Los servicios de Autotransporte

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La Administración de Acuerdos de Libre Comercio en el Área de Servicios Organización de los Estados Americanos y Secretaría de Economía, México Los servicios de Autotransporte Ing. Carlos González Narváez Director General de Autotransporte Federal Secretaría de Comunicaciones y Transportes 15 de noviembre de 2007 Ciudad de México 1

marco jurídico CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, publicada el 5 de febrero de 1917. Artículo 133 Esta constitución, las leyes del congreso de la unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la ley suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados. MARCO NORMATIVO. El TLCAN, el TLC México Triángulo del Norte (Guatemala, Honduras y El Salvador), entre otros. La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1993. El Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, publicado el 22 de noviembre de 1994. El Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, publicado el 26 de enero de 1994. Ley para la Inversión Extranjera, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 1993.

marco jurídico Ley para la Celebración de Tratados y Convenios Internacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 1992. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, actualizada el 8 de diciembre de 2005. Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, actualizado el 9 de junio de 2003. Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, actualizado al 30 de noviembre de 2005. Capítulo I, Artículo 2º. Dirección General de Autotransporte Federal. El GATS Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, de la OMC. Diversa normativa técnica adicional. 3

ámbito institucional COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Para implementar y administrar los acuerdos referidos a los servicios de autotransporte en el contexto de los tratados de libre comercio suscritos por México, la SCT trabaja en estrecha coordinación con la SE, la SRE y demás dependencias involucradas. A la SCT competen los servicios transfronterizos de transporte de carga, pasaje y turismo, sus aspectos técnicos y su normativa. La SE administra los acuerdos internacionales y las implicaciones que tienen los servicios de autotransporte para el país. La SRE tiene en cuenta las relaciones internacionales con otras naciones, las cuales llegan a involucrar incluso al autotransporte. Otras dependencias del Poder Ejecutivo Federal atienden diversos asuntos que les competen, relacionados con el autotransporte de bienes y de personas, según su ámbito de competencia. 4

acuerdos regionales y multilaterales Cómo se compatibiliza el cumplimiento de diferentes niveles de disciplinas asumidos en los acuerdos regionales y a nivel multilateral. Los acuerdos regionales de México son compatibles con los compromisos multilaterales en el ámbito del autotransporte. La SE trabaja con la SCT y ésta ve que se tengan criterios únicos. La SE atiende la parte legal general y de administración de los tratados. Para contar con expertos se contratan vía la SE. La SCT trabaja hacia la de los servicios de autotransporte. Apoyo de los exportadores de servicios de autotransporte cuando enfrentan dificultades en los mercados externos. 5

Dentro del proceso de apertura para la del autotransporte mexicano, se han llevado a cabo innumerables acciones para una adecuada apertura transfronteriza, entre las que destacan: Información Creación y participación en grupos de trabajo Negociaciones interinstitucionales con otros países. Actualmente continúan las negociaciones con EUA para iniciar formalmente la apertura de los servicios transfronterizos del autotransporte de pasaje y carga, bajo los principios de equidad establecidos en el TLCAN. PROYECTO DEMOSTRATIVO PARA LA APERTURA DEL AUTOTRANSPORTE TRANSFRONTERIZO DE CARGA CON ESTADOS UNIDOS. 6

Los preparativos para la puesta en marcha del Proyecto Demostrativo, o Programa Piloto, se dieron en el marco de una estrecha colaboración entre el DOT de EU y la SCT de México. El pasado 27 de abril, ambos Secretarios firmaron un acuerdo trascendente que permite atender diversos requerimientos de los autotransportistas mexicanos. El Acuerdo estableció una gradualidad para el otorgamiento de permisos de cada país hasta alcanzar el total de 100 empresas autorizadas, la cual permite atender problemas específicos reduciendo la complejidad operativa de este nuevo proyecto. Asimismo, se determinó que el diferencial de vehículos participantes en cada país no fuera superior al 40%, lo que permite conservar un razonable equilibrio entre los parques vehiculares de cada parte. 7

La preocupación de un posible trato inequitativo y discriminatorio se convino mediante el acuerdo expreso entre el DOT y la SCT de establecer un grupo técnico binacional de monitoreo cuyo mandato principal es detectar cualquier problema, obstáculo, o deficiencia en la operación del Programa Piloto y recomendar con prioridad la atención de problemas específicos a las autoridades federales y estatales de cada país para su atención oportuna. De manera enfática se establece una política de cero tolerancia para cualquier acto de discriminación al autotransporte de ambos países. Las autoridades mexicanas vigilarán el estricto cumplimiento de estos compromisos en beneficio del autotransporte. Así fue como el Proyecto Demostrativo dio inicio el pasado 7 de septiembre, con resultados satisfactorios. 8

El viaje inaugural lo realizó la empresa mexicana Transportes Olympic entre Monterrey y Carolina del Norte, llevando estructuras de acero y transportando de regreso acero de Alabama para entregarlo en Monterrey; por su parte la empresa norteamericana Stagecoach, el 14 de septiembre cruzó la frontera mexicana por Nogales, para entregar resina plástica en Ciudad Obregón, Son. Desde su puesta en marcha, se han exportado e importado productos, tales como: estructuras de acero, chasises, estructuras para perforación, canastillas, chatarra de aluminio, fresas, frambuesas, zarzamoras, uvas, jitomates, garrafones de agua, ajos, abarrotes, vinos, sopas, mole envasado, acero, madera aserrada, resina plástica, materia prima para implementos electrónicos y materia prima plástica a granel, shampoo y medicamentos. Las operaciones conectan diversos estados de México y de Estados Unidos: Michoacán, San Luís Potosí, Nuevo León, Sonora, Distrito Federal, Alabama, Texas, California, Carolina del Norte, Virginia, Lousiana, Mississippi y Nueva York. 9

A la fecha se han autorizado 12 empresas, 8 mexicanas y 4 estadounidenses. En el marco del Programa Demostrativo de Apertura del Autotransporte Transfronterizo de Carga, las empresas mexicanas tienen que cumplir con los estándares de seguridad de Estados Unidos y de México. La fluidez en el transporte transfronterizo dará mayor competitividad a las dos economías en el contexto mundial. 10

Negociación del Anexo 10-09 sobre Transporte Terrestre por Carretera México- Triángulo del Norte. El TLC entre México, Honduras, Guatemala y El Salvador (conocido como El Triángulo del Norte), estableció que seis meses después de su entrada en vigor se iniciarán negociaciones con el fin de establecer las condiciones para la apertura del autotransporte dentro de las que se considerarán, los siguientes aspectos: eliminación de las restricciones al comercio transfronterizo; y elaboración de un programa de trabajo para hacer compatibles las medidas relativas a la normalización respectivas de cada Parte. Las negociaciones iniciaron, formalmente, en 2002 en Guatemala. A la fecha, se han llevado a cabo 4 reuniones de negociación (la segunda en México, la tercera en Tegucigalpa y la cuarta en Guatemala) lográndose aún pocos avances en el tema. 11

La SE y la SCT continúan impulsado la negociación de este Anexo debido a: la importancia de la apertura del transporte terrestre para el comercio de México con Centroamérica y la competitividad de las empresas mexicanas para hacer llegar sus productos de una forma mas expedita a esa región, y para atender las necesidades mutuas en materia de autotransporte transfronterizo de carga, pasaje y turismo. En suma, el gobierno mexicano considera que el comercio internacional de los servicios de autotransporte será más rápido y menos costoso con la apertura de las frontera con EU y con Centroamérica, con todo lo que ello significa para el crecimiento de la economía y del empleo en ambas regiones. Gracias por su atención. 12