Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley Nº 29763) Sociedad Peruana de Derecho Ambiental Enero, 2013

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Transcripción:

Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley Nº 29763) Sociedad Peruana de Derecho Ambiental Enero, 2013

Contenido de la presentación 1 2 3 4 5 Introducción de dónde venimos y a dónde nos busca llevar la Ley N 29763 Institucionalidad e importancia de los GORE SINAFOR Institucionalidad Forestal y de Fauna Silvestre Inclusión y fortalecimiento de derechos: Comunidades nativas y campesinas, pequeños usuarios del bosque Manejo Forestal Afectación a la cobertura forestal

Contenido de la presentación 6 7 8 9 10 Modalidades de acceso a los recursos forestales Dimensiones de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre: Situación del bosque, usuarios, actividades, y su sistematización para el otorgamiento de derechos Ecosistemas forestales y plantaciones Fiscalización y supervisión: Qué y quiénes? Financiamiento

Contenido de la presentación 11 12 13 Manejo de FFSS Acceso y uso Transporte, comercialización, transformación y comercialización Acreditación de la procedencia legal de los productos forestales y de fauna silvestre

1 Introducción Ley 27308 Manejo forestal Basada en una gestión centralista Pocas opciones para pequeños usuarios del bosque MFC=Permisos Ley 29763 Manejo forestal dependiendo del impacto de la actividad y recurso Gestión descentralizada Nuevas opciones para pequeños usuarios del bosque MFC nuevas oportunidades

2 Institucionalidad Forestal y fauna silvestre

Proceso de descentralización Gobierno nacional Gobierno regional Descentralización Funciones transferidas de acuerdo a la LOGR

Gobierno Regional (19º, 28º) Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre (51º e y q de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales): Otorgamiento, administración y control de derechos sobre RFFS y sobre actividades de comercialización, transporte y transformación Funciones ejercidas de acuerdo a la política nacional forestal, ley forestal y de fauna silvestre, su reglamento y lineamientos que dicte SERFOR Reconoce los bosques de CCNN, y predios privados (28º, e y f)

FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL (19º, 21º y 145º) Planificación Gestión, Administración y control Fiscalización y sanción Uso sostenible, conservación y protección de flora y fauna silvestre (19.a) Diseñar, ejecutar, supervisar y evaluar planes y políticas regionales (19º.b) Estrategias, planes y programas (14.b) Promover la competitividad de los productores (19º.e) Crea y administra las UGFFS (Art 21º) Uso sostenible, conservación y protección de flora y fauna silvestre (19.a) Promover y establecer mecanismos permanentes de participación ciudadana (19º.c) Diseñar ye ejecutar un plan de asistencia técnica y asesoramiento a pequeños productores y comunidades nativas (19º.f) Uso sostenible, conservación y protección de flora y fauna silvestre (19.a) Potestad sancionadora dentro del ámbito regional (145º)

3 QUÉ ES SINAFOR (12º) SINAFOR: Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre Es un sistema funcional integrado por los ministerios, organismos e instituciones públicas de todo nivel de gobierno (central, regional y local.

Por qué un SINAFOR? PROCURADURÍA MINISTERIO PÚBLICO DICAPI PODER JUDICIAL MINAM OEFA CGB MINAG PNP GORE OSINFOR Tierras de aptitud forestal con o sin bosques Patrimonio Tierras Forestal de protección y de Fauna Silvestre Flora y fauna silvestre

QUÉ FUNCIONES TIENE SINAFOR? INTEGRAR FUNCIONAL Y TERRITORIALMENTE (12º) Política Normas Instrumentos de gestión Funciones públicas Coordinación interinstitucion al a nivel público y privado

COMPOSICIÓN DEL SINAFOR (12º) OEFA POLICÍA NACIONAL DICAPI MINISTERIO PÚBLICO OTROS SERFOR ENTE RECTOR Gestión, conservación y aprovechamiento de recursos forestales y fauna silvestre OSINFOR GOBIERNOS REGIONALES COMITÉS DE GESTIÓN FF.FS CONAFOR

