ESTATUTOS de LOS GALLOS, S.COOP. Artículo 1.- Denominación:

Documentos relacionados
ESTATUTOS DE LA COOPERATIVA V&M S. COOP.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES TORRE DE BABEL

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MATRONAS DE ESPAÑA (FAME)

ESTATUTOS ASTUSMUS SOCIEDAD COOPERATIVA CAPITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL Y DURACIÓN

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado

ASOCIACIÓN CELÍACA DE MÁLAGA. (ACEMA). ESTATUTOS.

CAPÍTULO I. DENOMINACIÓN, DOMICILIO, ÁMBITO, OBJETO Y DURACIÓN.

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL

ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO MANUEL PELETEIRO Y CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL DOLORES RAMOS (APAP) Santiago de Compostela

ESTATUTO DE LA RED NACIONAL DE ACTORES POLÍTICOS JÓVENES DEL PERÚ

Encuéntranos!! 1.- El domicilio social de la Sociedad Cooperativa se fija en la C/ Nieves Cano, nº 10 de Vitoria (Álava).

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO.

MESA DEL CASCO HISTÓRICO

Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L.

Guía para la verificación de contenidos estatutarios de cooperativas. Marzo 2009

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE

COOPERATIVA PARTICIPANTE DEL PROYECTO EJE (EMPRESA JOVEN ECUATORIANA)

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO DE COMISIONES. Mayo 2011

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CANARIA DE IUSLABORALISTAS TITULO PRIMERO DEL DOMICILIO Y EL ÁMBITO TERRITORIAL

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE LOS ALUMNOS DEL REAL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA MARIEMMA MADRID

CENTRO DE APOYO Y CAPACITACIÓN PARA EMPLEADAS DEL HOGAR CACEH.

DIRECTIVA Nº /CN

Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud

ESTATUTOS CAPÍTULO CHILENO DE UNIVERSIDADES CATÓLICAS TÍTULO PRIMERO. Nombre, objeto, domicilio, duración

ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS DENOMINADA MOVIMIENTO AL SOCIALISMO

REGLAMENTO INTERNO CENTRO GENERAL DE PADRES Y/O APODERADOS 2014

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO PUBLICO GABRIELA MISTRAL (LAS TABLAS)

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO

QUIERO CREAR UNA COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO

ESTATUTO DE EGRESADOS CEMIL CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION

NORMATIVA DEL CLUB DE PESCA ESPESCA.ES

Manual Básico del Cooperativista

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

Comisión de Cooperación de Consumo

Lic. Francisco Nectali Rodas Lemus CONTABILIDAD PUNTUAL

PROGRAMA DE DERECHO COMERCIAL II / DERECHO SOCIETARIO

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

XVI REUNIÓN DE CONSULTA DE LA COMISIÓN DE HISTORIA PROYECTO DE REGLAMENTO. CAPÍTULO I Naturaleza de la Reunión

ESTATUTOS COOPERATIVA ESCOLAR INNOVACOOP GERENTE GENERAL: MELIZA LIZAMA

ESTATUTOS. Centro de Estudiantes. Facultad de Derecho de la UNAM

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.

TEMA V Los Miembros de la Cooperativa

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE GESTION Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS HOSPITALARIOS DEL HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA 2015

Unidad 5. Las sociedades mercantiles.

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL OBSERVATORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

COMISIÓN DE INFORMÁTICA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

TEMA 2. CLASES Y FORMAS DE EMPRESA.

