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Transcripción:

GUÍA FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS 2013-2014 1

GUÍA FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS 2013-2014 Tras haber superado la fase de oposición, se debe realizar un período de prácticas durante seis meses, para comprobar la aptitud para la docencia de los aspirantes seleccionados. La superación del mismo implicará el nombramiento como funcionario de carrera, a efectos desde el 1 de septiembre del 2014. Este período de prácticas se realiza en el centro obtenido en los actos de adjudicación de julio y tiene carácter provisional. Para obtener destino definitivo participaréis en el Concurso de Traslados de 2013 (se convocará en octubre aproximadamente). No podréis presentar méritos. Si a través del Concurso de Traslados no obtenéis destino definitivo, al finalizar este curso volveréis a elegir una plaza provisional en las adjudicaciones de julio. Si deseáis información sobre el concurso, podéis consultar nuestra web o bien poneros en contacto con la sede, donde os informaremos. La fase de prácticas del curso 2013-14 está regulada por la RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2013, publicada en el DOCV 7124, del 3 de Octubre de 2013. En ella se explican las funciones de la comisión calificadora y de los tutores, así como los datos del informe emitido por estos últimos. Serán declarados aptos en la fase de prácticas, los opositores: Que han realizado seis meses de trabajo efectivo, a contar desde el 1 de septiembre. 2

Que han realizado dos cursos de formación: uno de 25 horas, relativo a su especialidad o de didáctica general, a realizar en el CEFIRE. Y otro curso (on-line) de 15 horas de duración relativo a la prevención de riesgos laborales, también organizado por los CEFIRES. Debéis hacer llegar las fotocopias compulsadas de los certificados de los cursos a la Dirección Territorial de la provincia donde se encuentre vuestro centro. Que cuentan con el informe satisfactorio del profesor tutor y el del director del centro. Que han realizado una memoria de las prácticas, la cual se hará llegar también a la Dirección Territorial. El plazo de entrega de la memoria y del resto de la documentación finaliza el 15 de marzo de 2014. Los funcionarios en prácticas declarados "no aptos" podrán incorporarse con los seleccionados de la siguiente promoción para repetir, por una sola vez, la fase de prácticas. DURACIÓN FASE DE PRÁCTICAS Con carácter general, para aquellos funcionarios en prácticas que se hayan incorporado hasta el 15 de septiembre de 2013, y hubiesen prestado servicios efectivos durante un período de seis meses, las prácticas se considerarán concluidas el día 15 de marzo de 2014. Las comisiones podrán disponer de un plazo de veinte días a partir del 15 de marzo de 2014 para redactar el acta final. Si las comisiones calificadoras lo estimaran necesario, podrán emitir un informe complementario sobre el desarrollo de sus actuaciones. 3

Ambos documentos, el acta y el informe si lo hubiese, serán enviados a la Dirección General de Personal Docente. No obstante, en el caso de que un aspirante no pudiera completar el mínimo de servicios efectivos establecido para esta fase del proceso selectivo por causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General de Personal Docente, no podrá ser calificado por la comisión de valoración y se considerará aplazada su incorporación a dicha fase. A aquellos funcionarios en prácticas que a 15 de marzo de 2014 hayan prestado servicios por tiempo inferior a seis meses, se les computarán dichos servicios contados a partir de la incorporación al centro, y deberán completar el referido período de seis meses. Para ello, las comisiones se considerarán constituidas con carácter permanente hasta la finalización del curso escolar e irán remitiendo las actas finales correspondientes, en el plazo de cinco días a partir del último día de cada mes. FUNCIÓN DEL TUTOR Las funciones de los profesores tutores consistirán en asesorar e informar a los funcionarios en prácticas sobre los siguientes aspectos de la programación general anual: Proyecto educativo: elaboración y proceso de aplicación. Proyecto curricular (de etapa): elaboración y proceso de adecuación. Criterios pedagógicos para la elaboración de horarios. Memoria administrativa: documento de organización del centro, estadística, instalaciones y equipamiento. Organización y funcionamiento de los órganos de gobierno. Participación de la comunidad educativa y coordinación didáctica. 4

Los profesores tutores tendrán que asistir, al menos, a dos sesiones de clase mensuales de las que impartan los funcionarios en prácticas y, al mismo tiempo que observan su trabajo con el alumnado, les orientarán en todo lo que les presente dificultad o requiera una atención especial. Al final del período de prácticas los profesores tutores emitirán un informe en el que expresarán su valoración sobre los aspectos que se contienen en los CUADROS siguientes, así como otros datos que consideren de interés, y lo remitirán a la comisión calificadora: 5

ACTIVIDADES DE INSERCIÓN Las actividades de inserción en el puesto de trabajo, consistirán en el desarrollo de actividades tuteladas por el profesor tutor en relación a la programación de aula y la evaluación de los alumnos, así como en la información sobre el funcionamiento de los órganos de gobierno, participación y coordinación del centro, con especial atención a la tutoría de alumnos. Las actividades de formación a las que se hace referencia en las órdenes de convocatoria consistirán en: a) Una acción formativa de al menos 25 horas, a elegir entre las convocadas directamente por el servicio de CEFIRE de la Comunidad Valenciana. b) Un módulo a distancia de prevención de riesgos laborales de 15 horas de duración. La inscripción de los funcionarios en prácticas en esta actividad se realizará de oficio (de forma AUTOMÁTICA, no tienes que matricularte) desde el Servicio de Formación del Profesorado, y se comunicará a todos los participantes la forma de acceso. 6