OTRAS INSTITUCIONES QUE COMPONEN EL SINAFOR

SERFOR (13º - 16º, 34º, 35) SERFOR: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, adscrito al Ministerio de Agricultura. Es la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. (13º) Ente rector del SINAFOR, dirigido por un Consejo Directivo. (15º) Autoridad técnico normativa a nivel nacional, dicta normas y establece procedimientos relacionados a su ámbito de competencia. Encargado del catastro forestal nacional (34º) Elabora y actualiza inventarios RFFS a nivel nacional en coordinación con los GORES (35º)

FUNCIONES DEL SERFOR (14º, 28º y 145º) Planificación y Normativa Política nacional forestal (14.a) Estrategias, planes y programas (14.b) Emitir y proponer normas, lineamientos de ámbito nacional (14ºc) Coordinar y promover fortalecimiento del sector (14º.i) Promover acceso a nuevos mercados y mejorar la competitividad (14º.l) Gestión, Administración y control Gestionar y promover el usos sostenible (14º.d) Supervisar el funcionamiento del SINAFOR (14º.f) Autoridad Administrativa CITES (14º.g) Conducir planes, programas y proyectos para implementar compromisos internacionales (14.h) Autoridad Nacional sobre recursos genéticos (14º.j) Reconoce bosques locales, reserva y protectores (28º, b,c,d) Fiscalización y sanción Cumplimiento de derechos y obligaciones que otorgue (14º.e) Medidas de control y fiscalización al manejo y aprovechamiento de productos protegidos (14º.k) Sanciona por el incumplimiento de las condiciones de los derechos que otorgue (145º)

COMISIÓN NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE(17º) Entidad consultiva del SERFOR. Órgano de alto nivel en materia de participación, consulta e intercambio de información sobre política nacional forestal y de fauna silvestre Asesora al Consejo Directivo del SERFOR y coordina con los integrantes del SINAFOR Integrado por especialistas del sector público y privado (universidades, empresarios, comunidades nativas, etc)

ORGANISMO DE SUPERVISIÓN DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE - OSINFOR (18º) Supervisa y fiscaliza el aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, servicios de sus ecosistemas, otorgados por el Estado por títulos habilitantes. Sus funciones son reguladas por el Decreto Legislativo Nº 1085 y su Reglamento.

GOBIERNO LOCAL (20º, 24º, 30º) Apoyan el control y vigilancia forestal y de fauna silvestre sin contravenir las funciones de SERFOR, OSINFOR y gobierno regional. Promueve y establece mecanismos permanentes de participación ciudadana observando las políticas nacionales y regionales Aprueba planes locales forestales y de fauna silvestre en el marco de la política regional y nacional (24º) Promueve el uso sostenible y administra bosques locales (30º)

Comités de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (Art. 22º) Espacio de participación ciudadana, conformado por usuarios del bosque, autoridades, sociedad civil, etc. Son reconocidos por la ARFFS, de acuerdo a la propuesta que los CGFFS (actores y área geográfica). La ARFFS les brinda facilidades para su funcionamiento Contribuyen con el control, administración y gestión, propician la resolución de conflictos, participan en la planificación de las UGFFS Establecen alianzas estratégicas con entidades públicas o privadas.