REGLAMENTO INTERNO DEL

Decreto Foral 32/2009 de 27 de octubre por el que se crea y regula el Consejo Asesor para la Inclusión Social del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

F02-PE01-REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE GARANTÍA DE LA CALIDAD ESCUELA UNIVERSITARIA DE ESTUDIOS EMPRESARIALES

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA I.E. PUKLLASUNCHIS TÍTULO PRIMERO ASPECTOS GENERALES

BORRADOR DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE GESTORES DE LA RED DE RESERVAS DE BIOSFERA ESPAÑOLAS

Academia Universitaria Vicálvaro C/ Camino de la fuente de arriba, 7 C.P Madrid Tel

LINEAMIENTOS GENERALES DE ACADEMIAS DE EL COLEGIO DE VERACRUZ

FORMALIZACION DE PEQUEÑAS Y MICRO EMPRESAS

COMISIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO

COOPERATIVAS: Definición Trámites Régimen Societario Régimen Económico Régimen Fiscal

ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD RAÍCES DE CASTILLA

Jornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE RIESGOS DE SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. Julio 2015

1.- ANTECEDENTES Y PRESENTACIÓN DE LA RED.

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

1. LA SECCIÓN SINDICAL

COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA: EMPRESCO S.COOP CURSO 2010/2011.

COOPERATIVA MULTIACTIVA TRANSPORTAQDORA DE GAS INTERNACIONAL COOMTGI CONSEJO DE ADMINISTRACION REGLAMENTO DEL FONDO DE EDUCACION Y COMITÉ DE EDUCACIÓN

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO

MODELO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EPSAL Código: OT-R Fecha: 2016/01/04 Versión: 010

Decreto por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. D.O.F. 31 de agosto de 1981

REGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERNO DEL NODO REGIÓN CARIBE DE LA RED DE GRUPOS Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA Y SOCIO JURÍDICA JULIO QUINCE (15) DE 2009

ASOCIACIÓN DE FACULTADES DE DERECHO EUROPEAS [A.F.D.E.] ESTATUTOS

ESTATUTOS DE LA HERMANDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

Reglamento del Comité de Ética en Investigación Hospital San José Callao JUNIO

ESTATUTOS DE LA SECCIÓN MUSICAL DE LA COFRADIA VIRGEN DE LAS ANGUSTIAS, CRISTO DE LA COLUMNA Y VIRGEN DOLOROSA

REGLAMENTO DEL SINDICATO DE BONISTAS ESTATUTOS TÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN DEL SINDICATO DE BONISTAS

DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DE LAS COOPERATIVAS. Autora, Prof. Dra. Luisa E. Rodríguez Grillo

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL PROYECTO GUIASALUD

Sociedades Mercantiles Especiales

REGLAMENTO DE NOMENCLATURA PARA EL MUNICIPIO DE TECATE, B. C.

CONSEJOS ESCOLARES (E S C U E L A S) M O D E L O S

ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE

REGLAMENTO DE LAS REUNIONES DE CONSULTA DE LAS COMISIONES

Oficina de Atención al Inversor. Órganos de gobierno (I): La Junta general de accionistas

CAPÍTULO I DEL NOMBRE; OBJETO; DOMICILIO; NACIONALIDAD Y DURACIÓN

ASOCIACIÓN DE ADJUDICATARIOS DEL AGUA DE LA VERTIENTE EL POGGYO DE CHAQUIBAMBA

Instituto Estatal Electoral de Baja California

Estatutos Inmobiliaria Estadio Colo-Colo Sociedad Anónima

COMITÉ CENTROAMERICANO DE FONDOS VIALES (COCAVIAL)

1- CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIONES, FEDERACIONES, CONFEDERACIONES Y UNION DE ASOCIACIONES

COOPERACIÓN INTERNACIONAL

SESIÓN DE TUTORÍA Nº 3 PARA PRIMERO DE E.S.O. ELECCIÓN DE DELEGADO

Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Superior de la Corporación Universitaria Rafael Núñez

MODELO DE ACTA DE FUSIÓN ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. Acta No.

