción teoría del delito. Bogotá: Temis. Carrancá, R. (s.f.). Introducción al estudio del Derecho Penal. Consultado en Marzo, 2011 en http://www.derecho.unam.mx/papime/ IntroduccionalDerechoPenalVol.I/index.htm Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Código Penal Federal. Uribe, P. (2006). Derecho Penal: Nociones preliminares. Consultado en Marzo, 2011 en: http://www.robertexto.com/archivo/penal_uribe_preliminar.htm 8