Comunidades nativas Pobladores locales 4 INCLUSIÓN: Derechos para comunidades y pobladores del bosque Definición y fortalecimiento de la cesión en uso (exclusivo y excluyente) (76º). Fortalecimiento de capacidades (77º) Respeto de conocimientos tradicionales (78º) Respeto del ordenamiento según usos ancestrales y conocimientos tradicionales (79º). Forestería comunitaria (80º) (47º) Consulta previa, libre e informada (Título Preliminar II.3) Interculturalidad, conocimientos tradicionales y cosmovisión (Título Preliminar II.5) Exclusividad en bienes y servicios de los ecosistemas forestales (Ej: carbono forestal) (65º) Planes de contingencia para PI en situación de aislamiento o contacto inicial (48º) Monitoreo, control y vigilancia comunales (148º). Cesión en uso Sistemas agroforestales (Ej: café, cacao y otros) (63º) Cesión en uso para bosques remanentes (64º) Bosques locales en coordinación con Municipios (30º) Reforestación y plantaciones con especies nativas (111º y 112º) Comités de gestión forestal y de fauna silvestre (22º) Inclusión de derechos sobre los servicios de los ecosistemas forestales (60º)

5 Manejo Forestal Regente forestal y de fauna silvestre: Formula, suscribe e implementa los PMFFS (23º) PMF de acuerdo a la intensidad de manejo, estado del recurso, tipos de bosque, tipo de especie, se publica un resumen ejecutivo de ellos en la web institucional (45º) PMF de corto plazo con especies CITES requieren de inspecciones oculares previas a su aprobación por SERFOR y GORE (46ª) Todo aprovechamiento está sujeto a pago excepto concesiones de conservación que no realicen aprovechamiento y autoconsumo (49º y 50º)

Afectación a la cobertura forestal Cambio de uso: No se puede cambiar el uso de las tierras de aptitud forestal o protección a uso agrario. No afecta el derecho de las CCNN o CCCC sobre las tierras que ocupan (37º) Tierras con capacidad de uso mayor para cultivo en limpio o cultivos permanentes con cobertura forestal, SERFOR autoriza el retiro de cobertura vegetal para fines agropecuarios previa opinión previa vinculante del MINAM y observando la ZEE media o superior aprobada (tierras públicas), el GORE hace lo propio en tierras privadas, previa presentación y aprobación del estudio de microzonificación. Siempre se debe conservar por lo menos el 30% de la cobertura vegetal (38º) Desbosque (36º), retiro permanente de la cobertura vegetal con la finalidad de desarrollar otra actividad, debe respetar el derecho de consulta previa, debe sustentar que es la única manera de desarrollar el proyecto, debe contar con EIA

Afectación a la cobertura forestal Observancia obligatoria del catastro forestal para otorgar cualquier derecho que afecte RFFS (34º) Obligatoriedad de la coordinación intersectorial (62º): Se requiere opinión de SERFOR si afectan RFFS, si afectan derechos de aprovechamiento forestal otorgados, la opinión previa debe ser favorable. En el caso de actividades del sector de energía y minas, para obtener la certificación ambiental respectiva se requiere opinión técnica favorable de la ARFFS y SERFOR

6 Modalidades de acceso a recursos forestales Bosques Públicos Concesiones (51º - 59º) Autorizaciones Cesión en uso para sistemas agroforestales (63º) Cesión en uso para bosques remanentes (64º) Bosques locales (30º) Bosques con derechos otorgados Permisos para CC.NN y CC.CC (66º) Permisos en predios privados (69º) Las autorizaciones sólo puede solicitarlas el titular del bosque (70º, 71º)

7 Ver las distintas dimensiones de lo Forestal Situación del bosque (27º) Usuarios del bosque (51º al 74º) Actividades sobre el bosque (3º) Concesión Permiso Autorización Cesión en uso DERECHOS: Toman en cuenta las diversas variables