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

ESTATUTOS. El Consejo Municipal de la Mujer se compondrá de los siguientes órganos:

Transcripción:

ESTATUTOS de LOS GALLOS, S.COOP Artículo 1.- Denominación: La cooperativa de trabajo asociado que se constituye por medio de estos estatutos se denominará LOS GALLOS, S. Coop. Dicho nombre ha sido elegido por los miembros de la cooperativa de forma democrática, procediendo posteriormente a su inscripción en el Registro de Cooperativas de EJE (Valnalón). Artículo 2.- Domicilio social: La cooperativa fija su domicilio en el IES de Corvera, Carretera General de Avilés-Oviedo, s/n, en la localidad de Los Campos, en Corvera de Asturias. Artículo 3.- Objeto social: La cooperativa LOS GALLOS, S. Coop se constituye con el objeto social de realizar una actividad de compra-venta de productos típicos de Asturias (alimentación, artesanía, etc.) y su correspondiente intercambio con los productos de una cooperativa socia asignada por Valnalón. Artículo 4.- Duración de la actividad: La sociedad se constituye por tiempo limitado, y durará desde el momento de su inscripción en el Registro de Cooperativas de EJE hasta el 13 de junio de 2013 (fecha prevista de liquidación). Artículo 5.- Objetivos: Esta cooperativa se crea dentro del proyecto educativo Empresa Joven Europea (EJE) con una finalidad didáctica que permita a los miembros de la cooperativa cumplir los siguientes objetivos: a) Conocer y poner en práctica los valores de cooperación: equidad, democracia, igualdad y solidaridad. b) Tomar decisiones de forma democrática. c) Gestionar un proyecto de forma cooperativa. d) Fomentar el trabajo en equipo dividiendo las tareas y recursos entre los miembros de la cooperativa. e) Valorar la necesidad de desarrollar lazos de interdependencia positiva. f) Obtener y compartir los resultados del trabajo en común. Página 1 de 5

g) Tener un primer contacto con la creación y gestión de una empresa. h) Conocer las diversas funciones que se desarrollan en el ámbito de una empresa: almacenamiento, producción, comercialización, gestión o dirección, gestión de los recursos humanos, gestión económico - financiera, etc. i) Promover la participación de los socios trabajadores. j) Contribuir a la formación de los socios trabajadores. Artículo 6.- Requisitos para la admisión: Para adquirir la condición de socio/a será necesario: a) Ser alumno/a de 4º curso de ESO y cursar la materia de Empresa Joven Europea, adquiriendo el compromiso de contribuir activamente al desarrollo de la actividad y con el debido respeto a las reglas de funcionamiento. b) Suscribir y desembolsar la cantidad de DIEZ EUROS, por cada socio/a. Una vez realizada la aportación cada socio/a recibirá un certificado emitido por la cooperativa y firmado por el Presidente y el Secretario de la misma, que le acredita su condición de socio/a.- La propiedad de este título es personal e intransferible. El hecho de realizar la aportación inicial es condición necesaria pero no suficiente para obtener la devolución del mismo y la distribución de excedentes. La devolución de la aportación, en su caso se realizará a final del curso una vez satisfechas todas las deudas contraídas por la cooperativa. Artículo 7.- Capital social: El capital social de la cooperativa está constituido por la aportación realizada por todos los socios/as, que ascenderá a CUARENTA EUROS. Artículo 8.- Derechos de los socios/as: La condición de socio de LOS GALLOS, S. Coop otorga los siguientes derechos: a) Participar en el objeto social de la cooperativa. b) Ser elector/a y elegible para los diversos cargos de la cooperativa. c) Participar con voz y voto en la adopción de acuerdos en la Asamblea General de cooperativistas y demás órganos sociales de los que cada socio/a forme parte. Página 2 de 5