Las actividades formativas a realizar versarán bien referidas a la especialidad de acceso al respectivo cuerpo docente de enseñanzas no universitarias, bien a aspectos comunes del sistema educativo tales como la atención a la diversidad y tratamiento al alumnado inmigrante, tecnologías de la información y la comunicación aplicadas al ámbito educativo (T.I.C.), habilidades de comunicación, organización del centro educativo y acción tutorial, recursos de formación y materiales complementarios. La duración de esta acción formativa será considerada como actividades complementarias en el horario del funcionario en prácticas y se computará como tal desde el 1 de septiembre de 2013 hasta el 15 de marzo de 2014. EXAMEN DE VIGILANCIA DE LA SALUD El personal funcionario en prácticas será sometido a un examen de vigilancia de la salud en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, a los efectos de determinar su aptitud médico-laboral para el desempeño de las funciones habitualmente desarrolladas en el correspondiente Cuerpo. A tal efecto, el órgano competente en la prevención de riesgos laborales citará al personal funcionario en prácticas. NOMBRAMIENTO FUNCIONARIOS DE CARRERA Aproximadamente a partir de diciembre de 2014 será publicado en el B.O.E. el nombramiento de los funcionarios de carrera para los opositores del 2013 que han sido calificados aptos en la fase de prácticas durante el presente curso. En el nombramiento aparecerá también el Número de Registro Personal (N.R.P.) el nombramiento como funcionario de carrera lo es, con efectos desde el 1 de septiembre de 2014. 7

TRIENIOS-SEXENIOS A partir de la publicación en el B.O.E. de tu nombramiento como funcionario de carrera, podrás solicitar que se te reconozca la antigüedad, tanto para el cobro de trienios como para el de sexenios. En el caso de los trienios, también se computan los servicios prestados en otro organismo público. Éstos son automáticos, excepto el primer trienio, que hay que solicitar obligatoriamente. Los sexenios son retribuciones que se abonan en el complemento específico de los funcionarios docentes desde octubre de 1992. Cada seis años de antigüedad se completa un sexenio y es necesario para su cobro tener 100 horas de formación. Su cobro no es automático, como en el caso de los trienios, sino que hay que solicitarlo cada vez. Además, es necesario solicitarlos con suficiente antelación a su cumplimiento, puesto que sus efectos económicos no se producen con carácter retroactivo. Junto con la solicitud se deben presentar los certificados que acrediten las 100 horas de formación. ORIENTACIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL INFORME FINAL DE LOS FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS. Se sugiere desarrollarlo con los siguientes apartados: I. INTRODUCCIÓN Descripción del centro, ubicación, entorno social, número de unidades, especialistas, 8

II. TRABAJO REALIZADO EN EL PERÍODO DE PRÁCTICAS 1) En la programación de la actividad docente: - Proyecto educativo. - Proyecto curricular de etapa. 2) En la aplicación de estrategias metodológicas: - En la aplicación de estrategias de evaluación. - En la adaptación y diseño de la programación de aula. - En la participación de las actividades de los equipos de ciclo. - En la atención a los alumnos con N.E.E. y la atención a la diversidad. - En la realización de actividades complementarias y extraescolares. - Otros. 3) Dificultades encontradas en la realización de las actividades: - En las descritas en los puntos anteriores. - En la integración en el claustro y en la comunidad educativa. - En la relación con el alumnado y sus familias. - Otros. 9

III. APOYOS RECIBIDOS EN EL PERÍODO DE PRÁCTICAS - Por el profesor tutor. - Por el director del centro. - Por el resto del profesorado. - Otros. ORIENTACIONES DEL CEFIRE PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL DE LA FASE DE PRÁCTICAS Las presentes orientaciones tienen como finalidad servir de guía en la realización del informe final previsto en el artículo 3.3 de la fase de prácticas, buscando una adecuada pormenorización de los apartados que integran dicho informe y una mayor concreción al área o especialidad de cada funcionario en prácticas. El informe final ha de ser un marco de reflexión personal sobre la actividad realizada en el centro/aula durante la fase de prácticas, obviando elaboraciones teóricas sobre el hecho educativo. Se trata de indicar qué se hace y cómo se hace, en lugar de aludir a fundamentaciones teóricas sobre lo que se podría o debería hacerse. En este sentido el informe no ha de ser necesariamente amplio, recomendándose una extensión máxima de 25 folios. La redacción final debe ser exclusivamente personal; cualquier elaboración conjunta no será considerada por la Comisión. 10

Siguiendo el artículo 3.3 de la Resolución mencionada, los apartados a desarrollar en el informe final de prácticas son los que a continuación se indican: 1. TRABAJO REALIZADO. 1.1 Breve análisis del contexto del centro y/o aula. 1.2 Organización del proceso de enseñanza-aprendizaje. (programación: criterios metodológicos, organización de los espacios y los tiempos, materiales, recurso, situaciones de aprendizaje, intervención educativa, evaluación,...) 1.3 Atención a la diversidad en la programación de aula y en la práctica docente. 1.4 Tutoría, en su caso, y tratamiento de los temas transversales. 1.5 Coordinación del equipo docente, equipos de ciclo y/o departamentos didácticos. 1.6 Coordinación con las familias. 2. APOYOS RECIBIDOS. 3. DIFICULTADES ENCONTRADAS. 11