Observando la Ley en tres dimensiones Situación del bosque Bosque natural (27.aº) Zonas de producción permanente Zonas de protección y conservación (27.b) Bosque intervenido (27.c) (descremado o purmas) Zonas de recuperación (producción y recuperación) Áreas deforestadas y especiales (27.d) Zonas de tratamiento especial Reservas para indígenas en aislamiento (27º. d.1) Zonas de producción agrodorestal (27º. d.2) Bosques residuales o remanentes (27º. d.3) Asociaciones vegetales no boscosas. (27º. d.4) Usuarios del bosque Pobladores locales, bosquecinos, colonos, ribereños (63º, 64º y 69º) Comunidades nativas (75º al 84º) Comunidades campesinas (75º al 84º en tanto sea aplicable) Empresarios madereros y no madereros (56º y 57º) Empresarios reforestadores (112º) Gobiernos locales (administra bosques locales) (20º y 30º) Empresarios de turismo, ONGs, otros (58º y 59) Actividades (Art 3º) Madera No maderables Agroforestería Silvopastoril Turismo Investigación Servicios ambientales Reforestación Transporte y comercialización Otras actividades no forestales

Ejemplo 1: Concesiones forestales maderables Situación del bosque (27º.a.1 y 2) Bosque natural Categoría 1: Bosque de Producción Permanente Usuarios del bosque Empresarios con capital para manejo permanente Actividades sobre el bosque Madereras + Servicios Ambientales + Fauna Silvestre + Otros CONCESIÓN MADERABLE POR CONCURSO PÚBLICO (56º) DERECHO

Ejemplo 2: Pobladores locales en zonas de tratamiento especial Situación del bosque (27º.d.2) Ecosistemas transformados Zona de Tratamiento Especial Categoría 2: Producción agroforestal o silvopastoril Usuarios del bosque Pobladores locales, migrantes y colonos, bosquecinos, ribereños. (63º) Actividades sobre el bosque Agroforestería + Silvopastoril + Recuperación (reforestación) + Servicios Ambientales Título habilitante: CESIÓN EN USO AGROFORESTAL (63º) DERECHO

Ejemplo 3: Comunidades nativas Situación del bosque (27º) Todas las posibilidades de bosque, Comunidad nativa decide ordenamiento (79º) Usuarios del bosque Comunidades Nativas tituladas, posesionarias o con contrato de cesión en uso (66º) Actividades sobre el bosque Dependiendo de la decisión de la comunidad (79º y 82º), comercial en diferentes intensidades (82º). Usos de autoconsumo y subsistencia no requiere ningún trámite (81º) Título habilitante: PERMISO FORESTAL PARA COMUNIDAD NATIVA (66º) DERECHO

8 Ecosistemas forestales Servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, son aquellos derivados de las funciones ecológicas y evolutivas de dichos ecosistemas (7 ) El aprovechamiento económico de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación forman parte de los títulos habilitantes.(109º) Aprovechamiento de los ecosistemas en tierras privadas y CCNN y CCCC sin título habilitante, pueden presentar un permiso forestal para aprovechar los ecosistemas. (109º) El beneficio de los servicios de los ecosistemas provenientes de plantaciones en predios privados o comunales no requieren permiso. (109º)

Plantaciones forestales Tierras Públicas (112 ) Tierras privadas o comunales (113 ) Concesiones hasta 50 años. Tierras sin bosques primarios ni secundarios. DA por superficie con régimen promocional No requieren autorización alguna. Se inscriben en el RNP. de manera gratuita, simple y automática. No están sujetos a DA. Prohibido deforestar para instalar plantaciones. Se requiere la evaluación de impacto ambiental, en los casos que corresponda de acuerdo al Reglamento de la LFFS y el SNEIA. (118 )

Finalidad de las plantaciones Producción de madera y OPF (115 ) Suelos que permitan las actividades de extracción. Suministro de madera, fibra, OPF, FS y servicios ambientales. Permite actividades recreativas, paisajísticas y otras. Protección (116 ) Buscan la protección de suelos frente a erosión, mantenimiento de fuentes y cursos de agua. Privilegia el uso de especies nativas y exóticas dependiendo de las características ecológicas. Permite recolección de frutos, OPF y FS. Recuperación o restauración (117 ) Restaurar o recuperar el ecosistema natural mediante el uso de especies nativas. Permite la recolección de frutos, OPF y FS.