d) Obtener información sobre cualquier aspecto relevante de la marcha de la cooperativa. e) Participar en su caso, en los excedentes de la cooperativa, a partes iguales y/o en proporción al trabajo desarrollado. Artículo 9.- Obligaciones de los socios/as: Son obligaciones de los socios/as: a) Asistir a las reuniones de la Asamblea General de Cooperativistas que convoque el Presidente. b) Participar en las deliberaciones de la Asamblea y acatar las decisiones adoptadas por la cooperativa de forma democrática. c) Aceptar los cargos sociales para los que sean nombrados y asumir las responsabilidades correspondientes. d) Participar en las actividades de formación realizadas en favor de la cooperativa. e) EN EL CASO DE QUE ALGUNO DE LOS SOCIOS ACUMULE FALTAS INJUSTIFICADAS A CLASE (igual o superior al 20%) O SE APRECIE UNA DEJACIÓN EN EL TRABAJO DIARIO DE LA ASIGNATURA, SERÁ PENALIZADO DE MODO QUE NO PARTICIPARÁ EN LOS BENEFICIOS DE LA MISMA, TENIENDO EL ÚNICO DERECHO A PERCIBIR EN EL MOMENTO DE LA LIQUIDACIÓN LA APORTACIÓN INICIAL REALIZADA, SIEMPRE Y CUANDO EL SOCIO NO HUBIERA OCASIONADO PÉRDIDAS ECONÓMICAS A LA COOPERATIVA Y LA SOCIEDAD HAYA OBTENIDO BENEFICIOS. Artículo 10.- Órganos de la cooperativa: Los órganos de la cooperativa son los siguientes: - Asamblea General de Cooperativistas.- Formada por todos los cooperativistas. David Bertomeu Fumadó Rodrigo López Gargallo Alejandro Mesa Barrio Alejandro Miguel Torres - Consejo Rector.- Estará integrado por las siguientes personas: - Presidente: Página 3 de 5

- Secretario: - Tesorero: - Departamentos funcionales: -Departamento de Compras, integrado por: - Departamento de Producción, integrado por: Alejandro Miguel Torres -Departamento de Marketing, integrado por: Alejandro Miguel Torres -Departamento de Administración y Finanzas, integrado por: -Departamento de Comunicación, integrado por: Alejandro Miguel Torres Artículo 11.- Responsabilidad de los socios: La responsabilidad de los socios por las deudas sociales estará limitada a las aportaciones sociales que hubieran suscrito. Los diversos departamentos serán los responsables de llevar a la práctica las decisiones adoptadas en la Asamblea y el Consejo de Administración y de rendir cuentas a los socios de la cooperativa. Artículo 12.- Convocatoria de la Asamblea General: La Asamblea General será convocada por el Consejo Rector, que fijará el orden del día en la convocatoria. Página 4 de 5

La Asamblea se celebrará en primera convocatoria siempre que asistan a la misma al menos el 75% de sus miembros (quórum) y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asistentes a la reunión. Se convocará, al menos, una Asamblea General al inicio del curso con el fin de aprobar la constitución de la cooperativa y elegir a los miembros del Consejo de Administración; y otra al final de curso con objeto de aprobar la disolución de la cooperativa, la aprobación de las cuentas y el informe final redactado por el Presidente y el reparto de los excedentes existentes, en su caso. La Asamblea General estará presidida por el presidente del Consejo Rector, y el secretario deberá redactar acta de la misma. Los acuerdos de la Asamblea se adoptarán por mayoría simple. Se convocarán reuniones extraordinarias de la cooperativa, cuando lo decida el Presidente o lo soliciten, por escrito, socios que representen al menos el 51% del capital social de la cooperativa. Para que una reunión sea válida debe contar con la presencia de la mitad más uno de los socios. Artículo 13.- Liquidación y reparto de beneficios: La liquidación de la empresa se realizará el 13 de junio de 2013, fecha en la que finalizará su actividad. El excedente obtenido se repartirá a su finalización entre los socios, después de deducir un 20% de los beneficios, cantidad que será destinada a un fin social que se decidirá en la Asamblea General de fin de curso. Artículo 14.- Registro de la cooperativa: Esta cooperativa no se constituye de acuerdo con la legislación en materia de cooperativas, siendo un proyecto que pretende la simulación del funcionamiento de una cooperativa real. Quedará inscrita en el Registro Central de Cooperativas EJE y será gestionada de acuerdo con las reglas de funcionamiento de una cooperativa real. Página 5 de 5