9 Transporte, transformación, comercialización y exportación Transporte Solo transporte procedente de títulos habilitantes. Sistemas de Guías de Transporte Forestal (124 ): Forestales: Estado natural o primera transformación Fauna silvestre: Solo estado natural. Emite: Titular de derecho o Regente. Definir transporte de recursos forestales y de fauna silvestre con fines domésticos, de autoconsumo o subsistencia. Transformación (120 ) GOREs: Autorización para plantas de transformación primaria. Supervisa y fiscaliza plantas. SERFOR: Mecanismos de coordinación con opinión previa del Ministerio de la Producción. PRODUCE: Base de datos de inscripción de plantas. Municipios: Exigen autorización antes de dar licencia de funcionamiento.

Transporte, transformación, comercialización y exportación Comercialización SERFOR y GOREs (con competencias otorgadas) facultados para inspeccionar plantas, lugares de acopio o depósitos de madera y otros ppff y fauna para: Verificar existencias y libros diarios de ingreso y salida. Titulares de plantas: Obligación de verificar el origen legal. Procesos de adquisiciones del Estado, deben garantizar origen legal de la madera. Exportación Exportación autorizada por SERFOR (122 ). Prohibida exportación de madera en troza, excepto plantaciones. Fauna silvestre y no maderables pueden exportarse al estado natural solo cuando vienen de: áreas de manejo, viveros, centros de cría. Prohibido exportar productos forestales y de fauna respecto de los cuales se haya infringido la Ley. Control de exportación por CITES.

10 Acreditación de origen legal de productos forestales y fauna silvestre (126 ) Obligación de acreditar: Toda persona que posea, transporte y comercialice. Reglamento debe establecer los documentos que acrediten el origen legal. Plantas de transformación deben verificar legalidad al ingreso a la planta. Cadena de custodia (127 ): SERFOR - Mecanismos transparentes de verificación (Registro, promoción de Certificación).

11 Manejo de fauna silvestre Manejo en libertad Manejo en cautiverio Tierras de dominio público (90º) Tierras privadas, CCNN, CCCC (91º) Zoocriaderos (94º) Zoológicos (95º) Centro de conservación (96º) Centro de rescate (97º)

Acceso y uso de fauna silvestre Plantel reproductor (93º) Exhibiciones de fauna silvestre (98º) Tenencia de fauna silvestre (99º) Medidas sanitarias y control biológico (100º - 101º) Caza: Subsistencia (102º), fines comerciales (103º), deportiva (104º) Cetrería (105º)

12 Qué se fiscaliza o supervisa? Fiscalización y supervisión Áreas - Bosques con derechos - Bosques sin derechos TALA ILEGAL Actores - Titulares de derechos - Titulares sin derecho Actividades - Aprovechamiento - Comercialización - Transporte

Quienes fiscalizan?: Muchos actores y vacíos SERFOR (14º) Aprovechamiento de especies CITES GOBIERNO REGIONAL (19º) Lucha contra la tala ilegal? Administración y gestión de recursos Administración y control del transporte, genéticos comercialización FISCALIZACIÓN, CONTROL y VIGILANCIA (145º al 157º) OSINFOR (18º) Permisos, concesiones, cesiones en uso, autorizaciones Comité de gestión forestal (22º) / CCNN OEFA, MINISTERIO PÚBLICO, POLICÍA NACIONAL, SUNAT, DICAPI (147º) Daños y delitos ambientales, tráfico ilícito

13 Financiamiento Registrabilidad de títulos habilitantes: constitución de garantías (134º) Inversión pública: Proyectos, programas, planes y actividades mediante PIP SNIP (135º) Actividad forestal dentro del Programa de Compensaciones para la Competitividad (136º) Falta: Fondos públicos de largo plazo, Órgano promotor o financiador, Banco Agrario, Vinculación con otras iniciativas como CIAM.

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